Garantizan democracia en vida sindical
AGENCIAS domingo 19 de mayo 2019, actualizada 4:33 am
El nuevo modelo laboral busca impulsar una nueva visión en materia de justicia laboral, mediante la creación de un órgano de conciliación y registro de sindicatos, contratos colectivos y reglamentos interiores de trabajo.
De acuerdo con información de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), se pretende lograr la democracia sindical y negociaciones colectivas; así, la vida sindical tendrá mayor democratización mediante el voto libre y secreto para la elección de los líderes sindicales, la resolución de conflictos intersindicales y la aprobación de contratos colectivos de trabajo.
Añadió que en este nuevo modelo las elecciones serán convocadas por al menos 30 por ciento de los agremiados a una organización sindical y será el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral que verificará el acta del resultado electoral e incluso podría organizar el recuento de la votación.
Lo anterior, aunado a que la constancia de representatividad sindical tendrá una vigencia de seis meses.
La conciliación será la principal función del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral será un organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonios propios, que tendrá a su cargo el registro de asociaciones, organizaciones sindicales, contratos colectivos y reglamentos interiores de trabajo.
Además, auxiliará en la verificación de la elección de directivos de sindicatos para que se cumpla el voto personal, libre, discreto y secreto, aunado a que verificará la voluntad de los trabajadores en el registro de los contratos colectivos de trabajo y emitirá la constancia de representatividad para la celebración de contratos colectivos.
RESALTAN AVANCES DE PROGRAMA
La titular de la Secretaria del Trabajo, Luisa María Alcalde, aseguró que se ha logrado el 54 % de la meta de este año, «que es llegar a un millón de jóvenes para que puedan encontrar una posibilidad de desarrollo cerca de su hogar».
En cuatro meses, el Programa de Jóvenes Construyendo el Futuro registra más del 50 % del avance de su meta para este año, aseguró Luisa María Alcalde Luján, secretaria del Trabajo y Previsión Social (STPS).
Al acudir al Foro Jóvenes Líderes CDMX, organizado por el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, el Consejo Coordinador Empresarial, la titular de la STPS resaltó que el programa ha logrado incorporar a 534 mil aprendices, a quienes se les atiende de manera directa a través de la plataforma que la dependencia habilitó para dar seguimiento a la política pública.
«Estamos al 54 % de la meta de este año, que es llegar a un millón de jóvenes para que puedan encontrar una posibilidad de desarrollo cerca de donde viven. El reto es llegar a 2.3 millones de personas entre 18 y 29 años de edad», subrayó.
Alcalde Luján comentó que es a través de la formación de la juventud del país y del impulso de su talento como México puede salir adelante, por lo que Jóvenes Construyendo el Futuro brinda una posibilidad de desarrollo a este sector de la población.
Resaltó que son más de 100 mil las empresas que se han sumado al programa.
Etiqueta: Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral
Se espera que los conflictos existentes entre empresarios y trabajadores se resuelvan
sábado, 18 de mayo de 2019
Rosa de Jesús Dorado
Chetumal, Q. Roo.- Con la desaparición de las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje ante la reciente reforma laboral, que crea los Tribunales Laborales en el Poder Judicial, se espera que los conflictos existentes entre empresarios y trabajadores se resuelvan con más ágil y transparencia, resaltó Mario Machuca, Secretario de Fomento a la Productividad del Comité Nacional de la CROC.
El también Secretario General de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos en Cancún, reconoció que este cambio generará sobre carga de trabajo para el poder judicial e implicará la asignación de recursos.
