Conciliación entre patrones y trabajadores limita la intervención de abogados: CFCRL

El 71% de los procesos de conciliación laboral entre trabajadores y empleadores que realiza el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral se ha resuelto en favor de los trabajadores y sin la intervención de abogados.

El 71% de los procesos de conciliación laboral entre trabajadores y empleadores que realiza el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL), se ha resuelto en favor de los trabajadores y sin la intervención de abogados.

Así lo dio a conocer el CFCRL que encabeza Alfredo Domínguez Marrufo, quien destacó que el procedimiento de conciliación tiene una duración máxima de 45 días naturales y no tiene ningún costo.

“Con este nuevo procedimiento se evitan los juicios largos y costosos, que dejaban en desventaja a la clase trabajadora”.

Asimismo, informó a los trabajadores que en las oficinas del CFCRL se otorga el servicio de asesoría por parte de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) y el Instituto Federal de la Defensoría Pública (IFDP), ambos también sin costo.

El Centro Federal hizo un llamado a no caer en manos de los llamados “coyotes”, que ofrecen resolver el conflicto ante esta instancia, ya que los servicios que se ofrecen son gratuitos.

En diferentes ventanillas de atención y asesoría en los estados, el Centro Federal brindó durante el año 2021 un total de 14,818 orientaciones, de las cuales 92.90% han sido en su mayoría para los usuarios que solicitaron información de los servicios de conciliación individual por despido y pago de prestaciones.

Del 18 de noviembre de 2020, en que inició operaciones en ocho estados del país, hasta el 28 de febrero de 2022, en que ya opera en 21 entidades, se han concretado 24,604 convenios de conciliación individual entre trabajadores y empleadores. Los estados donde se registran mayor número de asuntos conciliados son el Estado de México y Ciudad del Carmen.

Por: María del Pilar Martínez / El Economista

Fuente: https://www.eleconomista.com.mx/empresas/Conciliacion-entre-patrones-y-trabajadores-limita-la-intervencion-de-abogados-CFCRL-20220320-0010.html

Rechazan una treintena de contratos colectivos

La CROC ha perdido contratos como el que tenía con la empresa de seguridad SEPSA, en donde 56.7% de los trabajadores votó en contra.

Trabajadores de sectores automotriz, industria química, hotelera y alimentos, entre otras, han decidido poner fin a 30 contratos colectivos de trabajo en los últimos tres años, tiempo en el que entró en vigor la reforma laboral y que obligó a los sindicatos a poner bajo votación el contrato firmado con las empresas y cuyo contenido era desconocido por los trabajadores.

No sólo el contrato de General Motors en su planta de Silao ha sido cancelado; de acuerdo con el reporte del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL), desde el primero de mayo de 2019 y hasta la fecha se han dado por terminados una treintena de contratos.

En la lista se encuentran sindicatos afiliados al Congreso del Trabajo (CT) también conocidos como corporativos, tal es el caso del Sindicato de Trabajadores de Establecimientos Comerciales y de Servicios Similares y Conexos del Estado de Michoacán, C.T.M. que realizó la votación en centros de trabajo de Soriana y con 57.3% de votos en contra, este contrato ya fue cancelado.

La Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC) tampoco ha logrado el voto a favor de algunas de las legitimaciones que ha realizado, pues ha perdido contratos como el que tenía con la empresa de seguridad SEPSA, en donde 56.7% de los trabajadores votó en contra.

Otro caso en el que se dio por terminado el acuerdo laboral es el del sindicato que llevaba el mismo nombre que la empresa; se trata de Sindicato Único de Trabajadores de la Empresa 3M Purification de la C.T.M; pues en el momento de la votación, de los 1,929 trabajadores en el padrón verificado, votaron 1,315, de los cuales el 51.6% decidieron votar en contra de la legitimación del contrato colectivo.

