Inicio/ Política 11 de febrero de 2019 Alejandro Martínez Castañeda/Quadratín MORELIA, Mich., 11 de febrero de 2019.- De acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo, se estima que la mayor parte de la fuerza laboral en México se encuentra en condiciones de informalidad.
“Para el último trimestre del 2018, más de 30 millones de trabajadores no cuentan con la protección, prestaciones y seguridad establecidas en las leyes laborales y, por consiguiente, carecen de los derechos consagrados en el artículo 123 de la Constitución y la Ley Federal del Trabajo.
Esta cantidad representa en promedio más del 50 por ciento de la Población Económicamente Activa (PEA)”. Así lo indicó la senadora de Morena, Blanca Piña, al participar en el foro El Papel de los Organismos Impartidores de Justicia ante los Conflictos Laborales, organizado por el congreso michoacano.
Luego de señalar que “la política laboral del neoliberalismo ha promovido el desempleo y el empleo informal”, la senadora michoacana aseguró que los especialistas del Centro de Análisis Multidisciplinario de la UNAM estiman que los niveles de desocupación no rondan el 3 por ciento de la Población Económicamente Activa como lo estiman las cifras oficiales del Inegi, sino que ascienden hasta ubicarse entre el 9 y 10 por ciento de la PEA.
“Es necesario luchar por la justicia para la clase trabajadora desde todas las instancias, desde todos los lugares, desde las calles, centros de trabajo y también desde lo congresos y claro desde el Senado.
Es necesario hacer justicia al voto popular, al voto de los millones de trabajadores que el pasado 1 de julio rechazaron las reformas neoliberales y que votaron, entre otras cosas, contra la reforma laboral”, destacó.
Y agregó: “un paso para avanzar en esta ruta es echar para atrás las reformas laborales de Calderón y Peña Nieto. Debemos eliminar de la legislación laboral que legaliza figuras tan oprobiosas como la subcontratación, los contratos a prueba, contratación inicial o por horas y la pulverización del salario”.
En ese sentido, Blanca Piña adelantó que ya se tiene una primera propuesta para cancelar la Reforma Laboral aprobada en 2012, e hizo el compromiso de “luchar para mejorar los contratos colectivo de trabajo, mejorar salarios, concretar la histórica necesidad de incrementar la tasa de sindicalización, pugnar por desarrollar la democracia sindical y porque todos los mexicanos tengamos un trabajo digno, estable, con certidumbre laboral y todos los derechos consagrados por 200 años de lucha obrera”.
Etiqueta: subcontratación
Reforma laboral de Morena, un “palo para el empleo formal”: OIT
La OIT advirtió que la subcontratación es un mecanismo que crea muchísimos empleos en México, por lo que los legisladores deberían cerrarle la puerta a las empresas que lo hacen de manera ilegal, no a todo el sector, como pretende el proyecto de Morena.
Blanca Juarez
07 de febrero de 2019, 19:17
Fernando Yllanes Martínez, titular del Consejo de Administración de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
De aprobarse la iniciativa de Morena para regular la terciarización en el país, esto implicará “la muerte” de esa actividad en detrimento de la economía nacional, advirtió Fernando Yllanes Martínez, titular del Consejo de Administración de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Al participar en el congreso Reformas laborales 2019, la nueva realidad en México, el especialista explicó que en los términos en que fue presentado el proyecto de Morena, la reforma restringiría la subcontratación sólo a empleos esporádicos. De esta manera, los trabajos de vigilancia o de limpieza, “los típicos” empleos terciarizados, no podrían continuar.
Tal como está planteada la iniciativa, el proyecto “le puede dar palo al empleo formal”, aseveró Yllanes.
El abogado recordó que el pasado 15 de enero Morena presentó una segunda propuesta de reforma laboral en la Cámara de Diputados. La primera fue enviada el 22 de diciembre de 2018.
En el segundo paquete, el diputado Francisco Javier Ramírez propone modificar los artículos 15-A y 15-D de la Ley Federal del Trabajo (LFT) para “condicionar el outsourcing exclusivamente a trabajos especializados ocasionales no vinculados al objeto social de la empresa”.
La madre de todas las batallas
Aunque los diputados “habían jurado” no tocar el tema de la terciarización en estas primeras reformas, al final sí le van a entrar, apuntó el Yllanes Martínez, quien también ha sido el representante laboral del Consejo Coordinador Empresarial (CCE).
La subcontratación “es la madre de todas las batallas, es como el huachicol” en el rubro laboral. Sin embargo, expuso que la propuesta está mal diseñada, de manera que lo que están haciendo los diputados de Morena respecto a este tema es “voltearle la espalda y negar su existencia”.
La subcontratación es un mecanismo que crea muchísimos empleos en México y los legisladores deberían sólo ir contra las empresas que lo hacen de manera ilegal, reprochó.
