
Arturo Alcalde Justiniani
El trabajo legislativo que se realiza en el Senado, para modificar la Ley Federal del Trabajo y, de esta manera, reglamentar la reforma constitucional de hace un año, enfrenta una serie de obstáculos y riesgos que se verán incrementados si el gobierno pretende acelerar su aprobación sin consenso y debida instrumentación. La clave para superar estos escollos está en ser congruente con la Constitución y no caer en el juego de aquellos intereses que impulsan una regresión, pretendiendo volver a un sistema de justicia ineficiente y parcial y a una contratación colectiva en manos del patrón, teniendo como entorno la corrupción y la simulación.
Actualmente, por lo menos son cinco los factores que condicionan la reforma. El primero, es el conflicto político que el gobierno federal ha trazado contra el PAN, lo cual rompe temporalmente con la alianza que en estos temas mantenían, respondiendo esencialmente a las peticiones empresariales.
Un segundo elemento se relaciona con el contenido de la iniciativa de ley presentada el siete de diciembre pasado por dos senadores priístas, elaborada por encargo del gobierno federal, aunque procesada en la sede de un despacho empresarial, que según se ha demostrado, se fue hasta la cocina en sus pretensiones. Esta iniciativa ha recibido desde su presentación el rechazo de todos los sectores, porque no sólo excede y contradice el mandato constitucional, sino que es altamente lesiva para todos y totalmente impracticable.
La tercera cuestión se ubica al interior del Senado. Hace días, el presidente de la Comisión de Trabajo decidió migrar del PRI a Morena, trastocando con ello los planes del gobierno. Atendiendo a la palabra comprometida del líder del Senado, cualquier cambio en esta Comisión, debe operarse en conjunto con otras comisiones, lo cual seguramente llevará su tiempo.
El cuarto factor tiene una vinculación internacional. Al firmarse el Acuerdo de Asociación Transpacífico, el gobierno mexicano se comprometió a regirse por jueces laborales independientes, respetando los principios de la Organización Internacional del Trabajo. La iniciativa reglamentaria de origen priísta que hoy se discute, va en sentido contrario, pues invade las funciones del poder judicial por conducto de un órgano administrativo tripartito que impone requisitos para el ejercicio de derechos colectivos imposibles de cumplir por un gremio auténtico, omitiendo el voto secreto para acceder a la contratación colectiva. También nos encontramos en medio de la renegociación del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), que se ha visto acompañada de una vigorosa presencia de gremios, organismos no gubernamentales y legisladores de los tres países participantes que consideran, con razón, que el modelo laboral autoritario y corrupto que pretende reeditarse en México, por medio de la Iniciativa priísta, daña los principios y derechos acordados para las tres naciones.
El quinto factor que condiciona el trabajo legislativo preocupa al gobierno federal más que los otros; consiste en que una reforma laboral regresiva, aprobada en estos momentos, sería el tiro de gracia para su candidato presidencial, José Antonio Meade. Si bien Enrique Peña Nieto tiene cifradas sus esperanzas en la compra del voto, la manipulación de las instituciones y el aprovechamiento de la infame pobreza de los municipios más olvidados, una movilización laboral en su contra puede ser letal, porque desataría otros agravios, incluso en las filas de los gremios laborales controlados. A esto se añade el hecho de que en estos meses se ha articulado una amplia red de oposición al proyecto gubernamental.
Frente a este panorama, el gobierno tiene la opción de seguir por el camino de la imposición y aprobación de la iniciativa repudiada o escuchar a quienes en congruencia con la Constitución y con las necesidades del país plantean un camino diferente. Para ello, sería necesario, en primer lugar, no incluir en los cambios a la ley laboral temas ajenos a la reforma constitucional, como facilitar el despido injustificado y afectar la estabilidad laboral por medio de la contratación temporal sin contrapesos. Segundo, respetar la función de los jueces laborales para que apliquen la ley sin la invasión del Centro Nacional de Conciliación y Registro Laboral.
