Planean blindaje contra la nueva Ley de Trabajo

Nación jueves 30 de mayo de 2019 – 04:04

POR LUCIANO FRANCO

Organizaciones laborales integrantes del Congreso del Trabajo comenzaron a armar una estrategia conjunta para defender sus contratos colectivos y representación legal que tienen de los trabajadores y sus sindicatos, ante la nueva Ley Federal del Trabajo que permite la existencia de dos o más sindicatos en una misma empresa.

Líderes obreros como Isaías González Cuevas y Carlos Pavón, diputados priistas, afirmaron que respaldan la nueva ley y la democratización sindical que ella implica, “porque siempre la hemos practicado”, señala González Cuevas, pero lo que se busca es que no venga gente que no representa a nadie a querer reclamar los contratos colectivos que por años se han conservado.

Entre ellos, el líder de los trabajadores ferrocarrileros, Víctor Flores, condenó la decisión del Servicio de Enajenación de Bienes (SAEB), que prohibió el cobro de cuotas a 24 mil trabajadores jubilados, y advirtió que esta determinación afectará la entrega de sillas de ruedas, aparatos auditivos e incluso operaciones para sus agremiados.

En entrevista, Flores, con más de 20 años al frente de ese sindicato, en cuya dirigencia se reeligió el año pasado y hasta el 2024, anunció que combatirá la decisión del SAEB, que implica la pérdida del manejo de un millón y medio de pesos al mes, y lo hará también a través de amparos judiciales.

El diputado González Cuevas, por separado, dijo que lo que se busca no es controvertir la reforma a la Ley Federal del Trabajo aprobada semanas atrás, sino proteger los contratos que tiene cada una de las organizaciones adheridas al Congreso del Trabajo.

Las nuevas disposiciones de ley permiten la convivencia de dos a más sindicatos en una misma empresa y que cualquiera de ellos pueda reclamar la titularidad del contrato colectivo vigente, lo cual, agregó el dirigente de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC) debe acreditarse con la voluntad de los propios trabajadores.

Dijo que la nueva legislación es positiva en cuanto al impulso de la democratización sindical, la cual se practica desde siempre en los sindicatos que opera la CROC, y en lo relativo al voto directo y secretario para la elección de sus líderes, pero en lo relativo a la titularidad de los contratos colectivos sí se debe contar con una estrategia común para defender por lo que tantos años se ha luchado, dijo.

En tanto, el diputado Carlos Pavón, líder de trabajadores mineros en Zacatecas, exigió al senador Napoleón Gómez Urrutia, de Morena, dejar de provocar la división entre los trabajadores mineros del país con el fin de volver a controlar al sector, al que defraudó con 55 millones de dólares hace algunos años.

Señaló que cuenta con la simpatía de la mayor parte de los trabajadores mineros de la República, por lo que vio condiciones para demandar la titularidad de ese gremio.

https://www.contrareplica.mx/nota-Planean-blindaje-contra-la-nueva-Ley-de-Trabajo201930529?fbclid=IwAR1BdYlEjBEkmPjAfcixrfU31HEurCqqQwNTLoYDctIqdLhpwppQQ1JrRwc

Distintos sindicatos, el nuevo reto con la reforma laboral


La reforma a la Ley Federal del Trabajo propicia una nueva forma de interacción entre empresas, sindicatos y autoridades, considera Diego González Aguirre.
lun 20 mayo 2019 
 
Diego González Aguirre
Nota del editor: Diego González Aguirre es socio de EY Law – Labor & Employment. Las opiniones en esta columna pertenecen exclusivamente al autor.
(Expansión) – Como resultado de la recién promulgada reforma a la Ley Federal del Trabajo, la dinámica laboral en México da un golpe de timón que llevará a una nueva forma en la interacción entre empresas, empleados, sindicatos y autoridades.
Ante los cambios que la reforma considera en relación con la manera de articular la libertad del empleado para adherirse o no a una organización sindical; la gestión y operación de los propios sindicatos y, sobre todo, las reglas que tales organizaciones de trabajadores deberán seguir en la competencia por la administración de los contratos de trabajo, surge de inmediato la pregunta: ¿qué tanto están las empresas preparadas para adaptarse a ese nuevo entorno?
Desde la perspectiva empresarial, algunos de los mayores retos que deberá afrontar el empleador girarán en torno a la previsible competencia sindical, la cual, sin duda, llevará a las empresas a replantear la estrategia de gestión del talento.
Un efecto previsible en ese rubro pudiera implicar que, entre los propios empleados existan diferencias en cuanto a la idea de negociación, órgano de representación y, sobre todo, en torno a la forma en como consideren que deben participar en la productividad de la empresa. En tal escenario, el empleador tendrá que poseer la habilidad, recursos y estrategia correcta para entablar la conversación con posturas diferentes dentro de su misma estructura de personal.
Otro aspecto a considerar es que hoy, a partir de la reforma, las empresas podrían verse inmersas en un escenario de cambio constante de central obrera legitimada, a fin de conducir la negociación colectiva, esto llevaría a que durante la vigencia del contrato colectivo sea posible que la empresa tenga que sentarse a negociar con sindicatos distintos en diversos momentos. Esto no implica que sea parte de dos o más contratos colectivos diferentes y simultáneos, sino que el sindicato con el cual se negoció el contrato en un primer momento, será sustituido por una organización sindical distinta, siempre y cuando haya logrado el umbral mínimo de representatividad efectiva.
Lee: Los pilares de la reforma laboral: democracia sindical… ¿y mejores salarios?
Conviene destacar que, en materia sindical y de administración de contratos colectivos, la reforma solo introduce cambios que, en principio, deberán ser atendidos por los sindicatos.
El hecho de que los contratos deban ser de cierta forma aprobados por los empleados y que el sindicato necesite contar con el soporte del personal, implica que deberán ser las propias organizaciones sindicales quienes tengan que implementar cambios substanciales en la forma como se comunican y organizan con los empleados.
La empresa, sin embargo, debe adoptar una postura activa para hacer frente a las posibles variaciones de sindicatos y, con ello, posturas de negociación. Por ello, algunas compañías han implementado un conjunto de acciones preventivas que pudieran agruparse de la manera siguiente:
– Reforzar el proceso de cumplimiento laboral para identificar áreas de oportunidad que pudieran escalar y convertirse en desavenencias o inconformidades con los colaboradores.
– Revisar el clausulado del contrato colectivo con el objetivo de determinar aquellas obligaciones o derechos que pudieran generar controversias ante una previsible radicalización en la negociación colectiva.
– Incrementar las acciones de detección y soluciones de problemáticas/inconformidades del personal, así como reforzar mecanismos de diálogo para atender las inquietudes de los colaboradores. Cualquier desavenencia o petición no atendida correcta y oportunamente, puede tener el potencial de escalar y desarrollarse en un conflicto que impacte en la negociación colectiva.
– Analizar las condiciones de mercado e internas en preparación a la revisión del contrato colectivo. La retención del talento como premisa fundamental en el replanteamiento del plan de compensaciones, deberá considerar que los acuerdos obtenidos en el proceso de negociación del contrato, podrán ser el punto de partida por un nuevo sindicato en caso de que se presente el escenario de sustitución de este.
Lee: ¿Por qué buscar el bienestar de los empleados?
Sin duda, el entorno laboral al cual deberán adaptarse las empresas implica cambios substanciales, situación que impone una dinámica de colaboración distinta. El constante monitoreo del clima laboral y la adaptación de los procesos de gestión serán acciones clave para transitar por los nuevos desafíos laborales y capitalizar las oportunidades que de ellos derivan.