Representación sindical insuficiente
En materia laboral habrá una gran transformación, “no hay duda”, expuso Fernando Yllanes. Otro punto relevante que tocan las iniciativas de Morena –que cuenta con la mayoría en el Congreso— es la representación sindical.
En los acuerdos del T-MEC quedaron establecidas varias obligaciones unilaterales del gobierno mexicano. Una de ellas es realizar las modificaciones necesarias a la LFT en cuanto a la elección y la representación efectiva de los líderes sindicales, explicó.
Si bien Morena propone que todos los estatutos sindicales deberán especificar que el voto será libre y secreto, plantea que los líderes sindicales sean reconocidos por 30% de los trabajadores.
“Pero en los acuerdos del T-MEC dice que deben acreditar la mayoría”, es decir, al menos 50% por ciento. “El sector privado estará empujando para que suban ese porcentaje”, agregó
Esta confirmación de representatividad es necesaria, recordó Fernando Yllanes, para todos los trámites que los sindicatos hagan a nombre de los trabajadores, como la revisión contractual o el estallamiento de huelga.
https://www.eleconomista.com.mx/capitalhumano/Reforma-laboral-de-Morena-un-palo-para-el-empleo-formal-OIT-20190207-0100.html
Justicia Laboral
2019-02-06 11:00:39 por Alberto Barranco
Foto: Especial
Sustentada por años como uno de los puntos de atracción de inversión extranjera al país la mala calidad de los salarios, hete aquí que al menos once de las firmas maquiladoras instaladas en la frontera norte desacataron el nuevo monto de salario mínimo fijado por el gobierno, lo que provocó sendas huelgas.
El escenario colocó en posición incómoda a la Secretaría del Trabajo ya que si avala los paros estaría cometiendo una infracción al no tener los trabajadores representación sindical y si se declaran ilegales estaría aceptando tácitamente un desafío patronal.
El escenario se volverá la constante en los próximos meses cuando el Congreso le dé el sí a la creación de leyes secundarias en el marco de la reforma laboral y en consonancia con la adhesión de México al Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo relativo a libertad sindical.
De acuerdo a este el país se compromete a no obstaculizar la creación de sindicatos y, en su caso, acepta la posibilidad de recuentos cuando una parte de los trabajadores esté en desacuerdo con su representación.
Bajo el marco se borran los llamados sindicatos blancos, que pactaban con las empresas una simulación de cara a la firma de contratos laborales.
Posibilidad
De aprobarse el proyecto en la mesa los trabajadores que laboran al amparo de empresas outsourcing o tercerías tendrán derecho a que su salario real aparezca en nómina y, naturalmente, la posibilidad de prestaciones sociales de ley, es decir, seguridad social, derecho a vivienda y ahorro para el retiro.
La comprobación llegaría por doble vía: hacer efectiva la reforma que vuelve corresponsable al contratante de la tercería y la imposibilidad de participar en licitaciones públicas sin demostrar que están en regla.
En el marco, además, desaparecen las juntas locales y federales de Conciliación y Arbitraje para darle pauta a jueces laborales para decidir sobre diferendos con la parte patronal. También habrá un límite en materia de actividades susceptibles de subcontratación.
Los sindicatos existentes ya no podrán acabar con la disidencia mediante la aplicación de la llamada cláusula de exclusión, en tanto las empresas ya no sufrirán favoritismos vía el escalafón ciego que, a su vez, premiaba a los leales.
http://www.vertigopolitico.com/articulo/57884/JUSTICIA-LABORAL
Impulsa diputado Francisco Ramírez expedir la Ley General de Centros de Conciliación

Boletín N°. 0964
04-02-2019.- Con el propósito de transformar el actual modelo de relaciones laborales y crear nuevas instituciones que protejan mejor los derechos de los asalariados, el diputado Francisco Javier Ramírez Navarrete (Morena) presentó una iniciativa para expedir la Ley General de Centros de Conciliación.
Asimismo, reformar las leyes Federal del Trabajo y la de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política.
En el documento, enviado a las comisiones de Trabajo y Previsión Social, con opinión de la de Justicia y de Presupuesto y Cuenta Pública, reconoce la necesidad imperiosa de actualizar el ámbito laboral con una acción legislativa sustentada en la equidad entre la producción y la justicia social para los asalariados.
Con esta iniciativa se busca poner “fin al régimen cuyos rasgos autoritarios y corporativos representaron un freno para su modernización” y alcanzar el equilibrio y armonía entre los derechos del capital con los del trabajo.
Además, que la protección de los intereses de los trabajadores derive del principio de legalidad, acceso a la justicia, promoción de organizaciones sindicales libres, autónomas, representativas, democráticas, con presencia y capacidad de interlocución real y de propuesta, en el ámbito de lo productivo y lo laboral.
En el documento se considera indispensable una reglamentación puntual y revisión profunda de las normas secundarias del trabajo para hacerlas compatibles con el nuevo status político, económico y social de México, a fin de modernizarlo e incorporarlo al entorno de creciente competencia e integración económica mundial.
