Proponen ampliar los criterios para clasificar los accidentes en el trayecto al trabajo

La LFT actualmente sólo reconoce los accidentes laborales en trayecto cuando éstos ocurren en el traslado entre el domicilio de una persona y su centro laboral, o viceversa, pero ¿qué pasa si éste se registra después de dejar a los hijos en la escuela, por ejemplo?

El Senado recibió un proyecto de reforma para ampliar las situaciones que se pueden calificar como accidente de trabajo en trayecto. De esta manera, se reconocerían también como incidentes laborales los que ocurran cuando las personas cambien su ruta habitual, o bien su punto de partida sea de un domicilio distinto al de su casa.

La propuesta ya fue turnada a la Comisión de Trabajo y Previsión Social para su análisis y es promovida por los senadores del Partido del Trabajo (PT). La modificación planteada al artículo 474 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) y al 42 de la Ley del Seguro Social (LSS) ampliaría de uno a cuatro las situaciones que pueden calificarse como accidente laboral durante el desplazamiento de las personas trabajadoras.

“Es necesario hacer patente que la legislación laboral y en materia de seguridad social para las personas trabajadoras es limitada en cuanto al reconocimiento de los riesgos que día a día enfrentan las personas como parte de su actividad laboral, lo que implica necesariamente la posibilidad de sufrir un accidente durante el traslado hacia o desde el centro laboral”, indican los legisladores Geovanna Bañuelos, Cora Cecilia Pinedo, Martha Cecilia Márquez y Joel Padilla en la propuesta.

Actualmente la LFT sólo reconoce que, además de los incidentes que se presentan al interior de los centros de trabajo, se califican como accidentes de trabajo los trayectos de casa del trabajador a su empresa o viceversa. Sin embargo, el proyecto plantea que también se incluyan estas tres situaciones cotidianas:

  • Traslados de casa al centro de trabajo y viceversa, aún cuando el desplazamiento no sea directo sino con una alteración habitual como llevar o ir a buscar a los hijos a la escuela o guarderías.
  • Incidentes en el trayecto de un trabajador que se traslada para acudir sucesivamente a distintos centros de trabajo en los que presta sus servicios.
  • Cuando el trabajador no salga de su propio domicilio hacia el centro de trabajo, sino de un domicilio transitorio en el que hubiera tenido la necesidad urgente de pernoctar por razones o circunstancias que deberán acreditarse plenamente.

    Adicional a esto, la reforma propone incluir una nueva disposición para complementar el proceso: cuando se presente un incidente en el trayecto, la persona trabajadora deberá acudir inmediatamente a atención médica.

    “Se propone reformar el artículo 474 de la Ley Federal del Trabajo, así como el artículo 42 de la Ley del Seguro Social, para reconocer expresamente en la Ley circunstancias de la realidad de las personas trabajadoras de nuestro país, que hasta la fecha sólo han sido consideradas como circunstancias de excepción para admitir el accidente de trabajo en Acuerdos del Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social”, indican los senadores en el proyecto.

    Los accidentes de trabajo en cifras

    De acuerdo con datos del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), en el año 2021 se registraron 109,512 accidentes de trabajo en traslados y 273 defunciones derivado de estos incidentes.

Las causas más frecuentes de los accidentes en trayecto se han presentado por:

  • Caídas
  • Accidente de motocicleta
  • Accidente en automóvil
  • Exposición a fuerzas mecánicas inanimadas
  • Accidente en el transporte público

Los supermercados, tiendas de autoservicio, servicios profesionales, compraventa de alimentos, seguridad social y preparación de alimentos, son las actividades económicas donde más accidentes en trayecto se han reportado.

El año pasado, el IMSS otorgó 5,318 incapacidades permanentes por los incidentes durante el desplazamiento a los centros de trabajo. Desde 2015, cada año se reportan más 100,000 accidentes laborales en trayecto, sólo con excepción de 2020 cuando se registraron 95,026 casos, lo que se explica por las medidas de confinamiento que adoptaron algunas empresas.
Por: Gerardo Hernández / El Economista
Ilustración EE: Nayelly Tenorio

 

 

Morena propone ampliar conceptos de violencia laboral y multar a empresas cómplices

Si las personas trabajadoras interpusieron una queja o denuncia en su centro laboral y fueron ignoradas, las empresas tendrán que reparar el daño con un monto económico que fijará un tribunal especializado, se plantea en una propuesta de reforma a la LFT.