La reforma laboral publicada este 1 de mayo, incluye el voto libre, secreto y directo para elegir líderes sindicales, evitando las votaciones a mano alzada, así como la creación de un órgano autónomo, el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, que se encargará de todos los registros sindicales del país, de la conciliación y del depósito de contratos colectivos.
https://noticias.canal10.tv/nota/empresarial-turismo/se-espera-que-los-conflictos-existentes-entre-empresarios-y-trabajadores-se-resuelvan-2019-05-18
Michoacán: Impulsan diputados armonización de Reforma Laboral
Inicio/ Política 12:13 17 de mayo de 2019 Redacción/Quadratín MORELIA, Mich., 17 de mayo de 2019.-
Un llamado a promover la democratización sindical, a través de la Reforma Laboral recién aprobada por la Cámara de Diputados y el Senado de la República, emitió el coordinador del Grupo Parlamentario de Morena en la LXXIV Legislatura del Congreso de Michoacán, Fermín Bernabé Bahena, luego de anunciar la próxima armonización de dicho esquema constitucional a nivel local.
Señala un comunicado de prensa, al encabezar la realización del Foro para la Democracia y Libertad Sindical: “Análisis y Sentido de la Reforma Laboral para el Siglo XXI”, el líder parlamentario de Morena en la entidad subrayó la importancia de garantizar el respeto a los derechos laborales, con base en normas constitucionales que le permitan al Poder Judicial responder por la justicia laboral en la entidad.
“Este foro permite visualizar que esta Septuagésima Cuarta Legislatura tiene un gran reto por delante, toda vez que tendrá que armonizar las leyes respectivas y consolidar el nuevo modelo en materia de impartición de justicia en materia laboral”, enfatizó el también presidente de la Junta de Coordinación Política en el Congreso de Michoacán al compartir presídium con actores políticos como la diputada federal Anita Sánchez Cordero; Arturo Yépez Rojas, director de Enlace Legislativo del Gobierno del Estado; Pedro Ramírez Martínez, magistrado de la Tercera Sala Penal del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, y Erik Alejandro González Cárdenas, presidente de la Junta de Conciliación y Arbitraje en el Estado.
En presencia de sus compañeras diputadas Teresa López Hernández, Zenaida Salvador Brígido y Mayela Salas Sáenz, así como de los diputados Antonio Madriz Estrada, Osiel Equihua Equihua y Sergio Báez Torres, el diputado local por el Distrito 10 puntualizó que con esta reforma constitucional se da cumplimiento a los compromisos asumidos por el país al ratificar el convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo sobre el derecho de sindicación y negociación colectiva, así como el acuerdo laboral del tratado entre México, USA y Canadá –T-MEC– en materia de libertad sindical y negociación colectiva.
“Con esta reforma se incorpora una nueva forma de impartir justicia para trasladar la facultad que tienen actualmente las juntas de conciliación y arbitraje al Poder Judicial”, recalcó el diputado emanado de Morena.
Explicó que para la impartición de justicia esta reforma separa la función jurisdiccional dejándola a cargo de los juzgados o tribunales del Poder Judicial y la función de conciliación en manos de órganos descentralizados o autónomos con personalidad jurídica propia, a través de Centros de Mediación.
“Esta reforma crea un organismo descentralizado y autónomo denominado Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, organismo público que administrará y estará a cargo de la conciliación para la solución de controversias entre trabajadores y patrones, entre trabajadores y sindicatos o bien la problemática entre sindicatos”, agregó.
Con respecto a los conflictos magisteriales, Bernabé Bahena precisó que, “en los conflictos especiales relativos a derechos fundamentales en materia colectiva se privilegiará la consulta con voto personal, libre, directo y secreto de los integrantes del sindicato cuando se tomen decisiones que los involucren”.
En un mensaje dirigido a las trabajadoras del hogar, el diputado Bernabé Bahena destacó que, a partir de la Reforma Laboral, éstas deberán estar incorporadas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), lo cual, anticipó, aterrizará en mejores condiciones de vida para quienes desempeñan dicha función.
Bajo estos argumentos, llamó a que la LXXIV Legislatura comience a trabajar en la armonización de las leyes correspondientes, a fin de que con la Reforma Laboral se fortalezcan los derechos de las y los trabajadores de Michoacán.