En la exposición de motivos, Francisco Javier Ramírez adujo que existen 53 millones de trabajadores en México, aproximadamente, de los cuales, casi 28 millones subsisten en condiciones por debajo de la línea de pobreza, y sólo un pequeño estrato goza de trabajo decente al haber logrado constituir sindicatos representativos y contratos colectivos operativos.
Además, el promedio salarial en México es cada vez menor, y se despide a trabajadores, que contaban con percepciones medianamente decorosas, para recontratarlos con montos cercanos al mínimo.
“Los millones de mexicanos no ocupados subsisten de milagro y por lo menos un millón de ellos ha reconocido vivir de la mendicidad o de actos ilícitos”.
Afirmó que existe un estado de “extrema miseria institucionalizada”, debido a la crisis de la justicia laboral y a la ausencia casi total de sindicatos y contratos colectivos auténticos, situación que de no remediarse en el corto plazo, podría acentuar la crisis política, económica y social, así como la inviabilidad democrática de México.
La tasa de sindicación ha disminuido a niveles críticos. “Apenas cerca del tres por ciento de la fuerza laboral mexicana del sector formal cuenta con sindicatos representativos y contratos colectivos operativos y, por tanto, tiene salarios y prestaciones relativamente decorosas”.
El resto de los trabajadores formales, abundó, está privado del ejercicio de la libertad sindical y el derecho a contratación colectiva, sometido al sistema de simulación de sindicatos y contratos colectivos de protección patronal, o al sistema de subcontratación conocido como outsourcing, que contradicen el artículo 3 de la propia ley laboral.
Explica que la nueva ley sería complementaria de la laboral, de aplicación nacional y estructurará normativa e institucionalmente los centros de conciliación, tanto al Federal —encargado la conciliación prejudicial y de las funciones de registro de sindicatos y contratos colectivos en todo el país— como a los locales, para reglamentar sus respectivas competencias constitucionales y dotarlos de eficacia. Serían organismos públicos descentralizados, encabezados por sus respectivos titulares o directores.
El titular del centro nacional de conciliación sería nombrado por el Senado de la República, electo de una terna que proponga el Ejecutivo federal, y su Junta Directiva se integrará por los titulares de las secretarías del Trabajo y Previsión Social, de Hacienda y Crédito Público y por el de la Función Pública, así como por representantes del Sistema Nacional Anticorrupción, de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y del Sistema Nacional de Transparencia y Acceso a la Información
Se busca garantizar su debido funcionamiento como organismo descentralizado de la Administración Pública y el cabal respeto en sus funciones constitucionales mediante reglas procedimentales previstas en la Ley Federal del Trabajo, “eludiendo, desde luego, el insano apetito de los personeros del peculiar tripartismo a la mexicana, de meter las manos en el importante organismo”.
Propone reglas comunes aplicables en todos los centros, para homologar las funciones y objetivos de la nueva institución prejudicial.
Asimismo, plantea modificar la Ley Federal del Trabajo a fin de organizar la instauración de los tribunales laborales, dependientes de los poderes federal y locales, y del organismo público descentralizado de carácter federal, que se encargará de la conciliación y del registro de todos los contratos colectivos y sindicatos en el país.
Además, reglamentar los organismos públicos descentralizados de carácter local, los centros de conciliación de las entidades federativas para facilitar la conciliación prejudicial.
La iniciativa, especificó el diputado, reforma de fondo el derecho procesal del trabajo para garantizar autonomía y eficacia en la administración e impartición de justicia laboral, sustituye las juntas de Conciliación y Arbitraje por Tribunales Laborales dependientes de los Poderes Judiciales, que pueden conocer conflictos del régimen de seguridad social y perfecciona funciones y competencias de la inspección del trabajo.
Propone cambiar de denominación el Capítulo XII del Título Once a Tribunales Unitarios en Materia Laboral de Circuito y Tribunales Laborales Locales; también, del Capítulo V del Título Catorce, De la Actuación de los Tribunales, de los Centros de Conciliación y del Centro Nacional de Conciliación y Registros Laborales, y del Capítulo XVII del Título Catorce, Procedimiento Ordinario ante los Tribunales Laborales.
Respecto a la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política, modifica el artículo 170, para que el juicio de amparo también pueda proceder contra sentencias de tribunales laborales locales o federales, o laudos del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y sus homólogos en las entidades federativas.
http://www5.diputados.gob.mx/index.php/esl/Comunicacion/Boletines/2019/Febrero/04/0964-Impulsa-diputado-Francisco-Ramirez-expedir-la-Ley-General-de-Centros-de-Conciliacion
Propuesta de reforma laboral del PRI cojea por la derecha
06/02/2019
MANUEL FUENTES
Un retroceso en la justicia laboral, muy lejos de ser una verdadera reforma laboral que democratice las relaciones laborales en este país. | Manuel Fuentes
PERFIL
El miércoles 23 de enero de 2019 los senadores del PRI salieron del tapanco en el que se encontraban escondidos para presentar una nueva versión de su propuesta de reforma laboral. Lo hicieron con cierto temor porque la que presentaron en diciembre 7 de 2017 fue vapuleada por estar redactada, casi integralmente, por el sector patronal.
