
El convenio internacional que ratificó el Senado lleva al país a tener un comercio más justo, según la directora para México de la OIT.
septiembre 25, 2018
Dainzú Patiño
@DainzuP
CIUDAD DE MÉXICO (Expansión) – México podrá cumplir mejor lo que acordó con Estados Unidos en materia laboral, en la negociación de nueva versión del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), al ratificar el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
En el capítulo laboral, el equipo mexicano se comprometió a adoptar medidas legislativas a favor de la libertad sindical, celebrar contratos colectivos y eliminar la figura de contratos de protección, refiere información de la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR).
Algunas de esas condiciones están en el Convenio 98 de la OIT, ratificado el jueves pasado por el Senado y que entrará en vigor 12 meses después de que el organismo internacional haya corroborado el depósito, explicó en entrevista Gerardina González, directora de la Oficina para México y Cuba de la OIT.
“Muchos tratados comerciales establecen cláusulas laborales, las cuales buscan garantizar entre los países que comercializan que no haya dumping laboral, es decir que no se utilicen condiciones inadecuadas de remuneración o laborales para los trabajadores como ventajas para el comercio ”, dijo González.
Etiqueta: Convenio 98
Justicia laboral en México. Inicio del fin al sindicalismo corporativo

Jesús Cantú (*)
Finalmente el pasado jueves se votó en el Senado la adhesión de México al Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo, que había sido adoptado desde 1949 y que garantiza la libertad de asociación y la libertad sindical de los trabajadores, además de establecer la eliminación de todas formas de trabajo infantil, la discriminación en materia de empleo y ocupación y de cualquier forma de trabajo forzoso u obligatorio.
México fue el último de los países de América Latina y el Caribe en ratificar el convenio, que previamente fue adoptado por 165 países del mundo.
Durante muchos años el convenio estuvo archivado en la Presidencia de la República porque la legislación laboral mexicana incluía desde 1931 la llamada cláusula de exclusión, que permitía a líderes sindicales y patrones separar a un trabajador que se negara a afiliarse al sindicato que detentaba el contrato colectivo de trabajo.
Dicha disposición se encontraba en el artículo 236 de la ley expedida en 1931 y se trasladó al artículo 395 de la Ley Federal del Trabajo promulgada en 1970, con lo cual se mantuvo vigente hasta el 17 de abril de 2001, cuando el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional dicha norma. Sin embargo, fue hasta el 2015 cuando el actual presidente Enrique Peña Nieto envió el convenio para su ratificación al Senado, sin embargo, el dictamen nunca se había elevado al pleno del mismo.
Y fue hasta el 17 de febrero de 2017 que se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que sienta las bases para un nuevo modelo de impartición de justicia laboral y de relaciones obrero-patronales. Otro paso para el desmantelamiento de esta protección se dio en el proyecto de Tratado de Libre Comercio que acordaron México y Estados Unidos hace algunas semanas, pues se incluyó un capítulo especial que garantiza, entre otros, estos mismos derechos laborales.
La cláusula de exclusión era la columna que soportaba al sindicalismo corporativo mexicano, sea aquel que tenía como principal soporte al gobierno federal, llamado el sindicalismo charro, con la Confederación de Trabajadores Mexicanos (CTM) como su más conspicuo representante, pero que se extendía a muchos otros sindicatos que respaldaron al PRI, otrora partido hegemónico.
Pero también era el sostén del llamado sindicalismo blanco, que respaldado por los distintos grupos empresariales mexicanos se convertía en el instrumento que les permitía mantener deprimidos los salarios e imponer sus condiciones a cambio de ciertas prebendas a los líderes sindicales.
La llamada cláusula de exclusión es la que abría la puerta a los llamados contratos de protección (todavía vigentes el día de hoy) mediante los cuales el patrón firmaba el contrato colectivo de trabajo con una central sindical a espaldas de los trabajadores, en muchos casos dicho documento se tenía desde antes de iniciar operaciones. Los líderes del sindicalismo charro y del blanco, por igual, se prestaban a dicha simulación a cambio de pingües ganancias económicas o posiciones políticas y demás prebendas.
Y, desde luego, esto les permitía a los empresarios mantener los bajos niveles salariales que ya han sido ampliamente tratados en este espacio en colaboraciones previas, además de limitar las prestaciones que les otorgaban. Entre otras, esta es una de las razones de la creciente desigualdad en México, pues es una de las razones de que los beneficios del crecimiento económico —de por sí bajo para un país emergente— se concentraran en los dueños de las empresas y no se derramara hacia empleados y trabajadores.