“Nuestro proyecto defiende la soberanía nacional, promueve la participación activa de los ciudadanos y busca el bienestar de la población. Se trata de garantizar una vida digna para todos los mexicanos y derechos elementales al empleo, a la alimentación, a la vivienda, a la salud, a la seguridad, a la paz, a la educación y a la cultura”, concluyó.
https://www.quadratin.com.mx/politica/impulsan-diputados-armonizacion-de-reforma-laboral/
La implementación de la reforma laboral debe empezar ahora

David Kaplan
17 de mayo de 2019, 02:03
La reforma laboral recién aprobada en materia de justicia laboral, libertad sindical y negociación colectiva tiene dos objetivos principales. El primero es promover la transparencia y democracia sindical para que los trabajadores estén representados de manera más efectiva. El segundo es instaurar un proceso más ágil y confiable para resolver los conflictos laborales en el poder judicial (eliminando las juntas de conciliación y arbitraje), incluyendo una etapa prejudicial de conciliación en el poder ejecutivo. Pienso que es la reforma de justicia laboral más profunda en más de un siglo, pero hay que trabajar desde ya para alcanzar los impactos esperados.
El éxito de esta reforma dependerá de la calidad de la implementación. Basta recordar que, según la ley vigente antes de la reforma, una demanda por despido injustificado no debía tomar más de 105 días en resolverse, cifra que seguramente hace reír a los abogados laboralistas acostumbrados a juicios que duran años. Los problemas de justicia laboral se hubieran solucionado hace mucho con una aplicación estricta de las leyes.
La reforma contempla un periodo de implementación: cuatro años para que estén en funciones los nuevos tribunales laborales federales y el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral inicie sus funciones de conciliación. En un tiempo no mayor de dos años, el centro tendrá que iniciar el registro de los contratos colectivos. Pero los primeros hitos concretos de la implementación deben ocurrir mucho antes.
Se creará un Consejo de Coordinación que tendrá por objeto establecer la política y la coordinación necesarias para implementar el Sistema de Justicia Laboral. El consejo emitirá acuerdos, lineamientos, normas y procedimientos necesarios, de carácter vinculatorio para el debido cumplimiento de su objeto. Tendrá que estar en funciones a finales de agosto a más tardar porque en esa fecha debe recibir de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje un programa de trabajo para la conclusión de asuntos en trámite. Si los asuntos regidos por las reglas anteriores no se resuelven en un tiempo razonable, se convertirán en un lastre para el nuevo sistema.
Una tarea gigantesca que se debe empezar cuanto antes es la revisión de los contratos colectivos existentes. En un lapso de cuatro años, cada uno de los contratos colectivos (se estima que son 500,000) tendrá que revisarse, incluyendo su aprobación por los trabajadores cubiertos. Al respecto, a principios de agosto la Secretaría del Trabajo tendrá que establecer el protocolo para verificar las consultas a los trabajadores y disponer las medidas necesarias para su instrumentación.
El Congreso de la Unión también tiene su tarea en el corto plazo. Para finales de octubre a más tardar, tendrá que expedir la Ley Orgánica del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral. Dado que el siguiente periodo del Congreso empieza el 1 de septiembre, no hay tiempo que perder.
A pesar de todos los retos asociados a la implementación de esta reforma, que son considerables, prefiero enfatizar la oportunidad que presentan. En un tiempo muy corto la Secretaría del Trabajo y el Congreso de la Unión podrán cumplir con los primeros compromisos de la nueva legislación laboral y demostrar que la implementación de esta importante reforma es una prioridad del gobierno.
*El autor es especialista líder en mercados laborales del Banco Interamericano de Desarrollo.
https://www.eleconomista.com.mx/opinion/La-implementacion-de-la-reforma-laboral-debe-empezar-ahora-20190517-0037.html
Michoacán: La transición de la Junta Local al Tribunal Especializado en materia laboral “generará mucho trabajo”
16 de Mayo de 2019 a las 16:06:00 | Por:Patricia Torres / Noventa Grados
Morelia, Mich., 16 de mayo de 2019.– Erick Alejandro González Cárdenas, presidente del Tribunal de Conciliación y Arbitraje del estado cataloga la nueva reforma laboral como ‘importante’ debido a que desde hace varios años no se daba “viene a fortalecer la libertad sindical, entre algunos temas de los ejes centrales; el que viene a modificar los órganos anteriores con la desaparición de las juntas de conciliación y arbitraje y se crean los tribunales especializados en materia laboral, además de crearse el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral que eminentemente pretende la conciliación, estrictamente”.