A fuerza de denuncias de víctimas que se resisten a normalizar las violencias en el ámbito laboral podemos notar un poco mejor las agresiones. Ahora falta que las leyes le sigan el paso a quienes han alzado la voz. Ante este contexto, una propuesta de reforma de la diputada Susana Prieto Terrazas (Morena) propone detallar la actual definición de hostigamiento, cambiar la de acoso sexual en el trabajo, incluir el concepto de violencia laboral y sancionar a las empresas que lo permitan.

Aunque todas esas acciones dañan, tienen características particulares e implicaciones distintas. La iniciativa pretende integrar en la Ley Federal del Trabajo (LFT) y en Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia “los elementos que permitan prevenir, atender y erradicar cualquier forma de hostigamiento, acoso sexual y violencia laboral”.

Susana Prieto, la abogada que ha acompañado movimientos obreros de la maquila en el norte de México, presentó su proyecto en la sesión de este martes en la Cámara de Diputados. En él plantea “habilitar a los tribunales laborales” para que sean el organismo encargado de atender los casos de hostigamiento sexual, acoso sexual y violencia laboral.

“Las víctimas no denuncian ante las autoridades competentes para evitar amenazas y posteriores represalias en su contra. Otras víctimas deciden renunciar a sus trabajos y así huir de las violencias. De esta manera, las víctimas tendrían otra instancia más para interponer denuncias contra sus agresores y lograr el acceso a la justicia y reparación del daño”, señala la legisladora en la exposición de motivos.

De acuerdo con el Centro de Estudios Sociales de Opinión Pública (CESOP) de la Cámara de Diputados, “la regulación de las figuras del acoso, violencia y hostigamiento laborales han sido previstas en cuanto a sus alcances genéricos, —como la dignidad de las personas y la reivindicación de los derechos de los trabajadores— en los artículos 1o, 4o y 123 constitucionales, pero no han sido aun suficientemente precisadas dentro del marco legal”.

Los cambios propuestos a la legislación laboral

El artículo 3o Bis de la LFT señala que el hostigamiento es “el ejercicio del poder en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor o agresora en el ámbito laboral, que se expresa en conductas verbales, físicas o ambas”. Es decir, que lo ejerce alguien que tiene un puesto de mayor jerarquía en el organigrama.

La legisladora propone agregar que el hostigamiento “implica la negativa a respetar las condiciones generales de trabajo de las personas; la descalificación del trabajo realizado, las amenazas, la intimidación, las humillaciones, la explotación y todo tipo de discriminación”.

El segundo cambio es a ese mismo artículo, en la definición de acoso sexual. Actualmente la LFT dice que “es una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo del poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos”.

Susana Prieto plantea eliminar esa descripción y sustituirla por ésta: “El acoso sexual es una forma de violencia, expresada en conductas lascivas verbales, físicas o ambas, en la que se asedia reiteradamente a una persona, de cualquier sexo, es un ejercicio abusivo del poder, que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos”.

La iniciativa indica que se agregaría un inciso c) al artículo 3o Bis de la LFT para introducir el concepto de violencia laboral, el cual quedaría así: “Es una serie de actos o comportamientos hostiles de una persona o grupo, contra otro individuo o grupo, causando daño medible: físico, psicológico y/o emocional”.

Luego, establece que el acoso sexual y la violencia laboral pueden presentarse “entre compañeros del ambiente del trabajo” que ocupan un nivel similar en la jerarquía ocupacional. “El hostigamiento, acoso sexual y violencia laboral se pueden presentar de forma vertical descendente, cuando quien la realiza ocupa puesto de jerarquía o superioridad respecto de la víctima”.

Pero también el acoso sexual y violencia laboral puede ocurrir “de forma vertical ascendente, cuando el que la realiza ocupa puesto subalterno respecto del jefe victimizado”.

La última modificación propuesta a la LFT es al artículo 700 para indicar que las demandas por hostigamiento, acoso sexual y violencia laboral serán interpuestas directamente ante los tribunales laborales. Esas instancias impondrán las sanciones a quien ejerció la violencia, pero también “a la patronal”.

Si la víctima denunció las agresiones a sus superiores y fue ignorada, una forma de reparación del daño será otorgándole una compensación económica. El monto lo fijarán los tribunales. La argumentación de esta medida es que, al desatender las denuncias, colocan a las personas en una situación de peligro.