Había razones de peso (y de pesos) para que los gobiernos emanados del PRI y el PAN no ratificaran el citado convenio y mantuvieran vigente —en los hechos— la llamada cláusula de exclusión, incluso una vez que la Corte declaró su inconstitucionalidad y que ya se había promulgado una reforma constitucional que pretendía precisamente desarrollar un nuevo modelo sindical y de relaciones obrero-patronales.
Influencia
Seguramente por la influencia política que todavía mantienen los líderes sindicales y los empresarios, los senadores de la pasada legislatura habían eludido dictaminar el citado convenio y fue hasta el pasado martes, cuando el senador Napoleón Gómez Urrutia publicó en la Gaceta Parlamentaria una excitativa para que las Comisiones de Relaciones Exteriores, Organismos Internacionales y Trabajo (que todavía no se han conformado y, mucho menos, instalado) emitieran un dictamen sobre el convenio que ya llevaba más de tres años en dicha Cámara, que el tema cobró relevancia en la opinión pública.
La Mesa Directiva de la Cámara Alta decidió convertir dicha excitativa en dictamen y lo elevó al pleno el pasado jueves 20 de septiembre para su inmediata discusión y aprobación. El dictamen fue avalado por legisladores de todos los partidos políticos representados en el Senado, excepto del PAN. Los legisladores blanquiazules hicieron suyas las preocupaciones de los empresarios, que pedían ser consultados previamente, pues temen que la adopción del mismo impulse la creación de cientos de sindicatos que afecten la productividad de sus empresas.
La adopción del Convenio 98 es un paso más en la dirección correcta, sin embargo, todavía falta emitir la legislación secundaria en el que se norme el nuevo modelo de impartición de justicia laboral y defina las nuevas reglas que regularán la vida de los sindicatos mexicanos. Y, una vez que eso se logre, la mesa estará servida para que gobierno, trabajadores y empresarios empiecen a construir una nueva era en el sindicalismo mexicano y las relaciones obrero-patronales, en beneficio de la clase trabajadora y de México.— Ciudad de México.
jecantue@gmail.com
Periodista
http://www.yucatan.com.mx/editorial/justicia-laboral-en-mexico
CCE, queja ante OIT

Por Mauricio Flores-
24 septiembre, 2018
En los próximos días se prevé que el Consejo Coordinador Empresarial presente formalmente un recurso de queja ante la Organización Mundial del Trabajo, por no ser consultados en la aprobación del Convenio 98 que hizo el Senado de México, argumentando que violaron sus derechos, con lo que califican de “albazo legislativo” atribuido a Napoleón Gómez Urrutia, con la venia de Martí Batres.
El Convenio 144 de la OIT establece desde 1960, que existan mecanismos que garanticen “consultas efectivas” tripartitas: gobierno, trabajadores y empleadores. Por ello, las Cámaras, asociaciones y empresariales mexicanas planean exponer ante esa instancia de la ONU —y que dirige Guy Ryder—que no se les tomó en cuenta para votar el Convenio 98: una bola rápida que no pasó por comisiones y que obtuvo en el pleno 78 votos a favor (y 50 ausencias), y que se integraría en el cuerpo de una próxima Reforma Laboral, se sabe acuña la próxima titular del ramo, Luisa María Alcalde Luján. Si bien el Convenio 98 enaltece la necesaria libre asociación de los trabajadores y la supresión de los “sindicatos de protección”, su lado oscuro implica la proliferación de sindicatos en una empresa y una negociación que estrangula la productividad de empresas; y en el marco de los intereses de Napito, su oportunidad para injertar sindicatos “amigos” que apoyen a recuperar el poder perdido en las empresas de la Cámara Mexicana de la Industria Minera, que preside Fernando Alanís.Por ello, además de la queja en la OIT, los organismos empresariales, que representa Juan Pablo Castañón, se aprestan a dar seguimiento a lo que será una nueva ley laboral que se les ha anunciado, pero que aún no les ha sido presentada. ¿Será esto fuente de confrontación entre Andrés Manuel López Obrador e IP; o el camino para recomponer productivamente la relación empleado-empleador?
https://www.razon.com.mx/cce-queja-ante-oit/
Leyes secundarias aterrizarán Convenio 98: STPS

Preocupa a la IP que se permita más de un contrato colectivo por empresa, pero la política del nuevo gobierno no apunta en esa dirección, aseveró Roberto Campa.
