Michoacán: Dejará ‘volando’ 10 mil trámites Junta de Conciliación; consumarán extinción


Foto: Tomada de Internet. Hill Arturo de Rio Ramírez, presidente de la JLCA, apuntó que si existe cierta  incertidumbre en términos de que se retrasados el proceso.
Sep 23, 2018, 23:42
Juan Bustos/La Voz de Michoacán
Morelia, Michoacán. La Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA) acumula 10 mil expedientes en trámite y rezago, frente al proceso de transformación del organismo y que implica que los casos ahora sean abordados por un centro de conciliación y el Poder Judicial ante la reforma constitucional en materia de justicia laboral cotidiana que desparecerá este órgano, aun está pendiente el establecimiento de la Ley secundaria para continuar el proceso de extinción de dichas juntas.
En entrevista con la Voz de Michoacán, Hill Arturo de Rio Ramírez, presidente de la JLCA, apuntó que si existe cierta  incertidumbre en términos de que se retrasados el proceso de promulgación de la Ley secundaria que reglamentaria la Reforma constitucional en materia laboral.
El 16 de octubre de 2016 se aprobó con 99 votos a favor, sin abstenciones ni votos en contra, el proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 107 y 122 de la Constitución, en materia de justicia laboral que desaparece las Juntas de Conciliación y Arbitraje y regula los llamados contratos de protección, garantizando la contratación colectiva de los trabajadores y el derecho a huelga.
En relación  con la Reforma constitucional federal sobre la justicia laboral cotidiana hemos de decir que  se  estableció un término para que el día 30 de noviembre las juntas federales y locales de  Conciliación y Arbitraje dejaran el 1 de diciembre de recibir nuevos expedientes  y solamente nos avocáramos a los casos en movimiento, transito y rezago”, informó.
Indicó que  esto implicaba que a partir  del 1 de  diciembre hubiera un Centro Nacional y Centros Estatales de conciliación,  pero ello se necesitaba promulgar la ley secundaria que reglamente la legislación, lo cual no se ha hecho.
Tiene los legisladores hasta el día ultimo de noviembre para hacerlo; yo creo que los tiempos ya se apretaron, porque se establecía en la reforma constitucional en todo  septiembre y octubre era tiempo para entregar a la federación los asuntos en trámite en área colectiva, pero hubo retraso”, dijo.

http://www.lavozdemichoacan.com.mx/morelia/acumula-la-jlca-10-mil-expedientes-en-tramite/

¿Avanzará el nuevo gobierno mexicano en la reforma de la justicia laboral?


Sep 20, 2018 
El 1º de julio de 2018, Andrés Manuel López Obrador (conocido por sus iniciales AMLO) y su partido, el Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA), lograron una arrolladora victoria electoral que crea un nuevo contexto político para la implementación de la Reforma Constitucional al sistema de justicia laboral de 2017.
No solo ganó la presidencia AMLO, sino que también MORENA ganó la mayoría de escaños en ambas cámaras del Congreso Federal, haciendo que la aprobación de una legislación de implementación progresista de la Reforma Constitucional sea posible en los próximos meses.
El contexto de este cambio histórico en el liderazgo político en México es las negociaciones por un nuevo Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) que incluirá un nuevo capítulo laboral con disposiciones sobre derechos de libertad de asociación y negociación colectiva.
El Documento Informativo en profundidad de la RSM, ¿Avanzará el Nuevo Gobierno Mexicano en la Reforma de la Justicia Laboral?, analiza la convergencia de eventos en México y a nivel internacional que podrían determinar el nuevo marco legal e institucional por la justicia laboral y los derechos de las trabajadoras(es) en México.
Cliquea aquí por el Documento Informativo de septiembre, 2018
Cliquea aquí por antecedentes y otros vínculos a recursos de la RSM y análisis de la Reforma Constitucional de 2017 y otros temas relacionados con la libertad de asociación en México.

http://www.maquilasolidarity.org/es/avanzar-el-nuevo-gobierno-mexicano-en-la-reforma-de-la-justicia-laboral