Nada tiene que ver este órgano administrativo en los conflictos intergremiales o de titularidad de contratos y nada hay que conciliar cuando un sindicato afirma ante el juez que representa a la mayoría de los trabajadores, ya que sólo el voto de ellos podrá dilucidar esta controversia y no una negociación únicamente explicable por un acto de corrupción.
Tercero, ser congruente con la Carta Magna y, por tanto, rescatar el gigantesco valor de una negociación colectiva decente y responsable, lo cual implica que los trabajadores tengan facultad de decisión y textualmente señalar la condición del voto personal, libre y secreto, admitiendo también la opción de la huelga como un derecho humano reconocido en el mundo, que no debe ser obstaculizado mediante requisitos insalvables ni órganos administrativos ajenos a la función jurisdiccional.
Cuarto, establecer un procedimiento ordinario con base en las mejores prácticas del método oral para que un juicio no dure más de cuatro meses, cuente con la cercanía del juzgador y se construya sobre la veracidad en las declaraciones y reclamos.
El dilema del gobierno es atender a los principios constitucionales y necesidades del país o seguir siendo aliado a los intereses de siempre. Veamos en los próximos días por dónde decide transitar.
http://www.jornada.unam.mx/2018/03/17/opinion/015a2pol
Etiqueta: conciliación
Querétaro: Aguilera Rico presentó proyecto de reforma laboral al Clúster Aeronáutico

16 marzo, 2018
El secretario del Trabajo reiteró que el objetivo de dicho Centro es ofrecer el servicio público de conciliación laboral en asuntos individuales y colectivos. / Foto: Especial
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El secretario del trabajo presentó al clúster aeronáutico los avances que existen en la materia
Redacción
El encargado de la política laboral en el estado indicó que producto de la reforma laboral se contempla la desaparición de las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje (JLCA), organismos que serán sustituidos por juzgados laborales dependientes del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), cuyo sistema se verá complementado con la creación del Centro de Conciliación Laboral del estado de Querétaro.
Explicó que el Centro de Conciliación Laboral del Estado de Querétaro, el cual dependerá de la Secretaría del Trabajo, contará con personalidad jurídica y patrimonio propio; asimismo contará con plena autonomía técnica, operativa, presupuestaria, de decisión y de gestión.
Asimismo, indicó que se regirá por los principios de certeza, independencia, legalidad, imparcialidad, confiabilidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia y publicidad.
El secretario del Trabajo subrayó que el objetivo del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Querétaro es ofrecer el servicio público de conciliación laboral en asuntos individuales y colectivos a fin de mantener el equilibrio entre los factores de la producción y mantener la paz laboral.
http://amqueretaro.com/queretaro/2018/03/16/aguilera-rico-presento-proyecto-reforma-laboral-al-cluster-aeronautico
Hidalgo: Busca STPSH reducir 30% rezago en conflictos laborales

Por Redacción –
15 marzo, 2018
Dicho programa está dirigido a trabajadores, extrabajadores, así como patrones que enfrentan un proceso o juicio en trámite ante la junta local de conciliación y arbitraje
Con la Jornada Permanente de Conciliación,se busca desahogar casos que están en trámite desde 2005
Pachuca.-
Reducir en un 30 por ciento el número de expedientes en trámite sobre conflictos entre patrones y trabajadores a través de la conciliación, es el objetivo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de Hidalgo (STPSH) con la Jornada Permanente de Conciliación, la cual fue presentada por su titular, María Eguiluz Tapia.
La estrategia, mediante la cual se busca desahogar casos que están en trámite desde 2005, ofrece la posibilidad de conciliar en cualquier etapa del proceso, cuando anteriormente solo se podía lograr al inicio.
Dicho programa está dirigido a trabajadores, extrabajadores, así como patrones que enfrentan un proceso o juicio en trámite ante la junta local de conciliación y arbitraje, al brindarles la certeza de concluir un procedimiento jurídico en el menor tiempo posible sin vulnerar los derechos de los trabajadores ni afectar los intereses de los patrones.
La visión del gobernador Omar Fayad, al autorizar la operación de más personal en la junta local de conciliación y arbitraje, favorece la atención de un mayor número de conciliaciones, además que dicho personal contará con la capacitación adecuada para facilitar la solución de los conflictos entre las partes involucradas.