Cabe resaltar que una vez que se da por concluido el contrato, los trabajadores mantienen sus derechos laborales intactos; no obstante, puede presentarse otra organización sindical y presentar la demanda de contrato ante la empresa, a fin de representar a los trabajadores, y  para ello debe contar con el 30% de la representatividad.

pilar.martinez@eleconomista.mx

Por: Pilar Martínez/ El Economista

Fuente: https://www.eleconomista.com.mx/empresas/Rechazan-una-treintena-de-contratos-colectivos-20220316-0019.html

Sobreviviría 2% de los contratos colectivos previos a reforma laboral

“La tendencia en la legitimación de contratos colectivos de trabajo indica que no serán más de 10,000 los que se sometan al voto de los trabajadores. Es natural, la inmensa mayoría fueron firmados, en el pasado, sin representatividad de los sindicatos”, afirmó el presidente de la Unión Nacional de Juristas de México, Pablo Franco.

A nivel nacional serán cancelados 490,000 contratos colectivos de trabajo, ya que al ser de protección, no cumplirán con el proceso de legitimación que concluye en mayo de 2023, quedando únicamente como legítimos 10,000, estimaron especialistas.

“La tendencia en la legitimación de contratos colectivos de trabajo indica que no serán más de 10,000 los que se sometan al voto de los trabajadores. Es natural, la inmensa mayoría fueron firmados, en el pasado, sin representatividad de los sindicatos”, afirmó el presidente de la Unión Nacional de Juristas de México, Pablo Franco.

Destacó que sería un grave error si las autoridades laborales buscan ampliar el plazo para dar cumplimiento a esta obligación sindical, la cual forma parte del Capítulo 23 del T-MEC, pues se establecieron 4 años para llevarla a cabo, a través del voto libre secreto y directo de los trabajadores.

En ese sentido, “el 2 de mayo de 2023 se tendrán que declarar como terminados alrededor de 400,000 contratos colectivos por mandato de ley, al no ser expuestos a votación”.

Datos del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) indican que sólo 3,300 contratos colectivos de trabajo ya cumplieron con el proceso de legitimación, en donde se consultó a 1.2 millones de trabajadores y 30 contratos fueron cancelados.

Un análisis de la Labor Business School prevé que las organizaciones sindicales no realizarán las legitimaciones de sus contratos, “lo que pone en riesgo a las empresas, quienes en sus áreas de relaciones laborales o recursos humanos, tendrán que estar atentos en los nuevos procesos, y en la organización que asuman los trabajadores a partir de que se den por terminados los contratos colectivos”, expuso Óscar de la Vega.

De la Vega afirmó que no se llegará ni al 10% de la legitimación de contratos para mayo de 2023; así que alrededor de 490,000 quedarán cancelados, e incluso, aquellos que se han votado por la “No” legitimación, dijo, “no ha sido por falta de planeación de los sindicatos quienes tienen la titularidad; lo que hemos visto es un voto de castigo; la situación que vino operante en 20 o 30 años, en los que no hubo rendición de cuenta. El sindicalismo independiente es una realidad”.

Destacó que mientras en Estados Unidos la tasa de sindicación va a la baja, esas organizaciones sindicales que ahora tienen presencia en México, “han visto con mucho interés algunos sectores en nuestro país, como el automotriz; además de una beta extraordinaria para ese sindicalismo americano, que no vienen a mejorar las condiciones de los obreros mexicanos, sino tienen como fin último desincentivar la inversión americana en el país”.

La mayor parte de la empresas tienen sindicatos de “chocolate”, son sindicatos que han vivido a la sombra del empleador, “recibe sus cuotas anuales o mensuales, tienen cero estructura, el único rol era sentarse una vez al año a firmar una revisión, pero esto se acabó; ahora la gran duda es, y vamos tarde, si tienes sindicato que sea democrático o mejor mantente en un ambiente sin sindicato”.

Por: Pilar Martínez / El Economista

Fuente: https://www.eleconomista.com.mx/empresas/En-Mexico-se-cancelaran-490000-contratos-colectivos-de-trabajo-al-no-cumplir-con-proceso-de-legitimacion-especialistas-20220313-0010.html

Cuatro secciones del Sindicato Petrolero repondrán elecciones

Los grupos que repondrán elecciones son: Sección 10, Minatitlán, Veracruz; Sección 34, Ciudad de México e Hidalgo; Sección 38, Salina Cruz, Oaxaca y Sección 47, Ciudad del Carmen, Campeche.

El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) emitió la convocatoria para la reposición de las elecciones en cuatro secciones sindicales del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM), fijando la convocatoria en los sitios de mayor afluencia de las instalaciones concernientes a dichas secciones.

