Realiza gira de trabajo Carlos Aceves del Olmo
viernes, 26 de abril de 2019
Especial / EL DIARIO
Por Daniel Valdes
El senador Carlos Aceves del Olmo, dirigente nacional de la CTM, realizará una gira de trabajo este viernes por Saltillo, para poner en marcha un complejo habitacional en la zona industrial de Derramadero.
Además, el líder de la CTM en Coahuila, Tereso Medina Ramírez, le ofrecerá un desayuno, al que están convocados todos los líderes de las organizaciones sindicales y asesores de la central obrera.
El encuentro servirá para despejar dudas respecto a la lealtad y filiación cetemista de Tereso Medina, luego de que hace unos días se difundió el rumor, respecto a una eventual salida de esta central, para crear una nueva organización sindical.
Cabe señalar que el propio Tereso Medina desmintió de inmediato esa versión y reafirmó su convicción sindicalista en la CTM, pues dijo que no hay divorcio y tampoco traición.
PROCESO DEMOCRATIZADOR
Dio a conocer que con la aprobación de la reforma a la Ley Federal del Trabajo, en la que México se adhiere a los acuerdos 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo, ahora viene un proceso democratizador en los sindicatos, porque los dirigentes serán electos mediante el voto universal, libre y directo de los trabajadores.
Además, esta reforma incluye la transparencia, lo cual obliga a los sindicatos a informar sobre el destino de las cuotas que aportan sus agremiados.
Esta reforma laboral servirá para que los líderes tengan un mayor acercamiento con los trabajadores y estén en contacto permanente con ellos, para garantizar la defensa de sus intereses.
Primero, el desayuno
A las 10:00 horas de este viernes está programado un desayuno de trabajo, que ofrece la CTM de Coahuila a su dirigente nacional en el salón de eventos El Sarape.
Más tarde, habrá un evento en la zona industrial de Derramadero, en el que Carlos Aceves del Olmo asiste a la puesta en marcha de un complejo habitacional.
Etiqueta: reforma a la Ley Federal del Trabajo
Reforma Laboral: puntos de quiebre

24 ABR, 2019
Las organizaciones que integran el CCE fijarán una postura de unidad. Los cambios que proponen no alteran los compromisos del T-MEC
Cuenta corriente
ALICIA SALGADO
Nos comentan que aún y cuando Morena no necesita de mayoría calificada para sacar adelante el dictamen de reforma a la Ley Federal del Trabajo, el Consejo Coordinador Empresarial (CCE), que preside Carlos Salazar Lomelín, tomó la decisión por consenso de las 12 organizaciones (siete organismos y cinco invitados permanentes), de fijar una postura de unidad, clara, precisa y pública respecto de la minuta que aprobó la Cámara de Diputados.
Es importante subrayar que el consenso se dio luego de que en la Cámara de Diputados no tuvieron éxito en el convencimiento y argumentación de cada uno de los cambios propuestos y hay quien piensa que el documento difundido ayer fue propuesto por la Confederación Patronal de la República Mexicana, que preside Gustavo
de Hoyos, por su activismo en Twitter, pero la realidad es que fueron las 12 organizaciones las que consideraron indispensable fijar una postura pública, respecto a la falta de “escucha” que en general ha recibido el sector empresarial en la aprobación de la reforma a la Ley Federal del Trabajo.
Los cambios que proponen son pocos, precisos y de fondo, pero relevantes para preservar el equilibrio en las relaciones obrero-patronales en el país. La primera y más sentida propuesta es la que corresponde al artículo 784, que, como está redactado, exime al trabajador que acusa un despido el que pruebe este acto obligando al empleador a probar un hecho negativo o, –el que no ha quedado claro en el artículo 245 bis– cuando un sindicato gana la titularidad de un contrato y hay más de una organización sindical en la empresa y tampoco se preserva el derecho del trabajador a ser empleado, aún si decide no pertenecer a un sindicato.
Son puntos que no alteran ni la libertad sindical, ni el compromiso con la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ni mucho menos tienen un espíritu contrario a lo que determina el anexo 28 del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá, (T-MEC).
https://www.dineroenimagen.com/alicia-salgado/reforma-laboral-puntos-de-quiebre/109315
COPARMEX: Memo al Senado para la estabilidad laboral
Publicado por Coparmex en 24 abril, 2019
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Artículo de Opinión de Gustavo De Hoyos Walther, Presidente Nacional de Coparmex
Twitter: @gdehoyoswalther
Los maniqueísmos conducen a la distorsión de la realidad. Definir una legislación en un simplismo que la etiquete liberal o conservadora, progresista o retrógrada, o bien, obrerista o patronal, puede impedir un análisis riguroso que reconozca aciertos y errores, avances y retrocesos, así como fortalezas y áreas de oportunidad.