La secretaria del Trabajo destacó que tan solo en febrero, la junta local de conciliación y arbitraje logró una efectividad en la resolución de controversias del 42 por ciento, beneficiando a patrones y trabajadores al reducir no solo el tiempo sino el costo del procedimiento que tenían iniciado.
“Son muchos los beneficios que se desprenden de llegar a un arreglo amistoso; mediante la conciliación existe un ahorro económico procesal evidente, tanto de recursos como de tiempo, y esto para la parte trabajadora como para los empleadores, es un atractivo a la hora de buscar y recibir justicia laboral”, apuntó.
Explicó que los juicios que actualmente se encuentran en trámite y que datan de 2005 a la fecha, suman 5 mil 242 casos, de los cuales se prevé que por lo menos 30 por ciento de los mismos puedan resolverse gracias a la Jornada Permanente de Conciliación, lo que abonará a dar fin al rezago que tenía la dependencia y que empezó a desahogarse desde el inicio de la actual administración.
Sin embargo, es importante puntualizar que en 2016 y 2017 se logró conciliar mil 821 juicios y en convenios fuera de juicio se suscribieron 7 mil 557 acuerdos que evitaron igual número de demandas, entregándose en beneficio de las y los trabajadores la cantidad de 344 millones 471 mil 848 pesos durante dicho periodo.
En ese acto se contó con la presencia de representantes empresariales y de organizaciones de trabajadores, quienes reconocieron en este proyecto una oportunidad de obtener justicia laboral pronta y expedita, lo que favorece al clima que se busca en la entidad para generar un mayor desarrollo de las empresas y sus trabajadores.
De 2005 a la fecha se encuentran en trámite 5 mil 242 casos; la estrategia ofrece la posibilidad de conciliar en cualquier etapa del proceso, cuando anteriormente solo se podía lograr al inicio
https://www.elindependientedehidalgo.com.mx/busca-stpsh-reducir-30-rezago-en-conflictos-laborales/
Chihuahua: Discutirán reforma sobre justicia laboral
Foto: Benjamín Flores, revista Proceso
Quezada/
El Diario de Juárez | Martes 13 Marzo 2018
Chihuahua— Abogados de todo el país entrarán al análisis y discusión de la reforma que modificará el sistema de impartición de justicia laboral en México, en el marco de la 58 Asamblea Nacional de Derecho del Trabajo y Previsión Social a celebrarse del 25 al 28 de marzo en Ciudad Juárez, informó la secretaria del Trabajo, Ana Luisa Herrera.
Acompañada de Juan Levario, delegado en Chihuahua de la Academia Mexicana del Derecho del Trabajo y Previsión Social y el subdelegado Jorge Orlando Pérez, indicó que se analizará lo relativo a la reforma laboral que modificó constitucionalmente los tribunales laborales y configuró un órgano de conciliación de las controversias laborales.
Recordaron que los tribunales asumirán las labores que ahora tienen las juntas de conciliación y arbitraje, y pasan del poder ejecutivo al judicial la resolución de los conflictos laborales.
Informaron que previo a una demanda laboral, las partes, trabajador y patrón deberán conciliar sus intereses ante la autoridad laboralista, sin presencia de asesor legal, de manera pública, con el objetivo de llegar a un acuerdo previo a una queja formal.
Esto ayudaría a acelerar las resoluciones de los casos laborales, los cuales han crecido año con año, porque si antes se tenían unas tres mil demandas al año, ahora hay hasta seis mil.
Indicaron que es un evento de gran trascendencia para Chihuahua por el momento que vive la política laboral en el país, en un cambio de paradigma y en relación a la reforma que modificará el sistema de impartición de justicia en México.
Señaló que a través de votación de los delegados de la Academia, se seleccionó esta frontera por encima de ciudades como Los Cabos, Acapulco, Cancún, San Luis Potosí y Tampico.
http://diario.mx/Estado/2018-03-12_cd4ff575/discutiran-reforma-sobre-justicia-laboral/
Chihuahua: Analizarán reforma en materia laboral

Juan de Dios Olivas/
El Diario de Juárez | Sábado 10 Marzo 2018 | 00:01:00 hrs
La reforma constitucional en materia laboral aprobada el febrero del 2017 que desaparece los tribunales del trabajo tradicionales y que crea los juzgados laborales así como las iniciativas de leyes secundarias en discusión actualmente en el Senado, serán analizadas en Ciudad Juárez.
