Iniciativa piden reforma laboral sobre violencia y acoso

Una iniciativa a la Ley Federal del Trabajo que busca profundizar en los problemas de la violencia y el acoso para las mujeres en el ámbito laboral.

México, julio (SEMlac).- Una iniciativa a la Ley Federal del Trabajo que busca profundizar en los problemas de la violencia y el acoso para las mujeres en el ámbito laboral, los protocolos que deben crearse, las políticas de reparación, el daño y el cuidado será presentada en la próxima legislatura, a iniciarse en septiembre, por académicas, sindicalistas y abogadas feministas.

La investigadora Aleida Hernández, del Centro de Investigaciones Interdisciplinarias en Ciencias y Humanidades de la UNAM, junto con las abogadas feministas Andrea Medina y Dafne Anaya presentará esta iniciativa que profundiza la reforma laboral de 2019 contra la violencia de género en el trabajo.

Como parte de un paquete de reformas legislativas que presentaran el Observatorio Ciudadano de la Reforma Laboral (OCRL) y la Red de Mujeres Sindicalistas (RMS), uno de los principales cambios que plantean es incorporar a la Ley Federal del Trabajo los conceptos de violencia y acoso, como lo señala el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

El artículo Uno de dicho convenio indica que la violencia y el acoso en el mundo del trabajo designan un conjunto de comportamientos y prácticas “que causen, o sean susceptibles de causar, un daño físico, psicológico, sexual o económico”.

Indica que las agresiones pueden suceder en el lugar de trabajo, los desplazamientos de casa a trabajo y viceversa, los eventos y viajes sociales y de formación relacionados con funciones laborales.

Añade que deben ser considerados como violencia laboral, y que además no solo contempla el acoso presencial, sino el que perpetúan por las comunicaciones digitales.

Consideran importante que la Ley Federal del Trabajo (LFT) lo tenga especificado, porque hasta ahora esos lugares donde ocurre la violencia han quedado sin cobertura, refiere Aleida Hernández.

La reforma laboral del 2019 establece en el Artículo 132 de la LFT que las empresas deben crear un protocolo para prevenir la discriminación por razones de género y atención de casos de violencia y acoso u hostigamiento sexual.

Sin embargo, las abogadas feministas desconocen si le Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) tienen un registro sobre los centros de trabajo que ya cuentan con un protocolo.

Consideran que faltaría precisar también los puntos básicos que debe incluir ese protocolo para prevenir, investigar, sancionar y reparar la violencia contra las mujeres. Por ejemplo, qué instancias o qué persona dará seguimiento a los casos o cuáles sanciones se aplicarán, además de las medidas que tomarán para garantizar que eso no volverá a ocurrir.

Consideran que el “Modelo de Protocolo para prevenir, atender y erradicar la violencia laboral en los centros de trabajo” publicado por la Secretaría del Trabajo en el año 2020, es una sugerencia y como punto de partida está bien, pero sería mejor que se incluyera una serie de criterios mínimos dentro de la Ley Federal del Trabajo.

Evalúan de importante prohibir explícitamente que la conciliación no se puede llevar a cabo en casos de acoso sexual o violencia, porque eso va contra los estándares internacionales.

También mencionan que el numeral XII del Artículo 648E de la LFT dice que, para denuncias de acoso sexual, discriminación u otros actos de violencia de la víctima, la autoridad conciliatoria no reunirá a la víctima con quien perpetró las agresiones, sin con el representante o el apoderado.

Señalan que la víctima no se reunirá con el agresor, pero de cualquier manera se plantea un arreglo conciliatorio, lo cual va contra los estándares internacionales. “La conciliación no se puede llevar en casos de acoso sexual o violencia”.

Las abogadas buscarán que la ley del trabajo incorpore el concepto de “garantía de reparación del daño”.

Han retomado la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el caso González y otras vs. México, conocido como “Caso campo algodonero”, el cual introdujo al país estándares de desagravio que hasta entonces no eran implementados.

Cabe señalar que la abogada Andrea Medina Rosas formó parte del equipo del caso de Campo Algodonero.

El fallo de la CIDH de 2009 tomó en cuenta la responsabilidad internacional del Estado mexicano por no investigar la desaparición y los feminicidios de Claudia Ivette González, Esmeralda Herrera Monreal y Laura Berenice Ramos Monarrez en Ciudad Juárez, Chihuahua, ocurridos en la década de los 90.

