En México, la incorporación del sector obrero al PRI permitió resolver el conflicto entre las fuerzas conservadoras del capital y las fuerzas progresivas del movimiento laboral.
Por Leo Zuckermann
18 de Octubre de 2018
Algo importante está pasando en el mundo sindical en México. Las aguas están muy movidas. Napoleón Gómez Urrutia ha regresado al país con toda la intención de seguir dominando el principal sindicato minero. Elba Esther Gordillo ha salido de la cárcel con toda la intención de regresar a liderar el principal sindicato magisterial. Carlos Romero Deschamps está organizando comicios para reelegirse como dirigente nacional de los petroleros. El nuevo gobierno de López Obrador, por su parte, está en el proceso de definir cuál será su política frente a los sindicatos. ¿Apoyará a líderes charros y corruptos que aseguren estabilidad política o promoverá un proceso de democratización real de los sindicatos?
En Shaping the political arena, los politólogos norteamericanos Ruth y David Collier realizaron un estudio fundamental sobre la relación entre los movimientos obreros y los regímenes políticos en América Latina. Los autores argumentan que la modernización capitalista de principios del siglo XX trajo consigo la formación de una clase trabajadora radicalizada y organizada en movimientos laborales. La reacción de los distintos Estados nacionales latinoamericanos a estos movimientos determinó, según ellos, el tipo de régimen político de cada uno de los países.
De acuerdo con los Collier, las reacciones de grupos conservadores hacia los movimientos obreros derivaron en un sinnúmero de golpes de Estado en América Latina. En México, en cambio, la incorporación del sector obrero a un partido de Estado, el PRI, permitió canalizar y resolver el conflicto entre las fuerzas conservadoras del capital y las fuerzas progresivas del movimiento laboral. El sistema priista fue eficaz para negociar la lucha de clases lo cual, en comparación con otros países latinoamericanos, dio mucha estabilidad a la vida política del país. Esto no es ninguna menudencia si se toma en cuenta los horrores que significaron las diversas dictaduras militares en Latinoamérica.
La relación del Estado mexicano con el sindicalismo oficial fue funcional para ambas partes. Por un lado, se consiguió paz y estabilidad política. Por el otro, los obreros mexicanos lograron ciertos derechos en su seguridad laboral y social. Los mayores beneficiarios de este pacto fueron los líderes sindicales, quienes recibieron jugosas rentas económicas y poderosos puestos políticos. Eventualmente, la complacencia se apoderó de estos dirigentes, quienes cada vez más estuvieron dispuestos a acomodarse que a luchar.
En los años ochenta se dieron una serie de acontecimientos que tuvieron un efecto directo sobre el sindicalismo mundial y mexicano. El sistema comunista, supuesto defensor de los intereses de la clase trabajadora, cayó. El mundo se convirtió en un lugar predominantemente capitalista donde comenzó una despiadada lucha —no de clases— sino de países por conquistar mercados. En esta implacable globalización, los capitales se dirigieron a los lugares donde el trabajo era más barato, productivo o preparado. Esto significó un nuevo reto para los sindicatos acostumbrados a una concepción anacrónica de la lucha de clases.
En esa misma década, en México se dio una serie de reformas económicas orientadas a fortalecer al mercado. El Estado perdió espacios y con ello capacidad de repartir beneficios al movimiento obrero organizado. Además, los sindicatos fueron perdiendo poder dentro del PRI, partido que, con la creciente apertura política, tuvo que competir para ganar puestos de elección popular.
El PRI, eventualmente, perdió el poder, pero los gobiernos panistas, tanto el de Fox como el de Calderón, se acomodaron con los líderes y sindicatos que venían de la época dorada del tricolor. Prefirieron mantener la fiesta laboral en paz llegando al extremo, en el caso de la educación pública, de entregarle parcelas enteras de la administración del sistema al sindicato magisterial.
En los últimos meses, el gobierno de Peña, quien como buen priista se acomodó a la paz laboral de los sindicatos charros y corruptos, ha firmado un par de acuerdos internacionales de libre comercio que obligan a la modernización y democratización sindical. Me refiero al TPP 11 y al USMCA. Se trata de un enorme reto para la siguiente administración de López Obrador sobre todo si se suma el hecho de que la izquierda mexicana siempre ha luchado por tener sindicatos reales que representaran los intereses de los trabajadores. ¿Qué hará, en este sentido, AMLO con el mundo laboral mexicano? ¿Se acomodará con los dinosaurios, pondrá a los suyos o permitirá un verdadero movimiento sindical democrático? Un asunto que valdrá la pena darle seguimiento.