Lo anterior durante la LVIII Asamblea de Derecho del Trabajo y la Previsión Social, que se llevará del 25 al 28 de marzo y en la que se espera la asistencia de expertos en la materia de todo el país.
El evento es organizado por la Academia Mexicana de Derecho de Trabajo y Previsión Social y recibirá más de mil laboralistas, litigantes y estudiosos, dio a conocer Ana Luisa Herrera Laso, titular de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS).
“Habrá diversas mesas de trabajo para discutir la implementación legal de la Reforma Laboral, la Reforma Constitucional que fue aprobada el 24 de febrero del año pasado, cuya iniciativa de reforma secundaria aún está en discusión en el Senado¨, expuso.
Cenobio Terrazas Estrada, delegado de la Academia, agregó que se reformó el artículo 123 de La Constitución, la cual es la base de todo el derecho laboral mexicano y cambió la forma de impartición de justicia laboral.
“Es la oportunidad de todos aprendamos de este nuevo procedimiento laboral, de esta nueva forma de impartir justicia laboral”, añadió.
La reforma constitucional transforma el derecho procesal del trabajo ya que la justicia laboral será impartida en lo sucesivo por órganos del Poder Judicial Federal o de los poderes judiciales locales.
También replantea la función conciliatoria, de manera que se propone constituir una instancia prejudicial a la cual los trabajadores y patrones deberán acudir, a fin de privilegiar que los nuevos órganos de impartición de justicia laboral concentren su atención en las tareas propias de su nueva responsabilidad.
En ese sentido, Herrera Laso señaló que Chihuahua ya se encuentra avanzada con la creación de los Centros de Conciliación Laboral.
jdolivas@redaccion.diario.com.mx
http://diario.mx/Local/2018-03-09_7cfcaa4b/analizaran-reforma-en-materia-laboral/
Chihuahua: Expertos a nivel nacional analizarán aquí la reforma laboral

Por: Mayra Selene González | 09 de marzo, 2018 – 12:41 | Juárez |
Ciudad Juárez.- Esta frontera será sede de un foro denominado Asamblea del Trabajo y Previsión Social en el que expertos a nivel nacional analizarán la implementación legal de la reforma laboral, la cual fue aprobada el 24 de febrero de 2017.
Cenobio Terrazas Estrada delegado de la Academia Mexicana del Trabajo y Previsión Social indicó que en el evento estarán presentes los más reconocidos laboralistas del país.
Indicó que el año pasado se reformó el artículo 123 constitucional que es la base de todo el derecho laboral mexicano lo cual implica la desaparición de los tribunales del trabajo que han existido durante 100 años, con la desaparición de la Juntas de Conciliación y Arbitraje se crearán los juzgados laborales una vez que la reforma se implemente y estos se encargarán de resolver cualquier conflicto laboral con un procedimiento diferente.
“Estos cambios nadie los ha vivido, es la oportunidad de que todos aprendamos que esta nueva forma de impartir justicia laboral, entonces todo el mundo en el país debe estar interesado en este evento”, mencionó.
Dijo que en la organización, junto con esta academia participa el gobierno del estado, gobierno municipal, la Universidad Autónoma de Ciudad Juárez, el buró de convenciones, entre otros.
Indicó que estudiantes de toda la República obtendrán conocimientos de los profesionales en este tema y se espera la visita de entre 800 a mil asambleístas.
“Queremos que la reforma que viene sea algo que modifique la forma actual y que represente para los justiciables, tanto trabajadores y patrones una manera ágil, rápida de que un juicio se termine en muy poco tiempo, que se termine la cuestión de largos periodos, que se termine la idea de que no se trabaja, de que hay imparcialidad”, mencionó.