La Ley General de Víctimas ya lo contempla, sin embargo, señala Aleida Hernández, cuesta mucho que se comprenda en el mundo del trabajo. La reparación del daño no solo es económica, también se trata de que la persona ubique los problemas de conducta en los que incurrió y pida perdón por ello.

El centro de trabajo debe asumir su responsabilidad, ofrecer acompañamiento psicológico, económico y laboral. Solemos concentrarnos en las autoridades y está bien, pero las empresas y los sindicatos también tienen que asumir su responsabilidad hasta donde lleguen sus competencias.

La LFT debe establecer la obligatoriedad para empresa y sindicatos de implementar programas de formación, capacitación y sensibilización sobre la violencia y el acoso y la discriminación. Estas estrategias deben incluir un tipo de medición y seguimiento, cuyos resultados tendrán que ser de acceso público.

Otro tema que integran las especialistas es el de las políticas de cuidado, un asunto que hasta ahora se ha visto como del ámbito íntimo. Pero las leyes, los centros de trabajo y los sindicatos deben entender que está vinculada con lo laboral, así que deben crear mecanismos para que ese trabajo no se recargue en las mujeres.

Por: Redacción Rotativo 19/07/2021

Fuente: https://rotativo.com.mx/2021/07/19/mujer/iniciativa-piden-reforma-laboral-sobre-violencia-y-acoso-918651/

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Indemnización si hay reajuste de puesto y salario sin consentimiento en Pemex

Si un trabajador de Petróleos Mexicanos (Pemex) es sujeto a una reducción de puesto o de nivel salarial sin su consentimiento debe ser indemnizado como lo establece su propio Contrato Colectivo de Trabajo, señala el Tribunal Colegiado de Circuito de la suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Un trabajador de Pemex fue objeto de un reajuste con decremento salarial sin justificación. Éste demandó el pago de la indemnización conforme a la cláusula 21 del Contrato Colectivo de Trabajo al no haber seguido la demanda el procedimiento previsto en la cláusula 20 del mismo instrumento.

“Se determina que la Junta debe condenar a Pemex al pago de indemnización demandada por el trabajador, prevista en la cláusula 21 del CCT, cuando de autos se advierta que dicha empresa no acreditó el cumplimiento del procedimiento establecido en la cláusula 20 del propio contrato para justificar el reajuste de nivel de puesto, derivado de la supresión de la plaza respectiva”, dice el Tribunal Colegiado de Circuito.

Agrega la SCJN que ello es así, pues las Juntas tienen el deber de garantizar a los trabajadores que los derechos humanos al trabajo y al salario no sean afectados en forma injustificada y arbitraria por el patrón, en violación a la Constitución, a las leyes, a los contratos individuales y colectivos de trabajo, por lo que tratándose de trabajadores de Pemex, en el supuesto de reajuste de un nivel mayor a otro menor, deben garantizar que sea respetado el procedimiento contenido en la cláusula 20 del CCT.

En dicha cláusula se establece que el empleador previamente deberá exponer al Sindicato las razones fundadas que lo originen. Además, la Comisión Nacional Mixta de Reacomodo determinará e identificará los trabajadores de planta que deban quedar disponibles, y establecer la forma más conveniente de su reacomodo, jubilación o liquidación, según lo que proceda.

“De no llevarse a cabo el reacomodo o jubilación, el patrón se obliga a tener un acuerdo previo con el Sindicato y dar intervención a la Comisión. Si no existiere acuerdo y la reducción o supresión es concedida por las autoridades competentes, quedarán separados del servicio, en primer término, los trabajadores no sindicalizados, cualquiera que sea la categoría que ostenten, y después los trabajadores sindicalizados de menor antigüedad en la empresa.

“Si convenido un descenso el trabajador no lo acepta, deberá ser indemnizado con todos los derechos que le conceden el contrato y la ley”, destaca el CCT.