Mes: octubre 2018
Destaca Peña Nieto los resultados de la Reforma Laboral
martes, 16 de octubre de 2018 15:23 – 1090549
Al entregar el Premio Nacional de la Juventud, el presidente Enrique Peña Nieto, aseguró que producto de la Reforma Laboral el 40 por ciento de los casi 4 millones de empleos generados durante la actual administración, han sido para los jóvenes mexicanos.
“Esta ha sido la administración que ha generado o en la que se han generado mayor número de empleos en un período de gobierno, prácticamente cuatro millones de empleos, habremos de arribar al 30 de noviembre seguro estoy a esta cifra de empleo, pero lo destacable dentro de esta cifra es que cuarenta por ciento de estos empleos ha sido para jóvenes, ha sido para jóvenes y es producto precisamente de la reforma laboral, que flexibilizó la contratación”.
Explicó que otra de las reformas que han sido de beneficio para los jóvenes es la de Telecomunicaciones, gracias a la cual el número de usuarios de Internet pasó de 40 millones a 80 millones y que el 50 por ciento de las transacciones del comercio electrónico son realizadas por jóvenes. (Por Arturo García Caudillo / Foto: Cuartoscuro)
https://www.notisistema.com/noticias/destaca-pena-nieto-los-resultados-de-la-reforma-laboral/
Relaciones laborales bajo la lupa del USMCA
Por: Redacción /Pulso Laboral
EN las negociaciones del nuevo Acuerdo Estados Unidos, México y Canadá (USMCA), por sus siglas en inglés) se cuidaban aspectos fundamentales para el sector automotriz, el agro y el comercio, en el terreno laboral avanzaban, de manera sigilosa, las exigencias que Estados Unidos pretende que México cumpla.
Las relaciones laborales no formaban parte íntegra del acuerdo comercial original. En ese tema, los socios acordaron cartas paralelas, que se cumplían, «de buena fe», por México, Estados Unidos y Canadá, respetando la dinámica del mercado laboral de cada nación.
El 27 de agosto de 2018, la historia cambió. En el documento del acuerdo que sustituye el Tratado de Libre Comercio de América del Norte, se incluyó un capítulo laboral con las obligaciones que se deben cumplir, como el derecho de los trabajadores a elegir su sindicato y que la contratación laboral sea transparente. Ahora, de no cumplirse, existe la posibilidad de que se abran paneles en determinados sectores o industrias que podrían afectar el comercio, explica Juan Pablo Castañón, presidente del Consejo Coordinador Empresarial (CCE). El acuerdo todavía debe ser aprobado por los Congresos de los socios comerciales.
Anteriormente, la parte laboral en el TLCAN no tenía dientes, se podía presentar una denuncia si una empresa lo incumplía, pero no pasaba nada más.
«Ahora, como está estructurado el tratado, si un país se queja del otro por violaciones a su legislación, el país denunciante tendría derecho a imponer sanciones económicas al denunciado. Y el incumplimiento traería como consecuencia la imposición de un arancel especial que afectaría a México», detalla Salvador Pasquel, socio en Baker McKenzie.
Existen tres principios básicos que se deben cumplir: la , libertad de asociación, de negociación colectiva y mejorar la impartición de justicia laboral.
Bajo estos principios, las empresas tienen que revisar los esquemas de representación sindical con los que ha firmado contratos colectivos de trabajo.
Éstos deberán ser producto de una elección libre de parte de sus trabajadores, a través de la integración de comités con la participación de los trabajadores de cada centro laboral.
«Al final, se busca eliminar aquellas representaciones sindicales que no cuenten con el apoyo de la mayoría de los trabajadores», explica Óscar de la Vega, socio de la firma De la Vega & Martínez.
El acuerdo comercial obliga también a revisar los costos laborales y a establecer bonos de productividad autofinanciables con objeto de mejorar el ingreso de los trabajadores. Las empresas, por cumplir un aumento salarial, podrían llevarlo acabo, pero sin vincularlo a la productividad y a metas perfectamente establecidas, lo cual podría traerles problemas de incumplimiento del tratado.
El Capítulo Laboral del USMCA se suma a la transformación de las relaciones laborales, que, de manera interna, experimenta nuestro país, afirma Germán de la Garza, socio del despacho Mowat.