Octavio Amador
24 de septiembre de 2018, 00:27
Las dudas del empresariado sobre un mayor poder de los sindicatos a partir de la ratificación mexicana del Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) se despejarán al definirse las leyes secundarias laborales pendientes en el país, pero hay confianza en que las modificaciones preserven la paz laboral, afirmó Roberto Campa, titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
Aprobado en 1949, el Convenio 98 plantea el compromiso de los países que lo suscriben de proteger el derecho de los trabajadores a la sindicación y a la negociación colectiva.
En los hechos, México ha permitido la constitución de sindicatos y la negociación de contratos colectivos de trabajo desde hace décadas, pero hasta la fecha no existen garantías sobre la democracia sindical y la libre afiliación a los sindicatos.
Ello propicia la existencia de sindicatos sin representatividad que o sirven a los intereses de los patrones socavando las condiciones laborales de sus agremiados, o pasan al extremo de extorsionar a los patrones, como sucede con las amenazas de huelgas decididas bajo medios no democráticos.
Al ratificar el Convenio 98, México se compromete a realizar acciones legislativas para dar lugar a una auténtica democracia sindical, aunque dicho compromiso ya existía, explicó Campa Cifrián, desde el 2017, cuando el Congreso mexicano aprobó la reforma constitucional en materia de justicia laboral.
“El Artículo 123 (reformado) dice que, para la solución de conflictos entre sindicatos, para la solicitud de celebración de un contrato colectivo de trabajo y para la elección de dirigentes, el voto de los trabajadores será personal, libre y secreto”, citó el titular de la STPS en entrevista radiofónica.
Recordó que la ratificación del Convenio 98 fue planteada por el actual gobierno del presidente Enrique Peña Nieto desde el 2015, lo cual fue posible, a su vez, por la reforma laboral del 2012, en la que se dio muerte a la cláusula de exclusión, que permitía a los sindicatos pedir el despido de los trabajadores que se negaran a afiliarse.
El fin de la cláusula de exclusión abrió la puerta a la democracia sindical, pues se garantiza así la libertad de los trabajadores de decidir pertenecer o no a los sindicatos, sin ser objeto de represalias.
La ratificación del Convenio 98, no obstante, fue objetada por organismos como el Consejo Coordinador Empresarial (CCE) pues, según su óptica, propiciará que exista más de un sindicato por empresa, lo cual amenaza con perturbar las relaciones laborales.
Campa Cifrián especificó que, más que la multiplicación de sindicatos, lo que preocupa es que pueda existir más de un contrato colectivo por empresa, lo cual “es una preocupación fundada porque las empresas mexicanas tienen malas experiencias en otros países en este tema”.
La posibilidad de que exista esta “multicontratación” dependerá de lo que estipule la legislación secundaria de la reforma en materia de justicia laboral del 2017, que quedó pendiente en la pasada legislatura y deberá ser retomada por la actual.
Sin embargo, expuso, ha externado al CCE que existe confianza en que este tema quede resuelto, pues la próxima administración de Andrés Manuel López Obrador le ha hecho saber que no tiene intenciones de “transitar por esa línea”.
“Yo he tenido una intensa comunicación con el equipo de transición, y la próxima secretaria del Trabajo (Luisa María Alcalde) me asegura que no hay intención de que la legislación secundaria prevea un esquema de multicontratación”, aseveró.
Al margen de la ratificación del Convenio 98, México se comprometió con Estados Unidos, en el acuerdo en principio anunciado por ambos países el pasado 27 de agosto para reformar el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), a impulsar acciones legislativas específicas para garantizar la negociación colectiva.
En la negociación comercial, Estados Unidos acusó a México de tener una legislación laboral laxa que favorece salarios deprimidos y, por ende, una competencia desleal de nuestro país por la atracción de inversiones manufactureras.
empresas@eleconomista.mx
https://www.eleconomista.com.mx/gestion/Leyes-secundarias-aterrizaran-Convenio-98-STPS-20180924-0012.html
Empresarios molestos por las reformas laborales de Morena

23 septiembre, 2018 – Por Alberto Saavedra
Parece ser que los morenistas como mayoría legislativa están dispuestos a generar cambios trascendentes sin descanso. Después del aplastador triunfo de Morena en las elecciones del primero de julio, las bancadas guindas han aprobado el plan de austeridad propuesto por López Obrador, terminando con las pensiones presidenciales y ahora se han lanzado por reformar a los sindicatos mexicanos.