Por lo tanto, dice la SCJN, si del laudo se advierte que la Junta responsable convalidó la reducción de puestos y la supresión de departamentos del trabajador de Pemex sin que se acredite el cumplimiento del procedimiento y el pago de la indemnización a que se refiere las cláusulas mencionadas, ello transgrede dichas disposiciones contractuales, así como los derechos humanos al trabajo y al salario reconocidos en los artículos 5 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Por: Arturo Rivero 19/07/2021

Fuente: https://elpulsolaboral.com.mx/mercado-laboral/26170/indemnizacion-si-hay-reajuste-de-puesto-y-salario-sin-consentimiento-en-pemex

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STPS autoriza 30 millones para la reforma de justicia laboral

El Poder Judicial absorvera las nuevas funciones / Karla Barba / El Sol del Centro

Aprueban recurso extraordinario por poco más de 30.9 millones de pesos para que el Gobierno del Estado y el Poder Judicial del Estado de Aguascalientes adapte los espacios que albergarán los tribunales laborales a partir de octubre del presente año.

Según un acuerdo publicado el pasado viernes en el Diario Oficial de la Federación, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social autorizó este subsidio para la segunda etapa de implementación de la Reforma al Sistema de Justicia Laboral, luego de que el comité evaluador aprobó el proyecto presentado por las autoridades locales.

15.3 millones de pesos serán destinados para la creación de los centros de conciliación locales, que será operador por el Gobierno del Estado; mientras que 15.5 millones de pesos se destinarán para la creación de los tribunales laborales locales; el monto del subsidio autorizado fue similar a lo que habían solicitado las autoridades locales.

En entrevista para EL SOL DEL CENTRO, Gabriela Espinosa Castonera, presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, informó que la sede provisional de los juzgados se ubicará en las instalaciones en un edificio ubicado en Primer Anillo norte y Bulevar a Zacatecas, inmueble que anteriormente había sido sede de oficinas del Poder Judicial de la Federación.

Cabe precisar que estas oficinas tendrán un carácter temporal, porque en un futuro se hará una migración de todos los juzgados a lo que será Ciudad Justicia, complejo que se edificará frente al Cereso Aguascalientes.

Para terminar, Gabriela Espinosa manifestó que la implementación de la reforma en materia de justicia laboral sigue su curso en Aguascalientes, pues en la actualidad, están avanzando los procesos de selección para secretarios y jueces para esta nueva área, para la cual, en una primera etapa se habilitarán dos juzgados; así como en el proceso de capacitación del personal.

Por: Tomás Davalos / El Sol del Centro 18/07/2021

Fuente: https://www.elsoldelcentro.com.mx/local/stps-autoriza-30-millones-para-la-reforma-de-justicia-laboral-6976302.html

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La cultura de la legalidad en las empresas

Recordemos que la cultura de la legalidad es una dinámica que permite la construcción de ambientes laborales armónicos mediante el fortalecimiento organizacional basado en el respeto a la norma, el rechazo a la ilegalidad y a la corrupción, reforzando especialmente el comportamiento acorde al código de conducta, la política organizacional para prevenir riesgos y finalmente, evitar actos de ilegalidad y corrupción. Los resultados de una cultura de la legalidad en las empresas se traducen también en el fortalecimiento de la seguridad y la civilidad, así como en la consolidación de la paz y en la promoción de los derechos humanos.

Desde México Unido Contra la Delincuencia (MUCD) hemos sido muy conscientes de ello y es por eso que consideramos que las empresas son actores fundamentales en este movimiento. Desde hace más de 10 años, en MUCD hemos colaborado con distintas empresas fortaleciendo su cultura organizacional, mitigando los actos de ilegalidad, previniendo los factores de riesgos psicosociales, disminuyendo las pérdidas económicas y los costos derivados de acciones ilegales y corruptas.

De manera muy particular, la implementación del programa cultura de la legalidad en las empresas de MUCD ha generado resultados y beneficios visibles para la comunidad y las empresas en las que se lleva a cabo. Particularmente destacan la disminución de acciones ilegales, pérdidas asociadas al robo de materiales, artículos de la empresa, mal manejo de recursos materiales, autorrobos, desviación de fondos, fraudes; además de la reducción de quejas de las y los colaboradores y, sobre todo, de los riesgos psicosociales. Particularmente, en PepsiCo, durante el primer año de intervención del programa de Cultura de la legalidad de las Empresas en el año 2014, la empresa observó la reducción del 80% del autorrobo que realizaban sus propios colaboradores.