El evento tendrá varias sedes como lo es el edificio administrativo del gobierno del estado ubicado en la avenida Abraham Lincoln y el Centro Cultural Paso del Norte.
http://netnoticias.mx/2018-03-09-3ca624af/expertos-a-nivel-nacional-analizaran-aqui-la-reforma-laboral/
Estado de México: Justicia laboral oportuna, prioridad del GEM

Por Sincronía Diario –
Miércoles 7 de marzo, 2018
Asegura Ignacio Rubí que es prioritario brindar una justicia laboral oportuna, completa e imparcial a los trabajadores
Redacción/Toluca
En los primeros cinco meses de la actual administración, la Secretaría del Trabajo solucionó más de 7 mil conflictos laborales por medio de la conciliación, informó el titular de la dependencia, Ignacio Rubí Salazar, quien aseguró que es prioritario brindar una justicia laboral oportuna, completa e imparcial a los trabajadores en el Estado de México.
Añadió que estos casos se resolvieron por una serie de acciones de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, mediante el programa Conciliación Administrativa, que permitió evitar 7 mil 104 demandas en la entidad, de las cuales 5 mil 461 corresponden a las juntas locales del Valle de Toluca y del Valle Cuautitlán Texcoco.
Rubí Salazar indicó que desde septiembre del año pasado, por instrucciones del gobernador Alfredo Del Mazo, los tribunales reforzaron sus estrategias para fomentar la mediación y la conciliación, al ser herramientas alternas en la solución de conflictos en esta materia.
Dijo que para lograrlo, la Secretaría del Trabajo ha puesto especial interés en propiciar la generación de acuerdos en procesos judiciales con acciones como los “Jueves de conciliación” en el tribunal o los “Maratones de conciliación”, en las juntas locales.
Además, explicó, se cuenta con abogados conciliadores en las diferentes mesas y juntas especiales que integran los tribunales, quienes tienen el propósito de mediar e invitar a los involucrados a alcanzar acuerdos que los beneficien.
El secretario invitó a los trabajadores y patrones mexiquenses a dialogar para alcanzar acuerdos que permitan evitar procesos judiciales, así como a priorizar la conciliación, ya que esta vía permite solucionar problemas en cualquier momento, incluso cuando ya hay una demanda en curso.
https://sincroniadiario.com/estatal/justicia-laboral-oportuna-prioridad-del-gem
Puebla: Congreso incumplió con la aprobación del decreto de creación del Organismo Público Descentralizado

Fotografía: Especial
El presidente de la firma de abogados Litigium, Gonzalo Castillo Pérez, acusó que el Congreso del Estado incumplió con la aprobación del decreto de creación del Organismo Público Descentralizado denominado Centro de Conciliación Laboral del Estado generando una situación de ilegalidad en la materia.
En rueda de prensa, dijo que pese a que los legisladores locales tuvieron un año para sacar adelante los cambios establecidos en la Reforma Laboral y que el gobernador, José Antonio Gali Fayad, presentó la iniciativa correspondiente-a principio del mes de enero-esta se encuentra en la congeladora legislativa.
Señaló que las Juntas Locales de Conciliación Arbitraje (JLCA) debieron desaparecer el pasado 24 de febrero para que en su lugar iniciara operaciones el Centro de Conciliación Laboral del Estado, sin embargo, estas siguen funcionando provocando que la resolución de los conflictos entre trabajador y patrón no sea del todo transparentes.
En este sentido, dijo que las JLCA son manipuladas por un grupo de abogados en las que se resuelven los asuntos con un sesgo o tendencia que está afectando a los trabajadores quienes no pueden obtener una sentencia favorable y deben mantenerse en litigio con sus empresas.
Castillo Pérez urgió a los legisladores locales a que aprueben a la brevedad estos cambios en materia laboral y den cumplimiento al ordenamiento federal para agilizar la resolución de los juicios y puedan obtener laudos apegados a derecho.
http://retodiario.com/noticia/CAPITAL/Congreso-incumplio-con-la-aprobacion-del-decreto-de-creacion-del-Organismo-Publico-Descentralizado/132235.html
Propuesta de reforma laboral con perspectiva de género
Por: Martha Heredia, Secretaria de Igualdad de Género de la UNT
Presentada en el foro “Reforma Laboral para Todos y Todas” , el pasado 28 de febrero de 2018, en la Cámara de Diputados, Ciudad de México
Principios de equidad y género a considerar en la reforma laboral.