Para liderar el proyecto, el próximo presidente ha llamado a Napoleón Gómez Urritia, el hombre que liderara un importante sindicato minero en el país. Desde que se hizo con el cargo de senador plurinominal, Urrutia prometió un cambio radical en la forma en la que se manejan los sindicatos en México. Con una votación contundente a su favor, se aplicaron reformas a la ley laboral nunca antes vistas en el país. Como respuesta, los empresarios más ricos de México ya se muestran molestos.
El tema que más incomoda a los altos grupos empresariales es el convenio sobre libertad sindical en México. Los esfuerzos del partido guinda han generado que los sindicalizados puedan votar por quién quieren que sea su líder de forma periódica y secreta. Con esto, parece ser que se termina las Elba Esther y los Romero Deschamps, una fórmula que benefició más a empresarios y al gobierno que a los agremiados sindicales.
Desde la Coparmex y el Consejo Coordinador Empresarial ya empiezan a salir las quejas por los cambios legales que ha impuesto Morena desde la cámara alta. Todo está relacionado con el derecho de Sindicación y de Negociación Colectiva de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en la ratificación del polémico convenio 98. Con esto, se otorga bastante poder a los trabajadores mexicanos sindicalizados sobre la autoridad que solamente controlaban sus dirigentes.
En palabras comunes, se ataca directamente al sindicalismo charro, la opción ideal entre gobierno, industria y líderes sindicales para someter a los trabajadores mexicanos. Hasta antes de estas reformas, un solo líder sindical podía firmar convenios de trabajo y contratos colectivos con empresas y gobiernos sin pedir la opinión de los trabajadores. Con esto, se les sometía a formar de trabajo en las que no podían opinar. Para resumir, los sindicatos no funcionaban según el voto de los obreros, sino a través de la opinión de sus líderes impuestos.
Para Aceves del Olmo, un importante empresario mexicano, estos cambios ponen en peligro la generación de empleos. Para entender su reacción es necesario ver la forma en la que han operado los altos mandos empresariales, siempre autonombrados como los grandes creadores de empleos en México, a pesar de los pésimos salarios. Para la cúpula empresarial los cambios de Morena podría generar un conflicto de leyes, sin especificar a cuáles se refieren.
La reforma laboral de Morena pone fin a ochenta años de menosprecio a los tratados internacionales de la OIT. Si bien México se encuentra dentro de ellos hace décadas, no se habían ratificado durante el eterno régimen priísta y los doce años de mandato conservador. Durante las campañas presidenciales, López Obrador se guardó el tema como propuesta para no enfurecer a los empresarios que de por sí ya estaban uniéndose en su contra.
Los líderes empresariales mexicanos aseguran que estos cambios significan de golpe dos cosas. En principio, argumentan que genera desconfianza entre los inversores extranjeros (un recurso que han usado prácticamente en cada intención que no les agrada), además de que deja ver la poca confianza con la que el nuevo gobierno ve la capacidad de ellos como pilar de la economía mexicana. Aquí se confirma la visión de que ellos se consideran personas que están rescatando a México.
A través de Luisa María Alcalde, la joven y futura secretaria del Trabajo, se han generado acuerdos con sindicatos disidentes para generar cada vez más apoyo y voto de los trabajadores mexicanos. En un país en donde el sindicalismo es sinónimo de matrimonio con el gobierno, parece ser que México por fin tendrá un poco de autonomía laboral. Recordemos que estos cambios pueden generar una de las peticiones más importantes de la sociedad mexicana: mejores sueldos.
https://breaking.com.mx/2018/09/empresarios-molestos-por-las-reformas-laborales-de-morena/
OIT ve trabas en México para aplicar convenio de libertad sindical

Zenyazen Flores
La Organización Internacional del Trabajo considera que las dificultades pueden presentarse ante resistencias de algunos sectores sindicales o de empresas.
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) aseguró que la ratificación del Convenio 98 es un paso adelante para garantizar y promover libertad de asociación y sindical y la negociación colectiva, sin embargo, en la práctica la aplicación de estos principios en México puede presentar dificultades.
Gerardina González, directora de la Oficina para México y Cuba de la OIT, señaló que “esas dificultades se refieren a la hora de implementar el convenio, es decir, si se aplica o si realmente se cumple el Convenio 98 y si realmente no hay injerencia de nadie en las organizaciones de empleadores y sindicatos, y si los sindicatos tienen la posibilidad de decidir autónomamente”.
En entrevista, la experta consideró que México tiene ya muchas de las normas y principios que están en el Convenio 98.
“La ratificación del Convenio refuerza el avance hacia el cumplimiento de la legislación mexicana”, agregó González.