Adicionalmente, de acuerdo con el funcionario estatal, se establecerán protocolos contra la discriminación, razones de género “es trascendente, pero lleva un proceso que será de tres años…en el Tribunal de Conciliación y Arbitraje, no sufre modificación, pero nos va a generar mucho trabajo porque algunos organismos se regirán bajo el apartado B y nos toca a nosotros”.
En su opinión, en este proceso de transición se tendrá que valer mucho de la gente que actualmente labora en la Junta Local de Conciliación y Arbitraje “las personas de las juntas tiene muchísima experiencia y al final de cuentas, entendemos que los tribunales especializados van a requerir una capacitación y que mejor la gente que tiene experiencia”.
Este cambio que se calcula en tres años, de acuerdo con González Cárdenas “será un proceso pero donde deberíamos estar todos para ver pros y contras de cómo se irá implementando, al final tres años es muy poco…en materia de justicia laboral quienes están realizando el trabajo son las juntas de conciliación y los tribunales conocerán de todas las relaciones y conflictos que surjan entre trabajadores con el poder ejecutivo, legislativo y judicial, así como de los trabajadores con los sindicatos respectivos”.
En entrevista el presidente del TCA que recién cumplió cien días en este puesto vaticina un gran trabajo “cuando llegamos teníamos mil 100 demandas en un estado inactivo, aletargadas, eso me ocasionó 250 amparos en contra, porque los litigantes se preguntaban qué estaba pasando con sus demandas; ahorita prácticamente tenemos 600 admitidas y esperamos en julio terminarlas”.
http://www.noventagrados.com.mx/politica/la-transicion-de-la-junta-local-al-tribunal-especializado-en-materia-laboral-generara-mucho-trabajo.htm
Juntas de Conciliación a Tribunales laborales
/ JUEVES 16 DE MAYO DE 2019
Patricia Carrasco
DOBLE EFECTO
Tras aprobarse la Reforma Laboral que responde a requerimientos de Estados Unidos y Canadá dentro del T-MEC, así como a la nueva clase sindical del gobierno federal, los trabajadores de las Juntas de Conciliación y Arbitraje se preguntan qué pasará con ellos.
Hay 66 Juntas Especiales de carácter federal y más de 200 locales, las cuales se determinó sustituir por juzgados dependientes de los poderes judiciales, Federal y de los estados.
Ejemplifican que en la Ciudad de México, las 20 Juntas existentes deberán ser sustituidas por más de 300 tribunales. Las 20 Juntas celebran cerca de 1000 audiencias diarias, mientras que cada uno de los Tribunales podrá realizar cuando mucho tres.
El costo de construcción, equipamiento, capacitación y salarial de esos 300 Tribunales será muy oneroso, si se considera que los salarios actuales en los tribunales son muy superiores al de las juntas. Un actuario de la Junta Federal percibe cerca de 10,000 pesos mensuales y uno delos Tribunales Federales 40,000 al mes.
Sin embargo, las Juntas deberán subsistir algunos años, toda vez que deben concluir los juicios en trámite, incluidos los que inicien hasta la fecha. Y una vez que inicien su funcionamiento los tribunales -lo cual se calcula que suceda dentro de 3 años si se asigna el presupuesto suficiente-contarán con cerca de un millón de juicios en trámite en todas las juntas del país.
Abogados laborales señalan que será enorme el costo que implicará la creación y el mantenimiento de ese monstruo burocrático que tendrá a su cargo el control corporativo de todos los sindicatos del país y de las huelgas que se promuevan.