Establecer las garantías y mecanismos para la consecución de la Igualdad sustantiva en las contrataciones de trabajo.
Tutelar los derechos reproductivos y la protección de la maternidad de las trabajadoras; ampliar las licencias de paternidad para los trabajadores y establecer derechos y obligaciones del gobierno, empleadores, trabajadoras y trabajadores para hacer compatibles
las responsabilidades familiares y laborales.
Prohibir toda forma de violencia contra las trabajadoras, estableciendo los mecanismos para prevenir y sancionarla.
Implantar medidas especiales o acciones afirmativas que transformen de forma real y pronta las oportunidades para las mujeres.
Acceso e impartición de justicia laboral para las trabajadoras. Establecer procedimientos libres de criterios sexistas e instancias especializadas en discriminación y violencia de género en el ámbito de la justicia.
Los principios rectores que deben integrarse
Para que la ley laboral sea incluyente y democrática debe contener y garantizar la aplicación de aspectos fundamentales como son: el trabajo digno, la no discriminación por razones de sexo y género; la Igualdad Sustantiva, ambientes laborales libres de violencia, acceso a la justicia para las trabajadoras.
Garantizar el trabajo digno con las condiciones y características establecidas para el avance de los derechos de las mujeres que hoy se insertan en la informalidad y precarización laboral.
Los patrones y las autoridades laborales garantizarán la libertad de las trabajadoras a ejercer sus derechos reproductivos en el momento de su elección, sin menoscabo de sus derechos adquiridos.
Prohibición de toda forma de discriminación contra las trabajadoras por lo que será considerada violatoria al principio constitucional de igualdad entre mujeres y hombres.
Aplicación de medidas y sanciones a las empresas que tienen implícita la responsabilidad e incurren en violación al principio de igualdad.
Eliminación de la violencia de género en el ámbito laboral para lo qué hay establecer las pautas legales para tutelar y sancionar el ejercicio de la violencia.
Instrumentación de acciones para hacer efectiva la Igualdad Sustantiva, que se logra eliminando la discriminación y supone el acceso a las mismas oportunidades considerando las diferencias biológicas, sociales y culturales entre mujeres y hombres.
Armonización legislativa con los convenios internacionales
El conjunto de normas que aportan los Convenios Internacionales no han sido consideradas ni aplicadas obligatoriamente como se señala en la Constitución.
Los Convenios como el número 100, respecto a la igualdad en la remuneración y el número 111, relativo a la no discriminación en materia de empleo y ocupación, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Mujeres (CEDAW) y la Convención interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (Convención Belém Do Pará) nos colocan en la obligación de incluir en la legislación los principios de no discriminación e igualdad sustantiva.
La ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres y, la ley General de Acceso de las Mujeres a un vida Libre de Violencia, representan un gran avance para la tutela de nuestros derechos y nos apremia a revisar y proponer modificaciones a Ley Federal de Trabajo, ya que ambas leyes por ser generales son insuficientes para avanzar en materia de Igualdad, no discriminación y en contra de la violencia.
Salud laboral y riesgos de trabajo, el reglamento interior de trabajo y de la inspección del trabajo.
Su reglamentación en la ley laboral son centrales para hacer exigibles los derechos. Se elaborarán propuestas especificas al respecto.
La contratación y las condiciones laborales.
Es necesario incluir el derecho de salario igual a trabajo de igual valor. Se adoptarán sistemas de evaluación de trabajo que faciliten la comparación de valor de los trabajos de distinta índole, en el que actualmente predominan las mujeres con los trabajos en los que actualmente predominan los hombres.
Derecho procesal del trabajo
La resolución de los conflictos laborales deberá desarrollarse sin prejuicios sexistas y mediante los procedimientos apropiados para enfrentar todos los conflictos basados en el sexo y género.
