Asociación de abogados pide abrir discusión en iniciativa laboral

La Asociación Nacional de Abogados de Empresa solicitó a los legisladores de la Cámara de Diputados abrir espacio para la discusión sobre la propuesta de reforma laboral que presentó el Grupo Parlamentario de Morena.
María Del Pilar Martínez
25 de diciembre de 2018, 23:08
diputados.jpg_423392900.jpg
La Asociación Nacional de Abogados de Empresa solicitó a los legisladores de la Cámara de Diputados abrir espacio para la discusión sobre la propuesta de reforma laboral que presentó el Grupo Parlamentario de Morena y cuyo objetivo es modificar las relaciones laborales incluyendo la transparencia y democracia sindical.
En ese sentido, informó que hay coincidencias en la necesidad de modificar la política laboral y de impartición de justicia en México como uno de los muchos cambios necesarios para impulsar mejoras desde el punto de vista social, político y económico.
“Por la vocación jurídico empresarial de nuestro Colegio de Abogados, requerimos poner énfasis en aspectos vinculados con las implicaciones legales en los contratos colectivos de trabajo y los requisitos de mayoría para emplazar a huelga y/o demandar las titularidades de los mismos”.
De acuerdo con la iniciativa, se establecen nuevos requisitos para el establecimiento de los contratos colectivos actuales, mismos que deberán pasar por un proceso de ratificación y deberán estar registrados en el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
La representación de los abogados de empresa destaca que “esto es con la finalidad de erradicar el uso de estos procedimientos como formas de extorsión y, además, lograr que los mismos den certidumbre jurídica a las empresas preservando las fuentes de trabajo y respetando los derechos de empleados y empleadores”.
Refieren que ante la posibilidad jurídica de una pluralidad sindical (varios sindicatos en una misma empresa e incluso del mismo gremio), es imperioso clarificar, limitar y regular esta figura, de cara a la toma de decisiones, administración y ejecución en tales pactos. “De hacerlo, se prevendrán procesos de desgaste económico y laboral en las fuentes de trabajo; en este sentido conviene detallar los requisitos porcentuales de mayoría y contemplar las denominadas cláusulas de amarre o candados existentes en otras legislaciones laborales”.
Consideran que los procedimientos de titularidad, especialmente los de emplazamiento a huelga por firma o revisión de contrato colectivo de trabajo, traen como consecuencia extorsión o celebración de contratos de protección, “sobre el particular, convendría definir los elementos de prueba que soporten la doble calidad (empleado/agremiado) de las personas que participan en un proceso de mayoría con documentos como el Comprobante Fiscal Digital o el Sistema Único de Autodeterminación”.

pmartinez@eleconomista.com.mx
https://www.eleconomista.com.mx/empresas/Asociacion-de-abogados-pide-abrir-discusion-en-iniciativa-laboral-20181225-0081.html

Así es la nueva Ley del Trabajo que combatirá dictadura de sindicatos


Integra la transparencia sindical encaminada a que sean los trabajadores quienes decidan el tipo de contrato y al sindicato que quieren que los represente. 
 México.- El grupo parlamentario de Morena presentó la iniciativa de reforma a la Ley Federal del Trabajo para dar cumplimiento a la reglamentación de justicia laboral pendiente desde hace 10 meses, e integra la transparencia sindical encaminada a que sean los trabajadores quienes decidan el tipo de contrato y al sindicato que quieren que los represente.
En 203 páginas la propuesta del partido Morena lleva el aval de la secretaría del Trabajo y Previsión Social, así como de grupos de especialistas y sindicalistas que se encuentran afiliados al Observatorio Ciudadano y de la Unión Nacional de Trabajadores.
Entre los aspectos de relevancia se encuentran: la creación de los Centros de Conciliación locales y los Tribunales Laborales del Poder Judicial de las Entidades Federativas, las cuales iniciarán actividades dentro del plazo máximo de tres años a partir de la entrada en vigor del presente decreto.
Asimismo, señala que los sindicatos deben adecuar sus estatutos conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 371, que desglosa la manera en que los trabajadores deben elegir a sus líderes, así como el proceso de votación; la documentación y el padrón de trabajadores indispensable para llevar a cabo procesos transparentes y democráticos; éste deberá estar listo dentro de un plazo no mayor de seis meses a partir de la entrada en vigor de la reforma.
“Las disposiciones previstas en el artículo 371 para la elección de las directivas y secciones sindicales, la condición establecida en esta ley en el sentido de que el voto, personal libre y secreto, tenga adicionalmente el carácter de directo iniciará su vigencia en seis meses posteriores a la entrada en vigor de la presente reforma”.
Los cambios a la LFT sobre justicia laboral establecen en la propuesta que todo el que presente documentos o testigos falsos se le impondrá una pena de seis meses a cuatro años y multa de 125 a 1900 Unidades de Medida y Actualización vigentes. Tratándose de trabajadores, la multa será el salario que reciba el trabajador en una semana.
El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral iniciará sus funciones en materia de registro de asociaciones sindicales y contratos colectivos de trabajo en un plazo no mayor de dos años a partir de dicha entrada en vigor, atendiendo a las posibilidades presupuestales.
Respecto a las funciones de la Autoridad Conciliadora Federal y Tribunales Federales Laborales contempla un plazo máximo de cuatro años a partir de la entrada en vigor de este decreto, cada delegación u oficina regional del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral iniciará la tramitación de solicitudes de conciliación que sean de su competencia.
La propuesta no contempla cambios directos en materia de subcontratación, la iniciativa del grupo parlamentario de Morena establece en el Artículo 1004-C quien utilice el régimen de subcontratación de personal en forma dolosa, en términos del artículo 15-D de esta Ley, se le impondrá multa por el equivalente de 250 a 5000 Unidades de Medida y Actualización vigentes.

https://bajopalabra.com.mx/asi-es-la-nueva-ley-del-trabajo-que-combatira-dictadura-de-sindicatos