La Minuta de reforma a la Ley Federal del Trabajo que recibió el Senado por parte de la Cámara de Diputados, no puede ser etiqueta de forma maniquea. Muestra las dos caras de la complejidad de una modificación legislativa de gran calado.
Prueba de ello son los largos meses de preparación y negociación de la iniciativa, las discusiones, la votación dividida, y las reservas en la Cámara Baja. Mucho que apoyar de la misma y bastante que enmendar.
La reforma tiene como aspiración primaria, acrecentar la libertad de sindicación y de democracia sindical, basados en el voto personal, libre y secreto. Pero la iniciativa, no siempre cumple con ese propósito.
Por ejemplo, el derecho del trabajador de elegir libremente entre ser representado por un sindicato, o mantener una relación individual con el empleador, no se cumple con la reforma.
En una circunstancia diversa, la Minuta elimina la libertad de sindicación, forzando al trabajador a afiliarse al sindicato de la empresa, para poder ser contratado para trabajar en ella.
Otro derecho del trabajador es elegir delegados sindicales para que en su nombre, puedan representarlo en decisiones relevantes. La posibilidad de conferir ese mandato, se restringe en la reforma laboral.
En el mismo sentido, la norma aprobada elimina la eficacia del acuerdo entre la dirigencia sindical y la empresa, materializado en el Contrato Colectivo, obligando a que éste sea ratificado en Asamblea.
En la vida sindical, hay tres momentos de gran relevancia vinculados al ejercicio derecho de huelga.
Primero, la definición de la fecha del estallamiento de huelga, marca la dinámica de las negociaciones del sindicato y la empresa. La minuta en el Senado, deja al arbitrio de la dirigencia sindical, diferir la fecha de la suspensión de labores. Esto además de agravar la situación de la empresa, puede afectar al trabajador, que se prepara para una fecha en que dejará de trabajar y de recibir su sueldo.
Segundo, la decisión de estallar o no la huelga en función de lo negociado desde la fecha del emplazamiento. La iniciativa aprobada no reconoce el derecho de la mayoría de los trabajadores de tomar la decisión de llevar a cabo o no el estallamiento de la huelga en Asamblea, y le otorga a la dirigencia sindical.
Tercero, ya en un escenario de varios días de haber estallada la huelga, la determinación de levantarla o continuarla. Debería ser derecho de los trabajadores -al margen de la visión del líder- votar mayoritariamente por regresar a trabajar, sin embargo, tal libertad no se las concede en la ley.
Además de las consideraciones expuestas, también deben preservarse equilibrios básicos en la relación de trabajadores y sindicatos con las empresas.
En el procedimiento de huelga, uno de ellos es el derecho de la empresa de pedir a la autoridad que una huelga ya estallada, sea calificada. La reforma solo lo permite tras sesenta días de suspensión de las actividades, prolongando innecesariamente, las huelgas que no tengan un fundamento válido.
También deteriora ese equilibrio empresa-trabajadores, que la ley del trabajo incentive que exista más de un Contrato Colectivo por empresa, con prestaciones diferenciadas.
Y especialmente se amenaza la paz laboral, cuando no se contemplan sanciones penales contra quienes ostentándose como líderes, se dedican a extorsionar a empresas con la amenaza del cierre, tal y como se observó en los paros ilegales en Matamoros a principio de año.
México se encuentra en una encrucijada histórica, procesando su nueva legislación laboral producto de su experiencia propia y de prácticas internacionales; pero también han influido sensiblemente, una política de beligerancia comercial, nacionalismo y neopopulismo, que se experimenta hoy en los Estados Unidos. El desafío es lograr un delicado equilibrio entre la vigencia plena de los derechos laborales individuales y colectivos, con la preservación de la competitividad y la paz laboral. Hoy el Senado tiene la palabra.
https://coparmex.org.mx/memo-al-senado-para-la-estabilidad-laboral/
T-MEC: una oportunidad para fortalecer derechos de los trabajadores
Por Ricardo Monreal Ávila
Martes 23, abril 2019 22:15
En la negociación del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), el Gobierno mexicano asumió diversas obligaciones en materia laboral, orientados a fortalecer los derechos de los trabajadores. En el Anexo 23-A del Capítulo Laboral, México se comprometió a garantizar democracia sindical, mediante el reconocimiento del derecho de los trabajadores a organizar, formar y afiliarse al sindicato de su elección; prohibir el dominio o interferencia de empleadores en actividades sindicales; reforzar el derecho a la negociación colectiva; además de considerar la creación de autoridades independientes para conciliar y resolver conflictos.