Vaticinan que será alguien muy cercano a la secretaria delTrabajo, Luisa María Alcalde quien presidirá el poderoso instrumento de control denominado Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, organismo autónomo que será el encargado del registro de los contratos colectivos. El 1de noviembre deberá promulgarse la Ley Orgánica de dicho Centro.
EN ESE TENOR. El 23 de noviembre entrará en vigor el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que garantiza la libertad de afiliación sindical y la ratificación por las bases de los acuerdos de los dirigentes para modificar las condiciones salariales y de trabajo.
Sígueme @Patri17Carrasco
https://www.la-prensa.com.mx/analisis/juntas-de-conciliacion-a-tribunales-laborales-3626232.html
La reforma laboral en México: ¿qué sigue? II
Incorpora disposiciones que refuerzan el cumplimiento de la ley, así como derechos y obligaciones de los trabajadores y patrones en el desarrollo de las relaciones de trabajo
por
HÉCTOR GONZÁLEZ L., SANTIAGO MARVÁN U., HÉCTOR GONZÁLEZ G., NELSON GUERRERO R., EMILIO I. GARZÓN J., CRISTIAN J. LAMAS
15/05/2019
En una fecha simbólica, el 1 de mayo, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por virtud del cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Federal de la Defensoría Pública, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley del Seguro Social, en materia de justicia laboral, libertad sindical y negociación colectiva en México.
El pasado 13 de mayo utilizamos este espacio de opinión para publicar la primera parte (https://lexlatin.com/opinion/la-reforma-laboral-en-mexico-que-sigue-i) de un análisis sobre estas novedades en legislación mexicana.
A continuación tienen la segunda entrega.
Función conciliatoria
La conciliación prejudicial es un requisito previo para el ejercicio de la acción legal del trabajador en los tribunales laborales. No podrá promoverse demanda sin previamente haber agotado la instancia conciliatoria, salvo en: los casos de discriminación en el empleo; designación de beneficiarios; reclamo de prestaciones de la seguridad social; reclamo por la titularidad de contrato colectivo o contrato-ley, así como conflictos relacionados con estatutos de sindicatos y sus modificaciones.
La instancia conciliatoria prejudicial comprende: la solicitud de las partes o de una de ellas para iniciar el procedimiento ante el centro de conciliación —ya sea federal o local— así como la celebración de la audiencia de conciliación (obligatoria) y, finalmente, la celebración de convenio. Este surtirá pleno efecto legal y solo podrán impugnarse condiciones que impliquen renuncia de derechos.
Nuevos procedimientos de administración de justicia
Los tribunales laborales de los estados conocerán los conflictos que se susciten en su jurisdicción y que por excepción no correspondan a la competencia de los tribunales federales.
En lo que al procedimiento ordinario respecta, los trabajadores accionantes deberán promover su demanda acompañando las pruebas de su parte. El patrón deberá contestar por escrito dentro de los 15 días siguientes a la fecha de emplazamiento, presentando las pruebas correspondientes.
El nuevo procedimiento prevé notificaciones por buzón electrónico y un trámite más ágil. Destaca el reconocimiento de los CFDI (comprobante fiscal digital por internet) como medio de prueba para el salario y dispone sanciones frente a conductas notoriamente indebidas e improcedentes de las partes y autoridades.
De acuerdo con los principios de la reforma referentes a la libertad y democracia sindical, se establece dentro del procedimiento especial el procedimiento especial colectivo. Este no requiere la constancia de representatividad para el ejercicio de la acción y, dada su naturaleza, no permite la negociación previa.
Es un mecanismo diseñado para que se diriman, mediante la consulta de los trabajadores (recuento), la titularidad del contrato y cuestiones colectivas como la suspensión y terminación colectiva de las relaciones de trabajo, entre otros.