Morena llevará al pleno iniciativa para sustituir Juntas de Conciliación


Creará centro de registro laboral
Fortalecer a sindicatos, entre sus finalidades
Georgina Saldierna y Roberto Garduño
Periódico La Jornada
Domingo 23 de diciembre de 2018, p. 7
La mesa directiva incorporó en el orden del día de la sesión ordinaria que celebrará mañana en la Cámara de Diputados una iniciativa de reforma a la Ley Federal del Trabajo propuesta por el grupo parlamentario de Morena para sustituir a las Juntas de Conciliación y Arbitraje por el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
El centro tendrá como titular a un director general, designado por la Cámara de Senadores de entre una terna propuesta por el Presidente de la República.
“Este organismo debe hacer realidad los nuevos principios constitucionales, así como los compromisos contraídos con la comunidad internacional en los convenios 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). En las entidades federativas se establecerán Centros de Conciliación en cada una de ellas.”
La iniciativa precisa el procedimiento de registro de los sindicatos. Acorta los plazos de trámite, y se amplían los aspectos que deben contener los estatutos de las organizaciones gremiales, entre ellos los que se refieren al procedimiento para la elección de directivas, plazo de convocatorias, lugares de votación e integración de un padrón confiable de sus integrantes.
“La designación de los representantes obreros deberá realizarse a través de elecciones auténticas, por ser este el procedimiento que garantiza la libertad y eficacia del voto, así como el respeto integral de los derechos humanos vinculados con la democracia”.
Así, los sindicatos contarían, refiere la propuesta, con autonomía, equidad, democracia, legalidad, transparencia, certeza, gratuidad, inmediatez, imparcialidad y respeto a las libertades sindicales y sus garantías.
“Entre ellas, el derecho de los trabajadores a organizarse libremente y conforme a los intereses de sus integrantes, dejando claro que el radio de acción –como lo ha reconocido la OIT– es parte de la libertad sindical”.
Con esto se pretende garantizar el derecho de los trabajadores a decidir libremente la forma de asociarse y de organizarse para defender sus intereses, tomando en cuenta las transformaciones del entorno productivo”.
La propuesta que habrá de presentarse en el pleno cameral también contendrá los mecanismos para lograr que la rendición de cuentas por parte de las dirigencias sindicales sea real, incluyendo sanciones en caso de incumplimiento, para quitarle estímulos a la apropiación ilegal del patrimonio de los trabajadores y asegurar la transparencia en el manejo de las cuotas y las finanzas sindicales mediante la publicación en los sitios de Internet de la autoridad.
La negociación colectiva, aduce la propuesta, determinará los salarios y condiciones laborales.
También la constancia de representatividad se otorgará mediante el voto personal, libre y secreto de los trabajadores. “Esta legitimación de la contratación colectiva se exige no solamente para los nuevos contratos colectivos, sino para aquellos que se encuentran despositados ante las juntas laborales, y que en su mayoría no reportan movimiento alguno”, promoviéndose entonces la revisión –dentro de los próximos cuatro años– mediante el voto mayoritario de los trabajadores.
Se propone que la obtención de la constancia de representatividad requerirá del voto de al menos 30 por ciento de los trabajadores que asistan a votar.
En caso de que concurran dos o más sindicatos al procedimiento de consultas, la constancia se decidirá por aquel que tenga el voto de la mayoría, estableciéndose que ésta debe acompañarse del emplazamiento a huelga que se promueva para obtener la firma de un .

https://www.jornada.com.mx/2018/12/23/politica/007n1pol

Libertad sindical en el nuevo gobierno


03dic2018
Con reforma, buscan transparentar sindicatos
Agencia Reforma | Martes 04 Diciembre 2018 | 00:01:00 hrs
Ciudad de México– El proyecto de reforma de la Ley Federal del Trabajo que se presentará en el Congreso, busca hacer transparente la actividad sindical.
Esto porque de aprobarse los cambios se otorgaría mayor poder a los trabajadores para exigir cuentas a sus dirigentes, ejercerían un voto libre y secreto y además podrían ratificar los contratos colectivos.
Según expertos, estos principios son compatibles con lo que marca la legislación internacional y las obligaciones que implica para el País la firma del nuevo tratado comercial con Estados Unidos y Canadá (T-MEC).
“Es un cambio de paradigma amplísimo porque entre otras cosas obliga a que los trabajadores opinen tanto en firma de contrato como en revisiones”.
“Los trabajadores ahora sí pueden recurrir al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral para exigir que se rindan cuentas y los trabajadores tienen la posibilidad de convocar a asamblea para exigir la rendición de cuentas, cosa que no se tenía esa posibilidad”, señaló Pablo Franco, experto en negociaciones colectivas y miembro del grupo que tiene a su cargo la redacción de la iniciativa.
Añadió que el verdadero secreto de la reforma está en que obliga a que los trabajadores se involucren en la defensa de sus derechos. Además de que la vida sindical funcione a través del voto libre y secreto
Dirigentes sindicales que llevan años al frente de su organización se adelantaron a la aprobación de la reforma a la Ley Federal del Trabajo y garantizaron su permanencia durante el sexenio que empieza.
Por ejemplo, Víctor Flores, fue reelegido como líder de los ferrocarrileros hasta el año 2024; Carlos Romero Deschamps resultó reelecto por cuarta vez y será el líder de los petroleros hasta ese mismo año.
Expertos opinan que la reforma que se presentará en el Senado significará un cambio en la forma en la cual los trabajadores eligen a sus dirigentes, de tal forma que no podrán ser obligados a adherirse a algún sindicato.

https://diario.mx/Economia/2018-12-03_a31a641a/con-reforma-buscan-transparentar-sindicatos/?fbclid=IwAR12dH3W_0LhGi7Ut0YcRFYWqKxnnBttpArZS4BcHm1z-T8Ql-eeySGxx7g

Por una reforma laboral que promueva el desarrollo con bienestar: COPARMEX

Noviembre 20, 2018 
Estamos en la antesala de reformas de trascendencia histórica en materia laboral. 
Estas reformas, que incluyen legislar las modificaciones hechas al artículo 107 y 123 constitucional en materia de Justicia Laboral, acompañar la ratificación del Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre el derecho de sindicación y negociación colectiva, y modificar la Ley Federal del Trabajo derivado del Capítulo 23 Laboral del Tratado México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), tendrán un impacto equiparable a lo que en su momento tuvo la expedición de la primer Ley Federal del Trabajo. 
Ante la relevancia que estas reformas tendrán en el sector productivo, 
COPARMEX exige que cualquier adecuación a la legislación laboral, sea ampliamente consultada con todos los actores del mundo del trabajo, especialmente el sector empresarial. 
Tenemos la certeza de que, solo mediante la adecuada participación de las organizaciones representativas de trabajadores y patrones, se podrán generar adecuaciones legales que permitan modernizar la legislación laboral, y con ello, incentivar la inversión, la creación de más puestos de trabajo, y reducir la informalidad que ha afectado el crecimiento económico del País. 
Es imprescindible se revise la legislación en materia de justicia laboral, derecho de sindicación y derecho de negociación colectiva. 
1. Justicia Laboral.
En materia de justicia laboral,
en COPARMEX consideramos de particular importancia el diseño institucional del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, que sustituirá a la Secretaría del Trabajo y a las Juntas de Conciliación y Arbitraje en materias de alta relevancia y que debe de ser sea autónomo. 