Es importante que las empresas inicien un proceso de revisión para desactivar aquellos problemas laborales de índole colectivo que puedan motivar paros o huelgas. «Los empresarios deben ser sensibles a los cambios político-laborales», advierte De la Vega.
Las obligaciones asumidas por México a nivel internacional, en el Acuerdo Global y Progresivo para la Asociación Transpacífico (antes TPP), en el ahora USMCA, así como la reforma constitucional promulgada en México en febrero de 2017 y el Convenio 98 de la OIT recientemente ratificado, exigen cambios a la Ley Federal del Trabajo, que deben ir en la misma ruta de fortalecer la libertad sindical y de contratación colectiva con una nueva impartición de justicia.
El Convenio 98 de la OIT, que México ratificó en septiembre después de casi 70 años, requiere, para su aplicación y cumplimiento, modificaciones a las leyes mexicanas, dice Ancelmo García, especialista laboral y colaborador de la OIT.
La tarea está en el Congreso, que debe impulsar las leyes secundarias que permitan establecer reglas claras sobre cómo deben comportarse los sindicatos y cómo decidirán los trabajadores su participación en la vida sindical, si desean tenerla.
Se espera que la reforma de impartición de justicia derive en modificaciones importantes en la tramitación de juicios, en los despidos y en los procedimientos especiales de titularidad de contrato. «Si bien habrá beneficio para los trabajadores, y algunas exigencias para los patrones, también implica cambios para los líderes sindicales, pues se pretende que un mismo sindicato deje de representar a 20 o 30 organizaciones o sectores, como sucede ahora», dice García.
Los contratos colectivos de trabajo no activos o de protección podrían poner en riesgo la estabilidad laboral de las empresas. Por ello, antes de firmar un contrato deben asegurarse de contar con la aprobación de los trabajadores.
«Es un cambio de cultura, de seguir procesos para dar cumplimiento a las nuevas relaciones. Es atender el voto de los trabajadores, de dar a conocer los contratos, de no firmar anticipadamente con sindicatos. Sabemos que no es sencillo. porque ello podría traer inestabilidad en las empresas ante la disputa de contratos de trabajo por parte de los sindicatos», agrega De la Garza.
La afiliación de los trabajadores a los sindicatos deberá ser voluntaria sin temor a la amenaza de las cláusulas de exclusión (el sindicato es el que decide si se incorpora al centro de trabajo), que son contrarias a la libertad de asociación. /Expansión
http://www.elpulsolaboral.com.mx/mercado-laboral/15801/relaciones-laborales-bajo-la-lupa-del-usmca
Líder obrero confía en compromiso de López Obrador con justicia laboral

NOTIMEX
16.10.2018
El presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, tiene una firme convicción laboral y social, y así lo demostró cuando fue jefe de gobierno, al dar respuesta a los planteamientos de la base trabajadora, por lo que se espera ocurra lo mismo durante su administración, afirmó el líder obrero Joel Ayala Almeida.
El dirigente de la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado (FSTSE) confió en que con el próximo gobierno exista comunicación directa y clara que atienda sus demandas sociales y económicas, pues hay certidumbre y confianza en las acciones que instrumentará en su momento el próximo titular del Ejecutivo federal.
Entrevistado en el edificio principal de la FSTSE, sostuvo que el presidente electo está del lado de los trabajadores en su decisión de conservar derechos y conquistas en todo el ámbito de la justicia laboral.
El líder de la burocracia nacional recordó que López Obrador habló del traslado de diversas dependencias federales a varios estados del país y de que en este proceso de descentralización se respetarían los derechos de los trabajadores de base y sindicalizados, quienes no perderán su fuente de empleo y su cambio sería voluntario.
De llevarse a cabo dicha descentralización administrativa, deberá ser gradual y parcial, basada en la capacidad presupuestal y otros condicionamientos que puedan aportar la posibilidad de que ésta se cumpla, afirmó Ayala Almeida.
La decisión de mudarse de una entidad a otra, dijo, se llevaría a cabo bajo el estricto sentido de que los trabajadores cuenten con vivienda digna, servicios médicos de calidad y con infraestructura educativa completa en todos los niveles, incluyendo el profesional, y que se vea palpable el mejoramiento de su calidad de vida.
El dirigente reiteró la posición de esta central, que agrupa a 89 sindicatos, de dar vigencia a los derechos y conquistas laborales de los sindicalizados, así como a favor de la unidad e integración del seno familiar, que es la que permite el reforzamiento de la paz social.