https://expansion.mx/opinion/2019/05/20/opinion-distintos-sindicatos-el-nuevo-reto-con-la-reforma-laboral

Entrometido en ‘El buen juez, por su casa empieza’


Por Mike Volta
Así es mis estimados lectores, ya fue debidamente aprobada, promulgada y desde el día 2 de mayo en vigor la ansiada reforma a la Ley Federal del Trabajo, que en uno de sus puntos más importantes establece lo que será la transición de los procedimientos que actualmente se encuentran ante las juntas de conciliación y arbitraje y, para que después se inicien los juicios ante lo que serán los nuevos tribunales de trabajo, con la consigna de resolver y terminar los que estén actualmente en trámite. 
Efectivamente; ya entrada en vigor esta reforma; las Juntas Federal y Locales presentaran al Consejo de Coordinación para la implementación de la reforma al sistema de justicia laboral, el PLAN y PROGRAMA de TRABAJO para la CONCLUSIÓN de asuntos en trámite, dentro de los siguientes 120 días naturales, es decir aproximadamente 4 meses, esto es, 1o de septiembre de 2019. 
Lo anterior dará lugar a la REVISIÓN por parte del Órgano Interno de Control de cada Junta sobre INDICADORES DE LOS RESULTADOS del plan y programas para conclusión de asuntos, cada 6 meses a partir de la reforma.  
Adicionalmente La STyPS emitirá lineamientos de operación y la convocatoria para la primera sesión del Consejo de Coordinación para la implementación de la reforma al sistema de justicia laboral, dentro de los 45 días siguientes, es decir, 17 de junio de 2019.  
Lo anterior desde luego implicará la necesidad de concluir los procedimientos que actualmente se encuentran en trámite, y esa conclusión necesariamente traerá como consecuencia del cumplimiento de las determinaciones generadas hasta ese momento con el carácter de obligatorias Y que deberán ser acatadas por las partes. 
Ahora bien, debemos considerar que en gran parte de los procedimientos que conforman el gran rezago que tienen las juntas de conciliación y arbitraje y, así como el tribunal Federal de conciliación y arbitraje y, corresponden a juicios en que está involucrado el gobierno federal, gobiernos locales o bien instituciones, entidades y dependencias que operan con recursos públicos. 
Es bien conocido, que en los procedimientos en que el demandado es alguno de los señalados anteriormente, no será posible la obtención del cumplimiento de los procesos de los laudos con alguno de los señalados anteriormente, es decir no habrá cumplimiento de los laudos condenatorios, hasta en tanto esas resoluciones no se encuentren firmes, incluso, estándolo, muchos de los procedimientos han observado falta de voluntad, falta de recursos o por razones políticas. 
El caso es que no son pocos los juicios que actualmente se encuentran en ese caso, incluso de haber existido negociación o conciliación por parte de las demandadas en estos procedimientos, en las etapas conciliatorias de los mismos, estos no observarían los montos tan grandes que por indemnizaciones salarios caídos y prestaciones laborales están ahora en franca etapa de ejecución y sin pago por parte de los acorralados demandados , quién es muchas veces prefirieron dejarle el problema a quien vendría después a ocupar el cargo; Y los trabajadores actores en dichos procedimientos en su mayoría no cuentan con apoyo de sus sindicatos. 
No debemos perder de vista que muchos procedimientos también se iniciaron con motivo de los recientes despidos y cese de la actual administración y también deben incluirse en la gran cartera del pasivo laboral a cargo del erario público. 
Y la pregunta estimado lector es, ¿habrá voluntad política para cumplir con las obligaciones de pago a que fueron condenadas las mencionadas dependencias?; si efectivamente esta nueva administración tiene la intención de contribuir a la entrada en vigor de la reforma en materia de justicia laboral, deberá entonces hacer las previsiones financieras para dar cumplimiento a estas condenas y en el futuro, someterse también a los procesos de conciliación con el organismo público respectivo creado para tal efecto, dejando de lado ese criterio de sólo proceder al pago únicamente con resolución firme y líquida. 
¿Conciliar los procedimientos laborales por parte de quienes ejerzan recursos públicos, no será visto como una nueva puerta a la corrupción? 
Si el buen juez por su casa empieza, la actual administración deberá dar el ejemplo con el cumplimiento de dichos procedimientos con cargo al erario en que ha sido condenado, sin distinción, y así liberar la gran carga de trabajo que actualmente se tiene y evitar que en el futuro se vuelva a generar esta situación. 
Desde luego esta tarea resulta casi imposible, ya que por décadas se ha intentado hacer como que estos procedimientos no generan cargo al no existir recursos suficientes para ello. 
De seguir creciendo desmesuradamente el pasivo laboral que tiene el Estado, y sin voluntad ni recursos para eliminar este pasivo laboral; será un grave problema. 
Quizá seguramente el gobierno cree que el que muchos abogados laboralistas por fin cobren sus honorarios en algún momento; dará paso a liberar al Kraken!! 