Leyes secundarias aterrizarán Convenio 98: STPS


Preocupa a la IP que se permita más de un contrato colectivo por empresa, pero la política del nuevo gobierno no apunta en esa dirección, aseveró Roberto Campa.
Octavio Amador
24 de septiembre de 2018, 00:27
Las dudas del empresariado sobre un mayor poder de los sindicatos a partir de la ratificación mexicana del Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) se despejarán al definirse las leyes secundarias laborales pendientes en el país, pero hay confianza en que las modificaciones preserven la paz laboral, afirmó Roberto Campa, titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
Aprobado en 1949, el Convenio 98 plantea el compromiso de los países que lo suscriben de proteger el derecho de los trabajadores a la sindicación y a la negociación colectiva.
En los hechos, México ha permitido la constitución de sindicatos y la negociación de contratos colectivos de trabajo desde hace décadas, pero hasta la fecha no existen garantías sobre la democracia sindical y la libre afiliación a los sindicatos.
Ello propicia la existencia de sindicatos sin representatividad que o sirven a los intereses de los patrones socavando las condiciones laborales de sus agremiados, o pasan al extremo de extorsionar a los patrones, como sucede con las amenazas de huelgas decididas bajo medios no democráticos.
Al ratificar el Convenio 98, México se compromete a realizar acciones legislativas para dar lugar a una auténtica democracia sindical, aunque dicho compromiso ya existía, explicó Campa Cifrián, desde el 2017, cuando el Congreso mexicano aprobó la reforma constitucional en materia de justicia laboral.
“El Artículo 123 (reformado) dice que, para la solución de conflictos entre sindicatos, para la solicitud de celebración de un contrato colectivo de trabajo y para la elección de dirigentes, el voto de los trabajadores será personal, libre y secreto”, citó el titular de la STPS en entrevista radiofónica.
Recordó que la ratificación del Convenio 98 fue planteada por el actual gobierno del presidente Enrique Peña Nieto desde el 2015, lo cual fue posible, a su vez, por la reforma laboral del 2012, en la que se dio muerte a la cláusula de exclusión, que permitía a los sindicatos pedir el despido de los trabajadores que se negaran a afiliarse.
El fin de la cláusula de exclusión abrió la puerta a la democracia sindical, pues se garantiza así la libertad de los trabajadores de decidir pertenecer o no a los sindicatos, sin ser objeto de represalias.
La ratificación del Convenio 98, no obstante, fue objetada por organismos como el Consejo Coordinador Empresarial (CCE) pues, según su óptica, propiciará que exista más de un sindicato por empresa, lo cual amenaza con perturbar las relaciones laborales.
Campa Cifrián especificó que, más que la multiplicación de sindicatos, lo que preocupa es que pueda existir más de un contrato colectivo por empresa, lo cual “es una preocupación fundada porque las empresas mexicanas tienen malas experiencias en otros países en este tema”.
La posibilidad de que exista esta “multicontratación” dependerá de lo que estipule la legislación secundaria de la reforma en materia de justicia laboral del 2017, que quedó pendiente en la pasada legislatura y deberá ser retomada por la actual.
Sin embargo, expuso, ha externado al CCE que existe confianza en que este tema quede resuelto, pues la próxima administración de Andrés Manuel López Obrador le ha hecho saber que no tiene intenciones de “transitar por esa línea”.
“Yo he tenido una intensa comunicación con el equipo de transición, y la próxima secretaria del Trabajo (Luisa María Alcalde) me asegura que no hay intención de que la legislación secundaria prevea un esquema de multicontratación”, aseveró.
Al margen de la ratificación del Convenio 98, México se comprometió con Estados Unidos, en el acuerdo en principio anunciado por ambos países el pasado 27 de agosto para reformar el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), a impulsar acciones legislativas específicas para garantizar la negociación colectiva.
En la negociación comercial, Estados Unidos acusó a México de tener una legislación laboral laxa que favorece salarios deprimidos y, por ende, una competencia desleal de nuestro país por la atracción de inversiones manufactureras.
empresas@eleconomista.mx

https://www.eleconomista.com.mx/gestion/Leyes-secundarias-aterrizaran-Convenio-98-STPS-20180924-0012.html