De acuerdo con el nuevo Sistema de Justicia Laboral, le corresponde al Centro Laboral convocar y organizar la reposición de las elecciones que fueron anuladas por duda razonable, las cuales se realizarán nuevamente el lunes 28 de marzo de 2022, en las siguientes secciones:

  • Sección 10, Minatitlán, Veracruz
  • Sección 34, Ciudad de México e Hidalgo
  • Sección 38, Salina Cruz, Oaxaca
  • Sección 47, Ciudad del Carmen, Campeche

Además, por decisión de las y los trabajadores se repondrá el proceso de elección de dirigencia en la Delegación 22 de la Sección 40, ubicada en Acapulco, Gro, en la que existió un empate entre dos planillas.

Estos procedimientos se realizarán mediante el voto personal, libre, secreto y directo de las y los trabajadores, y serán los verificadores del Centro Laboral -auxiliados por Inspectores Federales del Trabajo- quienes supervisarán estas votaciones.

Por: María Del Pilar Martínez / El Economista

Fuente: https://www.eleconomista.com.mx/empresas/Cuatro-secciones-del-Sindicato-Petrolero-repondran-elecciones-20220310-0043.html

Congreso recibe terna para titular de Centro de Conciliación Laboral

La terna enviada por el Ejecutivo es integrada por: Magdalena Gallegos, Carlos Morán y Marcos Ignacio Peralta

La Paz, Baja California Sur. (OEM-Informex).- En sesión de la diputación permanente, la XVI Legislatura del Congreso del Estado de Baja California Sur recibió este 08 de marzo, la terna enviada por el titular del Poder Ejecutivo para elegir al Director o a la Directora del Centro de Conciliación Laboral de Baja California Sur.

La diputada secretaria María Luisa Trejo dio lectura al oficio enviado por el titular del Poder Ejecutivo estatal con la terna, la cual está conformada por la licenciada Magdalena Gallegos Ortiz y los licenciados Carlos Morán Escobar y Marcos Ignacio Peralta Piriz.

La designación forma parte del proceso de armonización de la reforma laboral y conforme al decreto de ley que crea el Centro de Conciliación Laboral de Baja California Sur, en cuyo segundo articulo transitorio especifica que, el Ejecutivo del Estado dentro del plazo de quince días naturales siguientes a la entrada en vigor del decreto, deberá someter una terna a consideración del Congreso del Estado.

De acuerdo al artículo 7 de la Ley Orgánica del Centro de Conciliación Laboral estatal, “El Centro de Conciliación tendrá como objeto ofrecer el servicio público de conciliación para la solución de los conflictos laborales entre trabajadores y empleadores, individuales o colectivos, en asuntos del orden estatal, ofreciendo a éstos una instancia eficaz y expedita, y para dar certeza y seguridad jurídica, atendiendo a lo dispuesto por el artículo 123 Constitucional”.

A partir del 1 mayo de este año 2022, se contará con una delegación u oficina de los centros de conciliación laboral en cada municipio.

De acuerdo al espíritu de la reforma nacional esta Ley, representa una justicia laboral rápida, expedita y funcional para todas las trabajadoras y todos los trabajadores.

Dentro de los diez días siguientes a la designación que se realice se deberá llevar a cabo por única ocasión la instalación preparatoria de la Junta de Gobierno del Centro de Conciliación a fin de llevar a cabo de inmediato las acciones necesarias para la creación de la estructura orgánica y funcional del organismo.

Para estos efectos el Titular del Centro de Conciliación Laboral, deberá realizar la convocatoria respectiva a los integrantes de la Junta de Gobierno, asimismo deberá de llevarse a cabo el proceso de selección, designación, nombramiento, capacitación y adscripción del personal del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Baja California Sur y sus delegaciones.

Por: Elías Medina / El Sudcaliforniano

Fuente: https://www.elsudcaliforniano.com.mx/local/municipios/congreso-recibe-terna-para-titular-de-centro-de-conciliacion-laboral-7965620.html

De juntas a centros de conciliación: ¿Cómo presentar una demanda laboral?

La reforma laboral cambió la forma de procesar las demandas laborales, desapareció las Juntas de Conciliación y Arbitraje y creó nuevas autoridades.