Como esta experiencia, nuestro programa ha permitido también la vinculación y el traslado de la cultura de la legalidad fuera de los espacios laborales, especialmente en los sectores público, privado, social y educativo. Con dicha intervención hemos notado que una vez que el programa se implementa en las empresas, se generan nuevos espacios más seguros e incluyentes, se crean buenas prácticas cívicas como el cumplimiento de las leyes de tránsito, del respeto a los reglamentos del uso y cuidado del espacio público, el uso de los mecanismos de denuncia y las alternativas de mediación de justicia cívica para resolución pacífica de conflictos, entre otras. En este sentido, el testimonio de una colaboradora de Grupo HERDEZ ilustra mejor esta experiencia: “Este es uno de los programas que cambian la forma de ver el mundo y te ayudan a ser mejor persona, colaborador y ciudadano… el tener la oportunidad de participar fortalece el compromiso y te deja la satisfacción de que estás ayudando a generar los cambios que necesitamos para que todos podamos tener un mejor futuro”, afirma Angélica Álvarez Soriano, integrante de departamento de formación, de Grupo HERDEZ.

Lo anterior se ha logrado a través de intervenciones adaptadas a cada empresa, en específico a partir de la implementación de una metodología ya establecida de nuestro programa. Éste consta de diez etapas: gestión, diagnóstico, desarrollo de materiales, formación de facilitadores, despliegue, acompañamiento, evaluación, sistematización, desarrollo de materiales post intervención y programa de mantenimiento post intervención. Con esta ruta logramos alinear el comportamiento de las y los colaboradores -en todos los niveles jerárquicos- a sus códigos de conducta y políticas institucionales, generando cultura y cambios actitudinales de largo plazo que no solo previenen actos de ilegalidad y corrupción al interior de las unidades de negocio, sino que transforman la manera en la que las personas perciben la importancia de vivir en un Estado de derecho democrático.

Y aunque desde MUCD tenemos un programa muy clara sobre la cultura de la legalidad en las empresas, no podemos dejar de destacar que el papel central lo tienen las personas: son las y los colaboradores quienes participan, se involucran y replican el modelo de cultura de la legalidad en las empresas. Son ellas quienes posibilitan un mejor ambiente laboral, pero son también ellas quienes mejoran la percepción de inseguridad y la reducción del delito. Aquí, la transferencia de competencias y la disposición entre todos los colaboradores permiten mitigar y prevenir los riesgos psicosociales y los costos derivados de acciones ilegales.

Creemos que vivir en una cultura de la legalidad puede parecer un camino largo y con adversidades, pero reconocemos que siendo constantes, resilientes y dedicados es posible. Mediante esta vía podremos tener empresas socialmente responsables y competitivas que cuenten con un ambiente laboral armónico y sano, y al mismo tiempo, generen espacios más seguros, justos y en paz.

* Luis Adrian Mendoza Villegas es analista de datos en la Dirección de Formación en México Unido Contra la Delincuencia. /// Animal Político

Por: Animal Política 17/07/2021

Fuente: https://elpulsolaboral.com.mx/mercado-laboral/26167/la-cultura-de-la-legalidad-en-las-empresas

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Destaca Fayad implementación de segunda fase del Nuevo Modelo Laboral

Ciudad Laboral es el proyecto que comprende la segunda fase la implementación de este nuevo modelo en Hidalgo y que iniciará en octubre.

PACHUCA.- El proyecto de Ciudad Laboral es la obra que destaca en la implementación de la segunda fase del Nuevo Modelo Laboral, informó el gobernador de Hidalgo, Omar Fayad.

La creación de la Ciudad Laboral conjuntará en un solo espacio a las principales dependencias en materia en esta área como son: el Centro de Conciliación Laboral del Estado de Hidalgo y los Tribunales Laborales del Estado de Hidalgo.

Durante la visita de la titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Luisa Alcalde, el gobernador anunció que a partir de octubre entrará en operación este proyecto, con el cual se estarán agilizando los procesos interinstitucionales, mejorando así la coordinación entre los diferentes órdenes de gobierno en beneficio de los trabajadores.

Fayad se refirió a la entidad como la primera en el país en armonizar la Constitución y la segunda etapa de implementación de la Reforma Laboral.

«Desde que la Reforma Laboral se publicó en 2017, Hidalgo ha trabajado para su implementación a nivel local. La primera etapa ha sido completada por parte del Gobierno Hidalgo, cada uno de los siete pasos sugeridos por el Gobierno Federal fueron acatados», dijo.

Aunque lamentó que la implementación local no ha podido completarse en su totalidad debido a los ajustes presupuestarios ocasionados por la pandemia del covid-19, y solicitó así el apoyo de los representantes del sector obrero-patronal para llevar a cabo esta segunda etapa.