Empresarios molestos por las reformas laborales de Morena


23 septiembre, 2018 – Por Alberto Saavedra

Parece ser que los morenistas como mayoría legislativa están dispuestos a generar cambios trascendentes sin descanso. Después del aplastador triunfo de Morena en las elecciones del primero de julio, las bancadas guindas han aprobado el plan de austeridad propuesto por López Obrador, terminando con las pensiones presidenciales y ahora se han lanzado por reformar a los sindicatos mexicanos.
Para liderar el proyecto, el próximo presidente ha llamado a Napoleón Gómez Urritia, el hombre que liderara un importante sindicato minero en el país. Desde que se hizo con el cargo de senador plurinominal, Urrutia prometió un cambio radical en la forma en la que se manejan los sindicatos en México. Con una votación contundente a su favor, se aplicaron reformas a la ley laboral nunca antes vistas en el país. Como respuesta, los empresarios más ricos de México ya se muestran molestos.
El tema que más incomoda a los altos grupos empresariales es el convenio sobre libertad sindical en México. Los esfuerzos del partido guinda han generado que los sindicalizados puedan votar por quién quieren que sea su líder de forma periódica y secreta. Con esto, parece ser que se termina las Elba Esther y los Romero Deschamps, una fórmula que benefició más a empresarios y al gobierno que a los agremiados sindicales.
Desde la Coparmex y el Consejo Coordinador Empresarial ya empiezan a salir las quejas por los cambios legales que ha impuesto Morena desde la cámara alta. Todo está relacionado con el derecho de Sindicación y de Negociación Colectiva de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en la ratificación del polémico convenio 98. Con esto, se otorga bastante poder a los trabajadores mexicanos sindicalizados sobre la autoridad que solamente controlaban sus dirigentes.
En palabras comunes, se ataca directamente al sindicalismo charro, la opción ideal entre gobierno, industria y líderes sindicales para someter a los trabajadores mexicanos. Hasta antes de estas reformas, un solo líder sindical podía firmar convenios de trabajo y contratos colectivos con empresas y gobiernos sin pedir la opinión de los trabajadores. Con esto, se les sometía a formar de trabajo en las que no podían opinar. Para resumir, los sindicatos no funcionaban según el voto de los obreros, sino a través de la opinión de sus líderes impuestos.
Para Aceves del Olmo, un importante empresario mexicano, estos cambios ponen en peligro la generación de empleos. Para entender su reacción es necesario ver la forma en la que han operado los altos mandos empresariales, siempre autonombrados como los grandes creadores de empleos en México, a pesar de los pésimos salarios. Para la cúpula empresarial los cambios de Morena podría generar un conflicto de leyes, sin especificar a cuáles se refieren.
La reforma laboral de Morena pone fin a ochenta años de menosprecio a los tratados internacionales de la OIT. Si bien México se encuentra dentro de ellos hace décadas, no se habían ratificado durante el eterno régimen priísta y los doce años de mandato conservador. Durante las campañas presidenciales, López Obrador se guardó el tema como propuesta para no enfurecer a los empresarios que de por sí ya estaban uniéndose en su contra.
Los líderes empresariales mexicanos aseguran que estos cambios significan de golpe dos cosas. En principio, argumentan que genera desconfianza entre los inversores extranjeros (un recurso que han usado prácticamente en cada intención que no les agrada), además de que deja ver la poca confianza con la que el nuevo gobierno ve la capacidad de ellos como pilar de la economía mexicana. Aquí se confirma la visión de que ellos se consideran personas que están rescatando a México.
A través de Luisa María Alcalde, la joven y futura secretaria del Trabajo, se han generado acuerdos con sindicatos disidentes para generar cada vez más apoyo y voto de los trabajadores mexicanos. En un país en donde el sindicalismo es sinónimo de matrimonio con el gobierno, parece ser que México por fin tendrá un poco de autonomía laboral. Recordemos que estos cambios pueden generar una de las peticiones más importantes de la sociedad mexicana: mejores sueldos.

https://breaking.com.mx/2018/09/empresarios-molestos-por-las-reformas-laborales-de-morena/

Tamaulipas: Reforma laboral terminará con la corrupción en las juntas de conciliación