La autonomía es crítica pues este organismo se encargará de la conciliación de asuntos individuales y colectivos en materia federal, así como del registro de todos los contratos colectivos de trabajo y de las organizaciones sindicales. 
Los responsables de estas tareas no deben depender directamente del Poder Ejecutivo, y por el contrario deben de responder a un órgano consultivo con la participación de las organizaciones sindicales y de empleadores. 
Así mismo, la reforma debe contener mecanismos que eviten el emplazamiento a huelga por extorsión, un aspecto que afecta fuertemente la capacidad del sector productivo para generar fuentes de empleo. Para ello, la Ley Federal del Trabajo debe ser explícita y contundente en la exigencia de que los sindicatos prueben su representatividad. 
Es de gran relevancia encontrar mecanismos para sancionar a organizaciones sindicales que realicen actos ilícitos que perjudiquen a los trabajadores, tales como participar en esquemas de evasión de contribuciones fiscales o incumplimiento de obligaciones patronales. 
Es fundamental que se evite en la nueva legislación, paros, bloqueos y amenazas que impidan la realización de las actividades de los patrones y de sus trabajadores, proveedores o clientes. 
Acorde a la evolución mundial, deben abandonarse modelos de huelga de principios del Siglo XX, para que las huelgas ya no sean invasivas y que las impulsen la mayoría de los trabajadores y no un grupo minoritario. 
De igual manera resulta imprescindible establecer con exhaustividad, que las revisiones contractuales colectivas las titule quien tenga la mayoría de la representación de los trabajadores al servicio del patrón, de forma simplificada y con requisitos menos onerosos. 
En el caso de procesos laborales individuales, es indispensable contar con un nuevo procedimiento, cuya conciliación previa sea eficaz para disminuir los juicios laborales, garantizando que éstos sean justos, equitativos y transparentes. 
En este ámbito, al eliminarse la reversión de la carga probatoria derivada del ofrecimiento de trabajo, debe de suprimirse definitivamente la obligación de entregar un aviso de rescisión, 
para que los patrones puedan tener la oportunidad de defenderse, cuando se les impute que han despedido injustificadamente a un trabajador. 
2. Derecho de sindicación. 
En materia de derecho de sindicación y de negociación colectiva, es imprescindible desarrollar en la ley, un mecanismo que impida la “atomización”, es decir la existencia de multiplicidad de sindicatos en una misma empresa, que dificulten revisiones de contratos colectivos y eventualmente conduzca a la parálisis. 
Evitarla es importante pues, como se ha observado en distintos países latinoamericanos que han ratificado el Convenio 98 de la OIT, negociar con grupos diferentes al interior de una misma empresa, no solo impacta negativamente la productividad, sino que debilita a los propios sindicatos. 
Más aún, la mala interpretación del Convenio 98 puede provocar sobreprotección a líderes sindicales con fuero, al punto en el que los patrones se vuelven incapaces de actuar cuando incurren en actividades indebidas. 
3. Negociación colectiva.
En el Anexo 23-A del Capítulo Laboral del T-MEC, México se 

comprometió que en las futuras revisiones salariales y de condiciones 
laborales, todos los contratos colectivos existentes incluyan apoyo mayoritario, a través del ejercicio del voto personal, libre y secreto de los trabajadores cubiertos por dichos contratos. 
El cumplimiento de dicha obligación internacional, debe satisfacerse con una regulación adecuada en la Ley Federal del Trabajo, a fin de que las revisiones de contratos colectivos de trabajo no sean demoradas y tortuosas, conciliándose el T-MEC, con la debida agilidad de las negociaciones laborales. 
Ello podría ser logrado, facilitando que previamente a la negociación, los trabajadores con su voto personal, libre y secreto, autoricen a las comisiones revisoras y a los dirigentes sindicales para que negocien y pacten en su nombre. 
El Gobierno Federal que iniciará funciones a partir del 1 de diciembre, a través de las personas que han sido nominadas por el Presidente Electo para hacerse cargo de las dependencias responsables de la política laboral, deben conducir una negociación exhaustiva con las organizaciones de trabajadores y patrones, para lograr que la iniciativa de ley que se presente al Congreso de la Unión, cuente con el respaldo de los factores de la producción. 
Del mismo modo, y ante este momento de trascendentes reformas, COPARMEX hace un llamado a los legisladores federales, a discutir de forma amplia, pública y con todas las fuerzas políticas la reforma laboral, considerando la relevancia de las implicaciones en la planta productiva. 
Lo que está en juego es la certidumbre y la competitividad laboral de México, y con ello, la posibilidad de que el País pueda generar los empleos que necesita su población, para acceder a niveles crecientes de bienestar. 
Muchas gracias, 

https://coparmex.org.mx/downloads/senalcoparmex/133/SC_133_Reforma_Laboral_20181120.pdf

Antes de aprobar leyes, se debe consultar a involucrados: Coparmex

Alejandro Alegría | martes, 20 nov 2018 09:32
coparmex.jpeg-1161.html.jpg
Francisco López Díaz, Lorenzo Rafael Hernández, Gustavo de Hoyos, Gerardo Trejo y Jesús Padilla durante la conferencia de prensa de la Coparmex. Foto Jesús Villaseca
Ciudad de México. En la antesala de las reformas en materia laboral, la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) pidió a la nueva administración que sean consultados todos los actores involucrados antes de aprobar cualquier legislación, pues está en juego la certidumbre y competitividad del país.
Gustavo de Hoyos Walther, líder del sindicato patronal, indicó en su mensaje semanal que las modificaciones a los artículos 107 y 123 de la Constitución, que se suman a la ratificación del Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el cual permite el derecho de sindicación y negociación colectiva, así como los cambios que tendrán que hacerse a la Ley Federal del Trabajo derivado del Capítulo 23 Laboral del Tratado México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), “tendrán un impacto equiparable a lo que en su momento tuvo la expedición de la primer Ley Federal del Trabajo”.
Ante la relevancia para el sector productivo, la Coparmex exigió que de hacer cambios en la legislación laboral se consulte ampliamente a los actores que participan, especialmente al empresariado.
Solo así “se podrán generar adecuaciones legales que permitan modernizar la legislación laboral, y con ello, incentivar la inversión, la creación de más puestos de trabajo, y reducir la informalidad que ha afectado el crecimiento económico del país”, dijo.
Resaltó que es importante que el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, que sustituirá a la Secretaría del Trabajo y a las Juntas de Conciliación y Arbitraje, no dependa del Poder Ejecutivo y sea autónomo porque se encargará de la conciliación de asuntos individuales y colectivos en materia federal, así como del registro de todos los contratos colectivos de trabajo y de las organizaciones sindicales.
Agregó que la reforma debe contener mecanismos que eviten el emplazamiento a huelga por extorsión. “La Ley Federal del Trabajo debe ser explícita y contundente en la exigencia de que los sindicatos prueben su representatividad”.
Destacó que la nueva legislación debe impedir paros, bloqueos y amenazas que impidan la realización de las actividades de los patrones y de sus trabajadores, proveedores o clientes.
“Acorde a la evolución mundial, deben abandonarse modelos de huelga de principios del Siglo XX, para que las huelgas ya no sean invasivas y que las impulsen la mayoría de los trabajadores y no un grupo minoritario”, sostuvo.
También pidió que se sancione a organizaciones sindicales que realicen actos ilícitos que perjudiquen a los trabajadores, tales como participar en esquemas de evasión de contribuciones fiscales o incumplimiento de obligaciones patronales.
Por otra parte, pidió que las modificaciones a la legislación en materia de derecho de sindicación y de negociación colectiva debe crear un mecanismo que impida la “atomización”, es decir, la existencia de multiplicidad de sindicatos en una misma empresa, que dificulten revisiones de contratos colectivos, pues es difícil negociar con varios y se debilita la vida sindical.
Respecto al de Anexo 23-A del Capítulo Laboral del T-MEC, México se comprometió que en las futuras revisiones salariales y de condiciones laborales, todos los respectivos contratos colectivos existentes incluyan apoyo mayoritario, a través del ejercicio del voto personal, libre y secreto de los trabajadores cubiertos por dichos contratos.
En ese sentido, comentó que puede lograrse primero al no demorar la revisión de contratos colectivos de trabajo y también, previo a la revisión, los trabajadores voten para autorizar a las comisiones revisoras y a los dirigentes sindicales para que negocien y pacten en su nombre.