Por: Redacción La Silla Rota Hidalgo 16/07/2021

Fuente: https://hidalgo.lasillarota.com/estados/destaca-fayad-implementacion-de-segunda-fase-del-nuevo-modelo-laboral/540611

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Redistribuyen materias en Salas del Tribunal Superior de Justicia, para una mejor atención

El Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán publicó el día de hoy un Acuerdo para redistribuir los asuntos y competencias de las Salas que lo integran, con el fin de mejorar el servicio a los justiciables y como un paso previo al aumento en cargas de trabajo derivadas de la reforma en materia laboral que pasa los asuntos de esta materia a los Poderes Judiciales Estatales.

Este cambio también obedece a las altas cargas de trabajo que anualmente concentra la única Sala Civil y Familiar con que cuenta el Tribunal, particularmente el gran número de asuntos civiles que llegan a la segunda instancia.

En el Acuerdo se establece que, a partir del 1 de agosto del presente, la Sala Colegiada Civil y Familiar (integrada por las Magistradas Mygdalia A. Rodríguez Arcovedo, Adda Lucelly Cámara vallejos y Magistrado Jorge Rivero Evia) transferirá a la Sala Colegiada Penal (integrada por la Magistrada Ligia Aurora Cortés Ortega y los Magistrados Marcos Alejandro Celis Quintal y Luis Felipe Esperón Villanueva) asuntos específicos y extraordinarios de la materia civil, que es la que refleja una mayor proporción en carga de trabajo, a fin de resolver la mayor cantidad de controversias en el menor tiempo posible.

Dicho Acuerdo también prevé que la Sala Unitaria Especializada en Justicia Penal para Adolescentes (integrada por el Magistrado Santiago Altamirano Escalante), conozca de los conflictos competenciales entre jueces laborales locales y de las recusaciones correspondientes a esa materia, en los términos de la Ley Federal del Trabajo.

Lo anterior dado que estos asuntos “requieren de la más pronta resolución” evitando así dilaciones, considerando que algunos de estos asuntos requerirán el desahogo de pruebas y atención inmediata”.

A este respecto cabe apuntar que el 1º de mayo de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto que reforma varias disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, estableciendo que los conflictos competenciales entre los tribunales estatales en materia laboral, serán resueltos por el Poder Judicial local.

Por tanto, a partir del 1 de agosto del presente, la actual Sala Colegiada Penal se denominará Sala Colegiada Penal y Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán; en tanto que la Sala Unitaria Especializada en Justicia Penal para Adolescentes conservará esta denominación.

El Magistrado Rivero Evia, de la Sala Civil y Familiar, señaló que esta reingeniería se concretó con la voluntad y apoyo mutuo de las Salas y está precedida por un importante trabajo de capacitación para que los integrantes de la ahora denominada Sala Colegiada Penal y Civil, estén altamente preparados para resolver los asuntos que empezarán a recibir en la materia civil.

Por su parte, la magistrada Ligia Aurora Cortés Ortega agradeció al personal de la Sala Colegiada Civil y Familiar por la capacitación recibida y resaltó el Acuerdo logrado para mejorar la atención que se brinda a las personas en segunda instancia.

En su oportunidad el Magistrado Celis Quintal aseguró que este es un Acuerdo histórico que se realiza en bien de la sociedad y es un reto que muestra la flexibilidad y disposición de los equipos de cada Sala; sin embargo, dijo, para que sea un cambio exitoso requiere de mucho cuidado y dedicación por parte de todos.

En tanto, el Magistrado Esperón Villanueva expresó que la nueva redistribución responde a los desafíos de cambio que los tiempos actuales exigen al Tribunal.

El Acuerdo publicado este día en el Diario Oficial del Estado establece que desde el 1 de agosto próximo se remitirán a la Sala Colegiada Penal y Civil “los asuntos ingresados respecto de los cuales aún no se hubiese formado toca o iniciado el trámite”,

Por su parte, los tocas iniciados previo al 1 de agosto de 2021 en la Sala Colegiada Civil y Familiar, derivados de los procedimientos de transferencia, continuarán su trámite y resolución en dicha Sala.

Añade que la oficialía de Partes correspondiente y los juzgados mixtos, remitirán a la Sala Colegiada Penal y Civil, a partir del 1 de agosto de 2021, las constancias relativas a los recursos, medios de defensa, incidentes de competencia y demás, en los asuntos cuyo origen sea de juicios extraordinarios hipotecarios, juicios extraordinarios de arrendamiento, juicios ejecutivos civiles y diligencias de jurisdicción voluntaria en materia civil.