No hubo disimulo en esa propuesta priísta, era el mundo feliz del sector empresarial que lanzó un arcabuz para:
(1) Intentar romper (aún más) la estabilidad en el empleo;
(2) Fortalecer el modelo de contratos colectivos de protección;
(3) Otorgar impunidad total a la subcontratación (como en los hechos existe hoy en día);
(4) Sustituir el pago de indemnizaciones basadas en el salario integrado por las llamadas U.M.A. (Unidad de Medida y Actualización);
(5) Obstaculizar el ejercicio del derecho de huelga;
(6) Legitimar el control de los sindicatos y de los contratos colectivos a través de un organismo descentralizado controlado por el presidente de la república;
(7) Separar la Conciliación del proceso judicial y convertir a la primera en punitiva en contra del trabajador;
(8) Legitimar los acuerdos privados entre trabajador y patrón quitando toda intervención de la autoridad laboral y
(9) Crear un procedimiento judicial casi idéntico a los procesos mercantiles, anulando la tutela al trabajador.
Reforma Laboral
La iniciativa que presentaron este enero de 2019 catorce «destacados» senadores priístas: Miguel Ángel Osorio Chong, Ángel García Yáñez, Beatriz Elena Paredes Rangel, Carlos Humberto Aceves del Olmo, Claudia Edith Anaya Mota, Claudia Ruiz Massieu Salinas, Eruviel Ávila Villegas, Jorge Carlos Ramírez Marín, Manuel Añorve Baños, Mario Zamora Gastélum, Nuvia Magdalena Mayorga Delgado, Sylvana Beltrones Sánchez, Vanessa Rubio Márquez, Verónica Martínez García, es una (¿nueva?) versión que cojea por la derecha.
Le dan una barnizada de rojo (pero de pintura de agua para que se deslave pronto), de aparente progresismo (pero con casimir importado), que en realidad debajo de ese disfraz busca destruir a las organizaciones sindicales y legitimar un proceso judicial ante los nuevos tribunales laborales (que no hay certeza de cuándo llegarán) para favorecer a los empresarios (como hoy sucede con las anquilosadas Juntas de Conciliación y Arbitraje).
Los aspectos principales propuestos por los senadores priístas en detrimento de los trabajadores son los siguientes:
1.- Anular la cláusula de exclusión por ingreso prevista en el artículo 395 de la Ley Federal del Trabajo, que actualmente permite a los sindicatos titulares de los contratos colectivos que los trabajadores de nuevo ingreso formen parte de su organización como requisito para ingresar a laborar.
La desaparición de esta cláusula de exclusión, como lo proponen los senadores priístas, en países de Centroamérica o Colombia ha traído como consecuencia una baja en la tasa de sindicación y permitido la aparición de numerosas organizaciones sindicales para pulverizar los frentes de resistencia de los trabajadores bajo la bandera de «libertad sindical«.
La «libertad sindical« que se quiere anular, con la propuesta priísta, es la colectiva para permitir que los patrones presionen a sus trabajadores para evitar se afilien a organizaciones sindicales, y éstas se hagan pequeñas y más pequeñas y anularlas por completo.
Esa es la «libertad sindical» que ahora abanderan los senadores del PRI
El fenómeno «Matamoros» será la principal motivación para intentar desaparecer esta cláusula de exclusión por ingreso, que de tener mal uso el voto secreto será su principal antídoto.
Lo que llama la atención es que uno de los senadores firmantes sea Carlos Humberto Aceves del Olmo, actual dirigente de la CTM ¿le habrán informado del contenido de la iniciativa que afecta a las organizaciones sindicales de cualquier rango?, (es pregunta, no reclamo).
2.- La presencia de 15 miembros integrados de manera «paritaria» del sector patronal y sindicalismo (el más «representativo», es decir ellos, para que no molesten los independientes de siempre) y el gubernamental, en nada más y nada menos, que en el organismo controlador del registro de sindicatos y contratos colectivos (organismo inventado por los priístas y empresarios y hasta elevado a rango constitucional).
Antes a sectores no les preocupaba la forma de organización de este organismo controlador de registros porque suponían que estaría un funcionario incondicional. Con la perdida de las elecciones presidenciales y estando un gobierno distinto ahora quieren tener injerencia de alguna manera en ese super organismo del monopolio de registros de sindicatos y de contratos colectivos de trabajo.