En octubre de este año la reforma laboral de 2019 concluirá su implementación en el territorio nacional, con ello habrán bajado su cortina todas las Juntas de Conciliación y Arbitraje en todos los estados y las demandas laborales se resolverán a través del nuevo modelo de justicia: ante centros de conciliación y tribunales laborales.

La reforma laboral de 2019, que ya opera a plenitud en 21 estados del país, contempló la creación de nuevas instituciones para resolver conflictos entre patrones y trabajadores: el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL), centros de conciliación locales y tribunales laborales locales y federales.

De esta manera, la solución de problemas entre trabajadores y empleadores pasa por un nuevo mecanismo con una apuesta importante en la conciliación y las Juntas de Conciliación y Arbitraje seguirán abiertas únicamente para concluir con los asuntos pendientes, pero no recibirán nuevos casos.

Para iniciar una demanda laboral se debe tomar en cuenta que el nuevo modelo de justicia establece dos fases —salvo algunas excepciones— para resolver los conflictos laborales. La primera etapa es la de conciliación y se desahoga ante una oficina de un centro federal o local, la cual no debe durar más de 45 días y es considerada un requisito prejudicial, es decir, se requiere agotar antes de iniciar un juicio ante un tribunal laboral.

La segunda etapa es la del juicio, en caso de no alcanzarse la conciliación entre ambas partes, se podrá iniciar el juicio ante un tribunal laboral federal o local, autoridad encargada de resolver en un plazo no mayor a los seis meses el conflicto.

Los servicios de los centros de conciliación y los tribunales laborales son gratuitos y, por lo tanto, las demandas laborales no tienen costo, salvo que se busque representación legal particular, aunque esta no es requerida en la etapa de conciliación.

Sin embargo, la representación legal puede ser gratuita a través de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) y puede solicitarse a teléfono (800) 911-7877, a través de WhatsApp en la línea (55) 1484-8737 o al correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx

La Profedet también es la autoridad encargada de brindar asesoría a los trabajadores para las soluciones mediante el proceso de conciliación.

Entre los servicios gratuitos de representación legal a los que pueden acceder los trabajadores se encuentra la del Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP), autoridad que puede representar a las personas trabajadoras en un juicio ante un tribunal laboral. Se puede solicitar este servicio en el número (800) 224-2426 o a través del correo defensoria.laboral@correo.cjf.gob.mx

En el nuevo modelo de solución de conflictos, también hay que considerar que hay al menos nueve situaciones en las que no se debe agotar la etapa de conciliación y se puede iniciar directamente el juicio ante un tribunal laboral. Esto ocurre cuando se presenta:

  1. Discriminación en el empleo y ocupación por embarazo, así como por razones de sexo, orientación sexual, raza, religión, origen étnico o condición social
  2. Acoso u hostigamiento laboral
  3. Designación de beneficiarios por muerte
  4. Prestaciones de seguridad social por riesgos de trabajo, maternidad, enfermedades, invalidez, vida, guarderías y prestaciones en especie y accidentes de trabajo
  5. Vulneración a la libertad de asociación, libertad sindical y el reconocimiento efectivo de la negociación colectiva
  6. Trata laboral o trabajo forzoso
  7. Trabajo infantil
  8. Disputa de la titularidad de contratos colectivos o contratos ley
  9. Impugnación de los estatus de los sindicatos o su modificación

Demanda laboral, ¿federal o local?

Como ya se mencionó anteriormente, antes de presentar la demanda laboral contra un empleador, primero se debe agotar la etapa de conciliación. Este proceso se inicia en una de las oficinas del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral o a través de la página de internet del órgano o en los centros de conciliación locales.

En caso de no alcanzarse un acuerdo en esta etapa, la autoridad emitirá una carta de “no conciliación”, con la cual se debe acudir a un tribunal laboral federal o local para presentar la demanda laboral e iniciar con un juicio.

¿Cómo definir si es una instancia federal o local? Esto dependerá de la industria a la que pertenezca el empleador.

