En pos de una verdadera reforma laboral


ARTÍCULO D N OPINIÓN CONTRALÍNEA
SEMANA enero 28, 2019 at 8:30 am  •  
AUTOR: MARTIN ESPARZA
En el periodo de transición de 2012, a tres meses de concluir su gobierno, el panista Felipe Calderón Hinojosa envió al Congreso una iniciativa de reforma laboral con carácter de “preferente” que puso en alerta al sindicalismo independiente del país por los riesgos que implicaba a los derechos laborales de millones de trabajadores, esta imposición fue apoyada por legisladores del PRI.
Como sucedió de manera recurrente con el amasiato de neoliberales panistas y priístas, nunca se escuchó a los directamente afectados; es decir, a los trabajadores ni tampoco a los sindicatos y a los expertos en derecho laboral que advirtieron del franco retroceso que significaba aprobar de manera irresponsable una reforma con marcados tintes empresariales.
Un traje hecho a la medida de los intereses del capital que borró de un plumazo las conquistas laborales plasmadas en la Constitución de 1917 y que en su artículo 123 establece el derecho a huelga, a la seguridad social y un salario remunerador que permitiera a los trabajadores otorgar un nivel de vida decoroso a sus familias.
En la iniciativa de Calderón, mejor conocida en su momento como Ley Lozano por atribuirse la paternidad de tal estropicio jurídico al exsecretario del Trabajo, Javier Lozano Alarcón, se dejaban intactos los cimientos del corporativismo priísta, así como la inmunidad de los contratos de protección y, en aras de flexibilizar el mercado laboral, se permitía la existencia de contratos de prueba y capacitación inicial, la legalización de las tercerizadoras y su modelo de encubierta esclavitud plasmado en las outsourcings.
Cuando de la mano de PRI y PAN votaron de forma mayoritaria por esta contrarreforma en perjuicio de millones de trabajadores, no tuvieron empacho en asegurar que se fomentarían empleos estables y bien remunerados, lo que fue una broma de mal gusto si se toma en cuenta que Calderón, el fallido presidente del empleo, se preocupó más por bañar de sangre al país en su guerra contra el narcotráfico, que en fomentar el trabajo digno y respetar las fuentes de empleo;  la extinción de Luz y Fuerza del Centro, que envío de la noche a la mañana a la cesantía a 44 mil agremiados del SME, y el inesperado cierre de Mexicana de Aviación fueron dos de los casos más representativos que auguraban malos tiempos para la clase trabajadora del país.
Al tomar posesión el primero de diciembre del 2012, Enrique Peña Nieto dio la instrucción de iniciar sin dilaciones la aplicación de la reforma laboral que al final de su sexenio quedó a deber, como Calderón, las promesas de más empleos y mejores condiciones de vida para los mexicanos, su gobierno terminó embrollado con las leyes secundarias que deberían regular su propia reforma aprobada en febrero de 2017 en el Congreso.
Como se recordará, la pasada administración elaboró la reforma de 2017 como una condición y requerimiento para negociar el llamado TPP, Acuerdo Transpacífico, que se vino abajo con la llegada de Donald Trump a la presidencia estadunidense. De hecho, en diciembre de 2017, los entonces senadores priístas Isaías González Cuevas, de la CROC, y Tereso Medina, de la CTM, buscaron dar un madruguete legislativo proponiendo una iniciativa para echar a andar esta reforma en condiciones todavía más lesivas que las de la contrarreforma panista de 2012.
La traición a la clase trabajadora fue de tal gravedad que incluso al interior del feudo cetemista se pidió la expulsión de Tereso Medina. Al final este nuevo atentado a los trabajadores no caminó y quedó varado en el Congreso, como también la ratificación del Convenio 98 de la OIT, relativo a libre sindicalización y a la negociación colectiva.
Tras los resultados electorales de julio pasado, el anquilosado esquema político se vino abajo abriendo las puertas a un nuevo modelo de gobierno que obtuvo no únicamente la Presidencia de la República, sino la mayoría en el Congreso, lo que ha permitido la ratificación del Convenio 98 y preparar la ley secundaria pendiente de aprobarse desde 2017.
En este nuevo esquema, el capítulo laboral establecido en el contenido del nuevo tratado comercial entre México, Estados Unidos y Canadá T-MEC, viene a delinear buena parte del contenido de la iniciativa que presentarán al respecto los legisladores de Morena.
En su Anexo 23-A, establece que México deberá incluir en su legislación disposiciones tales como:
– El derecho de los trabajadores a participar en la negociación colectiva y a organizar, formar y unirse al sindicato de su elección sin la interferencia de los patrones en las actividades sindicales.
– La creación de un órgano independiente encargado de la conciliación y el registro de los contratos colectivos de trabajo.
– La participación de los trabajadores en la elección de líderes sindicales mediante el voto personal, libre y secreto.
– Para el registro inicial de un contrato colectivo de trabajo, el órgano independiente creado deberá verificar que el centro de trabajo esté en operaciones, que los trabajadores hayan tenido acceso a una copia del contrato y que la mayoría de los trabajadores estén de acuerdo en la celebración del contrato.
– Para las futuras revisiones de los contratos colectivos de trabajo, incluyendo los que estén actualmente depositados, se deberá acreditar el apoyo de la mayoría de los trabajadores del centro de trabajo.
De igual forma, obliga a revisar por lo menos una vez dentro de los siguientes cuatro años a la entrada en vigor de la legislación, todos los contratos colectivos de trabajo. Lo que en la práctica implicaría revisar unos 21 mil contratos.
Debe enfatizarse, por ello, que además de la responsabilidad de los legisladores de Morena para elaborar una ley acorde con lo peticionado en el T-MEC, y encaminada a resarcir el retroceso en las conquistas de la clase trabajadora, deben consultar y pedir la opinión tanto de sindicatos independientes como de diversas organizaciones sociales y expertos en la materia.
Es hora de que la clase trabajadora emita su punto de vista y haga valer sus derechos para recuperar lo que el bipartidismo neoliberal le arrebató al imponerle esquemas como las outsourcings, que se han convertido en fábricas encubiertas de esclavos, sin estabilidad laboral ni acceso a la seguridad social. Llegó el momento de sepultar la contrarreforma panista.
Martín Esparza*
*Secretario general del Sindicato Mexicano de Electricistas

https://www.contralinea.com.mx/archivo-revista/2019/01/28/en-pos-de-una-verdadera-reforma-laboral/?fbclid=IwAR2t7SPD3fGySBWYClgaFc7L6euqL818Sa9GuQ4NN1TjjX6RGKB_l3w6JE8