https://www.diariodemexico.com/entrometido-en-el-buen-juez-por-su-casa-empieza

Reforma laboral histórica: el turno es de los trabajadores

Por Gabriel Ramírez – 5 mayo, 2019
Reforma a la Ley Federal del Trabajo contiene demandas históricas de los trabajadores mexicanos en su lucha por libertad y democracia sindical
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Regeneración, 5 de mayo del 2019. El autor aborda las modificaciones constitucionales a las leyes del trabajo en México. Sostiene que son un avance en las conquistas de las demandas históricas del sindicalismo y los detalla.
Una reforma laboral histórica. El turno es de los trabajadores
Por José Antonio Almazán González*
La hora del cambio social ha tocado las puertas de esa vieja cárcel del charrismo sindical y camina de la mano de la 4ª Transformación encabezada por AMLO.
El Congreso de la Unión, en sus dos cámaras, acaba de aprobar una reforma a la Ley Federal del Trabajo que contiene demandas históricas de los trabajadores mexicanos en su lucha por libertad y democracia sindical.
Durante décadas los trabajadores y el núcleo duro de la clase obrera, han intentado sacudirse el yugo del control corporativo, instaurado como una política estructural del nuevo estado surgido de la revolución mexicana.
Desde los Batallones Rojos de 1915 con los cuales la fracción burguesa de la revolución mexicana buscó el apoyo político de la clase trabajadora, para enfrentar a los ejércitos campesinos de Francisco Villa y Emiliano Zapata, a cambio de facilitarles la organización sindical.
Después vino la creación de la CROM en 1917 que inaugura el primer intento postrevolucionario para controlar y manipular el descontento obrero.
Hasta llegar al reconocimiento histórico de derechos obreros plasmados en el artículo 123 de la Constitución política de 1917, previa represión de la legendaria huelga de 1916 encabezada por el dirigente electricista José Ernesto Velasco Torres.
Desde esa época se comenzaron a sentar las bases del control corporativo de los trabajadores mexicanos y sus sindicatos por parte de los gobiernos postrevolucionarios.
Los intentos de la clase trabajadora para sacudirse a los charros sindicales, notoriamente simbolizados por Fidel Velázquez, han sido muchos, pero destacan las movilizaciones obreras magisteriales dirigidas por Othón Salazar, las ferrocarrileras encabezadas por Demetrio Vallejo y los electricistas de la tendencia democrática del SUTERM con Rafael Galván al frente.
Invariablemente ante el descontento de los trabajadores expresada en huelgas, movilizaciones, paros, protestas, la respuesta oficial ha sido la misma:muerte, represión y cárcel.
Pero eso se acabó, como reiteradamente lo ha señalado nuestro presidente Andrés Manuel López Obrador: Ni líderes sindicales preferidos, ni consentidos. Es la hora de los trabajadores:
…para que en los sindicatos haya elecciones limpias y libres, que el voto sea personal, libre y secreto y se acabe con el charrismo sindical, que sean los trabajadores los que de manera libre, sin presiones, voten y decidan, y nosotros vamos a cuidar eso, porque ya en el gobierno nuevo ese es un cambio, ya no tiene partido favorito, ya no tiene sindicato favorito, …
Paradójicamente, en algunos sectores maquillados de izquierda, no se ha terminado todavía de calibrar y asimilar el posicionamiento de nuestro presidente Andrés Manuel López Obrador frente a un tema clave en la lucha por la libertad y democracia en México.
Pero no así para millones de trabajadores y de quienes venimos de experiencias de décadas de lucha al interior de los grandes sindicatos de industria.
Pareciera un sueño, pero no lo es.La lucha no ha sido en vano.
Un primer paso ha sido detener el deterioro de los salarios en México. Pero el paso decisivo está contenido en la Reforma Laboral promovida por MORENA y sus aliados y recién aprobada por las Cámaras de Senadores y de Diputados.
¿Qué propone la reforma laboral en el tema fundamental de la libertad y la democracia sindical?, varias cuestiones esenciales:
Garantizar el derecho a la libre asociación sindical, la rendición de cuentas y el Voto Universal, Secreto y Directo de todos los trabajadores en la toma de decisiones y para la elección de sus dirigentes.
Como puede leerse con meridiana claridad en la recién aprobada Reforma Laboral, particularmente en los artículos 358, 364 Bis, 371, 373, 378, 386 Bis y subsecuentes de la Ley Federal del Trabajo:
Se elimina la votación indirecta y secreta para la elección de las direcciones sindicales, incluyéndose las secciones sindicales, y se establece el voto directo, personal, libre, directo y secreto de los trabajadores.
Estableciéndose rigurosos requisitos para garantizar la plena libertad sindical.
El mismo procedimiento se estatuye para garantizar la negociación y la contratación colectiva en beneficio de los trabajadores.
Así como para acabar con los llamados contratos de protección, instrumentos favoritos de patrones y dirigentes charros para someter y manipular a los trabajadores.
La duración en los cargos sindicales se sujeta al procedimiento del voto personal, libre, directo y secreto, para evitar la manipulación y la eternización de los dirigentes charros que de esa forma amplían indefinidamente sus periodos sindicales.
Se establecen rigurosos mecanismos para impedir la corrupción de los dirigentes sindicales en el manejo discrecional de las cuotas sindicales y de los bienes del sindicato; que de comprobarse podrán ser sancionados con la suspensión o destitución de sus cargos sindicales.
Quedan pendientes temas como la subcontratación laboral, mejor conocido como outsourcing y lo relativo a los trabajadores del campo como lo reconoce el propio dictamen, bajo el compromiso de abordar estos temas en los siguientes periodos ordinarios.
En efecto, dicho sin desdoro, buena parte de estas reformas laborales son resultado de compromisos del Estado Mexicano asumidos en el Tratado comercial México-Estados Unidos y Canadá, contenidos en el anexo 23-A; pero indudablemente responden igualmente a demandas que por décadas han enarbolado los trabajadores mexicanos.
Con esta histórica reforma laboral las horas del charrismo sindical están contadas, pero su caída será por obra y voluntad de los trabajadores y del núcleo duro de la clase obrera en México.
No olvidemos que la liberación de los trabajadores solo será obra de los trabajadores o no será.
Es el turno de los trabajadores para organizarse sindicalmente, para democratizar sus sindicatos, enviando al basurero a los dirigentes charros, asumiéndose como sujetos activos y primordiales del cambio social en marcha.

https://regeneracion.mx/reforma-laboral-historica-el-turno-es-de-los-trabajadores/

