CTM Sonora se opone a cinco puntos de la reforma laboral


 Héctor Apolinar Dossier Politico
Dia de publicación: 2019-03-14
En el congreso nacional de la Confederación de Trabajadores de México, que se realizó en la ciudad de México, a finales de febrero, la Federación de Trabajadores de Sonora, brindó su apoyo a la Reforma laboral, en lo general, pero se manifestó en contra de cinco puntos medulares:

  1. Que para hacer los emplazamientos a huelga por la firma de un Contrato Colectivo de trabajo, solamente participe el sindicato titular del contrato y no se consulte a los trabajadores sobre otros, sino hasta después de un año de haberse firmado y registrado el contrato vigente.

Por lo tanto se opone a la propuesta de reforma del artículo 390 bis de la ley Federal del Trabajo.
La CTM sonorense argumenta que si se aprueba esa reforma, algunos empresarios “pudieran intervenir apoyando a otro Sindicato a modo, para combatir la genuina lucha de los trabajadores  por lograr la firma de su Contrato”.
En cambio, proponen que una vez firmado y registrado el contrato, y “transcurrido un año, otros sindicatos podrían demandar la titularidad  correspondiente” y entonces consultar a los trabajadores  si votan “por otros sindicatos interesados en participar”.

  1. La CTM de Sonora se opone que para registrar “el registro o depósito” de un nuevo Contrato Colectivo de trabajo (CCT), para lo que se requiera una consulta a los trabajadores el Centro de Trabajo, con el fin  de obtener la “Constancia de Representatividad”, participen varios sindicatos.

En  su lugar, propuso que en la consulta a los trabajadores solamente participe el sindicato firmante del contrato. En caso de que la consulta resulte favorable para el titular del contrato, éste quede registrado, y “en caso de que haya interés de otro sindicato por representar a los trabajadores, deberá iniciar el Juicio de Titularidad correspondiente”.

  1. La federación sindical sonorense considera que la integración del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, ya aprobado en la LFT, pero que no ha entrado en funciones,  debe incluir a tres representantes sindicales y tres empresariales, además de los cinco miembros del gobierno federal que lo integrarán, para que se “escuche la opinión de estos sectores”.
  2. Expresó su rechazo a que con la reforma que se propone se permita que extranjeros puedan participar en la directiva de los sindicatos”, lo que no se permite en la ley vigente, artículo 372.

Argumenta la CTM de Sonora que “no debemos permitir la injerencia de los grandes corporativos y gobiernos extranjeros, menos aun cuando conocemos la fuerte competencia por los empleos”. 

  1. Se pronunció, además, contra el artículo 11 primero transitorio, que se propone en la reforma, que establecería que los patrones sean quienes entreguen a los trabajadores el CCT y no el sindicato, “como siempre corresponde”. 

Finalmente, la organización de sindicatos sonorense, señaló que “apoyamos la libertad y la democracia sindical”, pero piden al poder legislativo un “diálogo social de altura” para avanzar sin que se ponga en riesgo la “paz laboral y las fuentes de trabajo”, y solicitan que “se fortalezcan los organismos tripartitas para garantizar un verdadero diálogo social”.

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La Coparmex considera los cambios en despidos y contrataciones un riesgo para las empresas