Autoridades y reglas de transición
La reforma dispone la creación o modificación del ámbito de autoridades relacionadas con la administración de las relaciones de trabajo, en los términos siguientes:
Función registral y administración de contratos colectivos
Mientras no entre en funciones el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (máximo dos años), la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y las juntas de conciliación y arbitraje continuarán con las responsabilidades registrales en relación a los sindicatos, conforme a la ley vigente hasta el 1 de mayo de 2019.
Función jurisdiccional y conciliatoria
Las juntas continuarán conociendo de los asuntos vigentes a la fecha, así como de aquellos que se generen a partir de la entrada en vigor del decreto hasta que entren en funciones los tribunales, conforme a las disposiciones de las leyes anteriores al decreto. Deberán, además, presentar un plan de conclusión de asuntos en trámite dentro de los 120 días siguientes a la entrada en vigor.
Los tribunales y centros de conciliación locales deberán entrar en funciones dentro de los tres años. Los tribunales de carácter federal y el centro federal, por lo que respecta a la función conciliatoria, deberán hacerlo dentro de los siguientes cuatro años a partir de la vigencia del decreto.
Los contratos colectivos deberán revisarse, por lo menos, una vez dentro de los siguientes cuatro años conforme al procedimiento previsto en la reforma. La falta de revisión o cumplimiento con los requisitos de conocimiento y aprobación de los trabajadores causará la terminación del contrato colectivo.
Para efectos de la consulta a los trabajadores respecto al contenido del contrato, la STPS deberá establecer un protocolo de verificación dentro de los tres meses siguientes a la entrada en vigor del decreto.
La reforma laboral generará efectos gradualmente. Las cuestiones que incidan en los procedimientos administrativos y/o jurisdiccionales individuales y colectivos quedarán supeditadas al funcionamiento de las nuevas autoridades conciliatorias, registrales y jurisdiccionales, por lo que continuará siendo aplicable el marco legal previo a la reforma.
Sin embargo, incorpora disposiciones que refuerzan el cumplimiento de la ley, así como derechos y obligaciones de los trabajadores y patrones en el desarrollo de las relaciones de trabajo. Estos serán exigibles a partir de la vigencia general del decreto.
https://www.lexlatin.com/opinion/la-reforma-laboral-en-mexico-que-sigue-ii
Morelos: Priorizarán conciliación en asuntos laborales rezagados
- /MAY 14, 2019
Cuernavaca, MORELOS.- El presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCyA), Pascual Archundia Becerril, informó que a partir de la entrada en vigor de la Reforma Laboral, el pasado 2 de mayo, en todos los asuntos, tanto de carácter individual como colectivo, se implementará el acto prejudicial, que es la conciliación.
En entrevista con Carlos Soberanes en La 99.1 FM, el presidente de la JLCyA señaló que con la creación del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, todos los estados, como Morelos, remitirán los asuntos en trámite en cuanto a registro de contratos, titularidades y contratos colectivos de trabajo.
En el caso de Morelos, Archundia Becerril señaló que existen 22 mil asuntos como rezago histórico, para los que se está empleando todos los recursos humanos y materiales para ir depurando los asuntos, y también los asuntos que sean recientes, se van a conciliar.
En el ámbito local, “estamos atentos a implementar mecanismos prejudiciales tendentes a conciliar y mediar, para ir sistenatizando los expedientes”.
En el tema colectivo, habrá un tránsito de tres años para remitir los expedientes al Centro Federal, con lo que se tiene un panorama complejo, que se atenderá con capacitación.
Entrevista. El presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCyA), Pascual Archundia Becerril, estuvo en el estudio de La 99.1 FM para habla de la nueva reforma laboral.
«Tenemos un rezago histórico de 22 mil juicios entre asuntos de carácter individual como colectivo (…) Los asuntos con rezago histórico y también los asuntos que sean presentados de manera reciente se van a conciliar.” Pascual Archundia , Pdte. de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje
Rezago
Hay asuntos desde 1990, los menos, pero han sido inejecutables porque no está el centro de trabajo, o por amparos, son varias causales.
Por: Ddm Staff / local@diariodemorelos.com
https://www.diariodemorelos.com/noticias/priorizar-n-conciliaci-n-en-asuntos-laborales-rezagados
¿Se democratiza el mundo del trabajo?