El turno es de los trabajadores


José Antonio Almazán González
Rebelión
La hora del cambio social ha tocado las puertas de esa vieja cárcel del charrismo sindical en México y camina de la mano de la 4ª Transformación encabezada por el presidente Andrés Manuel López Obrador. El Congreso de la Unión, en sus dos cámaras, acaba de aprobar una reforma a la Ley Federal del Trabajo que contiene demandas históricas de los trabajadores mexicanos en su lucha por libertad y democracia sindical.
Durante décadas los trabajadores y el núcleo duro de la clase obrera, han intentado sacudirse el yugo del control corporativo, instaurado como una política estructural del nuevo estado surgido de la revolución mexicana.
Desde los Batallones Rojos de 1915 con los cuales la fracción burguesa de la revolución mexicana buscó el apoyo político de la clase trabajadora, para enfrentar a los ejércitos campesinos de Francisco Villa y Emiliano Zapata, a cambio de facilitarles la organización sindical.
Después vino la creación de la CROM en 1917 que inaugura el primer intento postrevolucionario para controlar y manipular el descontento obrero. Hasta llegar al reconocimiento histórico de derechos obreros plasmados en el artículo 123 de la Constitución política de 1917, previa represión de la legendaria huelga de 1916 encabezada por el dirigente electricista José Ernesto Velasco Torres.
Desde esa época se comenzaron a sentar las bases del control corporativo de los trabajadores mexicanos y sus sindicatos por parte de los gobiernos postrevolucionarios.
Los intentos de la clase trabajadora para sacudirse a los charros sindicales, notoriamente simbolizados por Fidel Velázquez, han sido muchos, pero destacan las movilizaciones obreras magisteriales dirigidas por Othón Salazar, las ferrocarrileras encabezadas por Demetrio Vallejo y los electricistas de la tendencia democrática del SUTERM con Rafael Galván al frente.
Invariablemente ante el descontento de los trabajadores expresada en huelgas, movilizaciones, paros, protestas, la respuesta oficial ha sido la misma: muerte, represión y cárcel.
Pero eso se acabó, como reiteradamente lo ha señalado nuestro presidente Andrés Manuel López Obrador: Ni líderes sindicales preferidos, ni consentidos. Es la hora de los trabajadores:
…para que en los sindicatos haya elecciones limpias y libres, que el voto sea personal, libre y secreto y se acabe con el charrismo sindical, que sean los trabajadores los que de manera libre, sin presiones, voten y decidan, y nosotros vamos a cuidar eso, porque ya en el gobierno nuevo ese es un cambio, ya no tiene partido favorito, ya no tiene sindicato favorito…  
Paradójicamente, en algunos sectores maquillados de izquierda, no se ha terminado todavía de calibrar y asimilar el posicionamiento de nuestro presidente Andrés Manuel López Obrador frente a un tema clave en la lucha por la libertad y democracia en México. Pero no así para millones de trabajadores y de quienes venimos de experiencias de décadas de lucha al interior de los grandes sindicatos de industria. Pareciera un sueño, pero no lo es. La lucha no ha sido en vano.
Un primer paso ha sido detener el deterioro de los salarios en México. Pero el paso decisivo está contenido en la Reforma Laboral promovida por MORENA y sus aliados y recién aprobada por las Cámaras de Senadores y de Diputados.
¿Qué propone la reforma laboral en el tema fundamental de la libertad y la democracia sindical?, varias cuestiones esenciales: Garantizar el derecho a la libre asociación sindical, la rendición de cuentas y el Voto Universal, Secreto y Directo de todos los trabajadores en la toma de decisiones y para la elección de sus dirigentes.
Como puede leerse con meridiana claridad en la recién aprobada Reforma Laboral, particularmente en los artículos 358, 364 Bis, 371, 373, 378, 386 Bis y subsecuentes de la Ley Federal del Trabajo:
Se elimina la votación indirecta y secreta para la elección de las direcciones sindicales, incluyéndose las secciones sindicales, y se establece el voto directo, personal, libre, directo y secreto de los trabajadores. Estableciéndose rigurosos requisitos para garantizar la plena libertad sindical.
El mismo procedimiento se estatuye para garantizar la negociación y la contratación colectiva en beneficio de los trabajadores. Así como para acabar con los llamados contratos de protección, instrumentos favoritos de patrones y dirigentes charros para someter y manipular a los trabajadores.
La duración en los cargos sindicales se sujeta al procedimiento del voto personal, libre, directo y secreto, para evitar la manipulación y la eternización de los dirigentes charros que de esa forma amplían indefinidamente sus periodos sindicales.
Se establecen rigurosos mecanismos para impedir la corrupción de los dirigentes sindicales en el manejo discrecional de las cuotas sindicales y de los bienes del sindicato; que de comprobarse podrán ser sancionados con la suspensión o destitución de sus cargos sindicales.
Quedan pendientes temas como la subcontratación laboral, mejor conocido como outsourcing y lo relativo a los trabajadores del campo como lo reconoce el propio dictamen, bajo el compromiso de abordar estos temas en los siguientes periodos ordinarios.
En efecto, dicho sin desdoro, buena parte de estas reformas laborales son resultado de compromisos del Estado Mexicano asumidos en el Tratado comercial México-Estados Unidos y Canadá, contenidos en el anexo 23-A; pero indudablemente responden igualmente a demandas que por décadas han enarbolado los trabajadores mexicanos.
Con esta histórica reforma laboral las horas del charrismo sindical están contadas, pero su caída será por obra y voluntad de los trabajadores y del núcleo duro de la clase obrera en México. No olvidemos que la liberación de los trabajadores solo será obra de los trabajadores o no será.
Es el turno de los trabajadores para organizarse sindicalmente, para democratizar sus sindicatos, enviando al basurero a los dirigentes charros, asumiéndose como sujetos activos y primordiales del cambio social en marcha.