Salir de la oscuridad


16 enero, 2019
Saúl Escobar Toledo
De manera similar a lo que sucede en la industria del petróleo, en la que se ha revelado la existencia de una estructura paralela, oculta e ilegal que ha servido para proporcionar enormes ganancias a particulares, en el mundo laboral hace tiempo que viene operando un esquema similar. En este caso, se trata de sindicatos de papel que no representan a sus pretendidos agremiados y de contratos colectivos que no son del conocimiento de los trabajadores y nunca han sido negociados entre la representación de los empleadores y la parte obrera. Se les ha llamado contratos de protección patronal pues solo han servido para que éste pueda manejar a su antojo las condiciones de trabajo.
Como en el caso de la industria de los hidrocarburos, las estructuras paralelas surgieron desde el interior de las instituciones del Estado, Pemex en el caso del huachicol y en la Secretaría del Trabajo y las Juntas de Conciliación y Arbitraje en los asuntos laborales. Si allá han servido para enriquecer a una amplia red de funcionarios públicos y negociantes privados, acá los beneficiados han sido un conjunto de líderes espurios, despachos de abogados y autoridades corruptas que se han comportado como una verdadera mafia para repartirse el dinero mal habido, simular que sucede lo que nunca sucede (una relación obrero patronal basada en organizaciones gremiales representativas), y protegerse unos a otros.
No son las únicas muestras de la corrosión de las estructuras del Estado. Es el caso también, muy notable, de la seguridad pública, donde mandos policiacos de distinto rango y nivel, jueces y ministeriales fingen cumplir con su deber cuando en realidad solapan o pertenecen a grupos criminales.
Aunque indudablemente en todos los ámbitos existen funcionarios honestos que se esfuerzan por cumplir con la ley y su responsabilidad, en las últimas décadas el surgimiento de camarillas y mecanismos ocultos dentro de las propias instituciones, concertados para satisfacer intereses particulares, se ha agudizado. En el caso del mundo laboral, la ausencia de democracia sindical viene de muchas décadas atrás, sobre todo desde fines de los años cuarenta del siglo pasado. Pero con la globalización de los mercados y las políticas neoliberales, el sindicalismo se convirtió, en su mayor parte, en un aparato vacío, fantasmal y sombrío.
No hay mal que dure cien años, dice el refrán. En este caso, la presión internacional principalmente de  nuestros socios extranjeros, Canadá y Estados Unidos, y de los organismos internacionales como la OIT,  han jugado  un papel destacado para tratar de modificar esta situación pues consideraron  que la ausencia de representaciones sindicales legítimas y democráticas en nuestro país  forman parte de un sistema ilegal que ha servido para bajar artificialmente los salarios y prestaciones y atraer inversiones extranjeras, una competencia desleal que debe ser combatida.
Ello, junto con diversas manifestaciones de descontento nacionales, llevaron a una reforma del 123 constitucional en febrero de 2017. Sin embargo, durante casi dos años, ésta no se ha aplicado porque no se ha reformado la Ley Federal del Trabajo. El cambio político ocurrido el año pasado y la nueva composición del Congreso de la Unión parece abrir por fin esta posibilidad. En las últimas semanas, diversas iniciativas, entre ellas la suscrita por algunos diputados de Morena, fueron presentados ante el Congreso. Se trata de un proyecto que recoge puntos de vista de sindicalistas, abogados y académicos del Observatorio Laboral. Se propone construir un nuevo modelo basado, en primer lugar, en la independencia del sistema de justicia respecto del Poder Ejecutivo, lo que implica la eliminación de las Juntas de Conciliación y Arbitraje. Pero en segundo lugar y de manera igualmente destacada, busca garantizar el libre y pleno ejercicio de los derechos colectivos de los trabajadores. Con ello, se afirma, el mercado de trabajo y las relaciones obrero-patronales podrían convertirse en espacios de inclusión social, frenando la pobreza y la desigualdad imperantes.
En este comentario abordaremos solamente una parte de las reformas: la que tiene que ver con la democracia sindical y la negociación colectiva. Una pieza clave de este nuevo modelo es el Centro Federal de Conciliación y Registro Sindical (el CFCyR) el cual tendrá a su cargo el registro de los sindicatos y contratos colectivos. Vigilará también el respeto a la democracia sindical. Se trata de un organismo novedoso que deberá gozar de plena autonomía y regirse por los principios de independencia, imparcialidad y transparencia. El texto prevé un periodo de transición pues el Centro empezaría a funcionar en un plazo no mayor de dos años.
De acuerdo con la iniciativa, habrá plena libertad para organizar sindicatos, pero la autoridad cuidará que éstos cumplan con sus estatutos. No habrá afiliación obligatoria y la elección de sus directivas tendrá que realizarse por voto personal, libre y secreto. Las organizaciones estarán también obligadas a rendir cuentas de la administración de su patrimonio.
El registro de estos colectivos se simplificará y solo se requerirá copia de las actas de su asamblea constitutiva y de la elección de su directiva; la lista de sus miembros; y la presentación de sus estatutos. La autoridad, el CFCyR, no podrá negar dicho registro pero sí deberá observar que sus reglas internas contemplen, necesariamente, el voto secreto y la representación proporcional de género de sus dirigencias.
El proceso legal para pactar contratos colectivos es un poco más complejo ya que el sindicato deberá contar previamente con una Constancia de Representatividad (CR) expedida por el CFCyR. Dicha Constancia solo podrá obtenerse si se realiza una consulta con los trabajadores mediante voto personal, libre y secreto. Esta Constancia requerirá por lo menos el respaldo del 30 por ciento de los asistentes y, en caso de que concurran dos o más asociaciones, la constancia se otorgará a la que resulte mayoritaria. El Centro también se encargará de convocar y  organizar el proceso de votación, elaborará las boletas, instalará las urnas y hará el registro de los votantes.  Llevará a cabo también el escrutinio y cómputo de la votación, levantará el acta correspondiente y dará fe de su validez. Finiquitado este paso, y si se cumplen los requisitos legales, la autoridad deberá resolver la procedencia de la solicitud de la Constancia de Representatividad y entonces se podrá dar validez al contrato colectivo.
Este procedimiento, completamente nuevo, tiene como finalidad evitar cualquier forma de simulación que permita a un grupo de personas usurpar la representación de los trabajadores en las negociaciones con el empleador. Pretende también impedir que las autoridades decidan arbitrariamente la procedencia de un registro sindical o de un contrato colectivo, fenómeno muy común desde hace años que ha impedido el surgimiento de sindicatos independientes y democráticos.
Una buena ley no garantiza su inviolabilidad. En caso de que se apruebe el texto, el respeto a la voluntad de los trabajadores, mediante el voto secreto, dependerá ahora, sobre todo, de la conducta y probidad de las autoridades encargadas del flamante Centro Federal de Conciliación y Registro. La iniciativa de Morena, junto con otras ya presentadas o en curso, deberán discutirse en febrero, durante el periodo ordinario, y sufrir todos los cambios que sean necesarios, siempre de acuerdo con los preceptos constitucionales. Una vez aprobada, el gobierno deberá tener tiempo suficiente para preparar el cambio. Estamos ante una oportunidad histórica de construir una nueva realidad en el que se elimine la simulación y se destierren esas estructuras paralelas, ocultas e ilegales que han controlado el ámbito laboral. Con ello, el sindicalismo mexicano podría empezar a salir de las sombras y, de manera transparente, reinventarse con la participación genuina de sus afiliados.

saulescobar.blogspot.com
https://suracapulco.mx/2019/01/16/salir-de-la-oscuridad/