En ese sentido, en el Congreso trabajamos en la articulación de una reforma a la Ley Federal del Trabajo que cumpla con estos objetivos mediante cinco ejes prioritarios:
- 1) democracia en el trabajo para que los trabajadores puedan elegir a sus dirigentes por voto libre, directo y secreto
- 2) contratos colectivos para garantizar que en las negociaciones los trabajadores y empleadores mejoren la productividad y las condiciones laborales
- 3) creación de un órgano autónomo para promover la imparcialidad y la libertad sindical a través del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral
- 4) justicia laboral para sustituir las juntas de Conciliación y Arbitraje por los Tribunales laborales adscritos al Poder Judicial
- 5) eliminación de la extorsión para evitar el chantaje de emplazamiento a huelga por parte de sindicatos con la acreditación ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
Asimismo de acuerdo con el informe sobre el impacto económico del Acuerdo elaborado por la Comisión de Comercio Internacional de Estados Unidos, el T-MEC generará un incremento en los salarios de los trabajadores sindicalizados en México de hasta 17.2% en promedio, además de un aumento en el número de afiliados. Con la reforma laboral, México garantiza mejores condiciones para los trabajadores, además de dar mayor certidumbre al comercio y las inversiones en beneficio de nuestra economía.
https://www.publimetro.com.mx/mx/opinion/2019/04/23/t-mec-una-oportunidad-fortalecer-derechos-los-trabajadores.html
Sonora: Desaparecerán en cuatro años Juntas Locales de Conciliación
por: Uniradio Noticias – 22 Abril 2019,
Por Alan Rubio
Hermosillo.- Una vez aprobada por el Senado, devuelta a la Cámara de Diputados y promulgada por el Presidente de México, la reforma a la Ley Federal del Trabajo establece que en un plazo de cuatro años desaparecerán las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje, explicó Jorge Clausen Marín.
El Presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje en Sonora dijo que las juntas locales serán sustituidas por centros de conciliación especializados, imparciales y autónomos, que buscarán mediar entre los trabajadores y las empresas.
En caso de que los asuntos no se resuelvan por dicha vía, los casos se turnarán a los poderes judiciales de cada estado a fin de solucionar las disputas laborales.
«Nosotros como Junta Local de Conciliación y Arbitraje trataremos de resolver los más que se pueda de casos antes de que entren en funciones los «, abundó.
http://www.uniobregon.com/noticias/sonora/563244/desapareceran-en-cuatro-anos-juntas-locales-de-conciliacion.html
El ABC de una verdadera negociación colectiva
Las lagunas en la Ley Federal del Trabajo en materia de sindicación y negociación colectiva permiten a los sindicatos emplazar a huelga a un centro de trabajo sin tener la representatividad.

Foto: Fernando Luna Arce / Forbes México
Por Valente Quintana Pineda*
El pasado once de abril fue ratificado en lo general por el Pleno de la Cámara de Diputados el dictamen de reforma a la Ley Federal del Trabajo, ahora será enviado para la aprobación de la Cámara de Senadores, y este dictamen de ser aprobado presume el cambio más importante en las relaciones laborales desde 1931, año en que sale a la luz la primera Ley Federal del Trabajo.
Este cambio presumirá un reto para todos los empleadores, ya que esta reforma busca una efectiva vida sindical, y con ello una verdadera negociación colectiva entre los factores de la producción, circunstancia que pocas veces se ha llevado a cabo para convenir las prestaciones de manera unilateral.