http://www.rebelion.org/noticia.php?id=255547

Hacia una nueva realidad en la justicia Laboral

 
En materia sindical, se perfila un mejor mecanismo para la verificación y declaración de representatividad, un modelo más transparente
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POR JESÚS VALENCIA MAYO 2, 2019
En el marco de la celebración del 1 de Mayo, Día internacional del Trabajo, el Congreso de la Unión cumple su función al reafirmar una reivindicación social y laboral a favor de los trabajadores con la aprobación del proyecto de reforma a la Ley Federal del Trabajo.
Esta reforma, ahora nueva realidad de justicia laboral en el país, viene a cambiar radicalmente algunos paradigmas que le dieron sustento por décadas a las relaciones de trabajo y las formas en las que se dirimen lo conflictos que nacen de ellas.
Los nuevos compromisos adquiridos responden fielmente a la realidad que hoy se vive y que cada vez más exige una justicia laboral más pronta, de modo que juzgadores tanto federales como locales; así como los Centros de Conciliación y el Centro Federal de Conciliación y Registro, contarán con las herramientas necesarias para responder a los requerimientos sociales de justicia autónoma, independiente y honesta, bajo los principios de oralidad, inmediación celeridad y excelencia judicial.
La nueva Ley Federal del Trabajo y sus nuevas directrices perfilan, por una parte, en la materia sindical un mejor mecanismo para la verificación y declaración de representatividad, un modelo más transparente para la democracia y aseguran un voto libre, personal, directo y secreto; en el tema individual y en los conflictos de trabajo, genera un celeridad en los procesos vinculados a los despidos injustificados al obligar a una etapa de conciliación prejudicial.
En este mismo sentido, la adición del artículo 48 bis que establece, de manera enunciativa, diversas actuaciones que deberán considerarse notoriamente improcedentes cuando se realicen por las partes, abogados, litigantes, representantes o testigos, así como por servidores públicos, genera una presunción de eficacia al procedimiento laboral.
Así, las opiniones y la apertura de cada uno de los participes de los distintos sectores que se ven vinculados con la nueva configuración de la justicia laboral aprobada por el Senado de la República, ahora enfrentarán su implementación en la que no sólo bastará con seguir las líneas marcadas en la Ley Federal del Trabajo, sino que además requiere de un plan de acción para las Juntas de Conciliación y Arbitraje que aún continuarán en funciones.
Este reto de mantenimiento de las estructuras e instituciones encargadas de la justicia laboral, hasta en tanto no se este en presencia de una completa transición, enfrenta principalmente un tema presupuestario que no debe ser obviado en la agenda westatal.
No obstante, como ha quedado demostrado con las modificaciones a esta nueva Ley Federal del Trabajo, la suma de los diversos actores con el mismo objetivo y tendencia a la justicia del trabajo permitirá una transición completa, asegurando en todo momento una paz social.
@VALENCIA_GUZMAN
https://heraldodemexico.com.mx/opinion/hacia-una-nueva-realidad-en-la-justicia-laboral/

Reforma laboral promete mayor democracia sindical en México


29 April, 2019ACTUALIZACIÓN: 30 de abril: La reforma a la Ley Federal del Trabajo fue aprobada por la Cámara de Senadores de México. La nueva legislación promete un avance en materia de democracia sindical, aunque deja pendientes temas cruciales como la subcontratación.
El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la reforma laboral el 11 de abril y la Cámara de Senadores la aprobó, tanto en lo general como en lo particular, ayer 29 de abril. Luego fue enviada al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Al implementarse, cambiará por completo el modelo de relaciones laborales y los trabajadores gozarán de mejor acceso a la justicia laboral,  a ejercer la libertad de asociación y  a conformar sindicatos democráticos.
La reforma establece que serán los trabajadores quienes decidirán a qué sindicato pertenecer y quiénes serán los dirigentes que los representarán, mediante voto personal, libre, secreto y directo.
Durante muchos años (cuando había voto) se hacía a mano alzada, delante de los sindicatos “charros” (que no defendían a los trabajadores, sino a las empresas) con sus golpeadores presentes, lo cual generaba muchas presiones y no permitía que las personas eligieran con libertad.
Los contratos colectivos se tendrán que consultar con los trabajadores, tanto el contrato inicial, como en la negociación colectiva realizada cada dos años. También será por voto libre, personal y secreto, lo que ayudará a eliminar los denominados “contratos de protección patronal”.
A su vez, se creará el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL), un organismo público, descentralizado que estará a cargo de registrar a nivel nacional los contratos colectivos y las organizaciones sindicales.
Por mucho tiempo, el Gobierno Federal, los empleadores y sindicatos charros controlaban a quién les convenía darles el registro sindical, a través de las Juntas de Conciliación y Arbitraje. Predominaban los intereses políticos y económicos por sobre los deseos de los trabajadores. Ahora, se sustituirán las Juntas por Tribunales Laborales dentro del Poder Judicial y se prometen juicios más cortos, expeditos y eficientes.
Aún así, la Reforma Laboral provoca muchos debates entre los sindicatos porque no toma en cuenta algunos puntos fundamentales para los trabajadores y trabajadoras de México.  En particular, no toca los artículos relacionados con el “outsourcing” (subcontratación) que es un verdadero problema para los trabajadores y sus derechos.
Según el Senador de México, presidente del sindicato de trabajadores Los Mineros (afiliado a IndustriALL Global Union) y co-presidente de IndustriALL – América Latina y el Caribe, Napoleón Gómez Urrutia, continuará la discusión y el análisis de temas como el outsourcing para que puedan ser impulsados en otro periodo de sesiones.
Por su parte, el secretario general de IndustriALL Global Union, Valter Sanches, expresó:
“Es importante esclarecerle a nuestros afiliados del mundo que se abre una gran posibilidad de democratización del movimiento sindical mexicano. Con la reforma, prácticamente se prohibirá la práctica de contractos colectivos de protección, porque los contractos deberán ser votados por los trabajadores”

http://www.industriall-union.org/es/reforma-laboral-promete-mayor-democracia-sindical-en-mexico?fbclid=IwAR0dnYEqLQuOCpmf7MtnoFRqwSeIvDtXQ0hu9wMZf8hD0xx6jq1fo1hCgMA