Proliferan propuestas de reforma laboral 


Hay 37 iniciativas 
Participación de Carlos Guillén Soriano, 
Integrante del Sindicato Único de Trababajadores de la Industria Nuclear, 
Colaborador Voluntario de Frecuencia Laboral 
Publicación Original del Portal www.frecuencialaboral.com 
Nuevamente hay mucho interés por modificar la Ley Federal del Trabajo. En el primer periodo ordinario de sesiones de la LXIV Legislatura, llegaron a la Cámara de Diputados 37 propuestas de modificación, entre iniciativas presentadas originalmente en esa instancia y minutas enviadas por la Cámara de Senadores. 
La mayoría propone modificaciones menores, a uno o dos artículos de la Ley. En algunos casos, se trata de incluir en los riesgos de trabajo, lo ocurrido a un trabajador en el trayecto para llevar a sus hijos a la escuela, establecer como feriado el 2 de noviembre o mejorar las condiciones del trabajo doméstico. Otras, están relacionadas con el salario mínimo o con aspectos de la democracia sindical o del salario. 
Hay casos que llaman la atención y que merecen mayor seguimiento. Uno es el caso de una iniciativa presentada por el Partido Encuentro Social y sobre la que el Lic. Héctor Barba, asesor laboral de un gran número de sindicatos, emitió en días pasados una alerta legislativa. 
Señala el Lic. Barba que la iniciativa pretende reformar la Ley Federal del Trabajo, a otras leyes y de emisión de una nueva ley, todas para reglamentar la reforma al apartado A del artículo 123 constitucional en materia de justicia laboral, publicada en el Diario Oficial de la Federación en febrero de 2017. 
Lo que hace emitir la alerta es que se busca reglamentar la reforma constitucional contrariando su sentido en el caso de los Centros de Conciliación que pretende «se constituyan como nuevas autoridades controladas por los organismos del falso tripartismo, algunas organizaciones patronales y los sindicatos corporativos que dieron al traste con la justicia laboral mediante las Juntas de Conciliación y Arbitraje que controlan y en las que actúan como jueces y partes en los litigios».
Plantean aprobar una inconstitucionalidad «de otorgar a estos nuevos Centros, facultades jurisdiccionales que competen exclusivamente a los nuevos tribunales laborales, cuando están diseñados por la Constitución como autoridades meramente administrativas constituidas como organismos públicos descentralizados, para actuar exclusivamente como facilitadoras de la conciliación prejudicial de un limitado tipo de conflictos individuales». 
Por otro lado, la iniciativa no dice nada sobre las garantías para que los trabajadores puedan decidir por medio de su voto personal, libre y secreto sobre la contratación colectiva; sobre la elección de todas las directivas sindicales y sobre el sindicato que deba representarles como titular del contrato colectivo en los juicios colectivos de disputa de la titularidad de los mismos y sobre su derecho instrumental de huelga para conseguir, mejorar y preservar sus contratos colectivos. Es decir, se deja fuera un aspecto esencial planteado en la reforma constitucional y que ha sido propuesta –y práctica- del sindicalismo democrático. 
Es necesario estar atentos ante estas propuestas que implicarían pasos atrás en lo ya aprobado en la reforma de febrero de 2017. Esta iniciativa, aunada a las que fueron anunciadas por dos de las centrales corporativas de trabajadores, denuncia el Lic. Barba, denota una grave escalada contra el derecho laboral. 
Por otro lado, aunque se anunció desde el año pasado, se publicó el 3 de enero de 2019 en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados, la iniciativa de reforma laboral presentada por la fracción parlamentaria de Morena, que incluye de una manera integral, modificaciones a un gran número de artículos de la Ley Federal del Trabajo, con propuestas que en algunos casos retoman planteamientos hechos desde hace tiempo por organizaciones como la Unión Nacional de Trabajadores.
Para la elaboración de esta iniciativa, se ha señalado, se tomaron en cuenta las consultas hechas a diversos sectores como organizaciones patronales, además de las propuestas de los sindicatos. 
Esta iniciativa, en una primera y superficial lectura, incluye entre sus principales aspectos los siguientes: 
Democracia sindical y libertad de negociación colectiva 
Se establece la denominación del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral y se detallan funciones del organismo descentralizado autónomo creado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para el registro de sindicatos y contratos colectivos de trabajo, a nivel federal y local. Señala que tendrá plena autonomía de decisión y de gestión y se regirá por los principios de certeza, independencia, legalidad, imparcialidad, confiabilidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia y publicidad. 
Se establecen condiciones para aspectos de la vida sindical que van desde su procedimiento de constitución hasta el reconocimiento de sus directivas, y define rubros como: autonomía, equidad, democracia, legalidad, transparencia, certeza, gratuidad, inmediatez, imparcialidad y respeto a las libertades sindicales y sus garantías; entre ellas, el derecho de los trabajadores a organizarse libremente y conforme a los intereses de sus integrantes, garantizándose el derecho de los trabajadores a decidir libremente la forma de asociarse y organizarse para defender sus intereses, según la exposición de motivos de la iniciativa. 
También establece mecanismos para que la rendición de cuentas por parte de las directivas sindicales sea real, incluyendo sanciones en caso de incumplimiento. 
Se refiere asimismo a la negociación colectiva estableciendo reglas para garantizar que, desde su celebración inicial, responda a la voluntad de los trabajadores. Se propone una Constancia de Representatividad que requeriría del voto de por lo menos el treinta por ciento de los trabajadores asistentes a la votación. 
Otro aspecto incluido es la Perspectiva de género, donde incluye aspectos como garantizar un ambiente laboral libre de discriminación y de violencia y previene que, en los estatutos de los sindicatos, deberá establecerse que la integración de las directivas sindicales se conformará proporcionalmente por razón de género; Se dispone como medida precautoria que, a petición fundada de la trabajadora embarazada, el Juez deberá requerir al patrón se abstenga de dar de baja de la institución de seguridad social en la que ésta haya sido afiliada, en caso de haber sido despedida. 
También incorpora como obligación de los patrones la de Implementar, en acuerdo con los trabajadores, un protocolo para prevenir la discriminación por razones de género y atención de casos de violencia y acoso sexual. Se prevé la tutela de derechos cuando se reclame discriminación en el empleo, tales como discriminación por embarazo, u orientación sexual, por identidad de género, o Trata laboral, así como en los casos de trabajo infantil. 
El aspecto sobre el que se incluyen más propuestas y se presenta más a detalles es el de lo que denomina Nueva justicia laboral. Señala que la justicia laboral será impartida por órganos del Poder Judicial tanto en el ámbito federal como en el local, que concentrarán su atención en las tareas jurisdiccionales. 
Se abunda en los diversos aspectos de este tema, lo que indudablemente requiere de un análisis minucioso. 
Finalmente se hacen algunas previsiones relacionadas sobre todo con los plazos para entrada en vigor de organismos y normas. 
Se trata, como decíamos líneas arriba, de una propuesta más completa, que retoma propuestas hechas con anterioridad y que para muchas organizaciones del sindicalismo democrático, son aspectos que desde hace mucho se han practicado como la elección democrática de las representaciones o la rendición de cuentas. No estamos pues, ante novedades que hayan surgido apenas. Saludamos el reconocimiento que implica incluir en una iniciativa integral, las políticas que desde hace tiempo practica el sindicalismo genuino. 
Con todo lo positivo que en primer momento se pueda ver esta iniciativa –y será necesario analizarla con detenimiento- no hay que olvidar que aspectos como la democracia sindical, no existen por decreto o porque se hayan incluido en la ley, sino por la conciencia, la organización y la práctica de los trabajadores. Y es eso mismo lo que puede acabar con el corporativismo sindical, el mismo que se ha buscado perpetuar en otras iniciativas.

http://www.frecuencialaboral.com/37proyectosdereformalaboral2019.html?fbclid=IwAR0TlimW0cu6ki9Xae_gngQBaX9HBRf6jpOnpTLehrw0Tp64oOvqKSLHvDw