Antes de seguir escribiendo este artículo considero importante aclarar que la negociación colectiva es un medio que consiste en una serie de discusiones entre patrones así como sus representantes y por otro lado los trabajadores por medio de su sindicato cuando lo tienen, que tiene como propósito el llegar a acuerdos como los contratos colectivos de trabajo o los contratos ley, pero no solo eso, sino la negociación colectiva la encontraremos activa y permanente a través de las Comisiones Mixtas formalmente constituidas en los centros de trabajo, que son comisiones integradas por representación del empleador y de los trabajadores que tienen en sus manos el cumplimiento de determinados temas y derechos de los trabajadores como lo son, la productividad y capacitación, el reglamento interior de trabajo, los cuadros generales de antigüedades, la seguridad e higiene, o el reparto de utilidades, por lo que es fácil deducir que por ejemplo; el Reglamento Interior de Trabajo también es fruto de la negociación colectiva.
En México hemos detectado un gran problema con el ejercicio de la negociación colectiva, y este es que el 90% de ella es simulada, dado que los contratos colectivos de trabajo son de protección patronal, firmados entre patrón y sindicato a espaldas de los trabajadores, sin ningún beneficio, prestación o derecho adicional a los que ya se encuentran establecidos en la Ley Federal del Trabajo, y es que precisamente el objetivo de los contratos colectivos de trabajo, es pactar mejores prestaciones o beneficios para los trabajadores, buscando con esto el equilibrio entre los factores de la producción, por lo que no basta que se vuelvan a establecer en ellos los derechos ya consagrados legalmente, sino pactar prestaciones extra y supralegales como derechos contractuales.
Las lagunas que contiene la Ley Federal del Trabajo en materia de sindicación y negociación colectiva permiten a los sindicatos emplazar a huelga a un centro de trabajo sin contar con la representatividad, lo cual quiere decir que emplazan a huelga sin la voluntad de los trabajadores, lo cual ha dado origen a la extorsión de sindicatos fantasma hacia los patrones, y ante esto llegan a solicitar grandes cantidades económicas por la firma de contratos colectivos, o por el desistimiento de los emplazamientos a huelga, veneno para el cual se recetó como antídoto el contrato de protección, y es por eso que el 90% de la contratación colectiva es simulada.
La reforma constitucional al artículo 123 de febrero 2017, la ratificación del Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo referente al derecho de sindicación y negociación colectiva, así como el capítulo número 23 del Tratado de México, Estados Unidos, Canadá nos obligan a acabar de una vez por todas con la simulación en la negociación colectiva, para lo cual se busca que en la reforma a la Ley Federal del Trabajo se proteja mediante el voto libre y secreto, y con constancias de representatividad, lo que significa que los sindicatos para poder emplazar a huelga tendrán que probar previamente que detrás de esta acción existan trabajadores con voluntad de accionar el dicho derecho, con lo cual se presume terminaremos con la extorsión sindical y con los contratos colectivos firmados a espaldas de los trabajadores.
Viendo este panorama el único consejo que le podemos dar a los empleadores sobre todo de las pequeñas y medianas empresas es buscar capacitarse en temas de negociación colectiva y relaciones laborales, porque ahora tendrán que hacer lo que nunca, sentarse a negociar prestaciones contractuales con los sindicatos para beneficio de la base trabajadora.
*Maestro en Relaciones Laborales por la Universidad de Castilla La Mancha. Maestría en Derecho Laboral en la Escuela Libre de Derecho. Profesor en las universidades Iberoaméricana y Anáhuac.
https://www.forbes.com.mx/el-abc-de-una-verdadera-negociacion-colectiva/
Con reforma laboral, afiliación de trabajadoras del hogar será obligatoria

Aunque la reforma laboral hace obligatorio que los patrones inscriban a estas trabajadoras al IMSS, aún falta que se hagan las adecuaciones a la Ley del Seguro Social.
ZENYAZEN FLORES
Bloomberg
La reforma laboral hará obligatoria la afiliación de las trabajadoras del hogar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), aunque esta obligación entrará en vigor una vez que se hagan las adecuaciones a la Ley del Seguro Social (LSS), lo que las autoridades del instituto prevén suceda en 2020.
La reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) agregó un párrafo al artículo 337, referente a las obligaciones especiales de los patrones, el cual ordena “inscribir a la parte trabajadora al Instituto Mexicano del Seguro Social y pagar las cuotas correspondientes conforme a las normas aplicables en la materia”.
No obstante, en un artículo transitorio la reforma aclara que esta obligatoriedad tomará vigencia hasta que se reforme la LSS.
A finales de 2018 la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional la no afiliación obligatoria de las trabajadoras del hogar. En respuesta, el IMSS lanzó el 31 de marzo el Programa Piloto para Personas Trabajadoras del Hogar, con el fin de llevar al Congreso a finales de 2020 una iniciativa de Ley que haga obligatoria la seguridad social.