Las dificultades pueden presentarse ante resistencias de algunos sectores sindicales o de empresas ante los temores sobre los cambios a implementar en las leyes y el efecto que ello tendría en las relaciones laborales, señaló.
El viernes pasado, la Organización de las Naciones Unidas, a través de la OIT, felicitó a México por la ratificación del Convenio 98, sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, con lo que el país completó la ratificación de los ocho convenios fundamentales, que incluyen la eliminación de todas las formas de trabajo forzoso; la abolición del trabajo infantil y de la discriminación en empleo y ocupación.
http://www.elfinanciero.com.mx/economia/oit-ve-trabas-en-mexico-para-aplicar-convenio-de-libertad-sindical
Alcances de la ratificación del convenio 98 de la OIT

Carlos de Buen
Dados los rumores y la información distorsionada que ha surgido, conviene precisar qué dice y qué no dice el Convenio 98 de la OIT que México no había ratificado.
El 20 de septiembre de 2018 el senado de la República ratificó el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, que data de 1949 y es uno de los ocho “convenios fundamentales” de la Organización, el único de ellos que México no había ratificado.
Conforme a las reformas de 2011 al artículo 1ro. constitucional, los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por México están al mismo nivel de la Constitución por lo que, siendo la sindicación y la negociación colectiva derechos humanos, el Convenio 98 está por encima de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Lo cierto, sin embargo, es que las reglas de la Ley no contradicen al Convenio 98 por lo que el cambio fundamental es el compromiso de México en favor de la libertad sindical y de una negociación colectiva auténtica.
Dados los rumores y la información distorsionada que ha surgido, conviene precisar qué dice y qué no dice este Convenio:
- Prohíbe condicionar el ingreso de un trabajador a que no se afilie a un sindicato o a que salga del mismo. En consecuencia, no prohíbe la llamada “cláusula de exclusión por ingreso” o “cláusula de admisión” contemplada en el artículo 395 de la LFT que permite pactar en los contratos colectivos de trabajo (CCT) que el patrón admita exclusivamente a los trabajadores que sean miembros del sindicato contratante.
Un patrón no puede rechazar a un trabajador por pertenecer a un sindicato, pero si puede quedar obligado a admitir solo a quienes formen parte del sindicato con el que celebró el CCT si así lo dispone el propio contrato.
- Prohíbe despedir o perjudicar de cualquier forma a un trabajador por ser miembro de un sindicato o por participar en actividades sindicales, sin importar si la empresa tiene CCT o si se trata o no del sindicato titular de dicho contrato.
En sentido estricto, tampoco prohíbe incluir en los CCT la “cláusula de exclusión por separación” por la que el patrón se obliga a separar a los trabajadores que renuncian o son expulsados del sindicato contratante, la cual estaba expresamente permitida en el segundo párrafo del artículo 395 de la LFT, que fue derogado en 2012. Sin embargo, el párrafo se suprimió, pero la cláusula no se prohibió por lo que, bajo el principio de que los particulares podemos hacer lo que la ley no nos prohíbe, esta cláusula puede conservar su validez.
No obstante, en una tesis aislada de 2011 la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional esta cláusula por estimar que transgrede la libertad de trabajo que establece el artículo 5to constitucional, el derecho de asociación que consagra su artículo 9no y la libertad sindical que contempla su artículo 123, 2 apartado A, fracción XVI. No es una jurisprudencia y por ello no obliga a los tribunales, pero es un precedente importante.
- Protege a los sindicatos de trabajadores de cualquier injerencia de los patrones y considera como actos de injerencia los que buscan que el patrón controle a los sindicatos de sus trabajadores, lo que es una práctica común en México a través de los llamados “contratos colectivos de trabajo de protección patronal”. En sentido estricto no agrega nada nuevo ya que el artículo 357 de la LFT dispone que cualquier injerencia indebida debe ser sancionada.
- Obliga a fomentar la sindicalización y la negociación colectiva, derechos ambos reconocidos en el artículo 123 constitucional.
Como se puede observar, la ratificación del Convenio 98 implica un cambio más simbólico que real, pero establece un compromiso serio del país para respetar y fomentar los derechos de asociación profesional y de negociación colectiva, lo que es contrario a la muy difundida práctica de los contratos de protección que siempre han sido ilegales, pero que hasta ahora fueron tolerados por las autoridades.
Es importante precisar que las quejas que en lo futuro se presenten ante el Comité de Libertad Sindical de la OIT por violaciones a estos derechos, podrán fundarse en el Convenio 98 y no solo en el 87 que está vigente en México desde 1951.