http://www.jornada.com.mx/ultimas/2018/11/20/antes-de-aprobar-leyes-se-debe-consultar-a-involucrados-coparmex-1487.html?fbclid=IwAR2-rV8GUUA3-k0PzjFiRLMZTPbZXH61LqVqWJYNhCMVhZvQ3MtvPYz5XJ4

Atomización de sindicatos, riesgo para empresas: Coparmex

Estamos a favor de la libertad sindical pero no de la sobreprotección a líderes sindicales, señaló el presidente del gremio, Gustavo de Hoyos.
Lilia González
21 de noviembre de 2018, 02:03
gustavo-de-hoyos-hs-8.jpg_423392900.jpg
Si los legisladores no regulan los contratos colectivos y el derecho de huelga, como parte de las leyes secundarias de la reforma laboral, una mala interpretación del Convenio 98 provocaría la sobreprotección a líderes sindicales y la “atomización” de sindicatos, con el riesgo del cierre de empresas, advirtió el presidente de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), Gustavo de Hoyos.
“En el derecho de sindicación y de negociación colectiva es imprescindible desarrollar un mecanismo que impida la ‘atomización’, es decir, la existencia de multiplicidad de sindicatos en una misma empresa, que dificulten revisiones de contratos colectivos y eventualmente conduzca a la parálisis”, sentenció el líder patronal. “Tenemos la certeza de que sólo mediante la adecuada participación de las organizaciones representativas de trabajadores y patrones se podrán generar adecuaciones legales”.
Cabe recordar que los compromisos relacionados con la libertad sindical y la contratación colectiva en el país adquiridos tras la ratificación del Convenio 98 entran en vigor el 30 de octubre del 2019.
El líder del sector patronal señaló que se ha observado en distintos países latinoamericanos que han ratificado el Convenio 98 de la OIT, que negociar con grupos diferentes al interior de una misma empresa no sólo impacta negativamente la productividad, sino que debilita a los propios sindicatos.
“Estamos en favor de la libertad sindical”, sostuvo De Hoyos, pero regulada, para que no se afecte la relación tripartita. Para el sector patronal, “es fundamental que se evite en la nueva legislación, paros, bloqueos y amenazas que impidan la realización de las actividades de los patrones y de sus trabajadores, proveedores o clientes”.
De Hoyos sostuvo, lo que está en juego es la certidumbre y la competitividad laboral de México, y con ello, la posibilidad de que el país pueda generar los empleos que necesita su población, para acceder a niveles crecientes de bienestar.
La reforma laboral fue aprobada el 24 de febrero del 2017, registrando cambios en los artículos 107 y 124 de la Constitución; sin embargo, la legislación secundaria continúa estancada. Dicha reforma establece la desaparición de las Juntas de Conciliación y Arbitraje y la resolución de las diferencias o los conflictos entre trabajadores y patrones a través de juzgados o tribunales laborales del Poder Judicial de la Federación o de las entidades.
Sindicalismo y outsourcing
Lorenzo Roel, presidente de la Comisión Laboral nacional de Coparmex, precisó que como parte de las reformas secundarias, en esta ocasión se prevé que sólo entre el paquete de sindicalismo, por lo que el tema de la subcontratación quedará pendiente para una segunda ola de iniciativas a legislarse.
Por el momento, en el Congreso se prevé que se presenten las iniciativas a sindicalismo, puesto que en el Anexo 23-A del capítulo laboral del T-MEC, México se comprometió a que en las futuras revisiones salariales y de condiciones laborales, todos los contratos colectivos existentes incluyan apoyo mayoritario, a través del ejercicio del voto personal, libre y secreto de los trabajadores cubiertos por dichos contratos.
“El cumplimiento de dicha obligación internacional debe satisfacerse con una regulación adecuada en la Ley Federal del Trabajo, a fin de que las revisiones de contratos colectivos de trabajo no sean demoradas y tortuosas, conciliándose el T-MEC, con la debida agilidad de las negociaciones laborales”.
Propuestas del sector patronal en materia laboral

  • Evitar atomización con múltiples sindicatos en cada empresa
  • El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, que sustituirá a la Secretaría del Trabajo y a las Juntas de Conciliación y Arbitraje, no debe depender del Poder Ejecutivo y debe ser autónomo
  • Revisión de los contratos colectivos
  • Que la negociación de los contratos colectivos de trabajadores se pueda llevar a cabo de manera ágil en los cuatro años que establece el T-MEC
  • Que existan mecanismos que eviten el emplazamiento a huelga por extorsión
  • La nueva legislación debe impedir paros, bloqueos y amenazas que impidan la realización de las actividades de los patrones y de sus trabajadores, proveedores o clientes
  • Sancionar a organizaciones sindicales que realicen actos ilícitos que perjudiquen a los trabajadores, tales como participar en esquemas de evasión de contribuciones fiscales

Ve consenso en segunda quincena de diciembre
Aumento del mínimo a 102 pesos es viable, reitera Coparmex
El aumento del salario mínimo a 102 pesos diarios es viable para el 2019, porque no afectaría ninguna de las variables macroeconómicas del país, aseguró el presidente de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), Gustavo de Hoyos Walther.
El salario podría pasar de  88.36 a 102 pesos, lo que representaría un aumento de 15.4% a partir del 1 de enero del 2019, a fin de alcanzar la línea de bienestar.
Un mejor nivel salarial no implica mayor inflación, ni aumento en la informalidad, ni desaceleración en el crecimiento del empleo, sino una posibilidad de lograr la línea de bienestar básica, indicó el líder de los patrones en México.
La propuesta ha sido compartida con la próxima Secretaria del Trabajo, María Luisa Alcalde, con el propósito de que en la negociación salarial de fin de año se logre el objetivo mínimo.
“La negociación se alcanza a finales de diciembre, en la segunda quincena o tercera semana y entra en vigor a partir del primer día de enero, pensamos que es muy probable que ocurra de esa manera; si puede ser antes pues mejor, pero creo que es lo más probable”, comentó en conferencia de prensa.
Al ser cuestionado sobre si es viable elevarlo a 173 pesos diarios, esto es al doble, De Hoyos discrepó, porque no existen condiciones para ello.
Comentó: No es que sea malo o imposible el aumento del salario mínimo en esa zona al doble, de hecho hoy nadie trabaja en el norte del país por dos salarios mínimos. “El monto no preocupa, sino abandonar el camino de uniformidad salarial en el que hemos avanzado. Mejor sería que ese aumento fuera un objetivo nacional y no sólo en la frontera”.

lgonzalez@eleconomista.com.mx
https://www.eleconomista.com.mx/empresas/Atomizacion-de-sindicatos-riesgo-para-empresas-Coparmex-20181121-0040.html

 