El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral es la autoridad responsable de atender los asuntos que se generen en un centro de trabajo de una de las 22 industrias de la rama federal, como:

  1. Textil
  2. Eléctrica
  3. Cinematográfica
  4. Hulera
  5. Azucarera
  6. Minera
  7. Metalúrgica y siderúrgica, abarcando la explotación de los minerales básicos, el beneficio y la fundición de los mismos, así como la obtención de hierro metálico y acero a todas sus formas y ligas y los productos laminados de los mismos.
  8. Hidrocarburos
  9. Petroquímica
  10. Cementera
  11. Calera
  12. Automotriz, incluyendo autopartes eléctricas
  13. Química, contemplando también la farmacéutica y de medicamentos
  14. Celulosa y papel
  15. Aceites y grasas vegetales
  16. Productora de alimentos, abarcando exclusivamente la fabricación de los que sean empacados, enlatados o envasados o que se destinen a ello
  17. Elaboradora de bebidas que sean envasadas o enlatadas o que se destinen a ello
  18. Ferrocarrilera
  19. Maderera básica, que comprende la producción de aserradero y la fabricación de triplay o aglutinados de madera
  20. Vidriera, exclusivamente por lo que toca a la fabricación de vidrio plano, liso o labrado, o de envases de vidrio
  21. Tabacalera, que comprende el beneficio o fabricación de productos de tabaco
  22. Servicio de banca y crédito

En ese sentido, si no se alcanza una solución en la etapa de conciliación, la persona trabajadora debe iniciar un juicio ante un tribunal laboral federal.

En tanto, la fuerza laboral del resto de las ramas industriales debe acudir a los centros de conciliación locales, algunos ejemplos de estas actividades económicas son:

  • Restaurantes
  • Hoteles
  • Tiendas de autoservicio
  • Seguridad privada
  • Servicios de limpieza

Al igual que en la competencia federal, en caso de no alcanzar la conciliación, los asuntos se dirimirán en los tribunales laborales locales.

La conciliación tiene un plazo máximo de 45 días para alcanzar una solución y los tribunales cuentan con seis meses para resolver los juicios. De esta manera, la nueva justicia promete reducir de 4 años a 8 meses el promedio de tiempo para resolver los conflictos laborales.

Por: Gerardo Hernández / El Economista

Fuente: https://www.eleconomista.com.mx/capitalhumano/De-juntas-a-centros-de-conciliacion-Como-presentar-una-demanda-laboral-20220306-0011.html

Denuncian despido masivo en Centro de Conciliación Laboral en Coatzacoalcos

El edificio que alberga las Juntas de Conciliación y Arbitraje 14, 15 y 16 así como el Centro de Conciliación Laboral en el municipio de Coatzacolcos carece de energía eléctrica, además la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STyPS) despidió al 70 por ciento de los trabajadores, lo que ha retrasado la atención a los ciudadanos, señalaron las abogadas Jessica Sagrario Palafox Torres y Consuelo Valentín Jiménez.

La energía eléctrica fue suspendida desde hace tres semanas, y con el calor característico de Coatzacoalcos los empleados y ciudadanos no pueden estar adentro del edificio porque no hay clima, ni luz para las computadoras, por lo que suspendieron el servicio.

Expusieron que se presume la intención del gobierno de Veracruz de eliminar las Juntas de Conciliación y Arbitraje de Coatzacoalcos, lo que afectará a los ciudadanos con necesidad de denunciar o les resuelvan los trámites, además de que hay 30 mil expedientes acumulados.

“Estamos hablando que ninguna de las dependencias da el servicio. Estamos hablando que son 80 audiencias agendadas en cada una de las Juntas, haga la cuenta 80 X 3 ¿Cuántos expedientes se quedan sin atender? Que de por si están rezagados y en el olvido, desde hace tres semanas no hay luz” señalaron.

De este problema tiene conocimiento la titular de la STPSyP, Dorheny García Cayetano, pero no ha resuelto la problemática, y se desconoce qué motivó a que los edificios se quedaran sin energía eléctrica.

“Estamos hablando que este problema afecta a 300 abogados que ahí hacemos trámites, afecta a los empleados, afecta a los ciudadanos, y hasta ahora la secretaría Dorheny, su secretaría no ha dado la cara, no sabemos si es por falta de pagos, si hay problemas con el arrendador del edificio” señalaron las abogadas en Xalapa provenientes de Coatzacoalcos.