3.- La legitimación de una etapa de Conciliación, amparada en la reforma constitucional, separada del proceso judicial que la convertirá en punitiva al forzar a arreglos conciliatorios por debajo de la ley federal del trabajo. Encarecerá la justicia laboral porque requerirá de actuarios, con fe pública para notificar a las partes y alargará los procesos.
4.- Un proceso judicial que obligará a los trabajadores a ofrecer pruebas desde el escrito inicial de demanda, sin permitir su modificación o enderezamiento. Proceso compuesto de una primera etapa por escrito de demanda y contestación y ofrecimiento de pruebas y una segunda etapa oral, que se desarrollará en un sistema de audiencias denominadas: preliminar, de juicio y de continuación de audiencia de juicio con la presencia de un juez laboral, lo que significará grandes costos de logística y de personal, haciéndola inviable en el corto y mediano plazo.
Esta propuesta de los senadores priístas representa, en estos puntos y otros a analizar posteriormente, un retroceso en la justicia laboral, y está muy lejos de ser una verdadera reforma laboral que democratice las relaciones laborales en este país.
@Manuel_FuentesM | @OpinionLSR | @lasillarota
https://lasillarota.com/opinion/columnas/propuesta-de-reforma-laboral-del-pri-cojea-por-la-derecha/269834
Impulsa diputado Francisco Ramírez expedir la Ley General de Centros de Conciliación
Por Equipo Editorial – 4 febrero, 2019
Con el propósito de transformar el actual modelo de relaciones laborales y crear nuevas instituciones que protejan mejor los derechos de los asalariados, el diputado Francisco Javier Ramírez Navarrete (Morena) presentó una iniciativa para expedir la Ley General de Centros de Conciliación.
Asimismo, reformar las leyes Federal del Trabajo y la de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política.
En el documento, enviado a las comisiones de Trabajo y Previsión Social, con opinión de la de Justicia y de Presupuesto y Cuenta Pública, reconoce la necesidad imperiosa de actualizar el ámbito laboral con una acción legislativa sustentada en la equidad entre la producción y la justicia social para los asalariados.
Con esta iniciativa se busca poner “fin al régimen cuyos rasgos autoritarios y corporativos representaron un freno para su modernización” y alcanzar el equilibrio y armonía entre los derechos del capital con los del trabajo.
Además, que la protección de los intereses de los trabajadores derive del principio de legalidad, acceso a la justicia, promoción de organizaciones sindicales libres, autónomas, representativas, democráticas, con presencia y capacidad de interlocución real y de propuesta, en el ámbito de lo productivo y lo laboral.
En el documento se considera indispensable una reglamentación puntual y revisión profunda de las normas secundarias del trabajo para hacerlas compatibles con el nuevo status político, económico y social de México, a fin de modernizarlo e incorporarlo al entorno de creciente competencia e integración económica mundial.
En la exposición de motivos, Francisco Javier Ramírez adujo que existen 53 millones de trabajadores en México, aproximadamente, de los cuales, casi 28 millones subsisten en condiciones por debajo de la línea de pobreza, y sólo un pequeño estrato goza de trabajo decente al haber logrado constituir sindicatos representativos y contratos colectivos operativos.
Además, el promedio salarial en México es cada vez menor, y se despide a trabajadores, que contaban con percepciones medianamente decorosas, para recontratarlos con montos cercanos al mínimo.
“Los millones de mexicanos no ocupados subsisten de milagro y por lo menos un millón de ellos ha reconocido vivir de la mendicidad o de actos ilícitos”.
Afirmó que existe un estado de “extrema miseria institucionalizada”, debido a la crisis de la justicia laboral y a la ausencia casi total de sindicatos y contratos colectivos auténticos, situación que de no remediarse en el corto plazo, podría acentuar la crisis política, económica y social, así como la inviabilidad democrática de México.
La tasa de sindicación ha disminuido a niveles críticos. “Apenas cerca del tres por ciento de la fuerza laboral mexicana del sector formal cuenta con sindicatos representativos y contratos colectivos operativos y, por tanto, tiene salarios y prestaciones relativamente decorosas”.
El resto de los trabajadores formales, abundó, está privado del ejercicio de la libertad sindical y el derecho a contratación colectiva, sometido al sistema de simulación de sindicatos y contratos colectivos de protección patronal, o al sistema de subcontratación conocido como outsourcing, que contradicen el artículo 3 de la propia ley laboral.
Explica que la nueva ley sería complementaria de la laboral, de aplicación nacional y estructurará normativa e institucionalmente los centros de conciliación, tanto al Federal —encargado la conciliación prejudicial y de las funciones de registro de sindicatos y contratos colectivos en todo el país— como a los locales, para reglamentar sus respectivas competencias constitucionales y dotarlos de eficacia. Serían organismos públicos descentralizados, encabezados por sus respectivos titulares o directores.