Ratificación de Convenios Internacionales de la OIT y su armonización con la LFT
Ratificación del convenio 156 sobre responsabilidades familiares, 183 protección a la maternidad, 189 sobre trabajo digno para las trabajadoras del hogar. Creación de un Convenio para eliminar la violencia en el lugar de trabajo.
Contrato colectivo de trabajo
El Sindicato que firme un contrato colectivo de trabajo, registre o deposite los contratos colectivos de trabajo, debe contar con la autorización de la base trabajadora a través del voto libre, personal y secreto. Para garantizar los principios de transparencia y legalidad, previo a la firma del contrato colectivo de trabajo, debe publicarse a la base con al menos 30 días de anticipación el anteproyecto, en cumplimiento a la Ley de Transparencia, Acceso de Información y Protección de Datos Personales, a fin de que trabajadoras y trabajadores puedan revisar y ratificarlo, contemplando el enfoque de DDHH y perspectiva de género.
Si el patrón se niega a firmar el contrato colectivo, podrán los trabajadores ejercitar el derecho de huelga consignado en el artículo 450.
Se establecerán procedimientos bilaterales para asegurar en la contratación colectiva la prohibición de discriminación contra las trabajadoras por razón de sexo, género, estado civil, condición de embarazo, grupo étnico, preferencia sexual, condición de salud entre otras.
Las cláusulas de los contratos colectivos que sean contrarias al principio de igualdad de acceso, trato y oportunidades entre trabajadoras y trabajadores y aquellas que por resultado produzcan discriminación contra las trabajadoras forzosamente tendrán que modificarse de acuerdo a los principios establecidos y de no hacerlo se considerarán nulas.
La negociación colectiva es el instrumento por excelencia de regulación de las condiciones de trabajo y de las relaciones laborales y de garantía de los Derechos Fundamentales en el seno de la empresa.
Se establecerán medidas que promocionen la diversidad profesional de las trabajadoras y su acceso a la formación y contratación en ocupaciones y puestos tradicionalmente desempeñados por trabajadores.
Los sistemas para la contratación, el acceso, la promoción y el ascenso serán libres de prejuicios sexistas y garantizarán la eliminación de la discriminación por razones de sexo y género.
La formación y la capacitación para las trabajadoras deberá ser, específica e integral, tener valor profesional, realizarse dentro de la jornada de trabajo y dirigirse a la formación en aquellas especialidades, sectores o profesiones en los que las mujeres se encuentran subrepresentadas.
Se establece la creación de una comisión bilateral y mixta para la construcción de un sistema de equivalencias entre los puestos de trabajo para considerar el trabajo de igual valor. Bajo este sistema se homologarán los puestos, perfiles y categorías.
Se establecerán cláusulas sobre la atención, seguimiento y solución a las quejas presentadas sobre violencia laboral, hostigamiento sexual y hostigamiento moral, que deberán ser atendidas con personal capacitado. Los procedimientos deberán ser confidenciales y de respeto a la vida privada estableciendo las garantías para que no haya represalias.
Adoptar acciones afirmativas encaminadas a eliminar la discriminación directa e indirecta, así como, la violencia por razones de sexo y género.
El contrato colectivo contendrá permisos o licencias por maternidad, por paternidad y por responsabilidades familiares de trabajadoras y trabajadores.
De los Sindicatos
En su declaración de principios estatutarios deberán incluir la no discriminación por razones de sexo y género, la igualdad sustantiva, el principio de no violencia laboral, el acoso y hostigamiento sexual y moral contra las trabajadoras.
Tienen derecho a redactar sus estatutos y reglamentos, elegir con voto libre, personal y secreto a sus representantes. La representación deberá estar conformada por mujeres y hombres en forma proporcional al número de trabajadores y trabajadoras existentes.
En todos los sindicatos, se debe crear la secretaría de igualdad de género.
Integrantes y Organización del OPD
Para la terna de tres candidat@s para dirigir el Organismo Público Descentralizado de Registro de Sindicatos, CCT y Conciliación, se propone se integre al menos una mujer para dirigirlo.