María Estela Chavira Martínez, secretaria del trabajo en el Estado
Tamaulipas se está buscando atender todas las irregularidades que se han detectado
Por Rafael Lazo Rodríguez
Las malas prácticas y vicios que se tenían anteriormente en las juntas de conciliación y arbitraje en Tamaulipas, serán evitadas con la reforma laboral la cual paleará esa enconada situación que solo perjudica a los trabajadores.
María Estela Chavira Martínez, secretaria del trabajo en el Estado, calificó que hoy, en Tamaulipas se está buscando atender todas las irregularidades que se han detectado para evitar que las malas prácticas sigan persistiendo.
Dijo que la situación anómala que vive ese sector, es un secreto a voces sobre la corrupción que imperaba en las juntas de conciliación y ahora, se pretende que los juicios laborales sean más transparentes y que tengan un proceso corto sin trabas como actualmente las realizan algunos.
“A nivel nacional se venían recibiendo estas prácticas en las diferentes juntas, es por ello que viene esta nueva reforma laboral que más que desaparecerla las juntas de conciliación las viene a fortalecer en otro esquema más formal”, reveló.
Subrayó que la tarea en las juntas, no solamente se requiere abatir el rezago, si no más bien eliminar prácticas de corrupción dentro de ellas, para que camine como debe de ser los diversos temas de ese lugar.
Chavira Martínez de la corrupción, se pretende disminuir la carga laboral en las diferentes juntas de conciliación, al sostener que el tema de la conciliación es un gran acierto para disminuir los juicios laborales, en el que se ponen de acuerdo los patrones y el trabajador y se llega a un acuerdo y así dar por concluida la relación laboral.

https://elmercurio.com.mx/la-ciudad/reforma-laboral-terminara-con-la-corrupcion-en-las-juntas-de-conciliacion