La tercerización (outsourcing) y la reforma laboral 

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Por Carlos Matute Foto: Facebook
Esta semana se aprobó la reforma a la Ley Federal del Trabajo que es el complemento de la reforma constitucional al artículo 123, apartado A del 2017, en la que se dispone la desaparición de las juntas federales y locales de conciliación y arbitraje y la consecuente creación de un organismo público descentralizado para la conciliación y registro de los sindicatos, así como el traslado de la función jurisdiccional en la materia a los poderes judiciales federal y locales. Un resabio del neoliberalismo visto desde la ideología del nuevo gobierno. Las novedades son: democracia sindical y trabajo doméstico. 
El primero es un gran avance y consiste en el voto libre y secreto en la elección de los dirigentes, en la determinación de la titularidad del contrato colectivo y en reglas de mayor transparencia en los procesos de huelga con lo que se pretende desincentivar la existencia de los llamados sindicatos blancos y disminuir la extorsión a los patrones que, generalmente, no beneficia a los trabajadores de las empresas en concordancia con el Convenio 98 de la OIT, ratificado por unanimidad en septiembre del 2018. 
El segundo es la obligación de incorporar a la formalidad jurídica los derechos mínimos del trabajo doméstico, que es el paso necesario para su incorporación al régimen obligatorio del seguro social. 
Lo intocado fue la tercerización (outsourcing) que consiste en mejorar la regulación de los derechos de los trabajadores que prestan servicios a una empresa – entendida ésta como unidad económica- a través de varias personas morales en las que la principal diluye la responsabilidad laboral entre varias, lo que disminuye la fuerza colectiva de negociación de los trabajadores y puede afectar los derechos del trabajo o de la seguridad social. 
La definición jurídica de este fenómeno económico, extendido en todo el mundo ante la evidencia que las grandes organizaciones comparadas con las medianas y pequeñas son poco competitivas e ineficientes, es la siguiente: 
“Artículo 15-A. El trabajo en régimen de subcontratación es aquel por medio del cual un patrón denominado contratista ejecuta obras o presta servicios con sus trabajadores bajo su dependencia, a favor de un contratante, persona física o moral, la cual fija las tareas del contratista y lo supervisa en el desarrollo de los servicios o la ejecución de las obras contratadas.” 
En el 2009, se adicionó el artículo 15 A a la Ley del Seguro Social con el propósito de proteger a los trabajadores de las contratantes y disminuir la subdeclaración y evasión de cuotas obrero patronales, lo que no ha sucedido si damos crédito a las recientes declaraciones del Director General del IMSS, que compara estas prácticas con el huachicol. Además distingue entre outsourcing necesario y el dañino. 
Lo que sucede es que se acude a esquemas viejos para pretender solucionar problemas nuevos. El gravamen a la nómina como principal fuente de financiamiento de los derechos de seguridad social o la idea que la empresa es una unidad económico omnicomprensiva ya mostraron su insuficiencia y fracaso para obtener lo que se pretende con ellas: mejorar las condiciones de vida de la clase trabajadora equitativamente. 
El camino viejo conduce a la lenta incorporación de personas a los beneficios que una tercera parte de la población ya goza y que es la fracción favorecida. Desde los años setenta no hemos pasado una franja alrededor del 40% de la población cubierta por los mecanismos tradicionales y la crisis provocada por el populismo redujo significativamente este porcentaje, que se recuperó lentamente hasta que con el esquema del seguro popular (que permite la creación de reservas) se incrementó el acceso a los servicios de salud en las zonas marginadas o con la pensión asistencialista para adultos mayores se extendió la cobertura de protección social a este grupo, pero, esta última, con baja viabilidad financiera. 
La tercerización del trabajo es la forma de producir de un mundo globalizado en el que el intercambio entre los países de bienes y servicios es intenso y la productividad es la clave para ganar participación en los mercados nacionales, incluso el propio. La imposición de reglas más rígidas no necesariamente favorece la defensa de los derechos de los trabajadores y puede ser contraproducente. 
El camino viejo, que es un reflejo ideológico de los libros de texto que se utilizan desde la primaria hasta la universidad, sólo conduce a la preservación de los privilegios y a condenar a la informalidad a la mayoría. La propuesta de prohibir la tercerización o extender un esquema añejo de seguridad social a los trabajadores informales no pareciera una buena decisión, salvo que se visualice desde la óptica de un neo-corporativismo sindical que toma fuerza en un ambiente neoconservador que busca la restauración del antiguo régimen autoritario del siglo pasado. 

https://www.eluniversal.com.mx/articulo/carlos-matute/nacion/la-tercerizacion-outsourcing-y-la-reforma-laboral?fbclid=IwAR3fXLSPdJvcvXfsltlfKbxqPbh2qOY8H3OYrs_1CLX7irDx_CB0F31FCLI

