Abogados laboristas de AL analizarán los retos sindicales

A partir de hoy y durante tres días, se realizará el 16 Encuentro Latinoamericano de Abogados Laboralistas y del Movimiento Sindical, para analizar, entre otros temas, las recientes reformas laborales y la situación de las mujeres en el trabajo.

Se trata de un foro “de alto nivel” en el que participarán las “mejores organizaciones de abogados de América Latina” de trabajadores y sindicatos independientes que buscan reivindicar sus derechos y las leyes en la materia, enfatizó Óscar Alzaga, coordinador general de la Asociación Nacional de Abogados Democráticos (ANAD).

Se ha confirmado la asistencia de 53 congresistas procedentes de Argentina, Brasil, Chile, Cuba, Guatemala, Honduras, Canadá y Estados Unidos. Entre los participantes están el embajador de Argentina en México y ex ministro de Trabajo, Carlos Tomada; el líder nacional del sindicato minero, senador Napoleón Gómez Urrutia, y el presidente de la ANAD, Francisco Ramírez.

En los paneles de discusión que se desarrollarán en los tres días se abordarán también el derecho internacional del trabajo, los desafíos en materia sindical y la situación laboral de los migrantes. Al respecto, Alzaga señaló que hay una “discriminación brutal” en Estados Unidos en el trabajo, al grado que se clasifica a los obreros por razas: anglosajona, asiática, afroamericana y latina.

Dentro las actividades también se realizará el 8 Congreso de la Asociación Latinoamericana de Abogados Laboralistas. El encuentro organizado por la ANAD se realizará en tres sedes de la Ciudad de México: la jornada inaugural será en el auditorio Benito Juárez de la Facultad de Derecho de la UNAM; la segunda, en el Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros y la clausura será en el Poder Judicial capitalino.

Por: Jared Laureles / La Jornada

Fuente: https://www.jornada.com.mx/notas/2022/08/03/politica/abogados-laboristas-de-al-analizaran-los-retos-sindicales/

Gana planilla afín al PRI elección del Sindicato de Cámara de Diputados

El candidato de la planilla verde afín al PRI, Humberto Espinosa, ganó las elecciones como nuevo secretario general Electo del Sindicato de Trabajadores de la Cámara de Diputados.

En un comunicado el secretario general electo, señaló que la contienda “cubrió las bases sólidas del voto directo, secreto, universal y personal cuya convocatoria, bajo la responsabilidad de la Comisión Electoral, se estableció con base en las normas de transparencia que apuntala la libertad sindical”.

Agregó que el proceso electoral “se decidió y estuvo a cargo exclusivamente” por el actuar de los trabajadores sindicalizados.

“Es importante expresar de manera contundente que, en apego a la autonomía sindical, fortalecida ésta por la Ley Laboral vigente con 1 de mayo de 2019 se realizó el proceso electoral de renovación de nuestro Comité Ejecutivo General, el cual tuvo lugar el pasado viernes 29 de julio, manifestándose los trabajadores en apego a la libertad sindical y en un accionar democrático a través de una amplia pluralidad, al extenderse su participación con el registro de cinco planillas contendientes”.

Indicó que ello significó un gran interés entre los trabajadores, al alcanzarse el 95 por ciento de votación del padrón electoral, habiendo obtenido el triunfo la planilla verde.

Mencionó que “de ninguna manera se puede interpretar este proceso electivo como una contienda entre partidos políticos. Por el contrario, se valora y se apuntala que son exclusivamente los trabajadores quienes deciden por mayoría a sus propios dirigentes laborales”.

Reiteró la adhesión del STCD a la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado (FSTSE), representante por ley de los Trabajadores al Servicio del Estado.

Por: La Jornada

Fuente: https://www.jornada.com.mx/notas/2022/08/01/politica/gana-planilla-afin-al-pri-eleccion-del-sindicato-de-camara-de-diputados/

6 obligaciones de las empresas para fomentar elecciones sindicales democráticas

Los empleadores tienen prohibido por ley intervenir en los procesos de democracia sindical, pero esto no significa que no tengan obligaciones para permitir que las personas trabajadoras ejerzan su derecho a votar en las consultas.