Las personas que ocupen los cargos del OPD deberán tener conocimientos en derechos humanos, en perspectiva de género e igualdad sustantiva, en los instrumentos internacionales, experiencia en resolución de conflictos laborales, conocimientos jurídicos laborales, serán personas comprometidas con la transparencia de la información, acceso a la justicia y la no violencia; de probada honradez, ajenas a los partidos políticos y sindicatos.
Garantizar la paridad en la estructura organizativa de la OPD, buscando la igualdad de condiciones en los puestos de toma de decisiones.
Las personas integrantes del OPD tendrán que realizar una previa capacitación en perspectiva de género e igualdad sustantiva.
Un OPD alejado del tripartismo porque obstaculiza la procuración de justicia, pronta y expedita, especialmente contra las mujeres que enfrentan conflictos por su condición de género.
La Conciliación
El proceso de conciliación debe garantizar: la igualdad de la representatividad de las partes, se aplicará el enfoque de género y no discriminación en cada uno de los casos, fundamentalmente en demandas interpuestas por trabajadoras. No son materia de conciliación del OPD los casos de acoso y hostigamiento sexual.
Justicia Laboral
Los juzgados o tribunales laborales impartirán justicia con transversalidad de género y de derechos humanos, lo que establece el 1º. Constitucional y en específico los convenios internacionales de la OIT, la Convención Belém Do Pará y la CEDAW .
La carga de la prueba corresponde al patrón. Principalmente cuando se trate de casos por maternidad y violencia sexual. Quienes emprendan un juicio, en el caso de la reinstalación, la víctima decidirá libremente los términos de la misma; la reparación económica será un 30% mayor a lo que corresponde; se obliga al empleador ofrezca ayuda psicológica profesional, conjuntamente con el sindicato deberán implementar mecanismos eficientes para erradicar el acoso, hostigamiento y violencia sexual en el centro de trabajo, será obligatorio que la STPS supervise y vigile el cumplimiento.
En el caso de despidos injustificados, se deberá garantizar mediante una fianza del importe correspondiente.
Los juicios laborales serán orales, prontos y expeditos, que no rebase el plazo de 10 meses.
Combatir la impunidad de quienes cometen actos de discriminación y el establecimiento de mecanismos que garanticen el acceso de las víctimas a la justicia laboral.
Te invitamos a leer el documento completo aquí:
Propuesta de reforma laboral con perspectiva de género
Querétaro: Presentan avances en materia laboral del Colegio de Abogados

Los abogados laboralistas se comprometieron a participar de forma activa con la autoridad laboral./Foto: Especial
4 marzo, 2018
José Luis Aguilera se reunió con integrantes del Colegio de Abogados Laboralistas a quienes presentó los avances del Centro de Conciliación Laboral
El Secretario del Trabajo José Luis Aguilera Rico se reunió con integrantes del Colegio de Abogados Laboralistas del Estado de Querétaro, a quienes presentó los avances del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Querétaro, lo anterior derivado de la reforma laboral.
El encargado de la política laboral de la entidad recordó que el 24 de febrero de 2017 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Decreto por el que se declaran reformadas y adicionadas diversas disposiciones de los artículos 107 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Justicia Laboral”, que entre otros puntos contempla la desaparición de las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje, para sustituirlos por juzgados laborales dependientes del Tribunal Superior de Justicia, cuyo sistema se verá complementado con la creación del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Querétaro.
Aguilera Rico, explicó que el Centro de Conciliación Laboral del Estado de Querétaro, el cual dependerá de la Secretaría del Trabajo, contará con personalidad jurídica, patrimonio propio, plena autonomía técnica, operativa, presupuestaria, de decisión y de gestión.
Añadió que dicho centro se regirá por los principios de certeza, independencia, legalidad, imparcialidad, confiabilidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia y publicidad, con miras a salvaguardar y proteger los derechos laborales de las y los trabajadores.
Por su parte, los abogados laboralistas se comprometieron a participar de forma activa con la autoridad laboral a fin de ofrecer el servicio público de conciliación en asuntos individuales y colectivos, y así mantener el equilibrio entre los factores de la producción y mantener la paz laboral que distingue a Querétaro.