14/05/2019
Alberto Aziz Nassif
Después de una larga y muy complicada lucha de más de 25 años, México ha llegado a un nuevo modelo para regular la vida laboral en el país. Es necesario abrir espacios de análisis para ver los cambios de fondo. No es fácil dejar de lado el anecdotario de las mañaneras, la disputa cotidiana que dejan los dichos del presidente con sus antagonistas, su crítica a las organizaciones de la sociedad civil o a los organismos autónomos y el debate sobre los megaproyectos de la 4T. La reforma laboral modificará en los próximos meses y años la vida de millones de trabajadores y de cientos de miles de patrones. La reforma se anunció el pasado 1o de mayo.
El escenario de la reforma laboral abre la posibilidad de cambiar un universo dominado por la simulación, el control y la transa, y empezar a construir otro apegado a un Estado de derecho, con instrumentos democráticos y una mejor impartición de justicia. Antes de entrar en materia, se puede destacar una premisa para valorar este cambio. Detrás de este proceso hay un amplio grupo de actores, de académicos, laboralistas, legisladores, que durante años han insistido en la necesidad de tener una transición, una democratización del trabajo, similar a la que se hizo con el mundo electoral hace décadas. Sin duda, las nuevas reglas nos ubican en el comienzo de este proceso. Por experiencia sabemos que los cambios de reglas no llevan de forma automática a los cambios en la realidad, pero también sabemos que, si no se cuenta con una ingeniería de procesos, mecanismos y liderazgos, es imposible modificar las prácticas.
Las piezas del rompecabezas se fueron colocando para formar el conjunto: un cambio de régimen político fue un detonante básico; el largo trabajo de años para generar consensos; una mayoría en el Congreso; la coyuntura internacional y el cambio del TLCAN al T-MEC. La premisa básica para cambiar las condiciones laborales y mejorar el salario es contar con actores colectivos empoderados que puedan impulsar los avances. Existe un triángulo que servirá de base para un nuevo pacto de regulación en el trabajo: la democratización sindical, la justicia profesional y una base institucional para regular las relaciones entre trabajadores y patrones.
De forma puntual se pueden establecer algunas piezas que pueden cambiar la mala fama y el oscurantismo sindical. El voto personal, libre, secreto y directo será un instrumento poderoso para que los trabajadores puedan elegir a sus sindicatos, a sus liderazgos y puedan sancionar sus contratos de trabajo, nada más, pero nada menos. El esquema de juntas de conciliación y tripartismo será cosa del pasado, porque en su lugar se va a construir un Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, un organismo público descentralizado y con autonomía, que tendrá un carácter transversal en su junta de gobierno que se integrará por cinco miembros: los titulares del Trabajo y de Hacienda, y los titulares de tres órganos autónomos, el INE, el Inai y el Inegi, con lo cual se alimentarán los procesos electorales, la transparencia y la información. También se reformó el Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado para democratizar a este sector, lo cual le da al proceso un carácter de integralidad. Imaginemos en el Apartado B al SNTE y la CNTE en una elección de más de un millón doscientos mil afiliados, o en el Apartado A al sindicato del Seguro Social, con más de 400 mil integrantes.
¿Qué cambios son esperables con la reforma? Puede empezar a desaparecer la extorsión a las empresas con falsas representaciones; terminar con los obstáculos para impedir la democracia sindical y poner fin a la simulación de los contratos colectivos de protección. Sin duda, los cambios más importantes tienen que venir desde abajo, con la organización social y no por decisiones verticales de arriba. La reforma no hará esos cambios, pero sí podrá establecer condiciones para que se modifique la viciada dinámica laboral.