Con las nuevas reglas establecidas con la reforma laboral de 2019, el papel de los empleadores en los procesos de democracia sindical es de facilitador, pero sin intervenir en las elecciones y consultas que realicen las agrupaciones. Ante este contexto, el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) tiene listo un proyecto con lineamientos a los que deberán ajustarse tanto sindicatos, patrones, personal verificador y el propio órgano para estos procedimientos.

El proyecto acota la participación de los empleadores en las elecciones sindicales y consultas para legitimación de contratos colectivos con seis puntos concretos que deben cumplir las empresas que tengan sindicatos:

  1. Proporcionar espacios al interior del centro del trabajo que sean seguros, accesibles y neutrales para realizar los procedimientos de votación.
  2. Permitir la difusión de la convocatoria y el listado de las personas trabajadoras con derecho a voto en lugares visibles y accesibles.
  3. Otorgar permiso en la fecha señalada en la convocatoria a los trabajadores que integran la comisión sindical.
  4. Permitir que las personas trabajadoras acudan a votar dentro de su jornada laboral.
  5. Permitir la difusión y el material informativo sobre las consultas que sean elaboradas y validadas por el CFCRL.
  6. Disponer de las medidas necesarias para garantizar la seguridad de las personas que participan en el proceso.

Además de esto, los empleadores deberán cumplir con las disposiciones que el propio Centro Federal de Conciliación les solicite para el desarrollo adecuado de los procesos de democracia sindical que se realicen en sus instalaciones.

“El patrón no podrá tener intervención alguna durante la consulta, por lo que únicamente podrá coadyuvar con el Centro en aquello que le sea solicitado, siempre bajo el principio de no injerencia”, se refiere en los Lineamientos Generales para los Procedimientos de Democracia Sindical.

Este proyecto ya fue aprobado por la Junta de Gobierno del CFCRL y sólo está pendiente el proceso de análisis en la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) para promulgarse. Su objetivo es homologar los criterios para el desarrollo de elecciones y consultas sindicales, las cuales deben realizarse a través del voto personal, libre, directo y secreto, entre otras reglas establecidas en 2019.

En ese sentido, la no injerencia de los empleadores será un punto que verificará el personal del CFCRL durante el desarrollo de una consulta, aspecto que será evaluado al finalizar el ejercicio para determinar la validez del proceso.

Los lineamientos propuestos por el órgano descentralizado puntualizan que serán los sindicatos los únicos encargados de los procesos de democracia sindical en sus cuatro etapas: aviso, preparación, desarrollo y validez de la consulta. Únicamente el CFCRL se encargará de la organización de las consultas para verificar la votación en una elección de directiva sindical sólo cuando exista duda razonable.

En esa misma línea, el Centro Laboral también estará a cargo de los procedimientos de democracia sindical vinculados con la constancia de representatividad cuando ésta sea solicitada por más de un sindicato en un centro de trabajo, un documento indispensable para negociar un contrato colectivo de trabajo.

En ambas situaciones, el empleador tendrá la obligación de entregarle al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral la información que se le solicite para validar a las personas trabajadoras con derecho a voto.

Lineamientos para los observadores electorales

Los lineamientos que emitirá el CFCRL también regularán la figura de los observadores electorales de los procesos de democracia sindical, los cuales son definidos como las personas acreditadas por el propio órgano descentralizado para supervisar el proceso.

“Las personas que se desempeñen como observadoras electorales sindicales deberán conducirse conforme a los principios de imparcialidad, neutralidad, objetividad, certeza y legalidad”, indica la autoridad federal en el proyecto.

En ese tenor, el Centro podrá revocar o negar la acreditación en caso de que las personas interesadas no cumplan con estos principios. Una vez que se solicite la acreditación, la autoridad tendrá cuatro días hábiles para resolver si la extiende o no.