Inicio del fin al sindicalismo corporativo


Jesús Cantú
Domingo 23 de sep 2018
Finalmente el pasado jueves se votó en el Senado la adhesión de México al Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo, que había sido adoptado desde 1949, y que garantiza la libertad de asociación y la libertad sindical de los trabajadores, además de establecer la eliminación de todas formas de trabajo infantil, la discriminación en materia de empleo y ocupación y de cualquier forma de trabajo forzoso u obligatorio.
México fue el último de los países de América Latina y el Caribe en ratificar el convenio, que previamente fue adoptado por 165 países del mundo. 
Durante muchos años el convenio estuvo archivado en la Presidencia de la República porque la legislación laboral mexicana incluía desde 1931 la llamada cláusula de exclusión, que permitía a líderes sindicales y patrones separar a un trabajador que se negara a afiliarse al sindicato que detentaba el contrato colectivo de trabajo.
Dicha disposición se encontraba en el artículo 236 de la ley expedida en 1931 y se trasladó al artículo 395 de la Ley Federal del Trabajo promulgada en 1970, con lo cual se mantuvo vigente hasta el 17 de abril de 2001, cuando el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, declaró inconstitucional dicha norma. Sin embargo, fue hasta el 2015, cuando el actual presidente Enrique Peña Nieto envió el convenio para su ratificación al Senado, sin embargo, el dictamen nunca se había elevado al Pleno del mismo.
Y fue hasta el 17 de febrero del 2017 que se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que sienta las bases para un nuevo modelo de impartición de justicia laboral y de relaciones obrero-patronales. Otro paso para el desmantelamiento de esta protección se dio en el proyecto de Tratado de Libre Comercio, que acordaron México y Estados Unidos hace algunas semanas, pues se incluyó un capítulo especial que garantiza, entre otros, estos mismos derechos laborales. 
La cláusula de exclusión era la columna que soportaba al sindicalismo corporativo mexicano, sea aquel que tenía como principal soporte al gobierno federal, llamado el sindicalismo charro, con la Confederación de Trabajadores Mexicanos (CTM) como su más conspicuo representante; pero que se extendía a muchos otros sindicatos que respaldaron al Partido Revolucionario Institucional, otrora partido hegemónico.
Pero también era el sostén del llamado sindicalismo blanco, que respaldado por los distintos grupos empresariales mexicanos, se convertían en el instrumento que les permitía mantener deprimidos los salarios e imponer sus condiciones a cambio de ciertas prebendas a los líderes sindicales.
La llamada cláusula de exclusión es la que abría la puerta a los llamados contratos de protección (todavía vigentes el día de hoy), mediante los cuales el patrón firmaba el contrato colectivo de trabajo con una central sindical a espaldas de los trabajadores, en muchos casos dicho documento se tenía desde antes de iniciar operaciones. Los líderes del sindicalismo charro y del blanco, por igual, se prestaban a dicha simulación a cambio de pingües ganancias económicas o posiciones políticas y demás prebendas.
Y, desde luego, esto les permitía a los empresarios mantener los bajos niveles salariales, que ya han sido ampliamente tratados en este espacio en colaboraciones previas, además de limitar las prestaciones que les otorgaban. Entre otras, ésta es una de las razones de la creciente desigualdad en México, pues es una de las razones de que los beneficios del crecimiento económico -de por sí bajo para un país emergente- se concentraran en los dueños de las empresas y no se derramara hacia empleados y trabajadores.
Había razones de peso (y de pesos) para que los gobiernos emanados del PRI y el PAN no ratificaran el citado convenio y mantuvieran vigente -en los hechos- la llamada cláusula de exclusión, incluso una vez que la Corte declaró su inconstitucionalidad y que ya se había promulgado una reforma constitucional que pretendía precisamente desarrollar un nuevo modelo sindical y de relaciones obrero-patronales.
Seguramente por la influencia política que todavía mantienen los líderes sindicales y los empresarios, los senadores de la pasada legislatura habían eludido dictaminar el citado convenio y fue hasta el pasado martes, cuando el Senador Napoleón Gómez Urrutia publicó en la Gaceta Parlamentaria una excitativa para que las Comisiones de Relaciones Exteriores, Organismos Internacionales y Trabajo (que todavía no se han conformado y, mucho menos, instalado) emitieran un dictamen sobre el convenio que ya llevaba más de tres años en dicha Cámara, que el tema cobró relevancia en la opinión pública.
La Mesa Directiva de la Cámara Alta decidió convertir dicha excitativa en dictamen y lo elevó al Pleno el pasado jueves 20 de septiembre para su inmediata discusión y aprobación. El dictamen fue avalado por legisladores de todos los partidos políticos representados en el Senado, excepto del PAN. Los legisladores blanquiazules hicieron suyas las preocupaciones de los empresarios, que pedían ser consultados previamente, pues temen que la adopción del mismo impulse la creación de cientos de sindicatos que afecten la productividad de sus empresas.
La adopción del Convenio 98 es un paso más en la dirección correcta, sin embargo, todavía falta emitir la legislación secundaria en el que se norme el nuevo modelo de impartición de justicia laboral y defina las nuevas reglas que regularán la vida de los sindicatos mexicanos. Y, una vez que eso se logre, la mesa estará servida para que gobierno, trabajadores y empresarios empiecen a construir una nueva era en el sindicalismo mexicano y las relaciones obrero-patronales, en beneficio de la clase trabajadora y de México.

https://www.elsiglodetorreon.com.mx/noticia/1501724.inicio-del-fin-al-sindicalismo-corporativo.html

OIT ve trabas en México para aplicar convenio de libertad sindical


Zenyazen Flores
La Organización Internacional del Trabajo considera que las dificultades pueden presentarse ante resistencias de algunos sectores sindicales o de empresas.
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) aseguró que la ratificación del Convenio 98 es un paso adelante para garantizar y promover libertad de asociación y sindical y la negociación colectiva, sin embargo, en la práctica la aplicación de estos principios en México puede presentar dificultades.
Gerardina González, directora de la Oficina para México y Cuba de la OIT, señaló que “esas dificultades se refieren a la hora de implementar el convenio, es decir, si se aplica o si realmente se cumple el Convenio 98 y si realmente no hay injerencia de nadie en las organizaciones de empleadores y sindicatos, y si los sindicatos tienen la posibilidad de decidir autónomamente”.
En entrevista, la experta consideró que México tiene ya muchas de las normas y principios que están en el Convenio 98.
 “La ratificación del Convenio refuerza el avance hacia el cumplimiento de la legislación mexicana”, agregó González.
Las dificultades pueden presentarse ante resistencias de algunos sectores sindicales o de empresas ante los temores sobre los cambios a implementar en las leyes y el efecto que ello tendría en las relaciones laborales, señaló.
El viernes pasado, la Organización de las Naciones Unidas, a través de la OIT, felicitó a México por la ratificación del Convenio 98, sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, con lo que el país completó la ratificación de los ocho convenios fundamentales, que incluyen la eliminación de todas las formas de trabajo forzoso; la abolición del trabajo infantil y de la discriminación en empleo y ocupación.