Chihuahua: Una entrevista, una anécdota y un cuento / por Manuel Serna

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* Docente durante 52 años y dos veces Secretario del Ayuntamiento: Humberto Flores Salas
* Invitado en San Lázaro para Reforma Laboral
* Juicios serán completamente orales
Por: Redacción
27 Abril 2019
La entrevista:
El abogado Humberto Flores Salas, que cuenta con más de 60 años de experiencia en el ámbito laboral, informó que en la Reforma a la Ley Federal del Trabajo que se está realizando en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, las Juntas de Conciliación y Arbitraje serán sustituidas por Tribunales Laborales con un nuevo esquema de juicios orales.
El laborista que acudió hace unos meses a presentar sus puntos de vista sobre los Artículos Transitorios de dicha Reforma a San Lázaro en la Cámara de Diputados, ya que forma parte del Observatorio Laboral en el Estado de Chihuahua, manifestó que como todas las leyes esta reforma tendrá sus bondades, pero también deficiencias, “por lo que es necesario actualizarse y mantenerse al día en la materia”, apuntó.
Dos veces Secretario del Ayuntamiento, 1977-1980 y 1989-1992, el también Secretario de Trabajo y Previsión Social con el gobernador Saúl González Herrera 1985-1986, compartió que fue maestro de materias laborales por 52 años y medio en la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Chihuahua, pero que todavía brinda consejos y asesorías a maestros y estudiantes en su despacho.
Conocedor del derecho y dueño de una gran elocuencia, el maestro Flores Salas comenzó  su entrevista para tiempo.com.mx y puentelibre.mx así:
Mi nombre es Humberto Flores Salas y soy originario de la Ciudad de Chihuahua desde hace 83 años, me crié en una casa ubicada en las calles 31ª y Degollado, muy cerca del Parque Urueta.
La educación primaria la realicé en la Escuela Práxedes G. Guerrero, la secundaria en el Instituto Científico y Literario, la prepa y la carrera de derecho, en la Universidad Nacional Autónoma de México y en la Universidad de Chihuahua.
Soy hijo de: Carmen Salas Chacón, una mujer protectora de su hogar, muy soñadora, y Antonio Flores Diego, líder ferrocarrilero de la Sección 5, en donde ocupó la secretaría general en varias ocasiones.
Fue el encargado de La Casa Redonda en donde se reparaban las máquinas de vapor de Ferrocarriles Nacionales de México. Al jubilarse ingresó a la Sociedad Chihuahuense de Estudios Históricos de la cual fue presidente.
Desde entonces toda la biblioteca que había en la casa estuvo orientada a la parte laboral y tal vez eso me orilló a dedicarme al litigio en esta materia.
Fuimos cuatro hermanos y actualmente somos tres, Irma Graciela es la menor, se dedicó a medicina como doctora en el Seguro Social, mi hermano Raúl Antonio quien igualmente es médico psiquiatra y fundó aquellos centros que atendían la farmacodependencia.
Mi hermana Carmen, falleció, fue la encargada de la farmacia del Hospital General en cuanto a medicamentos para atender la cuestión oncológica.
Mi esposa se llama Emma Torres Ramírez, ella ha compartido conmigo no solamente nuestro matrimonio sino que me ha acompañado desde que fui líder estudiantil en el Distrito Federal.
Allá formé la Federación de Estudiantes Chihuahuenses en la Ciudad de México ya que vivimos por dos años en la capital después de casarnos y por razones familiares, terminé la carrera de abogado en la UACh.
Procreamos dos hijos, uno que es abogado y se encarga del despacho, se llama Marco Antonio, es maestro en Derecho Social y también dio clases en la Universidad durante 35 años sólo que en la Facultad de Contaduría y Administración.
En el tiempo que comenzó a dar clases mi hijo en la universidad nuestra Alma Mater se encontraba muy polarizada entre la izquierda y la derecha y eso provocó que no pudiera entrar la cátedra en la Facultad de Derecho.
De hecho estuve año y medio fuera de la UACh, tuve que demandar para que me reinstalaran, me corrieron porque era el abogado del Sindicato de Trabajadores de la Universidad en tiempos del Rector Reyes Humberto De las Casas.
Mi otro hijo se llama Luis Ernesto y es ingeniero, vive en Ciudad Juárez, sin embargo su esposa es abogada y es presidenta de la Junta Federal de Conciliación en la frontera.
Mis nietos: Humberto Flores, está en esta oficina y fue presidente de una Junta Especial de Conciliación y Cecilia Sofía Flores, quien está terminando su maestría pero ya labora en el despacho después de haber estado en la Ciudad de México.
Por el lado de mi hijo ingeniero también tengo nietos pero son pequeños y no sé que vayan a estudiar.
Tengo una maestría en Derecho Social y me he dedicado siempre a la cuestión laboral, comenzando domo inspector de trabajo.
Acudimos un grupo de egresados de la escuela de derecho para ser los primeros profesionistas que integramos las Juntas de Conciliación y Arbitraje que siempre fueron encabezadas por destacados dirigentes obreros.
Don Ricardo Reyes fue presidente de la Junta de Conciliación y se dedicaba a la panadería con muy buenos resultados.
El gobernador Óscar Flores no quiso que se dedicaran a lo laboral quienes no contaran con estudios de abogados.
Ocupe diferentes cargos en la Junta Central de Conciliación y Arbitraje, posteriormente fui presidente, y años después, llegué a la Secretaria de Trabajo y Previsión Social del Gobierno del Estado con el maestro Saúl González Herrera, en ese tiempo era a nivel de dirección.
Don Luis Fuentes Molinar me invitó a ocupar la Secretaría el Ayuntamiento cuando fue Presidente Municipal de Chihuahua y posteriormente me tocó ocupar ese cargo con el licenciado Rodolfo Torres Medina.
Ocupé la Dirección Jurídica en la Tesorería General del Estado pero mi fuerte ha sido el litigio laboral y la docencia.
¿No participo en política?
Fui presidente de Acción Electoral a nivel estatal en el PRI en la época de César Franco Chávez, también me tocó trabajar con Luis Fuentes Molinar cuando dirigió al tricolor.
Empecé a dar clases en el Instituto de Estudios Científicos y Literarios, después en la Facultad de Derecho en donde estuve durante 52 años y medio como docente.
Siempre impartí todo lo laboral: Derecho del Trabajo, Derecho Colectivo del Trabajo y Derecho Procesal del Trabajo, todavía vienen maestros y alumnos a platicar.
Durante mucho tiempo me dedique al Derecho Colectivo como representante en toda la región noroeste, en Celulosa, en Ponderosa y Bosques de Chihuahua.
¿Cual cargo público le gusto más?
Creo que ser maestro de la Facultad de Derecho, pero en el caso de la Secretaría del Ayuntamiento en donde estuve en dos Administraciones, considero que esta figura es el primer filtro que tiene el presidente municipal y por lo tanto es de mucho contacto con la ciudadanía.
Hace poco fui a saludar al Secretario César Jáuregui y vi algunos muebles que permanecen en la oficina como la mesa redonda de la Sala de Juntas que fue elaborada con madera de Productos Forestales de la Tarahumara, donde también ocupé la dirección jurídica.
¿Qué opina de la Nueva Ley Federal del Trabajo?
Soy el coordinador del Observatorio Laboral en el Estado de Chihuahua e hicimos un proyecto que se fusionó con lo presentado por MORENA en la Cámara de Diputados.
En la nueva norma se podrá votar libremente por las dirigencias sindicales y se podrá fiscalizar el gasto de los recursos de los trabajadores, por cierto parte de todo esto estaba incluido en la Reforma de 2012.
La que hizo de Peña Nieto habla de la existencia de un Instituto Federal de registro de asociaciones sindicales.
Dichas organizaciones tendrán que convalidar en ese lugar su registro, demostrando su legitimidad con una constancia previa investigación del Instituto.
Aunado a todo esto hay muchas propuestas de modificación a la Ley Federal del Trabajo y se dio inicio a una consulta de juristas, asociaciones patronales, agrupaciones de trabajadores, litigantes y académicos.
Fui invitado a México junto con otros abogados y presentamos propuestas en lo referente a los artículos transitorios para modificarlos ya que no estamos de acuerdo con algunos de ellos.
Ya está en proceso la Reforma del Artículo 123 y tenemos que prepararnos para ver cómo se va a presentar esa iniciativa, ya que las Juntas de Conciliación van a desaparecer para comenzar como los Juzgados Laborales.
En dicha propuesta de MORENA, se da un plazo de tres años para que se dé cumplimiento a lo antes mencionado en los Estados y de 4 años para que suceda lo propio con las juntas federales del país.
Consideramos que es muy poco el tiempo, ni siquiera hay lugares físicos donde poner dichos tribunales laborales estatales o federales.
Además de que no hay presupuesto para solventar tanto la existencia de las Juntas como las de los Juzgados que en unos años estarán operando simultáneamente, para que se vayan unas y lleguen los otros.
En Chihuahua tan sólo por citar un ejemplo, el Estado se quejó de que le redujeron el presupuesto federal y que la Ciudad Judicial está saturada.
Cuando hablamos en San Lázaro pedimos que las Juntas permanezcan por lo menos durante 6 años porque se debe preparar al personal y a los abogados ya que habrá cambios de procedimientos.
Me tocó operar con la ley laboral del 61, con la del 70 y hasta la más reciente, y la reforma que se propone vendrá a modificar el esquema como se conoce actualmente.
Se parece un poco a lo que nos sucedió con la reforma penal en lo relativo a los juicios orales que fueron promovidos desde Estados Unidos y de donde se comenzó con las capacitaciones para su implementación.
Se pretende eliminar todo lo escrito en los juicios laborales y que sea todo oral.
Sin embargo un artículo establece que deberá estar siempre presente un juez, so pena de ser nulo lo actuado, entonces, ¿cuántos juzgados se van a tener que crear?
En Chihuahua hay 20 audiencias cada hora, entonces, ¿cómo se irá a proceder?, pero, las notificaciones, exceptuando la primera, tendrá que ser electrónica y deberemos contar con un NIP para ingresar a una plataforma digital.
En mi opinión las Juntas de Conciliación no son malas, pero han sido siempre el patito feo de la Justicia y de los gobiernos federal, y estatales, que nunca les han puesto la atención necesaria.
La reforma por otra parte puede afectar a los pequeños empresarios que como patrones que no cuentan con recursos para contratar abogados en caso de conflictos con sus empleados.
De cualquier forma estamos en espera de que salga la nueva Ley Federal del Trabajo para determinar cuáles serán los aspectos más relevantes.
Tenemos ideas muy claras de lo que se está proponiendo como por ejemplo que el trabajador tendrá que acompañar su demanda con pruebas y que el juez tendrá mayores facultades, por citar algunos ejemplos.
Se tendrá que preparar de nuevo a quienes sean jueces, pero también a los litigantes sobre las condiciones en que deben trabajar.
Espero que con el tiempo se vuelvan a reacomodar las cosas en lo que se refiere a esta materia, que vuelvan a sus orígenes, al derecho social.
Y con esto considero que la justicia no debe ocasionarle perjuicios al patrón que debe contar con asesoría para dar cumplimiento a sus obligaciones.
Lo que pasó en Matamoros Tamaulipas con el Movimiento 20-32, se debió a una mala orientación de las partes en pugna.
Esa desinformación provocó el despido de muchos empleados y el cierre de empresas maquiladoras con beneficios para los abonados que se encargaron de litigar los procesos.
En Chihuahua que siempre estamos muy adelantados en todas las materias el pasado 21 de diciembre de 2017, la cámara de diputados aprobó El Centro de Conciliación del Estado de Chihuahua con sede en Ciudad Juárez que no está en vigor porque no se publicó.
Ahora esperemos a ver qué pasa con el Instituto Federal que creemos que será un monstruo al que se debe esperar a conocer para saber sus alcances.
Hubo una propuesta de reforma al Artículo 123 de parte del PRD en los años 90 que fue bastante buena pero que por lo mismo no fue votada en el Congreso de la Unión.
Sin embargo como en todo, en la nueva ley que promueve MORENA hay cosas  buenas como el apoyo para las mujeres embarazadas a fin de que no sean despedidas y queden desprotegidas en esa etapa de gestación.