“En ningún caso los informes, juicios, opiniones o conclusiones presentados por las personas observadoras electorales sindicales serán vinculantes, aunque servirán como elementos de análisis para la atención y resolución de las inconformidades que en su caso se presenten”, se señala en los lineamientos propuestos.

Tanto los empleadores como los sindicatos podrán reportarle al Centro Federal de Conciliación y solicitar la revocación de la acreditación de un observador electoral cuando éste no cumpla con algunos de los principios o incumpla con sus obligaciones, aportando los elementos necesarios que justifiquen la revocación.

Por: Gerardo Hernández / El Economista

Fuente: https://www.eleconomista.com.mx/capitalhumano/6-obligaciones-de-las-empresas-para-fomentar-elecciones-sindicales-democraticas-20220802-0082.html

Trabajadores de VU Manufacturing irán con la queja laboral hasta el final

La organización auténtica de los trabajadores despertó sospechas de la empresa VU Manufacturing, quien no dudó en buscar a la Confederación de Trabajadores de México para protegerse ante la posibilidad de ser emplazada para firmar el contrato colectivo de trabajo con miembros del sindicato Liga Sindical Obrera Mexicana.

El trabajo sindical estaba hecho. La organización auténtica de los trabajadores despertó sospechas de la empresa VU Manufacturing, quien no dudó en buscar a la Confederación de Trabajadores de México (CTM) para -como en los viejos tiempos- protegerse ante la posibilidad de ser emplazada para firmar el contrato colectivo de trabajo con miembros del sindicato Liga Sindical Obrera Mexicana. Esta acción fue la que derivó la queja laboral ante el gobierno de Estados Unidos y presentada en México, luego de un largo camino que quedó documentado y de la que esperan una remediación.

Así lo explicó en entrevista a El Economista Julia Quiñones, asesora de la Liga Sindical Obrera Mexicana (LSOM), quien detalló que para presentar una queja y se analice bajo el Mecanismo de Respuesta Rápida del T-MEC “debe estar muy bien sustentada, con evidencia, con entrevistas a los trabajadores; elementos que se cumplieron al pie de la letra y que es la razón por la que el gobierno estadounidense admitió la quinta queja laboral que fue presentada a México”.

En ese sentido relata: “fueron 39 las entrevistas que se realizaron, y todavía se están analizando cuáles van a ser firmadas; porque es un reto para las organizaciones que están iniciando y porque no se tienen todos los recursos, hay trabajadores que no tienen impresora en su casa, ni tienen manera de firmar virtualmente, o sea son muchos retos”.

El pasado 16 de junio, miembros del sindicato Liga Sindical Obrera Mexicana (LSOM) y la asociación civil Comité Fronterizo de Obreras y Obreros (CFO), interpusieron una queja ante el gobierno de Estados Unidos mediante el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida, después de documentar varias violaciones de los derechos sindicales en la planta. Entre otras cosas, la queja declaró que la gerencia de la planta había intentado imponer en la empresa un sindicato de protección, la CTM, después de enterarse de las intenciones de unos trabajadores a afiliarse con la LSOM.

Quiñones destaca que “en las maquiladoras hemos visto por décadas muchas violaciones, mucha impunidad a los derechos de las y los trabajadores. Como parte del trabajo que se desarrolla están las campañas sindicales, sabíamos que después de que los trabajadores se capacitan tienen la libertad de escoger el sindicato de su elección mediante un voto personal, libre, directo y secreto, pues los trabajadores de VU vieron esta oportunidad”.

En esta empresa que se ubica en Piedras Negras, Coahuila, no existía ningún tipo de sindicato, “entonces cuando el equipo de campañas sindicales empezó a explorar la posibilidad de organizar a los trabajadores, hace 8 meses, se dieron entrenamientos, se identificaron líderes, y se extendió la organización en la planta, eso no es poca cosa. Se pretendía tener un contrato colectivo democrático, pero en junio fue cuando la empresa se dio cuenta de que había este interés de las y los trabajadores de formar un sindicato, cuando la empresa se dio cuenta busco a la CTM y esto lo sabemos porque lo han dicho abiertamente”.