Marcelina Bautista, directora del Centro de Apoyo y Capacitación para Empleados del Hogar, pidió a los empleadores y trabajadoras aprovechar la plataforma del IMSS.
https://www.elfinanciero.com.mx/economia/con-reforma-laboral-afiliacion-de-trabajadoras-del-hogar-sera-obligatoria
Advierten luces y peligros de la libertad sindical

Por: Redacción/El Pulso Laboral
La reforma laboral aprobada recientemente por la Cámara de Diputados propiciará una modificación en el modelo de relaciones laborales en México, en el que las empresas deberán buscar mayor interacción con sus trabajadores y con los sindicatos que los agremian, consideró el abogado laborista Germán de la Garza de Vecci.
De acuerdo con el defensor, esta legislación, cuya minuta será discutida en el Senado de la República, presenta un panorama positivo e incluso cumple con la incorporación del tema de la libertad sindical, en apego a los acuerdos adquiridos por México en el marco del tratado comercial con Estados Unidos y Canadá (T-MEC).
Me parece que desde el punto de vista de democracia sindical, vamos a estar a la vanguardia, vamos a tener un sindicalismo democrático y abierto, pero eso no implica que sea para lo que el país esté preparado, comentó De la Garza de Vecci.
En ese sentido, el abogado consideró que existe el riesgo de que la libertad sindical no sea administrada de manera adecuada y eso puede llevar a las empresas apuntos críticos.
Expuso que más allá de que la reforma a la Ley Federal del Trabajo permita transparentar los procesos de los sindicatos gracias a los principios de democracia y libertad sindical para elegir a sus dirigentes o discernir sobre pertenecer a un determinado sindicato, se impulsa el empoderamiento de los trabajadores, que ahora enfrentarán el reto de aprender a manejarlo.
Si no analizan a conciencia cuándo es que deben ejercer estos derechos y cuándo no, esto podría llevar a las compañías al cierre o a una afectación como lo sucedido en Matamoros, aseguró en entrevista.
Abundó que estos ajustes en materia laboral exigen un modelo de justicia laboral más sólido, ya que México no se ha caracterizado por impartir la justicia de manera eficiente, por lo que sugiere la implementación de algunos aspectos para lograr su efectividad en la práctica. /Notimex
http://www.elpulsolaboral.com.mx/mercado-laboral/18219/advierten-luces-y-peligros-de-la-libertad-sindical
El fantasma de la libertad sindical

Por: Luis Ernesto Salomón
14 de Abril de 2019 – 04:00 hs
El fantasma del cambio laboral se pasea en México. Los vientos huracanados del Norte lo han empujado a estas tierras. Su rostro plasmado en el anexo 23 de Tratado de Libre Comercio recién pactado, y en el decreto que adhiere a México al Tratado 98 de la OIT,(luego de negarse a ello desde 1949) aprobado en septiembre pasado, pasó inadvertido. Luego sus rasgos se han definido en la reforma a la Ley Federal del Trabajo.
Recorre alegremente los salones y pasillos de sindicatos, oficinas de Gobierno y empresas. Prácticamente sin agitación está a punto de consolidarse la transformación más significativa para la vida sindical en un siglo. Para no dejarse asustar con el espectro es bueno a verlo a la cara y comprender su significado.
Para empezar, ha dejado de ser una amenaza para convertirse en una realidad muy positiva para el ámbito de las libertades y derechos de los trabajadores.
Significa, en primer, lugar poner a México a tiempo con la vigencia de los derechos de los trabajadores según las mejores prácticas en el mundo. En segundo lugar, golpea a los sistemas de control sindical y puede ser el fin de las formas de corporativismo sindical. Y, en tercer, lugar es un enorme reto político.
Mención especial merecen los sindicatos de trabajadores de la Federación, los estados y los municipios, cómo de los organismos públicos, por su dimensión e importancia
Su presencia normativa implica que el trabajador no sea obligado a pertenecer a un sindicato al obtener un trabajo, y que pueda optar por otros, por lo que se terminan los llamados sindicatos únicos. Pero aún más importante es que se establece que el mecanismo para elegir a los dirigentes sindicales será a través del voto personal, libre y secreto de sus miembros.