Propuesta para la ley que protege a las mujeres

A diferencia de la ley del trabajo, la ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia sí habla expresamente de la violencia laboral en el artículo 11. La define como la negativa ilegal a contratar a la víctima o a respetar su permanencia o condiciones generales de trabajo, la descalificación del trabajo realizado, las amenazas, la intimidación, las humillaciones, la explotación, el impedimento a las mujeres de llevar a cabo el período de lactancia previsto en la ley y todo tipo de discriminación por condición de género.

Susana Prieto propone agregar que “es una serie de actos o comportamientos hostiles de una persona o grupo, contra otro individuo o grupo, causando daño medible: físico, psicológico y/o emocional”.

El artículo 13 de dicha ley describe el hostigamiento sexual y el acoso sexual. Pero la legisladora expone que es necesario especificar cómo se desarrollan estas violencias en el ámbito del trabajo.

De acuerdo con la propuesta, el hostigamiento sexual laboral implica también “la negativa a respetar las condiciones generales de trabajo de las personas; la descalificación del trabajo realizado, las amenazas, la intimidación, las humillaciones, la explotación y todo tipo de discriminación”.

En tanto, el acoso sexual en el trabajo se expresa “en conductas lascivas verbales, físicas o ambas, en la que se asedia reiteradamente a una persona, de cualquier sexo, es un ejercicio abusivo del poder, que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos”.

Por: Blanca Juárez / El Economista

Fuente: https://www.eleconomista.com.mx/capitalhumano/Morena-propone-ampliar-conceptos-de-violencia-laboral-y-multar-a-empresas-complices-20221012-0091.html

 

 

 

 

 

 

Coparmex estima en 15% el incremento al salario mínimo

El presidente de la Coparmex, José Medina Mora, expuso que la propuesta sobre incremento al salario mínimo que presentarán para la próxima revisión es de 15%, pues considera que es posible que los empleadores puedan otorgar ese aumento sin impactar a la inflación.

El presidente de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), José Medina Mora, expuso que la propuesta sobre incremento al salario mínimo que presentarán para la próxima revisión es de 15%, pues considera que es posible que los empleadores puedan otorgar ese aumento sin impactar a la inflación.

Entrevistado luego de su participación en el Foro del XX Aniversario de la Asociación Mexicana de Empresas de Capital Humano (AMECH), Medina Mora expuso que el incremento debe estar arriba del 8% de la inflación, otorgando 6 puntos porcentuales, pero ello dependerá de la discusión que se lleve a cabo en la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (Consami).

“El salario digno, concepto que hemos impulsado, pues primero se tuvo que desindexar el salario para poder incrementarlo y se planteó como objetivo alcanzar la línea de bienestar, ese objetivo ya se cumplió. Ahora es llegar a la línea de bienestar familiar, es decir que tengan dos salarios mínimos, eso ya se logró en la Zona de la Frontera Norte y de los Salarios Mínimos Profesionales, hace falta en los salarios mínimos generales, es un objetivo que seguiremos impulsado”, dijo.

Asimismo, el lider patronal hizo un llamado a no esperar a que el salario mínimo suba, sino a otorgar mejores salarios; es decir, “tomar la iniciativa desde la empresa y no esperar a que un salario mínimo llegue a esos niveles. Hay 13% de mexicanos que ganan salario mínimo y 2% está en la formalidad, tienen comisiones y propinas y 11% está en la informalidad”, recordó.

Por: María Del Pilar Martínez / El Economista

Fuente: https://www.eleconomista.com.mx/empresas/Coparmex-estima-en-15-el-incremento-al-salario-minimo-20221012-0055.html

 

Fiscalización es la tarea de la STPS para verificar cumplimiento de la reforma en outsourcing: Alejandro Salafranca

El titular de la Unidad de Trabajo Digno expuso que los primeros resultados de la reforma en outsourcing que se han presentado, como es el caso de la contratación directa de 3 millones de trabajadores, el incremento del salario de 27% para los trabajadores formales que dejaron de ser subcontratados y el incremento en el pago de utilidades en 109 por ciento.

Rumbo al segundo año de la reforma en materia de subcontratación los esfuerzos de la autoridad laboral se enfoca a la fiscalización e inspección que permitan evaluar el cumplimiento de quienes contratan y ofrecen servicios especializados.