Por una reforma laboral sin retrocesos

09/01/2019
MANUEL FUENTES
Existen muchos intereses para que todo cambie y al mismo tiempo todo siga igual. | Manuel Fuentes
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PERFIL
La reglamentación de la reforma del artículo 123 Constitucional del 24 de febrero de 2017 y que debió estar lista un año después, aún no se materializa. El fracaso de no lograr su cometido se debió a la intentona cínica del gobierno peñista de forzar la aprobación de una contrarreforma que retomaba, sin rubor alguno, todas las demandas empresariales; los restos del carácter social del derecho laboral se pretendía extinguír, lo que generó una gran inconformidad de las organizaciones sindicales.
El cambio de gobierno encabezado por Andrés Manuel López Obrador fue una pésima noticia para los grupos empresariales empecinados en tener controlados a los sindicatos y hacer nula la justicia laboral. Ahora se retoma la posibilidad que se avance en un escenario distinto que permita la participación de los trabajadores en sus decisiones fundamentales.
En estos últimos días han empezado a aparecer iniciativas de diputados y de grupos parlamentarios que tienen la intención de iniciar una discusión sobre el tipo de reformas laborales que se requieren en esta etapa de un nuevo gobierno.
La propuesta del Partido Encuentro Social
El 4 de diciembre de 2018 la diputada Soraya Pérez Munguía del Partido Encuentro Social (PES) presentó una propuesta de reforma al artículo 371 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), de claro oscuros:
La elección de la representación sindical será universal, libre, directa y secreta. Para determinar el número de integrantes de la mesa directiva.
Pretende de manera absurda que la votación sindical sea «universal» (¿?), ello implicaría la participación de trabajadores de confianza y hasta empleados de otros centros de trabajo sólo por el hecho de ser sindicalizados, lo cual es inadmisible, porque lo universal no tiene límite, pero lo sindical sí. Esta diputada confunde la votación popular con la sindical.
Sin embargo, otra parte de su propuesta es que la votación para la elección de dirigentes sea directa, que daría el derecho a todos los trabajadores a decidir sobre quienes serían sus dirigentes, lo que la reciente reforma constitucional se constriñe al voto personal, libre y secreto, que permite el voto a través de representantes, la que representa una limitante a la libertad sindical.
Un retroceso, desde la visión de la Organización Internacional del Trabajo, es la pretensión de limitar la duración de las directivas a seis años por una decisión legal y no de los trabajadores; sin embargo, mete a debate esa llamada «libertad» que ha permitido a los líderes sindicales eternizarse en el cargo.
Otra propuesta más del PES
El 18 de diciembre de 2018 el diputado Fernando Luis Manzanilla Prieto hizo la propuesta de crear el artículo 388 bis de la LFT en la que pretende establecer requisitos en el caso de la celebración de un contrato colectivo de trabajo, para que se requiera a la empresa emplazada proporcione un listado de los trabajadores a su servicio, puesto de trabajo y lugar de la fuente laboral, todo al momento de contestar el pliego de peticiones, para la realización de un recuento para consultar a los trabajadores con el emplazamiento a huelga para la celebración de un contrato colectivo de trabajo.  El voto deberá ser libre, directo y secreto, y en este podrán participar uno o varios sindicatos.
La votación para aceptar un contrato colectivo deberá ser con la mayoría de los trabajadores y para rechazarlo se requerirá la votación en contra de las dos terceras partes de ellos.
Si es aprobatoria la votación por el contrato colectivo, se dará a las partes diez días para negociar y si no alcanzan acuerdo será hasta ese momento en que el sindicato que haya obtenido una mayoría de votos podrá emplazar a huelga exigiendo la celebración de un contrato colectivo de trabajo.  La propuesta señala que este procedimiento será obligatorio para la celebración y depósito de un contrato colectivo de trabajo, que de no ocurrir la consulta obrera no se les dará validez.
Hay otras propuestas de legisladores que analizaremos posteriormente.
Del grupo Parlamentario de Morena
El 22 de diciembre de 2018, apareció una propuesta del grupo parlamentario de Morena sin que legislador alguno la suscribiera; posteriormente el 3 de enero de 2019 apareció la misma iniciativa en la Gaceta Parlamentaria (a la que se agregaron comas, se convirtieron algunas palabras de mayúsculas a minúsculas y un «deberá de…» por un «deberá…» sin cambiar la integralidad del texto), ahora suscrita por el diputado morenista Miguel Ángel Chico Herrera, «…e integrantes del Grupo Parlamentario de Morena…» (sin precisar cuántos y quienes la avalan). Ésta retoma propuestas formuladas por abogados laboralistas independientes, autoridades laborales de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México, integrantes del poder judicial, algunos representantes sindicales y abogados patronales que participaron a título personal.
A pesar de lo disímbolo de la integración de ese grupo, se logró el consenso en la mayor parte de los puntos, su avance progresista es notable, sin embargo hay vacíos, y otros aspectos que son un retroceso para el derecho laboral social y que merecen ser mejor analizados para lograr una legislación verdaderamente tutelar de los derechos de los trabajadores sin perder un equilibrio razonable con el sector patronal. Su análisis, por ser muy extensa y amplia la propuesta, será realizado en este espacio posteriormente.
La necesidad de convocar a Foros
La complejidad de la reforma que se propone pretende llevar a cabo nuevas relaciones individuales y colectivas, nuevos procedimientos laborales e instituciones de justicia distintas, por lo que exige que las Comisiones de Trabajo de la Cámara de Diputados y de Senadores convoquen a foros abiertos en los que participen expertos en el tema, los sectores de trabajadores y patrones para escuchar sus puntos de vista.
El cambio será radical porque se pretenden quitar enormes vicios que ahogan las relaciones laborales individuales y colectivas en nuestro país, las cuales permiten bajos salarios, inestabilidad laboral, una justicia lenta e inequitativa y debilitamiento de la seguridad social.
Existen muchos intereses para que todo cambie y al mismo tiempo todo siga igual; hay la intención de los grupos de poder económicos para que las reformas laborales que se pretenden constituyan más obstáculos para el ejercicio de los derechos colectivos para anularlos y que estas «innovaciones» favorezcan más al sector patronal que a los trabajadores.  No lo permitamos.
Por ello se requiere que las propuestas de reforma se den a conocer ampliamente y los trabajadores y sus organizaciones participen, opinen y logren con estas reformas, una verdadera democratización de las relaciones laborales y una verdadera mejora en su nivel de vida y poder adquisitivo.

Son tiempos de no bajar la guardia.

¿Aumento salarial del 16.21% o del 5%?
@Manuel_FuentesM | @OpinionLSR | @lasillarota
https://lasillarota.com/opinion/columnas/por-una-reforma-laboral-sin-retrocesos/265268