La ratificación del Convenio 98 implica un cambio más simbólico que real, pero establece un compromiso serio del país para respetar y fomentar los derechos de asociación profesional y de negociación colectiva, lo que es contrario a la muy difundida práctica de los contratos de protección que siempre han sido ilegales, pero que hasta ahora fueron tolerados por las autoridades
Siguen los requisitos que establece la LFT para constituir sindicatos de trabajadores, entre ellos el reunir a veinte trabajadores en servicio activo, así como el modelo de negociación que reconoce al sindicato mayoritario como el único titular del CCT, por lo que es absolutamente falso que vayan a surgir sindicatos como si fueran hormigas, que los patrones tengan que negociar con varios sindicatos a la vez y que vayan a aumentar las extorsiones de quienes emplazan a huelga sin representar a los trabajadores.
Lo que si puede y debe ocurrir es que se extingan los sindicatos controlados por los patrones junto con los contratos de protección. Finalmente cabe agregar que el convenio 98 no entrará en vigor en nuestro país sino hasta un año después de que la OIT registre la ratificación de México, de acuerdo con lo que dispone su artículo 8.
https://www.arenapublica.com/opinion/carlos-de-buen/2018/09/21/13722/alcances-de-la-ratificacion-del-convenio-98-de-la-oit?amp&__twitter_impression=true
Obligados cambios a Ley del Trabajo por Convenio 98, fin a sindicatos charros y Gómez Urrutia enarbola

Alberto Aguilar
21.09.2018/03:59
AYER COMO SE esperaba, el Senado aprobó en fast track la adhesión de México al Convenio 98 de la OIT, relativa al derecho de sindicación y contratación colectiva con 78 votos a favor, cero abstenciones y cero en contra.
El impulsor fue Napoleón Gómez Urrutia,quien esta semana será designado presidente de la Comisión del Trabajo. Dijo que México tiene una deuda histórica con la clase trabajadora y que se inició un proceso para reconstruir el mundo del trabajo.
Morena hizo buena su mayoría para sacar la iniciativa sin la evaluación en comisiones, y más allá de la ausencia del PAN que optó por abandonar la sesión.
La ratificación del Convenio 98, que data de 1949, va en el sentido correcto de una economía que se ha modernizado. Ya no encaja el sindicalismo monopólico, desapegado de las bases que propició el PRI.
En las últimas negociaciones comerciales de Economía de Ildefonso Guajardo–TPP y el acuerdo con EU–, ese corporativismo se ha cuestionado al contener los salarios.
De ahí los compromisos de libre asociación, libre contratación colectiva, justicia laboral independiente, salarios mínimos justos, etcétera.
El Convenio 98 de la OIT, que dirige Guy Rayder,y al que están adscritos muchos países europeos y Canadá que se sumó en 2017 (EU está ausente), tiene efectos vinculantes.
Frente a ello los sindicatos mexicanos deberán cambiar, especialmente aquellos que exigen al trabajador su afiliación para mantener el empleo.
Conforme al artículo 1º del convenio, los trabajadores “deben gozar de adecuada protección contra todo acto discriminatorio” que menoscabe la libertad sindical.
Igualmente en el artículo 2º se prohíbe la constitución de agrupaciones de trabajadores que sean dominadas por empleadores o que las sostengan económicamente.
En otras palabras, las empresas ya no podrán participar en la formación de sindicatos, ni sufragar las cuotas.
En el artículo 3º se habla de crear organizaciones que garanticen el respecto a la sindicación, y en el 4º de adoptar las medidas para fomentar entre empresas y sindicatos procedimientos de negociación voluntaria vía contratos colectivos que preserven el trabajo.
Oscar de la Vega,de la firma legal De la Vega & Martínez Rojas, hace ver que los sindicatos tendrán que reinventarse para hacer buena la afiliación. No será fácil, especialmente frente al desinterés de los millennials.
En Europa, explicó, en aquellos países que han ratificado el Convenio 98 ha caído el porcentaje de sindicación: en Francia ya solo está en 11%, Alemania 18%, España 19%, GB 26%.
También tendrá que modificarse la concepción del derecho de huelga como la conocemos. En países desarrollados este acto puede durar 2 o 3 horas y solo cesar la producción sin bloquear el acceso a instalaciones.
Estimó que antes de ratificar el Convenio 98, el congreso debió enmendar el artículo 395 de la Ley Federal del Trabajo que está en contradicción con el derecho de asociación. También para ser congruentes hay que ajustar el 469 relativo a la huelga.