Por su parte, la Sala Unitaria Especializada en Justicia Penal para Adolescentes, asumirá la jurisdicción en materia laboral, al momento en que en el Estado de Yucatán entren en vigor las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo contenidas en el Diario Oficial de la Federación del 1 de mayo de 2019, acorde con las disposiciones que emitan las autoridades encargadas de su implementación.

Por: La Revista Peninsular 16/07/2021

Fuente: http://www.larevista.com.mx/yucatan/redistribuyen-materias-en-salas-del-tribunal-superior-de-justicia-para-una-mejor-atencion-63564

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Mujeres despedidas por embarazo de base o confianza deben reinstalarse: SCJN

Las mujeres que pierden su empleo por estar embarazadas deben ser reinstaladas sí o sí, sin importar si son de base o de confianza, además, de recibir salarios caídos, dice la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

“Las mujeres que son despedidas por razón de su embarazo tienen derecho a la reinstalación y al pago de los salarios caídos, sin importar si son trabajadoras de confianza o de base”, sentencia.

EL Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, y posteriormente un tribunal colegiado en materia laboral reconocieron que la trabajadora embarazada había sido despedida de modo injustificado, por lo que ordenaron, entre otras cuestiones, una indemnización ante despido discriminatorio.

Sin embargo, no le otorgaron la reinstalación en el empleo porque desempeñaba funciones de confianza. Con ello, interpretaron de manera limitativa la protección a la maternidad y restringieron sus derechos laborales.

La Sala concluyó que no existe prohibición constitucional para reinstalar a las mujeres despedidas por su condición de embarazo, a pesar de que desempeñen funciones de confianza pues, aunque la Constitución prevé como regla general que los trabajadores de confianza carecen de estabilidad en el empleo, el artículo 123 hace una excepción a esta regla dirigida a las trabajadoras embarazadas, sin distinguir entre nombramientos de base y de confianza.

Por: Arturo Rivero 15/07/2021

Fuente: https://elpulsolaboral.com.mx/mercado-laboral/26150/mujeres-despedidas-por-embarazo-de-base-o-confianza-deben-reinstalarse-scjn

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Feministas preparan proyecto de reforma contra la violencia y el acoso en el trabajo

La propuesta que será presentada a los legisladores actualizaría los conceptos de acoso y violencia de acuerdo con los lineamientos de la OIT y le adjudicaría mayores responsabilidades a las empresas, no sólo a las autoridades.

Académicas, mujeres sindicalistas y laboralistas presentarán al Congreso una iniciativa para “profundizar la reforma laboral de 2019” contra la violencia de género en el trabajo. Su propuesta aborda el problema del acoso, los protocolos que deben crear las empresas, las políticas de cuidado y la reparación del daño, entre otros temas.

De enero a marzo de este 2021, casi 26,390 personas dejaron su trabajo por motivos de acoso o discriminación. De ellas, el 64% es mujer y 36%, hombre, según la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE).

Hay varios aspectos de la reforma a la Ley Federal del Trabajo “que se deben afinar”, sostiene en entrevista Aleida Hernández Cervantes, investigadora de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

Ella, junto con la laboralista Dafne Anaya y la abogada feminista Andrea Medina Rosas, reconocida por su trabajo en favor de las mujeres y por ser parte del equipo jurídico del caso “Campo algodonero”, han construido esta iniciativa. Forma parte de un proyecto de seis propuestas que surgieron desde el Observatorio Ciudadano de la Reforma Laboral (OCRL) y la Red de Mujeres Sindicalistas.

Uno de los principales cambios que plantean es incorporar a la LFT los conceptos de violencia y acoso como los señala el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

El artículo 1 de ese convenio, que México no ha ratificado, indica que violencia y acoso en el mundo del trabajo designa un conjunto de comportamientos y prácticas “que causen, o sean susceptibles de causar, un daño físico, psicológico, sexual o económico”. Esto puede ocurrir una sola vez o de manera repetida.

Además de esa noción, las abogadas feministas retoman otras herramientas novedosas de dicho convenio. Por ejemplo, “que se enuncie dónde se puede configurar un acto de acoso y violencia”, explica la doctora en derecho Aleida Hernández.