Terminan las elecciones indirectas por medio de convenciones y congresos de delegados. Supone también el final de las Juntas de Conciliación y Arbitraje para regresar la justicia laboral al Poder Judicial. Obliga a que los acuerdos para modificar los salarios y las condiciones generales de trabajo sean ratificados a través del ejercicio del voto personal, libre y secreto de los trabajadores, terminando con la práctica de las negociaciones secretas.
Además, se establece obligación de transparencia para que los trabajadores conozcan los contenidos de los contratos colectivos y se establece que será una autoridad independiente la que los registre y se encargue de vigilar la vigencia de los derechos de participación y los procesos de elección de los sindicatos.
Saber cuándo éstos habrán de aplicarse puntualmente es difícil, pero en prospectiva sí puede adelantarse que el tratado 98 de la OIT entrará en vigor el 23 noviembre próximo. Y que en el anexo 23 del tratado comercial referido se establece que la nueva legislación laboral: …”no implicará la rescisión de ningún acuerdo de negociación colectiva existente como consecuencia del vencimiento del término indicado en este párrafo, siempre y cuando la mayoría de los trabajadores cubiertos por el acuerdo de negociación colectiva demuestren apoyo a tal acuerdo a través del voto personal, libre y secreto”.
Es decir que una vez que entre en vigor la reforma probablemente se convocaría a un proceso de ratificación de las condiciones generales de trabajo en cada sindicato mediante voto directo.
Dado que el tratado 98 estará en vigor en 23 de noviembre, es probable que entonces se podría convocar a dicho proceso de ratificación.
Más aun, considerando que para entonces deben estar constituidas las nuevas instituciones laborales. Seguramente los artículos transitorios del decreto que al final se apruebe precisarán detalles. Esto hace probable que en los próximos meses se registre una intensa actividad gremial para convocar a este proceso democrático para el año próximo.
Pero como hemos visto ya en últimos meses muchos líderes sindicales se han hecho elegir para periodos muy largos, previendo estos cambios, y no queda claro cómo se procederá para su ratificación o no mediante voto directo. Mención especial merecen los sindicatos de trabajadores de la Federación, los estados y los municipios, cómo de los organismos públicos, por su dimensión e importancia.
El respeto al derecho de libre afiliación y participación, como el acceso a la justicia laboral, son pasos tan importantes que cambiarán el panorama laboral. Resulta curioso que el rostro viniera redactado en inglés, francés y español.
Terminar con la simulación en el respeto a los derechos, garantizar la libre participación, y la pluralidad sindical son pasos vitales para profundizar la vida democrática.
El fantasma de la libertad sindical se quedará entre nosotros y no debe espantar a nadie.
https://www.informador.mx/ideas/El-fantasma-de-la-libertad-sindical-20190414-0003.html
En sindicatos blancos, 45% de trabajadores de BCS

SÁBADO 13 DE ABRIL DE 2019
Una situación que se habrá de terminar con la reforma a la Ley Federal del Trabajo, recién votada en la Cámara de Diputados: Esteban Vargas
Elías Medina P.
La Paz, Baja California Sur.- En Baja California Sur, al menos el 45 por ciento de los trabajadores sindicalizados están bajo la tutela de sindicatos blancos, o también llamados de protección, una situación que se habrá de terminar con la reforma a la Ley Federal del Trabajo, recién votada en la Cámara de Diputados, señaló el dirigente estatal de la CROC, Esteban Vargas.
Descartó la posibilidad de que esta reforma vaya a afectar al organismo que preside; por el contrario, dijo, nos va a fortalecer, porque desaparecerán los sindicatos blancos.
Recordó que algunas de las condiciones que contiene esta reforma son llevadas a la práctica por la CROC desde hace años, en materia de transparencia, en el uso de los recursos, se publican los estados financieros cada dos meses en una revista propia, los delegados son electos por la base, y además de la contratación colectiva, la organización brinda a los agremiados una serie de apoyos, que van desde asesorías jurídicas hasta capacitación para el trabajo.
No obstante, el líder sindical lamentó que los diputados no hayan tocado en esta reforma la figura de la contratación a través de empresas outsourcing, aunque confió en que en próximas sesiones los legisladores retomen este asunto.
Finalmente anunció que en breve estarán considerando la afiliación de jornaleros agrícolas y de empleadas domésticas, a fin de sumarlos a la fuerza laboral de la CROC, que oscila en aproximadamente 28 mil trabajadores en todo el estado.
https://www.elsudcaliforniano.com.mx/deportes/en-sindicatos-blancos-45-de-trabajadores-de-bcs-3317404.html