GOBIERNO ENTRANTE DEBE CONSULTAR ANTES DE PRESENTAR REFORMA LABORAL: COPARMEX

coparmexreformalaboralnuevogobierno-2271327.jpg
20 de Noviembre del 2018 Roberto Domínguez TV Azteca
Coparmex presento una lista con 5 puntos concretos.
Ciudad de México.- La Confederación Patronal de la República Mexicana pide al gobierno entrante que antes de presentar una Reforma Laboral, se consulte a todos los involucrados, sobre todo al empresariado, porque está en juego la certidumbre y competitividad del país.
Gustavo de Hoyos Walther presidente del organismo señaló que las exigencias concretas son cinco: 
1. Piden gradualidad en la implementación de los nuevos modelos de justicia laboral, es decir que el traspaso de las juntas de conciliación y arbitraje a los juzgados en la materia deben de llevarse a cabo de manera ordenada.
2. Que el Órgano de Gobierno del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral preserve su carácter tripartita, es decir la representación de trabajadores, patrones y estado.
3. Que la revisión de los contratos se realicen a través de mecanismos ágiles y electrónicos.
4. Evitar la atomización de la representación sindical, es decir, que no existan múltiples sindicatos en una sola empresa.

http://www.aztecanoticias.com.mx/gobierno-entrante-debe-consultar-antes-de-presentar-reforma-laboral-coparmex/3304596

 

Reforma a Ley del Trabajo debe incluir perspectiva de todos los sectores 

NOTIMEX 20.11.2018 – 13:31H L La Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) hizo un llamado al próximo gobierno y legisladores a discutir amplia, pública y con todos los actores la reforma laboral, así como con el sector empresarial, por sus implicaciones en la planta productiva. En un comunicado advirtió que lo que está en juego es la certidumbre y la competitividad laboral de México, y con ello, la posibilidad de que el país pueda generar los empleos que necesita su población, para acceder a niveles crecientes de bienestar. En este sentido explicó que el gobierno que iniciará funciones debe conducir una negociación exhaustiva con las organizaciones de trabajadores y patrones, para lograr que la iniciativa de ley que se presente al Congreso de la Unión tenga el respaldo de los factores de la producción. Expuso que las reformas, que incluyen legislar las modificaciones al artículo 107 y 123 constitucional en materia de Justicia Laboral, acompañar la ratificación del Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), tendrán un impacto equiparable al que tuvo la primera Ley Federal del Trabajo. Agregó que con una adecuada participación de organizaciones representativas de trabajadores y patrones se podrán hacer adecuaciones legales para modernizar la legislación laboral, incentivar la inversión, la creación fuentes de empleo, y reducir la informalidad que afecta el crecimiento económico del país. Detalló que en materia de justicia laboral, es importante que el diseño institucional del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, que sustituirá a la Secretaría del Trabajo y a las Juntas de Conciliación y Arbitraje en materias de alta relevancia, sea autónomo. Apuntó que responsables de estas tareas no deben depender directamente del Poder Ejecutivo, y por el contrario, deben de responder a un órgano consultivo con la participación de las organizaciones sindicales y de empleadores. Además de que con la nueva legislación se eviten, paros, bloqueos y amenazas que impidan la realización de las actividades de los patrones y de sus trabajadores, proveedores o clientes. Y que las revisiones contractuales colectivas las titule quien tenga la mayoría de la representación de los trabajadores al servicio del patrón, de forma simplificada y con requisitos menos onerosos. En el caso de procesos laborales individuales, destacó que es indispensable contar con un nuevo procedimiento, cuya conciliación previa sea eficaz para disminuir los juicios laborales, garantizando que éstos sean justos, equitativos y transparentes. Subrayó que en materia de derecho de sindicación y de negociación colectiva, es imprescindible desarrollar en la ley, un mecanismo que impida la existencia de multiplicidad de sindicatos en una misma empresa, que dificulten revisiones de contratos colectivos y eventualmente conduzca a la parálisis. Indicó que en el Anexo 23-A del Capítulo Laboral del T-MEC, México se comprometió que en las futuras revisiones salariales y de condiciones laborales, todos los contratos colectivos existentes incluyan apoyo mayoritario, a través del ejercicio del voto personal, libre y secreto de los trabajadores. Ello podría ser logrado, facilitando que previamente a la negociación, los trabajadores con su voto personal, libre y secreto, autoricen a las comisiones revisoras y a los dirigentes sindicales para que negocien y pacten en su nombre.

Ver más en: https://www.20minutos.com.mx/noticia/446917/0/reforma-a-ley-del-trabajo-debe-incluir-perspectiva-de-todos-los-sectores/#xtor=AD-1&xts=513356

 

Coparmex llamó al próximo gobierno escuchar al sector empresarial

  • La Prensa martes 20 de noviembre de 2018 en 

Por: Genoveva Ortiz / GB
Ciudad de México.- Empresarios de Coparmex exigieron al gobierno entrante y al poder legislativo que cualquier modificación al marco legal en materia laboral sea ampliamente consultada, con todos los actores, especialmente, con el sector sindical y empresarial.
Gustavo de Hoyos Walter, presidente de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) consideró que las reformas laborales que vienen tendrán un impacto equiparable a lo que en su momento tuvo la expedición de la primer Ley Federal del Trabajo, de ahí la importancia de que sean consensadas con todos los actores involucrados.
Al señalar que las empresas están listas para cubrir el aguinaldo este fin año y esta prestación “sagrada para los trabajadores” está garantizada, Gustavo de Hoyos estimó que el aumento salarial en la revisión programada para diciembre alcance la línea de bienestar y se fije en 102 pesos diarios.
Sobre el paquete de reformas laborales que vienen, el líder de Coparmex explicó que en estas se incluyen las modificaciones hechas al artículo 107 y 123 constitucional en materia de Justicia Laboral, acompañar la ratificación del Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre el derecho de sindicalización y negociación colectiva, así como modificación de la Ley Federal del Trabajo derivado del Capítulo 23 Laboral del Tratado México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).
Manifestó que, solo mediante la adecuada participación de las organizaciones representativas de trabajadores y patrones, se podrá generar adecuaciones legales que permitan modernizar la legislación laboral, y con ello, incentivar la inversión, la creación de más puestos de trabajo, y reducir la informalidad que ha afectado el crecimiento económico del País.
De Hoyos Walter destacó que es imprescindible revisar la legislación en materia de justicia laboral, derecho de sindicación y derecho de negociación colectiva.
En materia de justicia laboral, indicó que la Coparmex considera de particular importancia el diseño institucional del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, que sustituirá a la Secretaría del Trabajo y a las Juntas de Conciliación y Arbitraje en materias de alta relevancia y que debe de ser sea autónomo.
La autonomía es crítica pues este organismo se encargará de la conciliación de asuntos individuales y colectivos en materia federal, así como del registro de todos los contratos colectivos de trabajo y de las organizaciones sindicales.
Los responsables de estas tareas no deben depender directamente del Poder Ejecutivo, y por el contrario deben de responder a un órgano consultivo con la participación de las organizaciones sindicales y de empleadores.
Asimismo, la reforma debe contener mecanismos que eviten el emplazamiento a huelga por extorsión, un aspecto que afecta fuertemente la capacidad del sector productivo para generar fuentes de empleo. Para ello, la Ley Federal del Trabajo debe ser explícita y contundente en la exigencia de que los sindicatos prueben su representatividad.
Es de gran relevancia encontrar mecanismos para sancionar a organizaciones sindicales que realicen actos ilícitos que perjudiquen a los trabajadores, tales como participar en esquemas de evasión de contribuciones fiscales o incumplimiento de obligaciones patronales.
Es fundamental que se evite en la nueva legislación, paros, bloqueos y amenazas que impidan la realización de las actividades de los patrones y de sus trabajadores, proveedores o clientes.
Acorde a la evolución mundial, deben abandonarse modelos de huelga de principios del Siglo XX, para que las huelgas ya no sean invasivas y que las impulsen la mayoría de los trabajadores y no un grupo minoritario.