El titular del centro nacional de conciliación sería nombrado por el Senado de la República, electo de una terna que proponga el Ejecutivo federal, y su Junta Directiva se integrará por los titulares de las secretarías del Trabajo y Previsión Social, de Hacienda y Crédito Público y por el de la Función Pública, así como por representantes del Sistema Nacional Anticorrupción, de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y del Sistema Nacional de Transparencia y Acceso a la Información
Se busca garantizar su debido funcionamiento como organismo descentralizado de la Administración Pública y el cabal respeto en sus funciones constitucionales mediante reglas procedimentales previstas en la Ley Federal del Trabajo, “eludiendo, desde luego, el insano apetito de los personeros del peculiar tripartismo a la mexicana, de meter las manos en el importante organismo”.
Propone reglas comunes aplicables en todos los centros, para homologar las funciones y objetivos de la nueva institución prejudicial.
Asimismo, plantea modificar la Ley Federal del Trabajo a fin de organizar la instauración de los tribunales laborales, dependientes de los poderes federal y locales, y del organismo público descentralizado de carácter federal, que se encargará de la conciliación y del registro de todos los contratos colectivos y sindicatos en el país.
Además, reglamentar los organismos públicos descentralizados de carácter local, los centros de conciliación de las entidades federativas para facilitar la conciliación prejudicial.
La iniciativa, especificó el diputado, reforma de fondo el derecho procesal del trabajo para garantizar autonomía y eficacia en la administración e impartición de justicia laboral, sustituye las juntas de Conciliación y Arbitraje por Tribunales Laborales dependientes de los Poderes Judiciales, que pueden conocer conflictos del régimen de seguridad social y perfecciona funciones y competencias de la inspección del trabajo.
Propone cambiar de denominación el Capítulo XII del Título Once a Tribunales Unitarios en Materia Laboral de Circuito y Tribunales Laborales Locales; también, del Capítulo V del Título Catorce, De la Actuación de los Tribunales, de los Centros de Conciliación y del Centro Nacional de Conciliación y Registros Laborales, y del Capítulo XVII del Título Catorce, Procedimiento Ordinario ante los Tribunales Laborales.
Respecto a la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política, modifica el artículo 170, para que el juicio de amparo también pueda proceder contra sentencias de tribunales laborales locales o federales, o laudos del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y sus homólogos en las entidades federativas.
Boletín de prensa
http://www.mipuntodevista.com.mx/impulsa-diputado-francisco-ramirez-expedir-la-ley-general-de-centros-de-conciliacion/
Reforma al Art. 15 A de la Ley del IMSS limita contratación por outsourcing
La reforma que se hizo el pasado 15 de enero indica que la contratación debe ser especializada, no permanente y se incrementarán las inspecciones a las empresas, con multas por incumplimiento que pueden llegar a los 450,000 pesos.
Lourdes Flores
03 de febrero de 2019, 12:23
Monterrey, NL. La reforma al artículo 15 A de la Ley del Seguro Social, del 15 de enero, limita la contratación por outsourcing y es una forma de desaparecer este tipo de esquemas, comentó David Puente Tostado, socio de la Práctica Laboral, Seguridad Social y Migratoria, del despacho Sánchez Devanny.
“Este artículo limita que la subcontratación puede ser especializada por un tiempo, pero no puede ser permanente. Antes para tener control del PTU se creaban empresas del mismo grupo, operativas y de servicios, ahora con esta reforma, es una forma de desaparecer este tipo de esquemas”, recalcó David Puente.
Comentó que en Nuevo León como en el resto del país el outsourcing ha sido catalogado como algo negativo, sin embargo, habrá que poner reglas claras a la tercerización que cumple con el pago de impuestos, con el pago de las cuotas de seguridad y con el pago de utilidades (PTU).
En cambio, “aquéllas que se salen del marco fiscal, lo que le llaman la precarización del trabajo, de bajar sueldos, no pagar cuotas, de hacer pagos divididos, una parte de salario y otra te lo pago por otro tipo de esquemas, creo que va a ser más atacado por la política laboral que trae el nuevo gobierno Federal”, destacó.
Más inspecciones
Por otra parte, mencionó que el gobierno federal incrementará de 1,000 a 1,500 inspectores para verificar que las empresas cumplan con los requisitos que establece el artículo 15 A, que el patrón no subcontrate la totalidad de los servicios y se trate sólo servicios especializados que no le agregan valor al objeto social.
Tales como guardias de seguridad, comedores, jardinería, logística quizá, todo lo que sea externo, y obviamente que ninguna persona haga las mismas funciones del beneficiario del servicio.
Comentó que con la anterior reforma al artículo 15 A, en 2012 se cobraban multas de hasta 9,000 pesos, ahora se hizo un cambio sustancial porque las multas pueden llegar hasta 450,000 pesos por incumplimiento.
David Puente aclaró que los inspectores no son jueces, pues la inspección se basa en cumplimiento e incumplimiento, por lo que las empresas podrán exigir que la revisión se haga conforme a derecho.