Durante su participación en el marco del XX Aniversario de la Asociación Mexicana de Empresas de Capital Humano (AMECH), Alejandro Salafranca, titular de la Unidad de Trabajo Digno, expuso que los primeros resultados de la reforma que se han presentado, como es el caso de la contratación directa de 3 millones de trabajadores, el incremento del salario de 27% para los trabajadores formales que dejaron de ser subcontratados y el incremento en el pago de utilidades en 109 por ciento.

Ante los directores de empresas globales de capital humano, Salafranca dijo que “hay temas a analizar y evaluar cuál es el futuro del sector, cómo este sector —al que se le dedicó un capítulo especial de la Ley Federal del Trabajo— se ha adaptado, ya se discutirá, sin prisa, pero sin pausa el esfuerzo de adaptación”.

En ese sentido, expuso “hay que empezar a fiscalizar, e inspeccionar y la Dirección Inspección ya empezó con los operativos para inspeccionar que las empresa cumplan con la Ley. En la cotidianidad de la STPS ya empezó con los operativos de empresas que cumplan con la nueva ley eso ya está en la cotidianidad del plan de la inspección”.

Tras señalar que los datos definitivos se presentarán después de un año, para tener una data más amplia, Salafranca afirmó que en los primeras inspecciones se ha identificado que las principales razones, por las que se retira el registro como empresa de Servicios Especializados, van desde la negativa patronal a la inspección, hasta datos incorrectos en el REPSE, así como subcontratación ilegal.

Por: María Del Pilar Martínez / El Economista

Fuente: https://www.eleconomista.com.mx/empresas/Fiscalizacion-es-la-tarea-de-la-STPS-para-verificar-cumplimiento-de-la-reforma-en-outsourcing-Alejandro-Salafranca-20221012-0050.html

 

Firman IMSS y Sindicato incremento salarial del 7.5 por ciento, el más grande en 20 años

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social (SNTSS) firmaron hoy el convenio por revisión salarial 2022-2023, el cual representó un incremento global de 7.5 por ciento, el más grande en 20 años, y entrará en vigor a partir del 16 de octubre de 2022.

La firma se llevó a cabo en la sede de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), con la titular Luisa María Alcalde Luján como testigo de asistencia. El acuerdo fue signado por el director general del Seguro Social, Zoé Robledo, y el secretario general del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del SNTSS, Arturo Olivares Cerda.

Se acordó un incremento salarial de 3.5 por ciento al tabulador de sueldos y 4.0 por ciento en prestaciones; en la negociación se tomaron en cuenta los incrementos salariales en la Administración Pública Federal, así como el comportamiento de la inflación.

En su mensaje, la secretaria del Trabajo y Previsión Social, Luisa María Alcalde Luján, señaló que la firma del convenio tiene como eje central la negociación colectiva auténtica, por lo que representa un timbre de orgullo que consolida el Nuevo Modelo Laboral, expresó Luisa María Alcalde, en su intervención durante la ceremonia protocolaria.

Indicó que este ejercicio de revisión demuestra que el diálogo y una actitud de respeto a los derechos de los trabajadores, posibilita mejorar sus condiciones de empleo, enfatizó.

Señaló que uno de los principales objetivos del Gobierno de México tiene que ver con garantizar el acceso a la salud, por ello, subrayó “enviamos nuestro reconocimiento y

gratitud absoluta a los trabajadores del IMSS, porque no solamente no claudicaron durante la pandemia, sino que abrieron sus puertas para los derechohabientes y para cualquier mujer u hombre que lo necesitara”.

Para la funcionaria federal “México estará eternamente agradecido con la Institución por esa actitud solidaria” y mencionó su beneplácito por encontrar en el convenio, “la apertura de 121 plazas adicionales, destinadas a fortalecer el Plan de Justicia para Cananea”.

El director general del IMSS, Zoé Robledo, afirmó que la firma del aumento salarial representa un hecho que se ingresa a la historia en la relación del Seguro Social con su Sindicato y trabajadores.

“Esto por varias razones, la obvia sería hablar del incremento salarial que acordamos y al que estamos llegando, pero creo que más importante que ese número tiene que ver con las posibilidades y las razones por las que pudimos llegar a ese incremento”, resaltó.