Como quiera este es un primer escalón para cerrar al paso a los “sindicatos charros” que tanto han perjudicado al trabajador.
http://www.milenio.com/opinion/alberto-aguilar/nombres-nombres-nombres/obligados-cambios-ley-convenio-98-sindicatos-charros-gomez-urrutia-enarbola
Castañón calificó de «acción totalitaria» de Morena la aprobación de convenio sobre libertad sindical

División entre CCE y la Coparmex, uno reprochando y el otro aplaudiendo la ratificación en el Senado. Alertas de Carlos Aceves contra Alcalde Luján.
Juan Pablo Castañón, presidente del CCE
- Castañón calificó de «acción totalitaria» de Morena la aprobación de convenio sobre libertad sindical División entre CCE y la Coparmex, uno reprochando y el otro aplaudiendo la ratificación en el Senado. Alertas de Carlos Aceves contra Alcalde Luján. Guardar
22/09/2018
La ratificación del Convenio 98 sobre el Derecho de Sindicación y de Negociación Colectiva de la OIT, el cual se debatió el pasado jueves en el pleno del Senado, no fue recibida con buenos ojos por la comunidad empresarial.
Como lo informó esta redacción, desde la CTM Carlos Aceves del Olmolanzó la alerta de reuniones de la futura secretaria de Trabajo (Luisa María Alcalde) con sindicatos disidentes. Y en la Cámara Alta el operador de la aprobación fast track del convenio no fue otro que Napoleón Gómez Urrutia.
«La ratificación del convenio sin la consulta a los sectores, ni la adecuación a las leyes secundarias que en nuestro caso derivan de las últimas reformas al Artículo 123 apartado A Constitucional, puede traducirse en un conflicto entre leyes, acrecentando los conflictos y poniendo en riesgo la generación de empleos», advirtió el priista Aceves del Olmo, aunque su sugerencia no fue atendida, por lo que junto a la bancada del PAN acusó de «madruguete» a Morena.
El texto promovido por la Organización Internacional del Trabajo protege a los trabajadores contra actos que vulneren su libertad sindical y ordena al estado impulsar procedimientos de negociación. Dejando así a los dueños de las empresas en una situación menos ventajosa frente a sus trabajadores. De ahí la molestia.
Tensión con empresas: Napoleón apura en el Senado la propuesta de Alcalde para dar libertad sindical
Mientras que para el líder minero la deuda histórica con la clase trabajadora empezó a ser saldada con esta ratificación («todo cambiará: reconstruir el sindicalismo y reivindicar el derecho de los trabajadores»), para la iniciativa privada representa una señal de desconfianza para la industria y las inversiones en el país. Así lo expresó Juan Pablo Castañón.
«El punto es la señal que se está mandando. Si la señal que se está mandando es de imponer las cosas, pues, bueno, será lamentable para la confianza empresarial en nuestro siguiente gobierno y en el estado mexicano», reprochó el presidente del Consejo Coordinador Empresarial en entrevista con Carlos Loret de Mola.
«Estamos ante un instrumento internacional ratificado, por unanimidad, sin la participación de los sectores directamente involucrados», criticó la Amedirh a través de un comunicado. «Los trabajadores pueden escoger cualquier sindicato que quieran tener, y al tener cuatro, cinco, 20 o 50 sindicatos, tiene que haber una regla de cómo conversar con los sindicatos de tal manera que no sea un caos la relación laboral», insistió el dirigente del CCE, quien además calificó esto de «acción totalitaria» de Morena.
Sin embargo, desde el jueves mismo, la Coparmex tuvo una opinión distinta de la expuesta por Castañón, y aplaudió el convenio. «Es un paso importante para consolidar la libertad y democracia sindical. Para encontrar un equilibrio entre los derechos sociales y estabilidad laboral, la legislación laboral debe ser adecuada y sin demora», publicó el presidente de la cámara, Gustavo de Hoyos, en su cuenta de Twitter.