http://www.tiempo.com.mx/noticia/entrevista_chihuahua_manuel_serna_/

Estado de México:Se renueva la impartición de justicia laboral: Ruiz Pérez

 VIERNES 26 DE ABRIL DE 2019
La reforma iniciará sus funciones registrales en un plazo no mayor de dos años y las de conciliación en un lapso de hasta cuatro años
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Foto: Mariano Soriano
Rodrigo Miranda
Toluca, México.- El objetivo de la reforma en materia laboral va encaminada a renovar la impartición de justicia en este tema a través de la creación de Tribunales Laborales del Poder Judicial y de organismos descentralizados denominados Centros de Conciliación Laboral, señaló el ex presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de México, Tomás Ruiz Pérez.
Durante la conferencia denominada “La reforma en materia de justicia laboral” en las instalaciones de la Asociación de Abogados del Municipio de Toluca A.C., explicó la historia de la justicia laboral en el país y ahora las implicaciones que tienen que ver con la nueva reforma.
Indicó que a partir de 1917 se fueron estableciendo Junta de Conciliación y Arbitraje en territorio nacional, ello para dirimir las controversias entre trabajadores y patrones, mismas que se integran de manera tripartita, con representantes de los dos factores de la producción y uno por parte de gobierno.
Sin embargo, dijo que con la reforma al artículo 123 de la Constitución Federal de febrero del 2017, se constituye el fundamento de la creación de los Tribunales Laborales del Poder Judicial y de los Centros de Conciliación Laboral, además de que también se agrega que para la resolución de conflictos entre sindicatos, la solicitud de celebración de un contrato colectivo de trabajo y de elección de dirigentes, el voto de los trabajadores será personal, libre y secreto.
En este sentido, enfatizó Ruiz Pérez que la iniciativa presentada por Morena en diciembre del 2018, misma que fue aprobada por la Cámara de Diputados el 11 de abril del 2019, es casi seguro se apruebe por la Cámara de Senadores ante de que concluya el presente mes.
Dentro de las innovaciones de la Reforma a la Ley Federal del Trabajo, subrayó se prevé disposiciones sobre los Tribunales Laborales del Poder Judicial, el procedimiento de conciliación, el procedimiento de designación de conciliadores, el procedimiento de los juicios laborales y una serie de disposiciones transitorias.
Detalló que las principales disposiciones transitorias de la reforma a la Ley Federal del Trabajo destacan que el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral iniciará sus funciones registrales en un plazo no mayor de dos años y las de conciliación en un lapso de hasta cuatro años.
Además, agregó durante un máximo de tres años comenzarán actividades los Centros de Conciliación Laboral Locales y los Tribunales Laborales del Poder Judicial en las entidades federativas, aunado a que en cuatro años, los Tribunales Laborales del Poder Judicial iniciarán su operación.
Finalmente, indicó el ex presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de México que serán de carácter abierto las convocatorias a concurso para la selección de personal de los Centros de Conciliación y de los Tribunales Laborales del Poder Judicial de las entidades federativas.

https://www.elsoldetoluca.com.mx/local/se-renueva-la-imparticion-de-justicia-laboral-ruiz-perez-3430020.html