Refirieron que desde que se aplicó el Nuevo Sistema de Justicia Laboral, las Juntas de Conciliación quedaron rezagadas, y más del 70 por ciento de los empleados fueron despedidos, por lo que hay una carencia de personal para atender las audiencias.

“Es humanamente imposible que dos personas atiendas tantas audiencias en un día, por eso hay tanto expediente rezagado, no hay atención, y nadie da la cara, ni dice qué está pasando ahí” finalizaron. /XEU

Por: El Pulso Laboral

Fuente: https://elpulsolaboral.com.mx/mercado-laboral/27442/denuncian-despido-masivo-en-centro-de-conciliacion-laboral-en-coatzacoalcos

Recibe SINTTIA constancia de representatividad en GM Silao

El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) emitió la constancia de representatividad al Sindicato Independiente Nacional de Trabajadores y Trabajadoras de la Industria Automotriz (SINTTIA), con lo cual podrá iniciar las negociaciones con la empresa General Motors, en Silao, Guanajuato, para la firma de un nuevo contrato colectivo (CCT).

Así lo informó la autoridad laboral, quien recordó que en la consulta para elegir a la representación sindical, el sindicato independiente se impuso a la Confederación de Trabajadores de México (CTM) al obtener el respaldo mayoritario de los trabajadores con 4 mil 192 votos.

En la consulta realizada los pasados 1 y 2 de febrero, los trabajadores de la planta automotriz votaron de forma personal, libre, secreta y directa para elegir, de entre cuatro sindicatos participantes, al que los representará en la negociación de su nuevo CCT.

En total votaron 5 mil 478 trabajadores, de los cuales 5 mil 389 fueron válidos y 89 nulos, “de un padrón de 6 mil 232 personas con derecho a votar, lo que arrojó una participación del 87.9 por ciento», detalló en CFCFRL en un comunicado.

Una vez que el SINTTIA recibió la constancia de representatividad, podrá iniciar pláticas con la empresa para la firma de un nuevo CCT, “ya sea de manera directa o a través de un emplazamiento a huelga que promueva ante un Tribunal Laboral”.

Asimismo, una vez analizadas las únicas dos denuncias que se presentaron vía electrónica, el Centro Laboral las declaró improcedentes con base en los reportes de su personal de verificación y de los inspectores federales del trabajo de la STPS.

Es de destacar que la consulta se llevó a cabo en forma totalmente pacífica y sin incidente alguno, en la que participaron Observadores del Instituto Nacional Electoral y de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

Por: La Jornada

Fuente: https://www.jornada.com.mx/notas/2022/02/16/politica/recibe-sinttia-constancia-de-representatividad-en-gm-silao/

Al menos 161 sindicatos deben renovar su dirigencia antes del 31 de marzo

De acuerdo con datos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), los sindicatos que tuvieron la posibilidad de retrasar sus procesos electorales de cambio de secretario general o sus dirigencias, fueron los que vencieron sus constancias sindicales entre el 18 de noviembre de 2020 y hasta el 31 de marzo de 2022.

Al menos 161 organizaciones sindicales están obligadas a realizar el cambio de dirigencia antes del 31 de marzo, fecha en la que concluye la prórroga que otorgó la autoridad laboral, ya que no habrá más ampliaciones.

De acuerdo con datos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), los sindicatos que tuvieron la posibilidad de retrasar sus procesos electorales de cambio de secretario general o sus dirigencias, fueron los que vencieron sus constancias sindicales entre el 18 de noviembre de 2020 y hasta el 31 de marzo de 2022.

Algunas de las 161 organizaciones que se encuentran en esta situación son el Sindicato de Trabajadores de la Universidad Autónoma de México (STUNAM); así como el Sindicato de Trabajadores del Centro de Investigación y Docencia Económica A.C.; Sindicato Independiente de Trabajadores de la Universidad Metropolitana; Sindicatos de Trabajadores del Colegio de México; el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Ingenio “El Potrero” y el Sindicato Nacional de Trabajadores y Empleados de Afore XXI.

Cabe resaltar que los sindicatos que entren en este proceso deberán cumplir con las nuevas reglas de la reforma laboral, es decir, el voto libre, secreto y directo para realizar estos trámites ante el Centro Laboral de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) que entró en funciones.