Joel Ayala recordó que por conocimiento propio, durante la administración de López Obrador como jefe de gobierno de la Ciudad de México hubo una relación de respeto institucional y de una coordinación estrecha con la FSTSE. Esta, añadió, tuvo beneficios palpables, como la construcción de 10 mil viviendas y la incorporación a 21 mil trabajadores al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). Hay una afirmación de un futuro consistente, con certidumbre para los trabajadores de México y en particular para los empleados al servicio del Estado, concluyó.
https://www.20minutos.com.mx/noticia/432747/0/lider-obrero-confia-en-compromiso-de-lopez-obrador-con-justicia-laboral/
Coahuila: Logra junta de conciliación y arbitraje de región centro acuerdos entre trabajador y patrón
Favorece a ambas partes llegar a acuerdos económicos fuera de juicio
lunes, 15 de octubre de 2018
Monclova, Coahuila de Zaragoza.- 15 de Octubre del 2018.- La nueva cultura laboral implementada por la Secretaría de Trabajo del Estado (ST) en conflictos obrero-patronales de llegar a acuerdos previos entre la partes, ha permitido que la Junta Local de Conciliación y Arbitraje en Monclova haya conciliado intereses, incluyendo 461 convenios dentro de juicio en lo que va del año, informó Ricardo Aguirre Cuéllar, titular de la oficina local.
Destacó que, en promedio, se pueden llegar a registrar hasta 200 demandas mensuales por desacuerdo entre los patrones, o en su caso bajo el argumento de despidos injustificados.
El llamado es cumplir las indicaciones del Gobernador del Estado, Miguel Ángel Riquelme Solís, de privilegiar el diálogo entre las partes en conflicto.
Lo que da un total estimado en más de dos mil 200 demandas a lo largo de un año en las oficinas de la dependencia regional.
«La aplicación de una nueva cultura laboral permite que se resuelvan los conflictos de una manera amistosa, conciliada, y que el trabajador obtenga un beneficio inmediato. Somos Junta de Conciliación en una primera instancia”, precisó.
Consideró que es un órgano de justicia laboral que le apuesta, antes de pasar a una demanda que pueda ser larga, cansada y tediosa, a que tanto trabajador como patrón (o representante legal) lleguen a un buen acuerdo en cuanto a lo económico que se pueda otorgar al empleado.
«En este sentido, hacen un convenio, el cual se establecen prestaciones, contraprestaciones que se liquidan y se eleva la categoría de Laudo Arbitral, lo que sirve a ambas partes para legitimar su desempeño”, indicó.
Reconoció que en la Región Centro hay una buena disposición de los patrones por solucionar la problemática que presentan por medio de negociación y convenios conciliatorios, antes que llegar a una demanda.
http://www.eldiariodecoahuila.com.mx/locales/2018/10/15/logra-junta-conciliacion-arbitraje-region-centro-acuerdos-entre-trabajador-patron-765664.html
Iniciativa va contra outsourcing simulado

Borrador de propuesta legislativa plantea erradicar la subcontratación de personal en casos en los que no está plenamente justificado por los empleadores.
María Del Pilar Martínez
16 de octubre de 2018, 01:44
Una versión preliminar de la reforma secundaria laboral —que deberá discutirse en los próximos días en el Congreso de la Unión— contempla la eliminación de la subcontratación simulada; es decir, busca eliminar toda posibilidad de que patrones utilicen esta figura de contratación, también conocida como outsourcing, para casos en los que no está plenamente justificado.
Lo anterior se desprende de la versión que el grupo redactor, vinculado con la organización Observatorio Laboral, presentó sobre la propuesta de leyes secundarias para cumplir con la reforma constitucional de febrero del 2017. Así, en el Artículo 133 indica: “Queda prohibido a los patrones o a sus representantes (…) contratar trabajadores a través de otra empresa para simular una relación laboral”.
Abogados laborales consultados al respecto consideraron que no es clara la redacción de la propuesta, pues la simulación laboral se buscó eliminar desde la reforma del 2012, fecha en la que se incluyó por primera vez el término subcontratación en la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Así, se estableció como requisitos que el patrón no podrá abarcar la totalidad de las actividades, iguales o similares en su totalidad, que se desarrollen en el centro de trabajo con outsourcing; debe justificar el carácter especializado, y no podrá comprender tareas iguales o similares a las que realizan el resto de los trabajadores al servicio del contratante.