Algunos de esos sitios son los lugares donde se paga, los desplazamientos de casa al trabajo o del trabajo a casa, los eventos y viajes sociales y de formación relacionados con el trabajo. “Es importante que la Ley Federal del Trabajo lo tenga especificado, porque hasta ahora esos lugares donde ocurre la violencia han quedado sin cobertura”.

La legislación laboral también indicaría que la violencia y el acoso se puede manifestar por las formas digitales de comunicación, no solamente de manera presencial, agrega.

Protocolo con estándares básicos

Con la reforma laboral de 2019 quedó establecido en el artículo 132 de la LFT que las empresas deben crear un protocolo para prevenir la discriminación por razones de género y atención de casos de violencia y acoso u hostigamiento sexual. Éste debe ser implementado en acuerdo con el personal.

“Es una obligación, pero no sabemos si está funcionando”, apunta Aleida Hernández, del Centro de Investigaciones Interdisciplinarias en Ciencias y Humanidades (Ceiich) de la UNAM. “No sabemos si la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) tiene un registro sobre los centros de trabajo que ya cuentan con uno”.

También hace falta indicar los puntos básicos que debe incluir ese protocolo para prevenir, investigar, sancionar y reparar la violencia contra las mujeres. Por ejemplo, qué instancia o qué persona dará seguimiento a los casos o qué sanciones se aplicarán, además de las medidas que se tomarán para garantizar que eso no volverá a ocurrir.

En marzo de 2020, la STPS publicó el Modelo de Protocolo para prevenir, atender y erradicar la violencia laboral en los centros de trabajo. Como punto de partida, está bien, señala la investigadora del Ceiich. “Pero es una sugerencia nada más, sería mejor que una serie de criterios mínimos quedaran dentro de la ley federal”.

Otro aspecto de gran relevancia es prohibir explícitamente que la conciliación no se puede llevar a cabo en casos de acoso sexual o violencia; “eso va en contra de los estándares internacionales”.

El numeral XII del artículo 684E de la LFT dice que para denuncias de acoso sexual, discriminación u otros actos de violencia la víctima la autoridad conciliatoria no reunirá a la víctima con quien perpetró las agresiones. “En estos casos el procedimiento de conciliación se llevará con el representante o apoderado del citado”. Es decir, la víctima no se reunirá con la persona agresora, pero de cualquier manera la ley plantea un arreglo conciliatorio.

Reparación del daño

Aleida Hernández, Dafne Anaya y Andrea Medina también buscarán que la ley del trabajo incorpore el concepto de garantía de reparación del daño. Las feministas han retomado la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el Caso González y otras vs. México, conocido como “Caso campo algodonero”, el cual introdujo al país estándares de desagravio que hasta entonces no eran implementados.

El fallo de la CIDH, de 2009, tomó en cuenta la responsabilidad internacional del Estado mexicano por no investigar la desaparición y los feminicidios de Claudia Ivette Gonzáles, Esmeralda Herrera Monreal y Laura Berenice Ramos Monárrez en Ciudad Juárez, Chihuahua, ocurridos en la década de los 90.

La Ley General del Víctimas ya lo contempla, comenta Aleida Hernández, “pero cuesta mucho que se comprenda que en el mundo del trabajo también debemos integrarlo”. La reparación del daño no sólo es económica, también se trata de “que la persona ubique los problemas de conducta en los que incurrió y pida perdón por ello”.

Además, el centro de trabajo debe asumir su responsabilidad, ofrecer acompañamiento psicológico, económico y laboral. “Solemos concentrarnos en las autoridades y está bien, pero las empresas y los sindicatos también tiene que asumir su responsabilidad hasta donde lleguen sus competencias”, apunta Aleida Hernández.

Por ello, también consideran que la LFT debe establecer la obligatoriedad, para empresas y sindicatos, de implementar programas de formación, capacitación y sensibilización sobre la violencia, el acoso y la discriminación. Esas estrategias deben incluir un tipo de medición y seguimiento, cuyos resultados tendrán que ser de acceso público.

Por: Blanca Juárez 14/07/2021

Fuente: https://www.eleconomista.com.mx/capitalhumano/Feministas-preparan-proyecto-de-reforma-contra-la-violencia-y-el-acoso-en-el-trabajo-20210713-0088.html

Primero de octubre iniciarán operaciones 4 juzgados laborales en Puebla

Foto: Cortesía

El presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) en Puebla, Héctor Sánchez Sánchez, indicó que la apertura de los juzgados laborales es de acuerdo con la reforma en la materia.