“La distancia social que debió aplicarse dificultó en gran medida la realización de asambleas, por ello se dio una prórroga para evitar que los sindicatos quedaran en estado de indefensión; no obstante, ahora ya tendrán que realizar el cambio de dirigencia bajo todas las reglas de la reforma laboral, que ya está en vigencia”, explicó Pablo Franco, presidente de la Unión de Juristas de México.

Para ello, los sindicatos deben considerar el voto personal, libre, secreto y directo; contar con una comisión electoral, considerar la proporcionalidad de género para la integración de la directiva sindical y podrán pedir el acompañamiento de la autoridad laboral para sus procesos; incluso “algunos de los trabajadores que logren sumar el 30% también podrían pedir que el CFCRL acompañe el procedimiento para verificar que cumple con los estatutos y con la ley”, detalló Franco.

Ahora todo en materia de registro entra en competencia del Registro Federal, lo cual “debe representar un cambio porque obliga a estos dirigentes a promover y requerir la participación de sus agremiados”.

No más prórrogas

Alejandro Avilés Gómez, presidente del Colegio de Abogados Laboralistas de la Ciudad de México, explicó que “la Secretaría del Trabajo informó que los sindicatos deben llevar a cabo sus procesos y se dejó ver que no habrá prórrogas; y se espera que en todo caso el que notifique sea el Centro Federal Laboral”.

Resaltó que “será hasta el 31 de marzo para renovar la toma de nota”, esto significa que los sindicatos que no hayan electo a sus directivas, aunque no desaparezca, es posible que no tengan el documento que les da personalidad jurídica (toma de nota) para poder negociar, entre otros trámites, un contrato colectivo de trabajo con la empresa.

Para acelerar este proceso, Avilés Gómez, explicó que la autoridad laboral puso a disposición el uso del voto electrónico, tal y como se utilizó en el Sindicato Petrolero, pese a que no está reglamentado su uso en la Ley Federal del Trabajo.

Por: María del Pilar /El Economista

Fuente: https://www.eleconomista.com.mx/empresas/Al-menos-161-sindicatos-deben-renovar-su-dirigencia-antes-del-31-de-marzo-20220209-0052.html

Advierte STPS: «no habrá prórroga para renovación de directivas sindicales»

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) hizo un llamado a la renovación de las directivas sindicales a través del voto personal, libre, directo y secreto, toda vez que no habrá una ampliación del acuerdo para prorrogar su vigencia más allá del 31 de marzo, fecha en la que concluye el periodo de extensión concedido ante los efectos provocados por la pandemia de Covid 19.

En el marco de la reunión de trabajo con la directiva de la Asociación Mexicana de la Industria Automotriz (AMIA), la titular de la STPS, Luisa Alcalde Luján solicitó su respaldo para impulsar los procesos democráticos en los sindicatos del sector, que incluyen la legitimación de contratos colectivos, a fin de evitar posibles sanciones derivadas del Acuerdo Comercial entre México, Canadá y Estados Unidos (TMEC).

Ante la evolución en las condiciones de salud pública en el país, “ya no habrá prórroga, y pareciera que algunos líderes piensan que va a suceder y ya no, por eso es importante que los sindicatos renueven su directiva”, bajo las nuevas reglas del voto personal, libre, directo y secreto, “les informamos y les pedimos estar vigilantes para que no haya problema”, subrayó Alcalde Luján.

En la reunión estuvieron presentes José Guillermo Zozaya, presidente Ejecutivo de la AMIA; Fausto Cuevas, director General de la AMIA; Antonio Michel Guardiola, director de Relaciones Institucionales y Comunicación; Diego Ramírez Vincent, director de Relaciones Gubernamentales Nissan; Miguel Medina, director de Relaciones Gubernamentales BMW; Catalina Coppel, de General Motors, y Luis Amezcua, gerente senior de Legal y Compliance Toyota.

En representación de la STPS, asistieron Alejandro Encinas Nájera, titular de Política Laboral y Relaciones Institucionales y Esteban Martínez Mejía, titular de la Unidad de Enlace para la Reforma al Sistema de Justicia Laboral.

Por: Arturo Rivero

Fuente: https://elpulsolaboral.com.mx/mercado-laboral/27347/advierte-stps-no-habra-prorroga-para-renovacion-de-directivas-sindicales