Al respecto, Lorenzo Roel, presidente de la Comisión Laboral de la Confederación Patronal de la República Mexicana, (Coparmex) dijo que “una propuesta de esa naturaleza va en contra de la reforma del 2012, en donde se incluyó a la subcontratación como una manera de contratación de personal. La propuesta tiene una mala redacción y en todo caso debe detallar a qué se refiere con simulada, ¿cuándo es una contratación simulada?”.
En tanto, Ricardo Martínez, de De la Vega & Martínez, comentó que pretender eliminar la simulación es “complementario a lo que se ha incluido en la reforma del 2012; es decir, busca terminar con aquello que no cumpla con el Artículo 15-A, que ya regula la actividad de la subcontratación y establece tres requisitos”.
Por su parte, Germán de la Garza, de la firma Mowat, indicó que la subcontratación es una actividad reconocida en todo el mundo, incluso la Organización Internacional del Trabajo, siempre y cuando se respeten los derechos de los trabajadores, por ello “pretender eliminarla en su totalidad será completamente absurdo, en todo caso se debe atacar el outsourcing que no cumple con los requisitos que están marcados en la ley”.
Alfonso Bouzas, especialista laboral de la UNAM, y quien forma parte del Observatorio Laboral para la Reforma Laboral, declaró que “la reforma del 2012 no ha repercutido en mejorar la contratación de trabajadores, a pesar de los tres candados que se pusieron a la subcontratación, esto no ha ayudado a reducir las malas prácticas en donde hasta sindicatos proveen de trabajadores a las empresas en este afán de simular la relación laboral”.
Actualmente, la Ley Federal del Trabajo prevé, en caso de utilizar la subcontratación de manera dolosa, una multa por el equivalente de 250 a 5,000 veces la Unidad de Medida y Actualización.
pilar.martinez@eleconomista.com.mx
https://www.eleconomista.com.mx/gestion/Iniciativa-va-contra-outsourcing-simulado-20181016-0036.html
Opinión / Alberto Barranco / Empresa

¿Fuera máscaras?
Balance general. Abortado, paradójicamente, ante la protesta de centrales sindicales de Estados Unidos de cara a la renegociación del Tratado de Libre Comercio de América del Norte el artilugio que pretendían los senadores sindicalistas Isaías González y Tereso Medina, al colar en una iniciativa de justicia laboral la posibilidad de generalizar la práctica del outsourcing o tercería, en el capítulo laboral del nuevo acuerdo mercantil se plantea una revisión del tema.
La intención, de cara a la equidad, es vigilar, justo, que la práctica de subcontratación, colocada originalmente, para fines de limpieza y mantenimiento, se siga extendiendo en un escenario en que existen empresas que utilizan la vía para sus ejecutivos.
La práctica coloca a éstos al margen de las prestaciones que se otorgan, es decir pólizas de gastos médicos mayores, bonos, participación accionaria, al ser contratados por una firma distinta… a veces creada por la propia empresa que los emplea.
La garantía de cumplimiento correría a cargo del nuevo gobierno.
https://www.eluniversal.com.mx/columna/alberto-barranco/cartera/manipulan-cifras-del-imss
Jalisco: El Poder Judicial busca bolsa “extra” de 206 MDP
Los recursos se destinarían a la integración de salas especializadas en materia familiar, penal, laboral y una Sala Unitaria Regional
Por: El Informador
15 de Octubre de 2018 – 04:01 hs
Ricardo Suro Esteves (centro), presidente del STJ, refirió que el proyecto de Presupuesto 2019 que presentaron contempla los “mínimos necesarios” para enfrentar los rezagos que arrastran. EL INFORMADOR/Archivo
El Poder Judicial del Estado busca que, dentro del presupuesto del próximo año, se le autorice una bolsa de 206 millones de pesos adicionales a su gasto, para impulsar los proyectos especiales que tiene pendientes. Los recursos se destinarían a la integración de salas especializadas en materia familiar, penal, laboral y una Sala Unitaria Regional.
En la proyección de gastos para este año se había considerado que, para asumir las funciones en materia de , se requerirían 29.3 millones de pesos para conformar la sala especializada en la materia, cifra exacta requerida para la correspondiente a lo familiar.
Otro proyecto sin concretar es la Sala Unitaria Regional para brindar el servicio y evitar el traslado de personas que viven en las regiones del Estado a la metrópoli. Para esto se habían considerado 12.4 millones de pesos.