Reforma a la Ley de Trabajo obligaría a elecciones libres en sindicatos

NACIONAL
4 Ene 2019
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Carlos Romero Deschamps, líder del sindicato petrolero / Foto: Especial
La iniciativa presentada por Morena sienta las bases para que los trabajadores elijan de forma democrática a sus líderes sindicales y les exijan cuentas, y obliga a los sindicatos a entregar por escrito a cada uno de sus miembros el informe de todo lo relacionado con su patrimonio
Ciudad de México.- La bancada del partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena) presentó una iniciativa de ley secundaria de la reforma realizada el 24 de febrero de 2017 a la Ley Federal del Trabajo que dota a los trabajadores del derecho a elegir a sus sindicatos y líderes sindicales de manera libre y democrática, pero además obliga a los sindicatos a entregar cuentas por escrito.
La iniciativa presentada ayer ante el Pleno de la Cámara de Diputados por el legislador Miguel Ángel Chico Herrera refrenda y amplía el derecho de los trabajadores y patrones de construir organizaciones que “estimen convenientes”, la prohibición de los patrones y el Estado de injerir en los sindicatos de los trabajadores, les otorga a los trabajadores el derecho de fiscalizar y pedirle cuentas a sus sindicatos y obliga al sindicato a rendir cuentas a sus afiliados por escrito a cada uno de sus miembros.
“Reconoce y precisa el derecho de los trabajadores para organizarse libremente en la forma y ámbito que ellos decidan; establece que, en el registro de los sindicatos, federaciones y confederaciones, así como en la actualización de las directivas sindicales, se observen y prevalezcan los principios de autonomía, equidad, democracia, legalidad, transparencia, certeza, gratuidad, inmediatez, imparcialidad, así como de respeto a la libertad sindical; exige que, en materia de registro y actualización sindical, impere la voluntad de los trabajadores y el interés colectivo sobre los aspectos de orden formal”, dice la iniciativa.
Los legisladores de Morena buscan garantizar la libre voluntad de los afiliados a un sindicato y el deber del sindicato a ajustarse a sus disposiciones estatutarias para la designación de sus dirigentes.
“Establece como norma obligatoria que los estatutos incluyan como requisito para su aprobación el apoyo mayoritario de los trabajadores mediante el voto personal, libre y secreto; permite que los sindicatos soliciten a la autoridad laboral la certificación de cumplimiento de las normas en sus estatutos; refrenda, amplia y precisa la obligación de la directiva de los sindicatos de rendir cuentas a sus afiliados, así como el deber de entregar copia por escrito del informe respectivo a cada uno de sus miembros”, dice.
Los miembros del sindicato, precisa la iniciativa, podrán solicitar información sobre la administración del patrimonio de su organización y de acudir a la autoridad registral a denunciar irregularidades. En la legislación secundaria propuesta se estable que los estatutos sindicales deben establecer “los mecanismos para sancionar a los responsables del manejo indebido de los recursos del sindicato”.
“Prohíbe a los sindicatos, federaciones y confederaciones participar en esquemas de evasión de contribuciones, incumplimiento de obligaciones patronales y actos de simulación; establece un procedimiento ágil y sencillo para la obtención de la Constancia de Representatividad por parte de los sindicatos, a fin de que éstos puedan celebrar, revisar o modificar el contrato ley o el colectivo de trabajo ante la autoridad o tribunal laboral”, indica.
La iniciativa establece en su Artículo 38 que “nadie puede ser obligado a formar o no parte de un sindicato, federación o confederación. Cualquier estipulación que desvirtúe de algún modo esta disposición se tendrá por no puesta”, y que los procedimientos de elección de sus directivos serán a través del “libre ejercicio del voto personal, libre y secreto de los miembros”.
“El periodo de duración de las directivas no podrá ser indefinido, o lesivo al derecho de participación y de votar y ser votado”, precisa.
Los sindicatos deberán constituirse con un mínimo de 20 trabajadores o con tres patrones mínimo y las federaciones y confederaciones deberán conformarse por al menos dos organizaciones sindicales y especifica que en materia de registro y actualización sindical “la voluntad de los trabajadores y el interés colectivo imperarán sobre aspectos de orden formal”.
CONCILIACIÓN Y REGISTRO LABORAL
La iniciativa crea el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral y tribunales laborales del Poder Judicial de la Federación que sustituirán a lo que hasta el momento realiza la Junta de Conciliación y Arbitraje actual.
El Centro deberá entrar en vigor en dos plazos: las funciones registrases en un plazo no mayor a dos años de la entrada en vigor del decreto y las funciones conciliatorias al mismo tiempo que los tribunales laborales en un plazo no mayor a cuatro años.
“En lo que se refiere a la función conciliatoria, el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral establecerá las delegaciones u oficinas regionales en el orden y secuencia que fije el Consejo de la Judicatura; en lo que hace a los tribunales laborales locales que estarán a cargo de los poderes judiciales de las entidades federativas, al igual que los Centros de Conciliación de dichas entidades, deberán entrar en funciones en un plazo de tres años a partir de que entre en vigor la reforma, por lo que se dispone que en ese mismo término se lleve a cabo la coordinación interinstitucional necesaria para que entren en operación ambos órganos en forma simultánea. Lo anterior exige que en dicho plazo se establezca su estructura, se capacite a los jueces, al igual que al personal jurídico y administrativo que deberá estar a cargo de dichas instituciones”, dice.
Las juntas de conciliación y arbitraje, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y los poderes ejecutivos de las entidades federativas deberán realizar una transferencia de expedientes al Centro Nacional de Conciliación y Registro a través de medios electrónicos al menos seis meses antes de que el Centro inicie sus actividades registrales.
De acuerdo con las disposiciones transitorias de la reforma en tanto no entren en funciones los tribunales locales, las juntas de conciliación y arbitraje continuarán “conociendo y resolviendo los conflictos laborales” hasta su conclusión.
La reforma prevé además que los contratos colectivos de trabajo se revisen al menos una vez durante los cuatros años posteriores a la entrada en vigor del decreto “para garantizar que todos los contratos colectivos se hayan hecho del conocimiento de los trabajadores”.
A SERVIDORES PÚBLICOS Y ABOGADOS
La iniciativa de reforma prevé un capítulo de sanciones para los servidores públicos de los Centros de Conciliación que obstruyan o dilaten el procedimiento de conciliación, y también para los abogados.
“Los abogados, litigantes o representantes que promuevan acciones, excepciones, incidentes, diligencias, ofrecimiento de pruebas, recursos y, en general toda actuación en forma notoriamente improcedente, con la finalidad de prolongar, dilatar u obstaculizar la sustanciación o resolución de un juicio laboral, se les impondrá una multa de 100 a 1000 veces la Unidad de Medida y Actualización”, dice.
“A los servidores públicos del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral cuando retrasen, obstruyan o influyan en el procedimiento de registros sindicales y de contratos colectivos y de reglamentos interiores de trabajo a favor o en contra de una de las partes, así como en el otorgamiento de la constancia de representatividad sin causa justificada se les impondrá una multa de 100 a 1000 veces la Unidad de Medida y Actualización. Por lo que se refiere a los servidores públicos de los Centros de Conciliación locales se les sancionará en los mismos términos, cuando en el desempeño de su función conciliatoria incurran en estas conductas”, estimula la iniciativa. Además, en el caso de los funcionarios, se dará parte al Ministerio Público cuando sea necesario.
“Artículo 48 Bis. Para efectos del artículo 48 de esta ley, de manera enunciativa se considerarán conductas infractoras las siguientes:
I. Tratándose de las partes, abogados, litigantes, representantes o testigos:
a) Ofrecer algún beneficio personal, dádiva o soborno a funcionarios del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, Centros de Conciliación Locales o Tribunales Laborales; así como a terceros de un procedimiento laboral;
b) Alterar un documento firmado por el trabajador con un fin distinto para incorporar la renuncia;
c) Exigir la firma de papeles en blanco en la contratación o en cualquier momento de la relación laboral;
d) Presentación de hechos notoriamente falsos en el juicio laboral, por cualquiera de las partes o sus representantes, sobre el salario o la antigüedad de la relación de trabajo;
e) Negar el acceso a un establecimiento o centro de trabajo al actuario o notificador de la autoridad laboral, cuando éste solicite realizar una notificación. Asimismo, negarse a recibir los documentos relativos a la notificación ordenada por la autoridad laboral cuando se trate del domicilio de la razón social o de la persona física o moral buscada.

II. Tratándose de servidores públicos se considerarán actuaciones notoriamente improcedentes:
a) Levantar razón de una notificación haciendo constar que se constituyó en el domicilio que se le ordenó realizar la notificación, sin haberse constituido en el mismo;
b) Levantar razón de una notificación o cédula de emplazamiento sin que éstas se hayan realizado;
c) Omitir efectuar una notificación dentro del plazo establecido por la Ley u ordenado por la autoridad laboral;
d) Dilatar de manera deliberada la notificación de una audiencia de conciliación, el emplazamiento de un juicio laboral o cualquier notificación personal del procedimiento laboral, para beneficiar a alguna de las partes del procedimiento o para recibir un beneficio de alguna de las partes;
e) Recibir una dádiva de alguna de las partes o tercero interesado;
f) Retrasar deliberadamente la ejecución de sentencias y convenios que sean cosa juzgada;
g) Admitir pruebas no relacionadas con la litis que dilaten el procedimiento;
h) Retrasar un acuerdo o resolución más de ocho días de los plazos establecidos en la ley;
i) Ocultar expedientes con el fin de retrasar el juicio o impedir la celebración de una audiencia o diligencia; y
j) Retrasar y obstruir la entrega de la constancia de representatividad sin causa justificada.
k) Negarse a recibir injustificadamente el trabajador de un organismo público o paraestatal una notificación de un Centro de Conciliación o un Tribunal Laboral, u obstaculizar su realización, en cuyo caso deberá darse vista al Órgano de Control Interno correspondiente, independientemente de las sanciones que se establecen en la presente Ley.