En opinión de la Confederación Patronal de la República Mexicana, la propuesta sobre la reforma laboral que se va a presentar en el Congreso de la Unión no le da a los patrones la oportunidad de presentar los argumentos por los que dio de baja a un trabajador.
María Del Pilar Martínez
06 de noviembre de 2018, 00:09
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Lorenzo Roel, presidente del comité laboral de la Coparmex – Foto: Claroscuro
La iniciativa privada está analizando las propuestas sobre la reforma laboral que pretenden presentarse como iniciativa en el Congreso de la Unión. Sin embargo, ya expresó su preocupación de que “la impartición de justicia se convierta en un problema muy complejo en su aplicación”, dijo Lorenzo Roel, presidente del Comité Laboral de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex).
El representante en materia laboral de la organización de empresario dio como ejemplo la rescisión de contrato, en la que  “se revierte la carga probatoria del despido”, lo que significa que no se da oportunidad al patrón de presentar los argumentos por los que dio de baja a un trabajador, y eso “afectará sobre todo a  los pequeños y micro empresarios”, apuntó.
Sostuvo que el aviso del término de la relación laboral “así como está redactado es muy complejo, porque hay ocasiones que se tiene que reinstalar al trabajador y ahí es donde se presentan los argumentos por los que se dio de baja. Sin embargo, ahora se está cambiando y entendemos que es con el fin de que no haya mas de dos juicios y eso está bien, pero hay que ajustarlo a las necesidades de la dinámica laboral”.
Roel detalló que para la iniciativa privada es importante participar ahora en la discusión de las leyes secundarias relacionadas con los cambios a la Ley Federal del Trabajo “si no lo hacemos ahora, cuando llegue al Congreso será mucho más complicado hacer cambios, y lo que buscamos es que se pueda tener una buena legislación, que no afecte a los mayores empleadores del país, que no son las grandes empresas, sino, las micro y pequeñas”.
La propuesta cumple con las nuevas obligaciones de México
El especialista laboral, Ricardo Martínez Rojas, detalló que el borrador de las leyes secundarias es perfectible pero que cumple con lo que ordena la Constitución -reforma realizada en febrero de 2017- y permite cumplir al país con varias obligaciones.
“Cumple con la Constitución, luego con el Convenio Internacional del TPP, también con Convenio 98 e incluso con el Anexo 23A del Tratado México-Estados Unidos-Canadá (TMEC), y que en todos te lleva a la negociación colectiva efectiva”, explicó el socio de la firma De la Vega & Martínez.
Agregó que el modelo que se pretende utilizar en México es muy similar al norteamericano, “que consiste en que el sindicato para poder presentar un Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) y para poder empezar a huelga por firma de un CCT o tener la titularidad del un CCT de otro sindicato, necesita sacar un documento que se llama Certificado de Representatividad que exige que el 30 por ciento de los trabajadores que quieran el contrato colectivo”.
Asimismo dijo que la propuesta que se analiza en los diferentes sectores “puede ayudar a eliminar la extorsión para la firma de un CCT y ayuda a eliminar la simulación de un contrato colectivo de protección. Además de que ayuda a que no haya titularidades de mentiras, que no sean sindicatos simulados que en muchas ocasiones dan pauta a mucha corrupción”.
pmartinez@eleconomista.com.mx

https://www.eleconomista.com.mx/capitalhumano/La-Coparmex-considera-los-cambios-en-despidos-y-contrataciones-un-riesgo-para-las-empresas-20181106-0004.html

Ver también:

http://www.elpulsolaboral.com.mx/mercado-laboral/16207/coparmex-considera-los-cambios-en-despidos-y-contrataciones-un-riesgo-para-las-empresas