Dijo que en la negociación hubo diversos compromisos, como la creación de mil 498 plazas para el programa IMSS-Bienestar y 5 mil 605 para el Régimen Ordinario, así como la cobertura de 22 mil plazas vacantes, particularmente en las áreas de atención médica del Primer y Segundo Nivel.

“El incremento de trabajadores asegurados debe estar acompañado de un crecimiento de nuestra capacidad de atención principalmente en término de los recursos humanos, que es lo más valioso que tiene el Seguro Social “, señaló Zoé Robledo.

Indicó que en economía se enfrentan situaciones complicadas que impactan en la inflación, producto de la pandemia de COVID-19 y conflictos armados, pero que la situación financiera del Instituto permite tener este incremento gracias a las políticas que diseñó e instruyó el presidente López Obrador, y que se han implementado de manera exitosa por parte de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Zoé Robledo afirmó que fue posible llegar a este acuerdo por el aumento en el salario base de cotización de las y los trabajadores que cotizan al Seguro Social, y por las mejores finanzas producto de reforma en materia de subcontratación para “romper por fin ese vicio que tanto sangró a la institución del outsourcing abusivo”.

En su mensaje, el doctor Arturo Olivares Cerda, secretario general del Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social, destacó una revisión salarial histórica, al acordar un aumento significativo para la base trabajadora.

Dijo que el 7.5 por ciento alcanzado, conformado por 3.5 por ciento directo al tabulador y 4 por ciento al Concepto 11, es una demostración de que la nueva cultura laboral promovida por el gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador permite que el diálogo y entendimiento prevalezcan en las negociaciones salariales en México.

Aseguró que se puede dar testimonio de que la reforma laboral de 2019 ha impregnado de un aire fresco las relaciones entre patrones y organizaciones gremiales.

«Es de reconocerse el respaldo que recibimos los trabajadores ante la creciente inflación que está afectando nuestro poder adquisitivo», expresó el Secretario General del SNTSS.

Olivares Cerda señaló que este es un incremento salarial acorde a los tiempos y es un punto de partida muy alentador para la mejora constante de los sueldos en futuras revisiones, además de que reconoció al director general, Zoé Robledo, por su compromiso para cubrir las plazas vacantes y la generación de nuevas, lo que va encaminado a potencializar los servicios médicos y administrativos que ofrece el IMSS.

Reconoció a la secretaria del Trabajo, Luisa María Alcalde, por revolucionar el mercado de trabajo en México y refrendó el compromiso de hacer valer la voz de las y los trabajadores.

Por: El Pulso Laboral

Fuente: https://elpulsolaboral.com.mx/seguridad-social-y-salud/28646/firman-imss-y-sindicato-incremento-salarial-del-75-por-ciento-el-mas-grande-en-20-anos

Pasa al pleno del Senado reforma de vacaciones dignas

La Comisión de Estudios Legislativos Segunda aprobó un dictamen por el que se reforma la Ley Federal del Trabajo que busca que a partir del primer año de trabajo cumplido en el centro laboral, las vacaciones para los empleados pasen de seis a 12 días.

En la discusión el PRI y PRD propusieron incluir una adenda para especificar la fecha de su entrada en vigor, con el fin de dar tiempo a los empleadores para ajustar esta reforma.

“En razón de que este dictamen fue aprobado por la comisión de trabajo, porque plantear ambas comisiones una adenda de modificación al pleno en aras de darle velocidad a la aprobación, y que pueda salir este dictamen a pleno lo antes posible y evitar regresarlo a la Comisión del Trabajo”, destacó el senador Noé Castañón.

El dictamen precisa también que los trabajadores que tengan en sus centros laborales de seis a 10 años les correspondan 22 días de vacaciones; además los empleados que tengan de 11 a 15 años de labores, tengan 24 días de vacaciones.

Los trabajadores que tengan una antigüedad de 16 a 20 años, según la propuesta, tendrán 26 días de descanso; también los que tengan de 21 a 25 años de antigüedad en el mismo centro laboral, tendrán 28 días de vacaciones.

Los empleados que tengan de 26 a 30 años de trabajo en el mismo centro laboral, gozarán de 30 días de vacaciones y finalmente los que tengan una antigüedad de 31 a 35 años les corresponderán 32 días de vacaciones, según la propuesta que pasa al Pleno del Senado.

Por: 88.9 Noticias

Fuente:

https://889noticias.mx/noticias/pasa-al-pleno-del-senado-reforma-de-vacaciones-dignas/