El primero de octubre comenzará la operación en Puebla de cuatro juzgados laborales, informó el presidente del Poder Judicial, Héctor Sánchez Sánchez, esto como parte de la reforma en materia laboral. Dos espacios serán habilitados en Puebla y los otros dos al interior del estado.

En entrevista posterior a la conmemoración del Día del Abogado, el magistrado del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) informó que cada juzgado comenzará con carga cero laboral, es decir, que todos los casos que se acumulen hasta el 30 de septiembre serán atendidos por la Junta de Conciliación y Arbitraje, pero a partir del primer día de octubre los casos serán atendidos por el Poder Judicial, a través de estos juzgados laborales.

El magistrado detalló que “uno será en Tehuacán y el otro en Teziutlán, iniciamos con carga cero, es decir que, los juicios que actualmente se llevan en materia laboral continuarán en la Junta de Conciliación y Arbitraje hasta su total finalización. A partir del primero de octubre, todas la controversias en materia laboral iniciarán el nuevo procedimiento que tendrán que pasar primero por un centro de conciliación el cual seguramente tendrá mucho éxito y si no se arreglan en ese centro de conciliación vendrán a los juzgados laborales”, explicó.

El magistrado refirió que después de las reformas que se hicieron desde el ámbito federal y después local, habrá modificación a la justicia laboral en Puebla, señaló que este proceso apoyará a los trabajadores del estado, por lo que el compromiso será llevar a cabo los procesos conforme lo marquen los ordenamientos legales y de forma transparente.

Integración de juzgados laborales

El presidente del Poder Judicial comentó que en este momento hay capacitación de oposición, es decir, que se sigue un proceso para la evaluación y designación del personal que integrara los cuatro juzgados.

Cada juzgado laboral en Puebla estará conformado, inicialmente por once trabajadores, aunque las plazas podrían aumentarse debido a la carga laboral, por ello señaló que “estamos en el proceso de curso oposición con más de 150 participantes, es un curso abierto en donde se publicó en los medios de comunicación y en este se están capacitando tanto para jueces secretarios y otras áreas administrativas en la justicia aboral”, dijo.

El magistrado abundó en que en el curso de oposición participan abogados de la entidad y están participando personas de otras entidades federativas, personal del Poder Judicial, así como de otras instituciones, pues la convocatoria es abierta.

Abundó en que el examen se llevará a cabo con un Comité Evaluador que llevará el Instituto de Estudios Judiciales con observadores, por lo que habrá transparencia en la selección de quienes integren los juzgados laborales.

La reforma laboral ahora deslinda al Poder Ejecutivo de los Centros de Conciliación y Arbitraje, por lo que, el presupuesto para este 2021 que ejerce el Tribunal Superior de Justicia contempla 100 millones de pesos más para el proceso de inicio de los Juzgados Laborales.  

Por: Yazmín Curlel 12/07/2021

Fuente:https://intoleranciadiario.com/articles/2021/07/12/981449-primero-de-octubre-iniciaran-operaciones-4-juzgados-laborales-en-puebla.html





Extiende plazo TFCA trámites sindicales por contingencia sanitaria

Las vigencias de las constancias o tomas de nota de las directivas de los gremios registrados ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje (TFCA) serán extendidas hasta el 31 de julio de 2021 derivado de la emergencia sanitaria.

“El Pleno del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje con el objeto de no dejar en estado de indefensión a los Sindicatos que tienen registrados, previa solicitud de la organización sindical en la que se advierta que los órganos de gobierno correspondientes determinaron lo conveniente, respecto a las particularidades de cada caso, ante la emergencia sanitaria que prevalece en el país, ello considerando que las mismas serán extendidas hasta el 31 de julio de 2021.

“Una vez que existan las condiciones sanitarias, según lo establezca la Secretaría de Salud o el Consejo de Salubridad General, se realizarán las elecciones correspondientes, según lo establezca lo estipulado en el artículo 69 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y la norma estatutaria respectiva”, destaca el Acuerdo dictado por el Pleno del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, publicado en el Diario Oficial de la Federación.

Por: Arturo Rivero 12/07/2021

Fuente: https://elpulsolaboral.com.mx/sindicatos/26118/extiende-plazo-tfca-tramites-sindicales-por-contingencia-sanitari