Se considera grave la conducta si la dilación es producto de omisiones o conductas irregulares de los servidores públicos; en estos casos, además de las sanciones que sean aplicables conforme a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, se les impondrá a quienes resulten responsables una multa 100 a 1000 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente y se deberá dar vista al Ministerio Público por la posible comisión de delitos contra la administración de justicia”, establece la iniciativa de reforma.

https://vanguardia.com.mx/articulo/reforma-la-ley-de-trabajo-obligaria-elecciones-libres-en-sindicatos

Diputación de Morena busca modernizar el ámbito sindical 


NOTIMEX 03.01.2019 – 14:26H Movimiento Regeneración Nacional (Morena) presentó ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión una iniciativa de reforma a la Ley Federal del Trabajo, a fin de lograr la instauración de un nuevo modelo que haga efectiva la independencia del sistema de justicia laboral respecto del Poder Ejecutivo, como lo exige la reforma constitucional de 2017.
La propuesta que presentó el diputado morenista Miguel Ángel Chico Herrera, sienta las bases para una verdadera transformación en el ámbito sindical y de contratación colectiva, induciendo los principios de representatividad, transparencia y democracia en la vida de las organizaciones sindicales.
El legislador de Morena dijo que el país requiere que la justicia sea impartida por los órganos del Poder Judicial, para otorgar mayor certeza al trabajador en su empleo y en su salario, y evitar abusos en el supuesto ejercicio de los derechos, como las demandas fraudulentas que destruyen la pequeña y mediana empresa o que desalientan la creación de más y mejores empleos.
«Hoy estamos ante la puerta de una gran transformación en el mundo del trabajo, junto con lo que deberá experimentar el régimen político y nuestro modelo económico acorde con los marcos normativos nacional e internacionales», argumentó.
Chico Herrera expuso que esta iniciativa -turnada a la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados- orienta la reglamentación de los principios constitucionales en la Ley Federal del Trabajo, a garantizar el acceso a una justicia independiente e imparcial, así como el libre y pleno ejercicio de los derechos colectivos de los trabajadores.
Indicó que la propuesta persigue dos objetivos: el respeto al Estado de derecho y la vigencia del principio de representatividad sindical como condición necesaria para un diálogo social que encamine al país hacia una verdadera transformación productiva que asegure al trabajo digno al o a los ciudadanos.
Esto implica revitalizar a los sindicatos y la contratación colectiva como instrumentos de construcción, consensos entre trabajo y capital en aras de mejorar los salarios y las condiciones laborales, dejando atrás la unilateralidad.
El diputado Chico Herrera destacó que esta serie de reformas recogen las propuestas que hizo el Observatorio Ciudadano de la reforma laboral.
Con la implementación de esta reforma se considerará que exista un ambiente laboral libre de discriminación y de violencia. Habrá un capítulo de sanciones para aquellos servidores públicos de los centros de conciliación que obstruyan o dilaten los procedimientos.
Detalló que se incluirá a los trabajadores del campo en los salarios mínimos profesionales, además de que refrendará y ampliará el derecho de los empleados y patrones para constituir las organizaciones que estimen convenientes.
Establecerá que, en el registro de los sindicatos, federaciones y confederaciones, así como la actualización de las directivas sindicales, se observen y prevalezcan los principios de autonomía, equidad, democracia, legalidad, transparencia, certeza, gratuidad, inmediatez, imparcialidad, así como el respeto a la libertad sindical.
Establecerá como norma obligatoria que los estatutos incluyan como requisito para su aprobación, el apoyo mayoritario de los trabajadores mediante el voto personal, libre y secreto.
También, indicó Chico Herrera, con esta reforma se refrenda, amplía y precisa la obligación de la directiva de los sindicatos de rendir cuentas a sus afiliados, así como el deber de entregar copia por escrito del informe respectivo.
Se crea el procedimiento de conciliación prejudicial de carácter previo y obligatorio. Precisa las atribuciones y obligaciones de los conciliadores para su selección que garantice imparcialidad, independencia y profesionalismo.
Se privilegia la solución del conflicto por encima de los formalismos procedimentales sin afectar el debido proceso y los fines del derecho del trabajo. Se brinda mayor claridad a los procedimientos para ejercer la garantía de huelga El diputado federal señaló que con esta reforma se amplían y precisan las facultades del tribunal laboral para lograr la ejecución de las sentencias laborales.
La iniciativa incluye reglas especiales que constituyen una ruta crítica que debe conducir a una transición exitosa, a fin de garantizar democracia y transparencia sindical, acceso de los trabajadores a una justicia imparcial y libertad de negociación colectiva. 
https://www.20minutos.com.mx/noticia/463695/0/diputacion-de-morena-busca-modernizar-el-ambito-sindical/
 

Ver también

Impulsan reforma sobre democracia sindical

Agencia Reforma
Morena propuso a la Comisión Permanente una reforma para garantizar democracia y transparencia sindical y libertad de negociación colectiva.
El Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) presentó ante la Comisión Permanente una iniciativa de reforma a la Ley General del Trabajo que tiene como objetivo garantizar que haya democracia y transparencia sindical, acceso de los trabajadores a una justicia imparcial y libertad de negociación colectiva.
La iniciativa, firmada por el coordinador de los diputados de Morena, Mario Delgado, destaca la creación del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, organismo autónomo descentralizado, cuyo director general será designado por el Senado entre una terna propuesta por el Presidente de la República.
La Junta de Gobierno del organismo estará integrada por los titulares de la Secretaría del Trabajo y la Secretaría de Hacienda, así como los titulares del INEGI, del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), y del Instituto Nacional Electoral (INE).
El Centro Federal de Conciliación y Registro Federal tendrá facultades para conciliar conflictos obrero-patronales, además de que en las entidades federativas deberán de establecerse Centros de Conciliación.
En la propuesta se establece que la elección de las directivas sindicales y secciones sindicales, las cuales tendrán que integrarse bajo principios de paridad de género, se deberá de llevar a cabo mediante voto libre y secreto, para lo cual es necesario que los sindicatos cuenten con un padrón completo y actualizado de sus agremiados, así como materiales electorales que garanticen la libertad del sufragio.
Para la obtención de la constancia de representatividad, además, se requiere del voto de por lo menos el 30 por ciento de los trabajadores.
La iniciativa también considera mecanismos y sanciones de incumplimiento para que los sindicatos cumplan con la rendición de cuentas, con el objetivo de desestimular la apropiación indebida del patrimonio de las organizaciones gremiales y asegurar la transparencia en el manejo de cuotas y finanzas sindicales, las cuales deberán ser públicas en internet.
En tanto, la justicia laboral será impartida por órganos del Poder Judicial, tanto federales como locales, en procedimientos predominantemente orales y con una fase escrita.
No obstante, se sugiere una instancia prejudicial obligatoria de conciliación, con lo cual se pretende ofrecer la posibilidad de solución de los conflictos laborales y disminuir los plazos de resolución de los mismos.
Dicha etapa de conciliación no podrá exceder de 45 días naturales, ya que a tribunales llegarán sólo aquellos casos en los que realmente sea imposible un arreglo conciliatorio.
Al presentar la iniciativa, el diputado morenista Miguel Ángel Chico Herrera aseguró que con esta propuesta de reforma de ley se mejorarán las condiciones laborales de los trabajadores y habrá mayor justicia para los mismos.

http://www.zocalo.com.mx/reforma/detail/impulsan-reforma-sobre-democracia-sindical