Los programas sociales que impulsa AMLO son ayudas, pero el cambio en la distribución del ingreso que pueda bajar los niveles de pobreza y desigualdad, sólo podrá venir de un nuevo pacto social en el mundo del trabajo…
Investigador del CIESAS. @AzizNassif
https://www.eluniversal.com.mx/articulo/alberto-aziz-nassif/nacion/se-democratiza-el-mundo-del-trabajo
La reforma laboral en México: ¿qué sigue? (I)
Esta es la primera parte de un detallado análisis sobre modificaciones en la legislación laboral de México
por
HÉCTOR GONZÁLEZ L., SANTIAGO MARVÁN U., HÉCTOR GONZÁLEZ G., NELSON GUERRERO R., EMILIO I. GARZÓN J. Y CRISTIAN J. LAMAS
13/05/2019
En una fecha simbólica, el 1 de mayo, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por virtud del cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de: la Ley Federal del Trabajo; la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; la Ley Federal de la Defensoría Pública; la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; y de la Ley del Seguro Social, en materia de justicia laboral, libertad sindical y negociación colectiva mexicana.
La reforma ha generado expectativas e incertidumbre por su condicionamiento frente al Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), el proceso legislativo y la poca participación del sector empresarial.
A continuación, les dejamos la primera parte de un análisis de algunos de los puntos más importantes de estas modificaciones.
Relaciones individuales de trabajo
La estabilidad en el empleo sufrirá una transformación. Por un lado, la reforma prevé la posibilidad de que el patrón termine la relación de trabajo con (i) los empleados de confianza, (ii) aquellos de menos de un año de antigüedad, (iii) trabajadores del hogar, (iv) eventuales, o bien (v) aquellos que por razón de sus servicios estén en contacto directo y permanente con este. Esto se contemplará mediante la tramitación de un procedimiento paraprocesal, por virtud del cual depositará ante un tribunal laboral el importe de la indemnización correspondiente.
En segundo término, la reforma establece que la negativa del despido y el ofrecimiento del empleo al trabajador no eximirá al patrón de probar su dicho. Esto quiere decir que el patrón deberá acreditar la inexistencia del despido, por lo que quedará en desuso el ofrecimiento del trabajo como una estrategia de defensa.
Por otro lado, la falta de la entrega del aviso de rescisión ya no hace el despido injustificado por definición legal. Esta omisión solo presume la injustificación del despido, ya que admite prueba al contrario. Así, se abre la posibilidad de que, en juicio, se pueda probar la justificación del despido, a pesar de no haber entregado o notificado el aviso.
Los trabajadores del hogar serán susceptibles de aseguramiento ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), bajo el régimen que las leyes de la materia expidan, por lo que dicho derecho no es exigible a la fecha.
Sindicatos y contratación colectiva
La reforma regula, exhaustivamente, la creación y administración de los sindicatos. El nuevo modelo se sustenta en la democracia y representatividad, procurando asegurar la libertad de negociación colectiva y los intereses de sus integrantes. Los sindicatos deberán cumplir con requisitos formales que demuestren procesos democráticos, transparencia en su gestión, administración de recursos y limitar sus actividades inherentes a los fines legales previstos.
Las actividades y fines sindicales se regulan con mayor detalle. A partir de la reforma, podrán establecer y gestionar sociedades cooperativas y cajas de ahorro para sus afiliados. Estarán, sin embargo, expresamente impedidos, entre otras cosas, para participar en esquemas de evasión de contribuciones o incumplimiento de obligaciones patronales respecto a los trabajadores, o participar en actos de simulación asumiendo el carácter de patrón.
De igual forma, se sancionan los actos de extorsión sindical, incluso con la cancelación de su registro.
La contratación colectiva estará supeditada a la obtención de una constancia de representatividad. Esta constancia se tramitará ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral. Exige el apoyo del 30 % de los trabajadores del centro de trabajo en que aplicaría el contrato colectivo y tendrá una vigencia de seis meses.
El ejercicio del derecho a huelga para solicitar la celebración de un contrato colectivo estará condicionado a la obtención de la constancia de representatividad. Para el registro de un contrato colectivo de trabajo o convenio de revisión, será necesario someter a votación de los trabajadores el contenido del mismo.