Acusa CTM a Junta de Conciliación de fomentar el sindicalismo blanco

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Rebelión del corporativismo sindical... Sindicatos confederados adheridos a la CTM en Sonora denunciaron que autoridades de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCyA) en el estado solapan la presencia del sindicalismo blanco al registrar contratos de protección que favorecen a malos patrones de empresas e industrias asentadas en la capital y otras ciudades del estado.
Fernando Gutiérrez R. Dossier Politico
Dia de publicación: 2018-10-13
El presidente de Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Gobierno del Estado, Jorge Emilio Claussen Marín, es acusado por sindicatos cetemistas como responsable de manipular la ley a favor de la empresa de sacrificio porcino “Riser de Hermosillo”.
Lo anterior, luego que el funcionario dispuso reconocer y registrar en los libros de gobierno del tribunal laboral un nuevo Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) que la patronal presentó, previamente convenido con un sindicato independiente desconocido por la mayoría de los trabajadores y en contra de su voluntad.
Desde el pasado 19 de septiembre de este 2018 la planta de sacrificio porcino Riser se encuentra paralizada por un conflicto antisindical derivado de un juicio laboral encauzado por la CTM, mediante el cual, buscan disputar legalmente la titularidad del CCT que a ese momento administraba con la patronal un gremio independiente al que, aseguran, rechaza la base trabajadora.
La organización cetemista exigió por ese motivo el recuento sindical para que sean los trabajadores quienes definan mediante su voto libre, secreto y directo, que gremio los represente y los defienda de los abusos del patrón y jurídicamente ante la autoridad laboral.
Desde el 16 de agosto de este 2018 se presentó la demanda laboral por titularidad de CCT en la empresa de sacrificio porcino Riser asentada en el parque industrial de la capital sonorense.
Aun cuando el juicio laboral se radicó en tiempo y forma, la Junta local de Conciliación y Arbitraje omitió darle el curso legal que dicta la Ley Federal del Trabajo, además de negar la notificación al sindicato emplazado; tampoco procedió a acordar con las partes la fecha para el recuento sindical, ni convocó para tal efecto a todos los trabajadores de la fuente de trabajo.
“La Junta de Conciliación del Gobierno del estado no solo omitió el procedimiento legal que debe seguir toda demanda por titularidad como la radicada por la CTM, sino que, dos semanas después del emplazamiento fallido, sucedió lo peor: 
Violando la ley, la autoridad laboral recibió y sancionó como válido un convenio presentado por el patrón y el sindicato independiente emplazado para la terminación del Contrato Colectivo materia del juicio por titularidad. Acto seguido, registró un nuevo Contrato Colectivo con otro sindicado ‘patito´ a espaldas y contra la voluntad de la mayoría de los trabajadores de la planta Riser”, manifiesta en el escrito de protesta el cetemio sonorense.
La CTM recrimina al Secretario del Trabajo en el estado, Horacio Valenzuela Ibarra, el hecho de que días atrás hiciera un llamado a los trabajadores en paro para que se reincorporaran a las labores, a lo que accedió el total de noventa inconformes paristas.
Para su sorpresa, su reincorporación a la producción solo sirvió para que los 90 paristas fueran notificados del despido de la fuente de trabajo de manera unilateral por el patrón, lo que es visto por la CTM como una flagrante violación a la libertad sindical y el derecho a la libre manifestación con la intromisión de la autoridad para dicho fin antijurídico.
El inicio del conflicto deriva de no pocas quejas de trabajadores del rastro Riser de Hermosillo que denuncian que algunos son obligados por el patrón a laborar dos horas y media posterior a la conclusión de la jornada convenida sin recibir el pago de tiempo extra correspondiente.
Los empleados denuncian a la empresa por negarles reiteradamente el pago por concepto de bono de productividad en jornadas a destajo y cuando el patrón opta por pagar tal prestación, lo hace con un monto menor al que merece el trabajador, han dicho los trabajadores. 
Además, es reiterada la queja sobre las condiciones de higiene y seguridad en la planta de sacrificio, considerada como insoportables y riesgosas para la salud del personal.
Señalan, por ejemplo, que el patrón no proporciona mascarillas al personal durante la aplicación de productos tóxicos en labores de limpia de canales y que transitan con riesgo constante de accidente por la mala calidad del piso, además que el establecimiento carece de salidas de emergencia ante cualquier contingencia.
Según la CTM, las plantas laborales prefieren a esta central para que los defienda de los abusos del patrón, pero los gobiernos del estado a través de las autoridades laborales manifiestan un inocultable favoritismo hacia un sindicato blanco que claramente es afín a los intereses de la empresa por encima de los derechos del trabajador que dice representar.
Para el cetemio esta postura de la autoridad laboral del gobierno del estado resulta una incongruencia en el México actual, sobre todo, cuando en el mundo del trabajo están surgiendo nuevos criterios en defensa del trabajador, sobre todo, de la Suprema Corte y organismos internacionales que tutelan los derechos y obligaciones del capital y el trabajo en igualdad de condiciones.
Destacan la libertad sindical que tutela el derecho del trabajador a elegir libremente el gremio al que desean pertenecer y quien los represente ante el patrón y la autoridad laboral.
Dossier ha documentado recientemente algunos avances en materia jurisdiccional y en el ámbito del derecho internacional, particularmente el 21 de septiembre de este 2018, cuando el senado de la república aprobó por unanimidad la ratificación del convenio de México con la Organización Internacional del Trabajo.
Mediante firma del presidente Enrique Peña Nieto en el tratado con la OIT y ratificado por unanimidad por el senado de mayoría de Morena, el estado mexicano se compromete a la observancia plena de todos los principios y dictados de la ONU tendientes a preservar el derecho que le asiste a todo trabajador a la libre sindicación y negociación colectiva en las ramas de industria, comercio y servicios.
Esto, a decir de la presidencia de la república y el senado, generará en el país una nueva política laboral, con mejores condiciones de seguridad y bienestar para el trabajador. 
ver nota:
http://www.dossierpolitico.com/vernoticiasanteriores.php?artid=209466&relacion=&tipo=Noticias&categoria=1
A partir de la firma de este tratado con la OIT, en el ámbito federal o en las entidades federativas cualquier política laboral o acto de autoridad de funcionarios o servidores públicos que atenten contra la libre sindicación o el proceso de contratación colectiva, podrá ser denunciado ante la Organización Internacional del Trabajo y esta organización, tras investigar el asunto, podría solicitar la separación del cargo y a la autoridad superior someta al imperio al vulnerador y sea enjuiciado por delitos de servidores públicos y violencia sobre derechos fundamentales del trabajador.
Lo anterior, sin menoscabo del derecho que le asiste al trabajador de recurrir a la instancia que considere pertinente para denunciar cualquier arbitrariedad que atente o vulnere flagrantemente sus derechos tutelados en tratados internacionales y en la ley suprema general, cuya fuente de violación provenga de algún acto u omisión de alguna autoridad, gobierno o funcionario al servicio de este.
Cabe la anotación que los principios plasmados en los tratados internacionales a los que México está suscrito adquieren -por este solo hecho- la categoría igual o superior a los plasmados en la Ley general que rige en el país miembro. 
De igual forma, todas las autoridades jurisdiccionales o administrativas que invoquen o le sean invocados los principios y dictados plasmados en los tratados internacionales en negocios judiciales o administrativos donde se litiguen derechos del gobernado, en su observancia plena tales ordenamientos internacionales tendrán un valor igual o superior al rango de la Constitución que rige en el estado suscribiente del acuerdo.
Otro documento relativo al tema aquí tratado  publicado por Dossier es el de fecha 10 de octubre de este 2018 donde se documenta a detalle la tesis jurisprudencial del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobada por mayoría de votos, mediante la cual, los ministros reconocen a plenitud el derecho de todo trabajador de cobrar como tiempo extraordinario a la jornada laboral los minutos o fracción de tiempo que el patrón le haga permanecer en la fuente de trabajo, siempre y cuando se encuentre realizando tareas específicas y cuyo pago será computable a la semana en la figura de horas laboradas completadas por fracciones del tiempo acumulado.