https://www.la-prensa.com.mx/mexico/367247-coparmex-llamo-al-proximo-gobierno-escuchar-al-sector-empresarial

 

Empresarios piden a AMLO evitar reforma laboral que fortalezca huelgas y paros

ECONOMÍAHOY.MX – 11:48 – 20/11/2018

  • Piden abandonar modelos de huelga de principios del Siglo XX 

Jornaleros.jpg
(Foto: Reuters)
La Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) pidió al próximo gobierno que cualquier adecuación a la legislación laboral evite paros, bloqueos y amenazas que impidan la realización de las actividades de los patrones, trabajadores, proveedores o clientes.
«Deben abandonarse modelos de huelga de principios del Siglo XX, para que las huelgas ya no sean invasivas y que las impulsen la mayoría de los trabajadores y no un grupo minoritario», instó la cúpula empresarial.
A través de un comunicado la cúpula empresarial pidió al nuevo gobierno encabezado por Andrés Manuel López Obrador que cualquier cambio en materia laboral debe ser ampliamente consultado con todos los actores del mundo del trabajo, especialmente el sector empresarial.
También indicó que es importante el diseño institucional del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral que sustituirá a la Secretaría del Trabajo y a las Juntas de Conciliación y Arbitraje en materias de alta relevancia y que debe de ser sea autónomo.
Por lo anterior, Gustavo de Hoyos, presidente de la Coparmex dijo que los responsables no deben depender directamente del Poder Ejecutivo, y en cambio deben de responder a un órgano consultivo con la participación de las organizaciones sindicales y de empleadores.
«La Reforma debe contener mecanismos que eviten el emplazamiento a huelga por extorsión, un aspecto que afecta fuertemente la capacidad del sector productivo para generar fuentes de empleo. Para ello, la Ley Federal del Trabajo debe ser explícita y contundente en la exigencia de que los sindicatos prueben su representatividad», advirtió.
Pidieron implementar mecanismos que sancionen a organizaciones sindicales que realicen actos ilícitos que perjudiquen a los trabajadores, tales como participar en esquemas de evasión de contribuciones fiscales o incumplimiento de obligaciones patronales.
También solicitaron establecer las revisiones contractuales colectivas y que las titule quien tenga la mayoría de la representación de los trabajadores al servicio del patrón, de forma simplificada y con requisitos menos onerosos.
En el caso de procesos laborales individuales, dijeron que es necesario contar con un nuevo procedimiento, cuya conciliación previa sea eficaz para disminuir los juicios laborales, garantizando que éstos sean justos, equitativos y transparentes.
En este ámbito, al eliminarse la reversión de la carga probatoria derivada del ofrecimiento de trabajo, debe de suprimirse definitivamente la obligación de entregar un aviso de rescisión, para que los patrones puedan tener la oportunidad de defenderse, cuando se les impute que han despedido injustificadamente a un trabajador.
Piden impedir «atomización» de sindicatos
En materia de derecho de sindicación y de negociación colectiva, indicaron que es imprescindible desarrollar en la ley, un mecanismo que impida la «atomización», es decir la existencia de multiplicidad de sindicatos en una misma empresa, que dificulten revisiones de contratos colectivos y eventualmente conduzca a la parálisis.
«Evitarla es importante pues, como se ha observado en distintos países latinoamericanos que han ratificado el Convenio 98 de la OIT, negociar con grupos diferentes al interior de una misma empresa, no solo impacta negativamente la productividad, sino que debilita a los propios sindicatos», destacó Gustavo de Hoyos.

https://www.economiahoy.mx/economia-eAm-mexico/noticias/9532479/11/18/Empresarios-piden-a-AMLO-evitar-reforma-laboral-que-fortalezca-huelgas-y-paros.html

 

5 peticiones de la Coparmex para la reforma laboral

La confederación expuso sus preocupaciones e hizo algunas solicitudes en cuanto la reforma laboral.
LETICIA HERNÁNDEZ @ElFinanciero_Mx 20/11/2018Actualización 20/11/2018 – 17:42
9aa42b31881533838975_standard_desktop_medium_retina.jpeg
La Comparmex espera que el salario mínimo aumente a finales de añoFuente: Cuartoscuro
 
La Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) expuso sus principales preocupaciones e hizo cinco peticiones que quieren sean consideradas en la reforma laboral, que actualmente se encuentra estancada en el Senado porque falta la aprobación de leyes secundarias.
Las preocupaciones de la confederación son: «la pulverización sindical en detrimento de la productividad de las empresas y la pérdida del tripartismo».
Mientras que las cinco peticiones que plantean sean consideradas en la reforma laboral a presentarse en el Congreso son:
1.- Una transición ordenada hacia el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, que sustituirá a la Secretaría del Trabajo y a las Juntas de Conciliación y Arbitraje.
2.- Que el órgano de gobierno que resulte de la reforma tenga una representación tripartita: trabajadores, gobierno y patrones.
3.- Revisión de los contratos colectivos.
4.- Evitar atomización con múltiples sindicatos en cada empresa.
5.- Que la negociación de los contratos colectivos de trabajadores se pueda llegar a cabo de manera ágil en los 4 años que establece el T-MEC.
«Se debe desarrollar un mecanismo que impida la generación de múltiples sindicatos para cada empresa y que el órgano de gobierno tenga representación de trabajadores, gobierno y patrones», expuso la Coparmex en un comunicado.
La Reforma Laboral se encuentra estancada. Sin la respectiva ley secundaria y ante la falta de recursos públicos para su implementación, corre el peligro, como la educativa, de ser derogada durante el sexenio actual.
Esta reforma fue aprobada el 24 de febrero del 2017 mediante un Decreto por el que se reformaron los artículos 107 y 124 de la Constitución y en el que contempla un año para la adecuación del marco legal en los 32 estados del país, período que ya transcurrió sin realizar cambios.
La reforma contempla la desaparición de las Juntas de Conciliación y Arbitraje y la resolución de las diferencias o los conflictos entre trabajadores y patrones a través de juzgados o tribunales laborales del Poder Judicial de la Federación o de las entidades federativas que entraría en vigor una vez que el Senado votara las leyes secundarias.
La expectativa de Estados Unidos y Canadá es que México la adopte antes del 1 de enero de 2019.
“La libertad y la democracia sindical no tienen que conducir a la atomización de sindicatos en una empresa. El sindicato con mayoría debe ser el que tenga la titularidad del contrato”, dijo el líder patronal en conferencia de prensa para presentar su planteamiento a la víspera de una reforma laboral en la que piden participar con los legisladores para que el resultado sea benéfico para todas las partes.
“Coparmex exige que cualquier adecuación a la legislación laboral sea ampliamente consultada con todos los actores del mundo del trabajo, especialmente el sector empresarial. Está en juego la certidumbre y la competitividad de México”, advirtió al señalar que para la Coparmex resulta indispensable se revisen los temas de justicia laboral, derecho sindical y la negociación colectiva.
En materia de Justicia Laboral, la Coparmex considera que el diseño institucional del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, que sustituirá a la Secretaría del Trabajo y a las Juntas de Conciliación y Arbitraje debe de ser autónomo.
Asimismo, la reforma debe contener mecanismos que eviten el emplazamiento a huelga por extorsión, encontrar mecanismos para sancionar a organizaciones sindicales que realicen actos ilícitos que perjudiquen a los trabajadores, tales como participar en esquemas de evasión de contribuciones fiscales o incumplimiento de obligaciones patronales.
Es imprescindible desarrollar en la ley un mecanismo que impida la “atomización”, es decir la existencia de multiplicidad de sindicatos en una misma empresa, que dificulten revisiones de contratos colectivos y eventualmente conduzca a la parálisis, señaló Gustavo De Hoyos Walther, presidente del organismo.