Reforma reglamentaria en materia laboral

Presenta Morena iniciativa que transforma el ámbito sindical y de contratación

Considera ambiente de trabajo libre de discriminación y castigo a funcionarios que dilaten procesos de conciliación
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▲ Los coordinadores de Morena en San Lázaro, Mario Delgado, y en el Senado, Martí Batres (derecha), platican con legisladores del PAN durante la sesión de ayer de la Permanente.Foto Roberto García Ortiz
Roberto Garduño
Periódico La Jornada
Viernes 4 de enero de 2019, p. 11
Morena presentó en la Cámara de Diputados su iniciativa de reforma reglamentaría en materia laboral, en la cual plantea “una verdadera transformación en el ámbito sindical y de contratación colectiva”.
Se trata –dice– de elevar el respeto al estado de derecho y la vigencia del principio de representatividad gremial, como condición necesaria para el diálogo social que encamine al país a una verdadera transformación productiva y asegure el trabajo digno a los ciudadanos.
El senador Pedro Haces Barba (Morena) consideró que la propuesta de su partido es de avanzada, “contiene elementos legales que darán certidumbre a la vida sindical en todos los ámbitos de la vida productiva nacional. En el Congreso estamos abocados a proveer al presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, los elementos legales que fortalezcan su administración, anteponiendo a cualquier interés el interés superior, que es el de las mayorías”.
Al argumentar en tribuna, Miguel Ángel Chico, diputado de Morena, adujo que se considerará un ambiente laboral libre de discriminación y violencia. Habrá un capítulo de sanciones para aquellos servidores públicos de los centros de Conciliación que obstruyan o dilaten el procedimiento de conciliación.
Así se incluirá a los trabajadores del campo en los salarios mínimos profesionales; refrendará y ampliará el derecho de empleados y patrones a constituir las organizaciones que estimen convenientes; establecerá que, en el registro de los sindicatos, federaciones y confederaciones, así como la actualización de las directivas gremiales, se observen y prevalezcan los principios de autonomía, equidad, democracia, legalidad, transparencia, certeza, gratuidad, inmediatez e imparcialidad, y se contempla el respeto a la libertad sindical.
También se considera el procedimiento de conciliación prejudicial de carácter previo y obligatorio. Las atribuciones y obligaciones de los conciliadores para su selección que garantice su imparcialidad, independencia y profesionalismo; privilegio a la solución del conflicto por encima de los formalismos sin afectar el debido proceso y los fines del derecho del trabajo; mayor claridad de los trámites para ejercer el derecho de huelga, y se amplían y precisan las facultades del tribunal laboral para lograr la ejecución de las sentencias laborales.
Tanto el Poder Judicial de la Federación como el Ejecutivo establecerán los mecanismos conducentes para la aplicación de la presente reforma y se establece la obligación de contemplar los costos de operación y todo el demás gasto necesario para tales efectos, refirió el representante de Morena.
https://www.jornada.com.mx/2019/01/04/politica/011n1pol

Morena pretende modernizar el sistema de justicia laboral

Roberto Garduño | jueves, 03 ene 2019 13:17
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Porfirio Muñoz Ledo y Martí Batres, presidentes de las Cámaras de Diputados y de Senadores, respectivamente, durante la sesión de la Comisión Permanente. Foto Roberto García
Ciudad de México. La bancada de Morena en la Comisión Permanente del Congreso de la Unión presentó este mediodía en San Lázaro su propuesta de ley reglamentaria a la reforma constitucional en materia laboral, aprobada en febrero de 2017.
El texto de la propuesta contempla modernizar el sistema de justicia laboral vigente, transformar la organización sindical y de contratación colectiva, a través de los principios de representatividad, transparencia y democracia en las organizaciones sindicales.
Miguel Ángel Chico Herrara, diputado de Morena, presentó la iniciativa, que fue turnada a la Comisión de Trabajo, para que ésta inicie el proceso legislativo de análisis y adiciones.
En tribuna, el legislador expuso que se trata de “un nuevo modelo laboral, que haga efectiva la independencia del sistema de justicia laboral respecto del Poder Ejecutivo”.
Así, la propuesta morenista se sustenta en los siguientes ejes: considerar un ambiente laboral libre de discriminación y violencia; sanciones a los servidores públicos de los centros de conciliación que obstruyan o dilaten los procedimientos en cause; aplicar salarios mínimos profesionales a los trabajadores del campo.
También, establecer el registro de los sindicatos, federalizaciones y confederaciones, bajo los principios de autonomía, equidad, democracia, legalidad y transparencia; hacer obligatorio que los estatus de esas organizaciones, e incluyan como requisito para su aprobación el apoyo mayoritario de los trabajadores mediante voto personal, libre y secreto.
Según la propuesta,  se crea el procedimiento de conciliación prejudicial de carácter previo y obligatorio; se privilegia la solución del conflicto por encima de los formalismos procedimentales; se brinda mayor claridad a los procedimientos para ejercer derecho de huelga; y, se amplían las facultades del tribunal laboral, para lograr la ejecución de las sentencias laborales.

https://www.jornada.com.mx/ultimas/2019/01/03/morena-pretende-modernizar-el-sistema-de-justicia-laboral-7083.html

Alistan transición histórica en materia de justicia laboral


Se llevó a cabo toma de protesta de representantes de los trabajadores y patrones ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México
BOLETÍN DE PRENSA No. 013 / 2019
Ciudad de México, a 02 de enero de 2019

  • Los nuevos representantes serán piezas fundamentales en la implementación de los cambios

Iniciar con la transición de las juntas de Conciliación y Arbitraje a los Tribunales Laborales es uno de los retos más importantes e históricos que tiene el nuevo gobierno en materia de justicia laboral, así lo destacó la titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) Luisa María Alcalde Luján, durante el evento de toma de protesta de representantes de los trabajadores y patrones ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA) de la Ciudad de México que se llevó a cabo en el patio central del edificio sede de la Jefatura de Gobierno.
Recalcó que los nuevos representantes serán piezas fundamentales en la implementación de los cambios que se impulsaron hace dos años ya que serán los encargados de implementar mecanismos eficientes para terminar con el rezago en las juntas e iniciar una nueva etapa.
Explicó que la transición “es el elemento que faltaba, para que el mundo del trabajo sea una realidad a corto plazo y eso viene junto con una serie de cambios fundamentales en temas de democracia, de transparencia, de voto personal, libre y secreto para elegir a los diligentes; para consultar a los trabajadores antes de firmar contratos colectivos, para garantizar que las mujeres y hombres que quieran organizarse puedan hacerlo libremente, si cumplen con los requisitos, una serie de cambios que son históricos”.
En febrero de 2016 con la aprobación en 17 legislaturas locales se concretó la reforma a los Artículos 123 y 107 de la Constitución, con ello el Congreso de la Unión promulgó las nuevas disposiciones en materia laboral que preveía la transición de las juntas a tribunales.
Durante el evento la secretaria aseguró que durante un tiempo coexistirán las juntas con los tribunales y los órganos de conciliación, sin embargo, el compromiso del nuevo gobierno es que los cambios se realicen de manera exitosa, trabajando en conjunto entre autoridades para cerrar dignamente las juntas de conciliación y arbitraje e iniciar una nueva etapa en la impartición de justicia laboral.
“Queremos cerrar dignamente las puertas de todas las juntas federales y locales y poder comenzar con una nueva etapa en la impartición de justicia de la mano del Poder Judicial, con nuevas reglas, con otro tipo de procedimientos, un procedimiento más corto, más expedito, con enorme transparencia”, mencionó.
Alcalde Luján, añadió que se establecieron plazos responsables para concluir esta etapa que inicia en la Ciudad de México y recordó que ya se encuentra en la Cámara de Diputados la nueva iniciativa que define las reglas que seguirán en la reforma laboral en sus tres aspectos fundamentales: Justicia laboral, democracia sindical y la creación de un instituto autónomo de registro de asociaciones sindicales.
Por su parte la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum Pardo, hizo un llamado a los representantes que tomaron protesta sobre la importancia de los cambios en materia de justicia laboral que se estarán implementado y les brindó su apoyo para lograr el objetivo.
Finalmente, la secretaria del Trabajo y Fomento al Empleo, Soledad Aragón Martínez, dijo que la JLCA de la Ciudad de México puede y debe ser un espacio garante del derecho al trabajo productivo y digno en esta etapa de cambio en materia laboral y asegurar su exitosa implementación.
 
https://www.gob.mx/stps/prensa/alistan-transicion-historica-en-materia-de-justicia-laboral