Ricardo Suro Esteves, presidente del Supremo Tribunal de Justicia, refirió que el proyecto de Presupuesto 2019 que presentaron contempla los “mínimos necesarios” para enfrentar los rezagos que arrastran; puntualizó que los principales requerimientos están en el Consejo de la Judicatura para abrir más juzgados.
“Allí es donde más carencias hay, buscamos sensibilizar a los poderes Ejecutivo y Legislativo de las necesidades reales que existen. Hay carencias y hay urgencia por abrir mas juzgados y mejorar las condiciones”, comentó.
Para el Consejo de la Judicatura se piden mil 664 millones de pesos, lo que representa un aumento presupuestal de 46% en comparación con los fondos que le asignaron este año. Y para el Supremo Tribunal se solicitan 559 millones, más la bolsa adicional de 206 millones de los proyectos especiales.
Además, se mantiene la petición de recursos para pagar el haber de retiro a los magistrados del Supremo Tribunal que han dejado el cargo, tras cumplir los 70 años. Queda pendiente el pago a nueve juzgadores retirados, y en 2019 podrán retirarse los magistrados Leonel Sandoval Figueroa, Luis Ernesto Camacho Hernández, Sabás Ugarte Parra y Salvador Cantero Aguilar. Se requieren 64 millones para cubrirles esa prestación a los juzgadores.
El Artículo 242 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco especifica que el haber por retiro estará constituido por el equivalente a 12 meses del salario integrado que el cargo de magistrado tenga asignado conforme al presupuesto de egresos del año que corresponda al pago de esta prestación, y el equivalente a 14 días de salario por cada año como magistrado.
Supremo Tribunal de Justicia
- Presupuesto 2018: 542.8 millones de pesos
- Solicitud para 2019: 559.1 millones de pesos
Consejo de la Judicatura
- Presupuesto 2018: 888.1 millones de pesos
- Solicitud para 2019: 1,664 millones de pesos
Tribunal de Justicia Alternativa
- Presupuesto 2018: 44.6 millones de pesos
- Solicitud para 2019: 107.4 millones de pesos
https://www.informador.mx/jalisco/El-Poder-Judicial-busca-bolsa-extra-de-206-MDP-20181015-0016.html
La Sub contratación, instrumento de simulación

Por: Jorge Viveros
En México, a 14 de octubre de 2018,
Según el IMSS, cerca del 80 por ciento de sus afiliados se encuentran registrados bajo el régimen de subcontratación (outsourcing). Se dijo en la exposición de motivos de la reforma a la Ley Federal del Trabajo de 2012 que sería para incrementar la productividad y competitividad de las empresas mexicanas, respetando los derechos de los trabajadores que obtendrían un salario decente. Se crearon los artículos 15 A al 15 D en los que se establecieron mínimas regulaciones para limitar abusos. Se estableció en el 15 A que el subcontratista presta servicios a un contratante con trabajadores bajo su dependencia; el contratante fija las tareas del contratista y lo supervisa en el desarrollo de los servicios o la ejecución de las obras; no abarcará la totalidad de las actividades de la empresa contratante; será para actividades especializadas y no podrá comprender tareas iguales o similares a las que realizan el resto de los trabajadores al servicio del contratante.
En los artículos 15 B y 15 C, se estipula que el contratante, al momento de celebrar el contrato con la subcontratista deberá cerciorarse que esta cuente con los documentos y elementos propios para cumplir con las obligaciones que deriven de las relaciones con sus trabajadores y que deberá cerciorarse permanentemente que cumple con las disposiciones en materia de salud y medio ambiente en el trabajo respecto de sus trabajadores. Se estipula que los subcontratistas no son intermediarios sino patrones, distintos al contratante que se beneficia con la prestación de servicios de los trabajadores al realizar funciones especializadas. A la fecha se ha convertido en un jugoso negocio de algunos despachos patronales, de transnacionales de contratación de personal y de corporaciones que han creado las propias, entre otros. La subcontratación es una mercancía que se ofrece para abatir costos fiscales, de salarios y seguridad social; nada qué ver con la especialización de servicios, aun cuando se ofrezca para distintos rubros. En un solo domicilio “operan” múltiples personas morales subcontratistas. Los despachos ofrecen servicio completo: la estrategia fiscal, salarial y de seguridad social y la asesoría jurídica, incluída la laboral, comprometiéndose a cubrir los gastos en caso de indemnizaciones. Una mercancía que reduce costos salariales, de seguridad social y fiscales: nada que ver con la especialización de los servicios que se prestarán, idóneos para aumentar productividad, calidad y competitividad del contratante.