http://www.elfinanciero.com.mx/economia/5-peticiones-de-la-coparmex-para-la-reforma-laboral

Ruta de la reforma de la justicia laboral podría iniciar el 8 de noviembre

Una propuesta laboral del cambio

31/10/2018

Manuel Fuentes Muñiz

No puede estar sujeta esta reforma laboral a un acuerdo comercial . 

MANUEL FUENTES

El pasado miércoles 24 de octubre por la noche empezó a circular profusamente un documento que contiene una propuesta de reforma laboral elaborada por académicos, sindicalistas, abogados laboralistas, tanto de trabajadores como de patrones, funcionarios de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México, de la fundación Friedrich Ebert, e incluso magistrados del Poder Judicial de la Federación.
El medio del que salió la propuesta fue del llamado «Observatorio Ciudadano de la Reforma Laboral« que conglomera a especialistas en materia laboral para que fuera del conocimiento de los interesados. De manera insólita fue apareciendo este «Borrador»miles de veces en espacios académicos, de organismos patronales y de trabajadores.
Fueron muchas horas de reunión, de discusiones y hasta desencuentros, pero de muchas coincidencias para encontrar caminos para una legislación laboral del cambio.

La propuesta se basa al menos en los siguientes 27 puntos:

1.      Reglamentar la reforma constitucional del artículo 123 Constitucional (muy controvertida aún) del 24 de febrero de 2017.
2.     Establecer un nuevo procedimiento laboral que agilizar la justicia laboral.
3.     Normar los nuevos Tribunales Laborales, que sustituirán a las Juntas de Conciliación y Arbitraje, los cuales se propone entren en funcionamiento en 3 años a partir de su entrada en vigor (Artículo Transitorio Quinto).
4.     Evitar que un nuevo procedimiento laboral cancele el carácter tutelar de la justicia laboral.
5.     Sancionar mecanismos fraudulentos, como la firma de hojas en blanco para imponer renuncias del trabajador a sus derechos (Artículo 48 bis fracción I incisos b), c) y d)).
6.     Los convenios celebrados entre trabajador y patrón serán susceptibles de reclamar su nulidad sin conviene renuncia de derechos (Artículo 33).
7.      Establecer los mecanismos de funcionamiento del nuevo Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFRL) o los Centros de Conciliación locales que se prevé operen en 3 años a partir de la entrada en vigor de las reformas laborales (Artículo Transitorio Quinto).
8.     Imponer mecanismos para terminar con los contratos colectivos de protección que representan grandes negocios para empresas y abogados patronales en perjuicio del trabajador (Artículo 386 bis, 387, 897, 897 A a G).
9.     Intervención obligatoria de los trabajadores en la negociación colectiva y en la libertad sindical mediante el voto personal, libre y secreto (Artículo 386 bis).
10. Dar una participación determinante a los trabajadores en la revisión de los contratos colectivos en materia salarial y condiciones de trabajo (Artículo 386 bis).
11.   Fortalecer los mecanismos de voto seguro, personal, libre y secreto para los conflictos intersindicales, elección de dirigentes y para la solicitud de un Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) inicial (Artículo 371 fracción IX inciso c)).
12.  Hacer efectiva la transparencia en materia sindical y de contratación colectiva (365 bis, 391 bis, 424 bis).
13.  Sancionar las omisiones de las dirigencias sindicales de informar periódicamente de su patrimonio sindical (Artículo 358, 373).
14. La entrega personalizada a cada trabajador de la administración del patrimonio sindical (Artículo 373).
15.  Facultar a la Autoridad Registral para atender las quejas de los trabajadoresrelacionadas con la elección de la directiva sindical y con la administración del patrimonio sindical (Artículo 371 bis, 373).
16. La prescripción se interrumpe al promover en la instancia conciliatoria hasta por 45 días naturales (Artículo 521, 684 D).
17.  Faculta al Tribunal Laboral para que requiera al patrón de abstenerse a dar de baja a la trabajadora embarazada (Artículo 857 fracción III).
18. Si las trabajadoras embarazadas son víctimas de discriminación por esa razón, no es obligatorio agotar la instancia conciliatoria para iniciar un juicio (Artículo 685 Ter).
19. La negativa al despido y el ofrecimiento del empleo hecho al trabajador, no exime al patrón de probar su dicho (Artículo 784).
20. Las pruebas deben ser acompañadas al escrito inicial de demanda y en su contestación (Artículo 872 A fracción VI B III, 873-A).
21.  Se contemplan las notificaciones por vía electrónica para la Autoridad Conciliatoria y para los Tribunales Laborales (Artículo 739, 871).
22. Se contemplan sanciones a las partes, abogados, litigantes, representantes o testigos y a los servidores públicos que simulen actos jurídicos o retrasen los juicios (Artículo 48 bis).
23. Reconoce la formación de Sindicatos de una o varias ramas de actividades o cadena productiva a nivel estatal o nacional, en el entendido que el ámbito o radio de acción lo deciden libremente los trabajadores (Artículo 360).
24.Se incorporan obligaciones en los Estatutos para el procedimiento de la elección de la directiva sindical y secciones sindicales (Artículo 371 fracción IX).
25. Se crea la figura de Constancia de Representatividad otorgada por la Autoridad Registral como condición para ejercer la huelga en los Contratos Colectivos de Trabajo iniciales (Artículo 387).
26.En los juicios de beneficiarios se omite la investigación de dependencia económica (Artículo 501).
27. Los sindicatos titulares de los CCT tendrán un plazo de 4 años para demostrar ante la Autoridad Registral que cumplen con el principio de representatividad y cuentan con el apoyo mayoritario de los trabajadores sindicalizados, mediante voto personal, libre y secreto (Transitorio Décimo Primero).