http://www.elfinanciero.com.mx/economia/oit-ve-trabas-en-mexico-para-aplicar-convenio-de-libertad-sindical

Avala Tepic reforma al Poder Judicial


21 de septiembre, 2018
El documento contempla la reforma de diversos artículos de la Constitución Política de Nayarit en materia de Justicia Laboral e Integración del Poder Judicial
Yuvenia Ulloa
Tepic.- En sesión extraordinaria de cabildo, quienes integran el XLI Ayuntamiento Constitucional del municipio de Tepic aprobaron por mayoría calificada el decreto que reforma diversos artículos de la Constitución del Estado, aprobado el pasado martes por las y los diputados de la XXXII Legislatura de Nayarit.
Este decreto, analizado y votado en sesión extraordinaria de cabildo este viernes por la tarde, por las y los regidores, así como la síndica y presidente municipal de Tepic, contempla reformar los artículos 47, fracción IX; 69, fracción XII, segundo párrafo; 81, segundo párrafo; 82, fracción III; 85, numeral 1 y 5; 86, primer párrafo; y se adicionan el segundo párrafo a la fracción VII y la fracción XVIII al artículo 7; el tercer párrafo al artículo 84, el segundo párrafo, al numeral 6 del artículo 85; todos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit.
“Es parte del proceso constitucional de que todo cambio que se haga a los artículos de la Constitución tienen que ser aprobado por las dos terceras partes de los miembros del Congreso y a su vez aprobada también por la mayoría de los ayuntamientos del estado. Tengo entendido que ya prácticamente está la aprobación de la mayoría de los ayuntamientos. Acabamos de hacer la aprobación, contando con la votación de más de dos terceras partes de los presentes”, dijo el presidente Javier Castellón Fonseca al término de la sesión extraordinaria.
Las reformas contemplan cambios en materias laboral y judicial; “se está reformando la Ley Laboral para la creación del Centro de Conciliación y Arbitraje; para cambiar la integración del Tribunal de 17 a 13 Magistrados y se están reformando los procedimientos de la conformación del Consejo de la Judicatura que evaluará los procesos judiciales en nuestro estado”, agregó el alcalde capitalino.
Castellón Fonseca señaló también que esta “es una reforma que era necesaria y nosotros contribuimos con el voto del Ayuntamiento para que saliera adelante en una sesión extraordinaria, con base a la prontitud necesaria para que estos decretos pasen a los ayuntamientos y a su vez se regresen al Congreso del Estado”.
La aprobación del decreto por el cabildo fue por mayoría calificada; con la votación en contra del regidor del PRI, José Antonio Valenzuela Betancourt y la abstención del regidor del PT, Aristeo Preciado Mayorga.

https://nnc.mx/articulo/portada/avala-tepic-reforma-al-poder-judicial/1537595934

 

Alcances de la ratificación del convenio 98 de la OIT


Carlos de Buen
Dados los rumores y la información distorsionada que ha surgido, conviene precisar qué dice y qué no dice el Convenio 98 de la OIT que México no había ratificado.
El 20 de septiembre de 2018 el senado de la República ratificó el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, que data de 1949 y es uno de los ocho “convenios fundamentales” de la Organización, el único de ellos que México no había ratificado.
Conforme a las reformas de 2011 al artículo 1ro. constitucional, los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por México están al mismo nivel de la Constitución por lo que, siendo la sindicación y la negociación colectiva derechos humanos, el Convenio 98 está por encima de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Lo cierto, sin embargo, es que las reglas de la Ley no contradicen al Convenio 98 por lo que el cambio fundamental es el compromiso de México en favor de la libertad sindical y de una negociación colectiva auténtica.
Dados los rumores y la información distorsionada que ha surgido, conviene precisar qué dice y qué no dice este Convenio:

  1. Prohíbe condicionar el ingreso de un trabajador a que no se afilie a un sindicato o a que salga del mismo. En consecuencia, no prohíbe la llamada “cláusula de exclusión por ingreso” o “cláusula de admisión” contemplada en el artículo 395 de la LFT que permite pactar en los contratos colectivos de trabajo (CCT) que el patrón admita exclusivamente a los trabajadores que sean miembros del sindicato contratante.