Ayer, en entrevista para Aristegui Noticias, Alcalde Luján defendió la medida aprobada en el Senado. «Con la aprobación del Senado, México se une a los 165 países del mundo que han ratificado el convenio 98. En América Latina y El Caribe sólo faltaba la ratificación de México, o sea que ahora podremos decir, cuando el documento ya esté depositado en la OIT y cuando ya entre en vigencia dentro de doce meses ya después del depósito, tendremos toda la región de América Latina y El Caribe respetando y garantizando este convenio y estos derechos fundamentales en el trabajo», afirmó.
http://www.lapoliticaonline.com.mx/nota/116093-castanon-califico-de-accion-totalitaria-de-morena-la-aprobacion-de-convenio-sobre-libertad-sindical/
Senado manda señal de desconfianza: CCE

Los empresarios advierten que la ratificación del convenio de libertad sindical fue una acción «totalitaria»
Sábado 22 de septiembre de 2018
El líder de la cúpula empresarial mantiene su postura crítica / Laura Lovera
Juan Garciaheredia y Bertha Becerra
Empresarios y políticos dividieron posiciones respecto a la ratificación del convenio de libertad sindical que aprobó el pasado jueves el Senado de la República. Juan Pablo Castañón, presidente del Consejo Coordinador Empresarial afirmó que representa una señal de desconfianza para la industria, mientras que el senador del PAN, Gustavo Madero calificó como madruguete.
Por otra parte, Ricardo Monreal, coordinador de los senadores de Morena, aseguró que el tratado debió ratificarse hace muchos años, mientras tanto, Isaías González Cuevas, líder de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC)aseguró que con esta decisión se logrará que los trabajadores mexicanos gocen de un empleo digno, bien remunerado y con prestaciones de seguridad social.
Juan Pablo Castañón, dio a conocer que la acción «totalitaria» aplicada por Morena en el Senado para la ratificación del Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), manda una señal de desconfianza para la industria con relación al siguiente gobierno.
«El punto es la señal que se está mandando. Si la señal que se está mandando es de imponer las cosas, pues, bueno, será lamentable para la confianza empresarial en nuestro siguiente gobierno y en el estado mexicano», dijo el dirigente en una entrevista con Carlos Loret.
Sin embargo, cabe señalar que persisten las opiniones encontradas en la cúpula de industriales del país en ese tema, pues mientras el CCE continúa su postura crítica contra esa acción legislativa, la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) se sostiene a favor y, por su parte, la Asociación Mexicana de Recursos Humanos (Amedirh) indicó que dicha aprobación se dio en medio del proceso inacabado e impuntual de la reforma laboral procesal.
Mediante un comunicado, la Amedirh lamentó que el Senado de la República omitió convocar a discusión el tema a profundidad con los sectores productivos. «Estamos ante un instrumento internacional ratificado, por unanimidad, sin la participación de los sectores directamente involucrados».
«Los trabajadores pueden escoger cualquier sindicato que quieran tener, y al tener cuatro, cinco, 20 o 50 sindicatos, tiene que haber una regla de cómo conversar con los sindicatos de tal manera que no sea un caos la relación laboral«, expuso el dirigente del CCE
En su momento, el líder de la Coparmex, Gustavo de Hoyos Walther, en contraparte con el CCE, consideró como un paso importante la aprobación del Convenio 98 de la OIT, para la libertad y democracia sindical.
MADRUGUETE
La ratificación en el Senado de la República del Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), fue un “madruguete” legislativo. Debió de haberse ido a comisiones. Es un Convenio que se firmó en 1949. Tiene 69 años y en ese tiempocambió mucho el mundo, cambió mucho México y hay diferentes formas de contrataciones y de relaciones laborales, afirmó el senador Gustavo Madero Muñoz (PAN).
“Este Convenio necesitaba irse a consulta a todos los sectores involucrados: sindicatos, empresarios, especialistas y académicos. Y no se hizo. Morena quiso hacer este “madruguete”, dijo en entrevista.
Y por separado, el coordinador de la bancada de Morena, en la Cámara Alta, el senador Ricardo Monreal Ávila, manifestó que este Convenio de la OIT, debió haberlo ratificado México hace muchos años.
Su ratificación tiene un propósito: que se equilibre la fuerza de trabajo con la fuerza empresarial.
Afirmó que es la hora del trabajador. “Nosotros vamos a respetar siempre a los organismos cúpula empresariales. Tenemos que luchar por recuperar el poder adquisitivo de la clase trabajadora. Tenemos que luchar porque en los sindicatos haya transparencia. Tenemos que luchar por la extirpación de los sindicatos blancos y luchar por la democratización al interior de las agrupaciones sindicales y porque el trabajador tenga cada vez mejores condiciones de vida”.
Por último, Isaías González Cuevas, secretario general de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), aseguró que con esta decisión se logrará que los trabajadores mexicanos gocen de un empleo digno, bien remunerado y con prestaciones de seguridad social.
Expuso no obstante que México necesita sindicatos fuertes, dinámicos y críticos para que defiendan su autonomía sindical, la contratación colectiva y la libre determinación de los trabajadores en sus decisiones colegiadas.