Quedan fuera algunos temas, como:

· El de la subcontratación, que algunos proponemos debe prohibirse de manera tajante en la legislación laboral, por ser una de las razones que anulan el ejercicio de la libertad sindical y la contratación colectiva e incrementa la pobreza obrera.
· Una reforma de la reforma del artículo 123 Constitucional del 24 de febrero de 2017, para evitar la separación a la Conciliación de los Tribunales Laborales por complicar la eficacia de la justicia laboral en perjuicio del trabajador.
· Incluir la perspectiva de género para lograr una verdadera equidad y democracia en las relaciones laborales y sindicales.
· Lograr una justicia con mayor enfoque al procedimiento digital consiguiendo así que sea más económica, sin quitarle el carácter tutelar en favor del trabajador ya que la propuesta formulada por integrantes del Poder Judicial requiere de cuantiosos recursos económicos para su implementación, que la hace inviable en el corto plazo.
· La oportunidad para que el actor modifique, aclare o enderece su demanda antes de establecer la controversia.
· Lograr que el ejercicio del derecho de huelga sea determinado en todos los casos por los trabajadores y no por los líderes sindicales.

Una reforma laboral que no se apruebe a las prisas

Algunos consideramos que sería un error del Poder Legislativo mexicano aprobar una reforma laboral a las prisas. Por su importancia, ésta debe discutirse de manera más amplia y no sólo por unos cuantos. Deben realizarse foros y mesas de trabajo para escuchar propuestas en todo el país, teniendo como eje central una legislación de carácter social con el objetivo principal de proteger al obrero y sin perder el equilibrio con el sector patronal.
No puede estar sujeta esta reforma laboral a un acuerdo comercial como el T-MEC, o el USMCA (por sus siglas en inglés) por carecer de validez al no haber sido ratificado por los poderes legislativos de los tres países. La fecha límite del 1º de enero de 2019tiene que ser aplazada al menos un año más y para ello se requiere que el gobierno entrante haga lo necesario para renegociar un plazo más razonable.
El senador republicano Mitch McConnell ya adelantó que el acuerdo comercial se analizará por los congresistas estadounidenses hasta el año próximo (en 2019) por lo que el Congreso mexicano no puede apresurar el paso a una reforma laboral, que en su esencia entraría en vigor en 3 años con los Tribunales Laborales del Poder Judicial de las Entidades Federativas, el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral y los Centros de Conciliación locales, siempre que haya presupuesto.
A la propuesta de reforma laboral le hace falta un estudio contable de su costo, no sólo de los inmuebles a ocupar, sino lo que significará la capacitación y formación de funcionarios, que requiere años, para instaurar la tan esperada reforma laboral.
En el proceso de reforma se requiere que la Cámara de Diputados incremente al menos en un 50% más el presupuesto de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje que vive una de sus mayores crisis y apoye en las 32 entidades de la República un incremento presupuestal similar a las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje, para que tengan un bien morir en el corto plazo.
En este proceso de reformas estamos en el dilema que todo cambie para seguir igual o peor, o lograr una autentica reforma que modernice la justicia laboral y democratice las relaciones laborales. Son los mayores retos a vencer.

Los caciques sindicales caminan felices por la vida
@Manuel_FuentesM | @OpinionLSR | @lasillarota
https://lasillarota.com/opinion/columnas/una-propuesta-laboral-del-cambio/255023?fbclid=IwAR1H3TOujhbT4188Ke2fd17TLA-UCysPBDMYo_JG5T8q9deABTMax0BvTLk

El instituto de conciliación, a modo para líderes sindicales y patrones: informe


Foto Víctor Camacho
Se sienta así un precedente con el tema del desequilibro con los factores de producción y una jurisprudencia en la Suprema Corte de justicia de la Nación
Según el Observatorio de la Reforma Laboral, se simularon modificaciones
De acuerdo con el Observatorio de la Reforma Laboral, el proyecto de sustitución de las juntas locales de conciliación beneficia al sector patronal “más duro”, por lo que trabajadores estarían con desventaja
Patricia Muñoz Ríos
Periódico La Jornada
Lunes 26 de marzo de 2018, p. 15
Para buscar la aprobación de las iniciativas de reforma en materia de justicia laboral “se simularon modificaciones y búsqueda de consensos”; sin embargo, el borrador de las mismas evidencia que el instituto nacional de conciliación que sustituirá a las juntas “quedará en manos de líderes sindicales y patrones”; además, será imposible para los trabajadores cambiar de sindicato, no se obliga al voto secreto ni presenta mecanismos para la oralidad de los juicios.
La única modificación que se hizo a estas iniciativas es quitarle la liberalización del outsourcing, pero en todas sus cláusulas responde a las exigencias del sector patronal “más duro”, revela un informe del Observatorio de la Reforma Laboral y la copia del último borrador del documento.
Una reproducción del proyecto de dictamen de las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos del Senado, señala que además de las iniciativas presentadas por Tereso Medina e Isaías González, ambos del PRI, Luis Sánchez Jiménez (PRD) entregó otra para modificar la Ley de Amparo para temas laborales; María del Pilar Ortega (PAN) incluso puso a consideración otro proyecto de decreto de la Ley del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral y para que se deroguen disposiciones de la Ley del Seguro Social y del Infonavit.
Todo eso, a decir del observatorio, “conforma una pinza para cambiar toda la normatividad laboral” a favor de los empresarios, acabar con derechos consagrados y dejar en manos de éstos y de líderes corporativos la justicia laboral.
Es una mentira que las autoridades laborales hayan querido consensuar con los sectores; por el contrario, acordaron con otros legisladores la interposición de otros proyectos de ley para endurecer más aún la reforma en materia de justicia laboral, indicó.
En los artículos 387, 390 bis, 1004, 1008 y 1010 se plantea cómo los patrones y los líderes de sindicatos corporativos van a formar parte del Centro Nacional de Conciliación, es decir, decidirán quiénes “cumplen con los requisitos” para, por ejemplo, conformar nuevos sindicatos o exigir por firma de contratos colectivos. Serán juez y parte y convertirán al organismo en un “frankestein laboral”.
El documento impone condiciones para emplazar a huelga por cambio de sindicato o contrato colectivo, lo que a su vez blinda los contratos de protección, hace imposible que trabajadores que no tienen gremio se puedan sindicalizar o que quieran quitar un sindicato charro, por ejemplo. En cambio, el voto secreto para todos los procesos, como lo exigía el sector laboral, se ignora y no se hace obligatorio.
Además, según la iniciativa presentada por el senador Luis Sánchez Jiménez, del Grupo Parlamentario del PRD, se pretende hacer cambios a la Ley de Amparo “adecuando la reforma al artículo 107 Constitucional a su ley reglamentaria y a la Ley Federal del Trabajo”. A eso se suma la iniciativa de María del Pilar Ortega, que plantea el proyecto de derecho para la Ley del Centro Federal y modificar la Ley del Seguro Social además de la del Infonavit.

http://www.jornada.unam.mx/2018/03/26/politica/015n1pol