La secretaría del Trabajo, a través de la dirección de Inspección del Trabajo, realizará estas inspecciones, sobre las condiciones generales de trabajo y aspectos de seguridad e higiene, pago de utilidades y pago de aguinaldo, indicó.
https://www.eleconomista.com.mx/empresas/Reforma-al-Art.-15-A-de-la-Ley-del-IMSS-limita-contratacion-por-outsourcing-20190203-0006.html
¿La nueva reforma laboral podría beneficiarte o afectarte?

MANAGEMENT 25 ENE, 2019
CIUDAD DE MÉXICO.- Una nueva reforma laboral se encuentra en proceso de discusión en la Cámara de Diputados. Entre sus principales objetivos, está revertir la precarización de las condiciones laborales de los trabajadores mexicanos generada por el outsourcing.
La iniciativa fue presentada por el grupo parlamentario de Morena en la Cámara de Diputados, pero fue impulsada por el gobierno de Andrés Manuel López Obrador, y respaldada por la Secretaria del Trabajo y Previsión Social.
El diputado Chico Herrera fue el responsable de presentarla en la Comisión Permanente, y fue turnada a la Comisión del Trabajo.
Regulación del outsourcing
Uno de los objetivos centrales de la iniciativa de Morena es reducir la precarización laboral que ha generado la externalización del empleo, un esquema popularmente conocido como outsourcing.
Esta modalidad de subcontratación funciona cuando un empleado realiza tareas a favor de una compañía, pero es contratado por una segunda empresa, que –por lo regular– no brinda los mismos salarios, prestaciones, ni beneficios que tendría un trabajador contratado directamente.
Esta modalidad de contratación fue aprobada durante la Reforma Laboral de 2012. Para la secretaria del Trabajo y Previsión Social, Luisa María Alcalde Luján, ha resultado en una «subcontratación abusiva«, que debe ser revisada informó el diario El Economista.
No puedes subcontratar haciendo las mismas funciones, ese tipo de cosas no deben ocurrir, lo que estamos planeando es actuar (inspecciones), pero también por el otro lado que exista un espacio de discusión para determinar qué se vale y qué no».
Luisa María Alcalde Luján.
En el marco de la discusión de la iniciativa, un grupo de académicos abogados laborales y líderes sindicales se han dado a la tarea de analizar este esquema de contratación.
Algunas voces apelan a la redacción de lineamientos más claros, mientras que otros consideran que solamente se requiere una vigilancia más puntual del respeto a los lineamientos existentes.
Sin embargo, algunos participantes en la discusión consideran que un debilitamiento del outsourcing podría restar competitividad al sector empresarial, pues se vería afectado económicamente por un aumento a las contrataciones directas.
Otro puntos clave
La iniciativa también buscan incidir de manera positiva en la operación de los sindicatos, así como mejorar el acceso a la justicia laboral para los trabajadores mexicanos.
Para la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, son cinco los elementos clave de esta iniciativa:
- Democracia en el trabajo: Elegirán los trabajadores a sus dirigente por voto libre, directo y secreto
- Contratos colectivos: Se a garantizará que en más negociaciones los trabajadores y empleadores mejores la productividad y las condiciones laborales.
- Creación de un órgano autónomo: Se promoverá la imparcialidad y la libertad sindical a través del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
- Justicia laboral: Se sustituirán a las juntas de Conciliación y Arbitraje por los Tribunales laborales adscritos al Poder Judicial.
- Eliminación de la extorsión: Con la acreditación ante el Centro Federal de Coinciliación y Registro Laboral se evitará el chantaje de emplazamiento a huelga por parte de sindicatos.
https://www.dineroenimagen.com/management/la-nueva-reforma-laboral-podria-beneficiarte-o-afectarte/106555
Necesario ajustar subcontrataciones en pro de empleados, señala experto

NOTIMEX 25.01.2019 – 11:51H En el próximo periodo ordinario de sesiones se hará una nueva revisión de la reforma a la Ley Federal del Trabajo en materia de justicia laboral, con el propósito de ajustar la forma en que operan los esquemas de subcontratación conocidos como “outsourcing”, señaló Germán Garza, abogado laboral.
Indicó que en este proceso, “lo primero que se tienen que hacer es no satanizar a toda la subcontratación como si fuera un modelo negativo”, ya que este esquema llevado desde el aspecto formal, aporta grandes beneficios a las organizaciones y a sus colaboradores.
En entrevista, el socio fundador de la firma de abogados Mowat consideró que la mala percepción que se tiene de la tercerización se debe a que existen empresas que recurren a huecos legales existentes en este esquema, para realizar evasiones respecto a las obligaciones patronales y fiscales, por lo que será importante delimitar los aspectos que permiten esto.