Eliminarán Contratos Colectivos de protección con reforma laboral

Por: Redacción/El Pulso Laboral
27 diciembre 2017
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Todos los contratos colectivos que existen en los centros de trabajo deberán ser revisados por lo menos una vez durante los cuatro años posteriores a la entrada en vigor de la reforma a la Ley Federal del Trabajo Lo anterior se estableció en la iniciativa que fue propuesta por el grupo legislativo de Morena sobre el tema. 
Este procedimiento se plantea con el objetivo de legitimar los contratos colectivos y eliminar aquellos que se denominan de protección, es decir, los que funcionan como simulación y que se firman a espaldas de los trabajadores. 
Ésta iniciativa recoge una de las condiciones exigidas a México en el marco del nuevo tratado comercial con Estados Unidos y Canadá (T-MEC). 
En el capítulo laboral del acuerdo, se advierte que el Gobierno mexicano debe adecuar sus leyes y pone el plazo de cuatro años para hacer la revisión de los contratos. 
En el texto que se publicó en la Gaceta Parlamentaria el 22 de diciembre, se establece que las revisiones contractuales deberán depositarse ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, el cual verificará que se haya hecho del conocimiento de los trabajadores el contenido del Contrato y que el patrón Ies haya entregado una copia del mismo. 
También se debe reflejar que este contrato colectivo cuenta con el respaldo de la mayoría de los trabajadores mediante voto personal, libre y secreto En el artículo décimo primero transitorio se establece que si después de los cuatro años señalados, el Contrato carece del apoyo mayoritario de los trabajadores o se omite realizar la consulta, éste se tendrá por terminado pero se conservarán las prestaciones y condiciones contempladas. /Reforma

http://www.elpulsolaboral.com.mx/sindicatos/17183/eliminaran-contratos-colectivos-de-proteccion-con-reforma-laboral

Sindicatos tendrán nuevas reglas con reforma laboral

La propuesta establece que cualquier sindicato deberá presentar la Constancia de Representatividad para cada trámite que realicen.
María Del Pilar Martínez
26 de diciembre de 2018, 22:27
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Las organizaciones sindicales en el país tendrán nuevas reglas con la reforma laboral que se encuentra en análisis en la Cámara de Diputados y deberán ajustarse a los nuevos mecanismos como presentar la Constancia de Representatividad para cada trámite que realicen frente a alguna empresa o gobierno.
Así lo establece la propuesta presentada por el Grupo Parlamentario de Morena el pasado sábado 22 diciembre en donde se considera como objetivo que haya una contratación colectiva real que permita establecer salarios y condiciones laborales de los trabajadores sindicalizados, para lo cual “la obtención de la Constancia de Representatividad mediante consulta previa a través del voto personal, libre y secreto de los trabajadores, como condición para acceder a la firma del contrato colectivo, es el mecanismo que la iniciativa propone para acabar con los vicios y simulación que hoy los afectan”.
En ese sentido, solicitar la legitimación del contrato al sindicato no sólo será para los nuevos contratos colectivos de trabajo, sino para todos aquellos que se encuentran depositados ante las juntas laborales y que en su gran mayoría no reportan movimiento alguno, imponiéndose una regla democrática novedosa al exigirse que éstos sean revisados dentro de los próximos cuatro años, mediante el voto mayoritario de los trabajadores.
Además, ningún trabajador puede estar obligado a formar parte o no de un sindicato, federación o confederación.
Los sindicatos están obligados a rendir cuenta completa y detallada de la administración de los recursos sindicales.
Necesitan 30% de votación
De acuerdo con la propuesta, los sindicatos necesitan 30% de los trabajadores asistentes en el proceso de votación para obtener la Constancia de Representatividad, y si hay más de dos sindicatos en una misma empresa, la constancia sólo será de quien tenga la mayoría en la votación, pues ello permitirá iniciar el proceso de negocios para incremento al salario o para revisar las prestaciones laborales.
Datos de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, actualizados al 26 de diciembre del 2018, revelan que hay un registro de 32,973 contratos colectivos, los cuales incluso deberían entrar en un proceso de verificación según la propuesta en reforma laboral.
Vale la pena destacar que en los procesos de elección de las directivas sindicales se actuará conforme a las reglas democráticas y se promoverá la igualdad de género.
“Se consideran medidas tendientes a fomentar la constitución de organizaciones de trabajadores dominadas por un patrón o una organización de patrones, o a apoyar a organizaciones de trabajadores con objeto de colocarse bajo su control”, de tal manera que puede ser cancelado el proceso en caso de que se detecte tal injerencia.

https://www.eleconomista.com.mx/empresas/Sindicatos-tendran-nuevas-reglas-con-reforma-laboral-20181226-0068.html

Van contra líderes sindicales vitalicios en Reforma Laboral

La propuesta plantea que cada gremio determine la duración del periodo directivo; busca crear Centros de Conciliación para resolver conflictos obrero-patronales
Por Elizabeth Osorio –
26 diciembre, 2018
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Cámara de Diputados. Foto: Especial
La nueva Reforma Laboral propuesta por Morena en la Cámara de Diputados, prevé que los líderes sindicales no desempeñen su cargo por tiempo indefinido, como ocurre actualmente. 
La propuesta, que pretende reformar y derogar diversos artículos de la Ley Federal del Trabajo, establece en su artículo 358 que el periodo de duración de las directivas sindicales “no podrá ser indefinido”, disposición que actualmente no existe en dicho artículo.
“El periodo de duración de las directivas no podrá ser indefinido, o lesivo al derecho de participación y de votar y ser votado”, indica la iniciativa de reforma a la Ley Federal del Trabajo.
Expone que el período de duración de la directiva sindical, así como el número de veces que se pueden reelegir será una decisión la asamblea del sindicato, “mediante voto personal, libre y secreto”.
La iniciativa agrega cuatro fracciones al artículo 358 en las que señala que los líderes estarán obligados a rendir detalles de la administración de sus bienes.
“La directiva de los sindicatos, federaciones y confederaciones deberá rendirles cuenta completa y detallada de la administración de su patrimonio, en términos del artículo 373 de esta Ley”, indica.
La iniciativa que los diputados de Morena presentarán el próximo año en el pleno de San Lázaro, deroga el artículo 372, el cual indica actualmente que no podrán formar parte de la directiva los trabajadores menores de 16 años y los extranjeros.
A su vez, determina la denominación del Centro Federal de Conciliación y Registro Federal que permitirá la creación de los Centros de Conciliación en cada una de las entidades federativas para la conciliación de los conflictos obrero-patronales.
Señala que la operación de estos centros propiciarán la “democracia sindical, la libertad de negociación colectiva”, y la rendición de cuentas, por parte de las directivas sindicales, con el fin de desestimular la apropiación indebida del patrimonio de las organizaciones gremiales.
Los sindicatos podrán solicitar el auxilio del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral o de la Inspección Federal del Trabajo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a efecto que certifiquen el cumplimiento de la elección del líder sindical.
Para designar al titular del Centro Federal de Conciliación y Registro Federal, el Senado de la República podrá elegirlo, a partir de una terna propuesta por el Presidente de la República. Este Centro contará con una Junta de Gobierno que estará integrada por los secretarios de Trabajo, Hacienda, así como titulares del Instituto Nacional de Estadística (Inegi), del Instituto Nacional de Transparencia (Inai) y del  Instituto Nacional Electoral (INE). 
Puntos clave
De ser aprobada, así sería la implementación del ordenamiento:

  • El Congreso tendrá 180 días para expedir la Ley Orgánica para la creación del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
  • El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral iniciará sus funciones en materia de registro de asociaciones sindicales y contratos colectivos de trabajo en un plazo no mayor a dos años a partir de dicha entrada en vigor.
  • El plazo para que se aplique de lleno las funciones de la nueva justicia laboral será de cuatro años.
  • Para la legitimación de contratos colectivos de trabajo existentes deberán revisarse al menos una vez durante los cuatro años posteriores a la entrada en vigor de la ley.
  • Los contratos deben tener el respaldo de la mayoría de los trabajadores mediante voto personal, libre y secreto.
  • Para la consulta, las partes deberán dar aviso al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral con un mínimo de 10 días de anticipación.
  • Los sindicatos tendrán un plazo de seis meses para adecuar sus estatutos a los nuevos requerimientos de la reforma, considerando el voto libre y secreto.
  • En materia de subcontratación, se mantienen las multas para quienes hagan uso indebido de esta figura.
  • https://www.razon.com.mx/mexico/van-contra-lideres-sindicales-vitalicios-en-reforma-laboral%E2%80%A8/