Un patrón no puede rechazar a un trabajador por pertenecer a un sindicato, pero si puede quedar obligado a admitir solo a quienes formen parte del sindicato con el que celebró el CCT si así lo dispone el propio contrato.

  1. Prohíbe despedir o perjudicar de cualquier forma a un trabajador por ser miembro de un sindicato o por participar en actividades sindicales, sin importar si la empresa tiene CCT o si se trata o no del sindicato titular de dicho contrato.

En sentido estricto, tampoco prohíbe incluir en los CCT la “cláusula de exclusión por separación” por la que el patrón se obliga a separar a los trabajadores que renuncian o son expulsados del sindicato contratante, la cual estaba expresamente permitida en el segundo párrafo del artículo 395 de la LFT, que fue derogado en 2012. Sin embargo, el párrafo se suprimió, pero la cláusula no se prohibió por lo que, bajo el principio de que los particulares podemos hacer lo que la ley no nos prohíbe, esta cláusula puede conservar su validez.
No obstante, en una tesis aislada de 2011 la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional esta cláusula por estimar que transgrede la libertad de trabajo que establece el artículo 5to constitucional, el derecho de asociación que consagra su artículo 9no y la libertad sindical que contempla su artículo 123, 2 apartado A, fracción XVI. No es una jurisprudencia y por ello no obliga a los tribunales, pero es un precedente importante.

  1. Protege a los sindicatos de trabajadores de cualquier injerencia de los patrones y considera como actos de injerencia los que buscan que el patrón controle a los sindicatos de sus trabajadores, lo que es una práctica común en México a través de los llamados “contratos colectivos de trabajo de protección patronal”. En sentido estricto no agrega nada nuevo ya que el artículo 357 de la LFT dispone que cualquier injerencia indebida debe ser sancionada.
  2. Obliga a fomentar la sindicalización y la negociación colectiva, derechos ambos reconocidos en el artículo 123 constitucional.

Como se puede observar, la ratificación del Convenio 98 implica un cambio más simbólico que real, pero establece un compromiso serio del país para respetar y fomentar los derechos de asociación profesional y de negociación colectiva, lo que es contrario a la muy difundida práctica de los contratos de protección que siempre han sido ilegales, pero que hasta ahora fueron tolerados por las autoridades.
Es importante precisar que las quejas que en lo futuro se presenten ante el Comité de Libertad Sindical de la OIT por violaciones a estos derechos, podrán fundarse en el Convenio 98 y no solo en el 87 que está vigente en México desde 1951.
La ratificación del Convenio 98 implica un cambio más simbólico que real, pero establece un compromiso serio del país para respetar y fomentar los derechos de asociación profesional y de negociación colectiva, lo que es contrario a la muy difundida práctica de los contratos de protección que siempre han sido ilegales, pero que hasta ahora fueron tolerados por las autoridades
Siguen los requisitos que establece la LFT para constituir sindicatos de trabajadores, entre ellos el reunir a veinte trabajadores en servicio activo, así como el modelo de negociación que reconoce al sindicato mayoritario como el único titular del CCT, por lo que es absolutamente falso que vayan a surgir sindicatos como si fueran hormigas, que los patrones tengan que negociar con varios sindicatos a la vez y que vayan a aumentar las extorsiones de quienes emplazan a huelga sin representar a los trabajadores.
Lo que si puede y debe ocurrir es que se extingan los sindicatos controlados por los patrones junto con los contratos de protección. Finalmente cabe agregar que el convenio 98 no entrará en vigor en nuestro país sino hasta un año después de que la OIT registre la ratificación de México, de acuerdo con lo que dispone su artículo 8.