http://www.dossierpolitico.com/vernoticias.php?artid=210465&categoria=1#.W8KvbXgxG9I.facebook

Cuarta transformación en el trabajo


Prensa OEM
jueves 4 de octubre de 2018
en Columnistas
Patricia Carrasco
La próxima secretaria del Trabajo, Luisa María Alcalde, dice que la cuarta transformación en el mundo del trabajo iniciará a partir del 1o. de diciembre, ya que se revertirán las grandes deudas en el sector como la libertad, democracia y transparencia en los sindicatos, que nunca se han vivido en el país.
Lo que ya empezó a cambiar es el tono del discurso y la forma de referirse a la audiencia: se acabó “el señoras y señores”, ahora será “compañeros y compañeras”.
Vamos a ver si se predica con el ejemplo. Indica “no más simulaciones… no más gobiernos que mantengan salarios bajos, por lo que se debe promover el salario y empleo dignos, promoviendo el diálogo social, equilibrio en las empresas, en las cadenas productivas, donde se hablen trabajadores con empleadores. Va a promover y recuperar la figura del salario mínimo”.
Y eso será uno de los primeros retos de la administración del Presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, a ellos ya les tocará fijar el incremento salarial que entrará en vigor el 1o. de enero de 2019. Por lo pronto, Alcalde Luján adelanta que será mayor a los 100 pesos.
En la clausura de los trabajos de la LXIII Convención del STRM, su dirigente Francisco Hernández Juárez, muy halagado por la presencia de Luisita, como la llaman dirigentes de la UNT, dijo: “no sé cómo decirle, si licenciada, abogada o maestra… es todo… De que está preparada y conoce el sector, no hay duda”.
El Secretario en funciones, Roberto Campa comenta que con el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), abre la puerta a que haya más de un sindicato en una empresa, lo cual es parte de la libertad sindical que establece en el acuerdo. Pero, debe revisarse, si a partir de ese convenio puede haber más de un Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) en las empresas, hecho que por cierto preocupa a la iniciativa privada.
Ante ello, la legislación secundaria de la reforma constitucional deberá revisar el mecanismo para plasmar en la Ley Federal del Trabajo, los principios del Convenio 98 sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva para ver el tema de multisindicatos y multicontratos.
EN ESE TENOR, la visión que tiene la futura titular de la STPS, es que el sindicato mayoritario en una empresa será el que tendría derecho a firmar el contrato colectivo, citó Campa.
@Patri17Carrasco

https://www.la-prensa.com.mx/columnas/cuarta-transformacion-en-el-trabajo

 

Convenio 98 abre la puerta a que haya más de un sindicato en una empresa: Campa


El titular de la Secretaría del Trabajo, Roberto Campa, explicó que se debe revisar si una compañía puede tener más de dos contratos colectivos de trabajo.
ZENYAZEN FLORES @ElFinanciero_Mx  27/09/2018
Roberto Campa, titular de la Secretaría del Trabajo.Fuente: Cuartoscuro
El secretario del Trabajo y Previsión Social (STPS), Roberto Campa, aseguró que tras la ratificación de México del Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), podrá haber más de un sindicato en una empresa como parte de la libertad sindical que establece ese convenio.
No obstante, lo que está por revisarse es si a partir del Convenio 98 podría haber más de un Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) en las empresas, algo que tiene preocupada a la Iniciativa Privada, dijo el funcionario en entrevista al término de la entrega del distintivo como institución bioéticamente responsable a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
«Hay una preocupación del sector empresarial básicamente por lo que hace a la multicontratación. ¿Qué quiere decir eso? Que una empresa tenga más de un sindicato, lo cual será posible a partir de este compromiso con la libertad sindical y que eso se derive en más de un Contrato Colectivo», sostuvo Campa.

http://www.elfinanciero.com.mx/economia/convenio-98-abre-la-puerta-a-que-haya-mas-de-un-sindicato-en-una-empresa-campa