Puntualizó que el “outsourcing” es un modelo positivo para la administración de nóminas y la generación de empleos, “en la medida en que se cumpla con lo que la propia ley establece para modelos de subcontratación”.
Se estima, dijo, que 57 por ciento de la población ocupada en México, equivalente a 30.4 millones, labora bajo esquemas tercerización o de “outsourcing”, es decir, con una razón social distinta pero que forma parte de la misma empresa y que realiza únicamente la contratación de personal.
Hizo notar que este tipo de colaboradores deben contar con derechos como el de antigüedad, seguridad social, aguinaldo, Afore, acceso al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), vacaciones y prima vacacional.
El abogado advirtió que “si se restringe tanto este esquema, podría tener un impacto en la generación de empleos formales”. Aseguró que para muchas empresas “podría dejar de ser viable el tener a ciertas personas dentro de su nómina dado que los costos no lo permitirían y se tendrían que cesar esas relaciones de trabajo”.
Germán Garza consideró que las autoridades laborales y fiscales tienen el mayor desafío, en cuestión de inspeccionar bajo las facultades que la ley les confiere, que los modelos de subcontratación sean reales y “no llevados bajo temas de simulación”.
Esta clase de esquemas que se dan en la contratación, advirtió, implican por ejemplo el presentar un sueldo menor con respecto a lo que gana un empleado, para disminuir las aportaciones patronales en seguridad social, afectando sus cuentas de Infonavit y Afore, lo cual genera menor recaudación de impuestos al gobierno.
https://www.20minutos.com.mx/noticia/473103/0/necesario-ajustar-subcontrataciones-en-pro-de-empleados-senala-experto/
Cómo podría beneficiarte (o afectarte) la nueva reforma laboral
Una nueva reforma laboral se discute en la Cámara de Diputados. Sus impulsores prometen mejorar las condiciones laborales para los mexicanos. Pero no todos los sectores están contentos.
Por Luis Alonso Pérez
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Una nueva reforma laboral se encuentra en proceso de discusión en la Cámara de Diputados. Uno de sus principales objetivos es revertir la precarización de las condiciones laborales de los trabajadores mexicanos generada por el outsourcing.
La iniciativa fue presentada por el grupo parlamentario de Morena en la Cámara de Diputados, pero fue impulsada por el gobierno de Andrés Manuel López Obrador, y respaldada por la Secretaria del Trabajo y Previsión Social.
El diputado Chico Herrera fue el responsable de presentarla en la Comisión Permanente, y fue turnada a la Comisión del Trabajo.
Regulación del outsourcing
Uno de los objetivos centrales de la iniciativa de Morena es reducir la precarización laboral que ha generado la externalización del empleo, un esquema popularmente conocido como outsourcing.
Esta modalidad de subcontratación funciona cuando un empleado realiza tareas a favor de una compañía, pero es contratado por una segunda empresa, que –por lo regular– no brinda los mismos salarios, prestaciones, ni beneficios que tendría un trabajador contratado directamente.
Esta modalidad de contratación fue aprobada durante la Reforma Laboral de 2012. Para la secretaria del Trabajo y Previsión Social, Luisa María Alcalde Luján, ha resultado en una «subcontratación abusiva«, que debe ser revisada informó el diario El Economista.
No puedes subcontratar haciendo las mismas funciones, ese tipo de cosas no deben ocurrir, lo que estamos planeando es actuar (inspecciones), pero también por el otro lado que exista un espacio de discusión para determinar qué se vale y qué no».
Luisa María Alcalde Luján.
En el marco de la discusión de la iniciativa, un grupo de académicos abogados laborales y líderes sindicales se han dado a la tarea de analizar este esquema de contratación.
Algunas voces apelan a la redacción de lineamientos más claros, mientras que otros consideran que solamente se requiere una vigilancia más puntual del respeto a los lineamientos existentes.
Sin embargo, algunos participantes en la discusión consideran que un debilitamiento del outsourcing podría restar competitividad al sector empresarial, pues se vería afectado económicamente por un aumento a las contrataciones directas.
Otro puntos clave
La iniciativa también buscan incidir de manera positiva en la operación de los sindicatos, así como mejorar el acceso a la justicia laboral para los trabajadores mexicanos.
Para la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, son cinco los elementos clave de esta iniciativa:
- Democracia en el trabajo: Elegirán los trabajadores a sus dirigente por voto libre, directo y secreto
- Contratos colectivos: Se a garantizará que en más negociaciones los trabajadores y empleadores mejores la productividad y las condiciones laborales.
- Creación de un órgano autónomo: Se promoverá la imparcialidad y la libertad sindical a través del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
- Justicia laboral: Se sustituirán a las juntas de Conciliación y Arbitraje por los Tribunales laborales adscritos al Poder Judicial.
- Eliminación de la extorsión: Con la acreditación ante el Centro Federal de Coinciliación y Registro Laboral se evitará el chantaje de emplazamiento a huelga por parte de sindicatos.