https://www.arenapublica.com/opinion/carlos-de-buen/2018/09/21/13722/alcances-de-la-ratificacion-del-convenio-98-de-la-oit?amp&__twitter_impression=true

Batres: lo de la mordaza,ardid de Moreno Valle para frenar el aval del Convenio 98 de la OIT

 
El presidente del Senado, Martí Batres Guadarrama, charla con Miguel Ángel Mancera, entre otros legisladores, el pasado jueves, durante la sesión ordinaria de esa cámara.Foto Cristina Rodríguez
Andrea Becerril
Periódico La Jornada
Domingo 23 de septiembre de 2018, p. 6
En la ratificación del Convenio 98 de la de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) no hubo imposición ni trasgresión alguna del reglamento o la ley, como acusa el PAN, sostuvo el presidente del Senado, Martí Batres.
En entrevista, resaltó que Acción Nacional, por conducto del senador Rafael Moreno Valle, trató de negociar que se retirara del orden del día la discusión de ese instrumento internacional, el pasado jueves. Al no lograrlo, el ex gobernador de Puebla advirtió que su bancada votaría contra un acuerdo de la mesa directiva para agilizar el trabajo legislativo, pese a que inicialmente lo había avalado, en su carácter de vicepresidente de esa cámara.
Batres resaltó que incluso, tras el intento fallido de Moreno, varios legisladores del PAN argumentaron violación a su derecho a la libertad de expresión y hasta acusaron que les aplicaban “una mordaza”, por la aprobación de ese acuerdo, propuesto por la mesa directiva, por el que se reduce de 10 a cinco minutos el tiempo de cada orador en tribuna, exclusivamente en el caso de presentación de iniciativas de ley.
Cuando Morena y sus aliados aprobaron el acuerdo, los panistas abandonaron la sesión, seguidos por parte de la bancada del PRI, aunque los priístas retornaron después al pleno y votaron la ratificación de ese Convenio 98 sobre libertad sindical y de contratación colectiva.
Quedó claro, agregó, que el PAN lo que pretendía era impedir a toda costa que se aprobara ese Convenio 98, que la pasada legislatura mantuvo congelado, pese a que el presidente Enrique Peña Nieto remitió en 2015 al Senado la solicitud del gobierno federal para su ratificación.
Factores “extralegislativos”
–¿En la actitud de Moreno Valle y el PAN no influyó también la resolución del Tribunal Federal Electoral sobre la elección de Puebla y la negativa de Morena a cederles comisiones clave? –se le preguntó a Batres,
–El senador Moreno Valle andaba molesto por circunstancias extralegislativas y políticas, [pero] no hay razón alguna para sostener que se les quiere poner una mordaza.
“El acuerdo no lo propuso Morena, sino la mayoría de los integrantes de la mesa directiva y el priísta Jorge Carlos Ramírez Marín, así lo reconoció ante el pleno el mismo jueves”, detalló.
Incluso el senador del PRI explicó que él no abandonó la sesión, porque estaba conforme con ese acuerdo y el perredista Juan Zepeda, integrante de la mesa directiva, lo asumió también.
Batres explicó que en las seis sesiones que van en el Senado, las fuerzas políticas han presentado 161 iniciativas de ley. En cada sesión, se llevan al pleno 10 de ellas y con ese acuerdo, más senadores podrían pasar a tribuna. Esa es la razón de esa propuesta de acortar los tiempos.
–¿Lo acusan los panistas y priístas de conducir el Senado de forma autoritaria?
–Falso. He sido flexible e incluyente. Cuando comenzó la discusión del instrumento internacional, el PAN mandó pedir que su intervención, por escrito, contra la ratificación, se incluyera en el Diario de Debatesy, aunque el Reglamento del Senado no me obliga a ello, accedí.
–¿No le funcionó la estrategia al PAN?
–Como oposición, su estrategia es válida, legítima y ellos tendrán que valorar si es eficiente o no, pero independientemente de ello, nuestra obligación como Senado es dar resultados a la ciudadanía y lo hicimos con la ratificación de este Convenio 98 de la OIT, que permitirá avanzar a la democracia sindical. Fue un hecho histórico, aprobado por unanimidad.

https://www.jornada.com.mx/2018/09/23/politica/006n1pol