Las consecuencias de la subcontratación han sido funestas para los trabajadores del país:
Para burlar la disposición de que un subcontratista no abarque a los trabajadores de toda la empresa, diversas personas morales contratan a los trabajadores según su actividad, así, en un hotel restaurante, los meseros son contratados por un patrón, las cajeras por otro, los intendentes por otro, etc; en un mismo domicilio laboran trabajadores contratados por 4 o 5 patrones diferentes e incluso, un solo trabajador está contratado por 3 patrones diferentes. Práctica común es cambiar a los trabajadores de patrón cada cierto tiempo, haciéndole firmar nuevo contrato afiliación al IMSS, etc., acompañados de una renuncia anticipada, sin entregarle copia de ningún documento; “nadie sabe para quién trabaja”. El domicilio de cada patrón se encuentra a cientos de kilómetros de distancia y, generalmente se ignora; es práctica cada vez más común, que el contrato se firme en un café, restaurante o en la calle. Constantemente se cambia al trabajador el registro patronal ante las instituciones fiscales y de seguridad social. Se da el caso de algunas empresas que “rentan espacios” a los subcontratistas para realizar “sus funciones”. Se dan casos de empresas que manifiestan no tener a ningún trabajador contratado ni afiliado a ninguna institución de seguridad social, motivando alguna tesis aislada de Tribunal Colegiado, en el sentido de que no es creíble que una empresa realice actividades sin trabajadores. Los salarios se depositan en cuentas bancarias en las que no se informa el nombre del depositante ni el número de cuenta de transferencia, es información reservada, no se entregan recibos de pago. Cientos de miles de trabajadores laboran en el mismo domicilio, mismo puesto de trabajo y realizando las mismas funciones para distintos “patrones”; otros cambian de domicilio para realizar las mismas funciones para la misma empresa, para distintos “patrones”. La totalidad de los subcontratistas son personas morales de papel que no realizan ninguna actividad productiva, de manufacturera, de construcción, de servicios, extractiva, profesional, etc., real y la mayoría no dan órdenes e instrucciones a “sus trabajadores” para el desempeño cotidiano de sus funciones. El mismo sistema, con sus particularidades, se aplica en todas las ramas de la economía mexicana: industria, servicios, banca, telefonía, minería, radio y televisión, etc. Se da la “pulverización” de los trabajadores en un mismo centro de trabajo o una misma empresa impidiendo su unidad, sindicalización y posibilidad de contratar colectivamente ya que todos trabajan para diferentes patrones, menos para el que se beneficia con su trabajo que establece contratos colectivos de protección conteniendo cláusulas que avalan y “legalizan” la subcontratación.
Una práctica común es que los trabajadores son inscritos en las instituciones de seguridad social con salarios muy inferiores a los devengados, deteriorando las aportaciones al Sistema de Ahorro para el Retiro que llevará a ínfimas pensiones jubilatorias con el paso de los años. En la reforma de 2012 se creó un capítulo de procedimiento especial para “conflictos individuales de seguridad social” con el que se deben ventilar, entre otros, los juicio contra las AFORE; en los artículos del 899-A al 899-G, estipulando en la fracción IV del C, que la demanda deberá contener el “nombre y domicilio de las empresas o establecimientos en que ha laborado; puestos desempeñados; actividades desarrolladas; antigüedad generada y cotizaciones al régimen de seguridad social”. A la demanda deberán acompañarse, según la fracción VII, “los documentos expedidos por los patrones… o, en su caso, el acuse de recibo de la solicitud de los mismos…” Estando el 80% de los trabajadores afiliados al IMSS bajo el régimen de subcontratación en las prácticas descritas, después de más de 24 años de cotizaciones, laborando para distintos “patrones”, personas morales de papel, radicados en domicilios diversos, dispersos por todo el territorio nacional, estarán imposibilitados para cumplir los requisitos de sus demandas, sobre todo, considerando que jamás se les proporcionan copias de contratos ni recibos de pago que únicamente firman.
Debe terminarse con esa figura de simulación laboral, de seguridad social y fiscal derogando los artículos 15A a 15D de la Ley Federal del Trabajo.