Preparándose para el recuento

Aún cuando la queja seguirá su proceso, y en 45 días se debe presentar una respuesta del gobierno de México para atender la denegación de derechos de los trabajadores; en la LSOM el trabajo continúa conforme lo dicta la Ley Federal del Trabajo, pues deben solicitar la Constancia de Representatividad respaldada por el 30% de los trabajadores, y si hay presencia de más de un sindicato, entonces se debe recurrir a un recuento (votación) para que sean los propios trabajadores quienes elijan a sus líderes sindicales.

Al respecto Julia Quiñones detalla que tienen toda la confianza de ganar la votación; “a pesar de las campañas sucias que estamos enfrentando” y a tener sólo la hora de la comida para presentar la propuesta sindical a los trabajadores.

Además, tiene claro irán con la queja hasta el final, y mantenerse firme para “tener un contrato con un sindicato real, un contrato colectivo propuesto por ellos, pues significaría un beneficio a largo plazo y no las despensas que ahorita les paguen o el agua o el predial, esas son puras cositas que no van a durar”.

Por: María Del Pilar Martínez / El Economista

Fuente: https://www.eleconomista.com.mx/empresas/Trabajadores-de-VU-Manufacturing-iran-con-la-queja-laboral-hasta-el-final–20220803-0049.html

Ven pendientes en empleo a un año de la reforma en subcontratación

La incertidumbre sobre los requerimientos legales; la falta de seguridad sobre cómo se van a sancionar las inspecciones; y estrategias que resultan conservadoras, entre los desafíos que enfrentan las empresas.

La incertidumbre sobre la reforma en materia de subcontratación y los requerimientos legales; la falta de seguridad sobre cómo se van a sancionar las inspecciones; y estrategias que resultan conservadoras, son los tres principales desafíos que siguen enfrentando las empresas a un año de la reforma que se cumplirá el próximo primero de septiembre.

En un análisis de la Asociación Mexicana de Empresas de Capital Humano (AMECH), organización que cumplirá dos décadas de su creación, han dado puntual seguimiento a la implementación de la reforma, que incluso, dice en su análisis, “también tuvo un impacto importante en el escenario del empleo formal, al menos 700,000 sufrieron una reducción salarial tras la eliminación del outsourcing, debido a que las empresas buscaron disminuir los costos asociados a la regularización del esquema de contratación en el cual se encontraban”.

La AMECH destaca que 20% de los trabajadores subcontratados que no fueron incorporados a las compañías, luego de la implementación de las modificaciones a la Ley Federal del Trabajo, pasaron a la informalidad, trabajando bajo honorarios, o incluso quedaron desempleados, sin ningún tipo de seguridad social. “Los trabajadores que antes trabajaban de manera eventual, hoy lo hacen bajo la figura de la informalidad”.

En ese sentido, destaca que en el estudio “Desafíos de la Reforma de Subcontratación de Personal” -que consultó a más de 400 líderes y tomadores de decisiones- revela que el 38% de los encuestados coincide en que, tanto el paso de empleados temporales contratados bajo el esquema de subcontratación a la nómina de la organización, como su reducción o eliminación, ha sido un importante desafío al que enfrentaron a causa de la reforma.

Al respecto, Lorena Amador, miembro del Comité de Comunicación AMECH mencionó que “es un hecho que, a partir de la publicación de la reforma, las pequeñas y medianas empresas se enfrentaron al desconocimiento de la ley y a la falta de capacidad económica para cumplir con los requisitos; sobre todo con el pago de aportaciones al IMSS y las contribuciones fiscales”.

Las Pymes, por ejemplo, han sido las más afectadas, pues representan el 99.8% del total de las empresas que operan en el país, son generadoras del 70% del empleo formal y contribuyen aproximadamente con el 52% del Producto Interno Bruto (PIB), de acuerdo con las cifras más recientes de la Secretaría de Economía.

De acuerdo con el estudio mencionado, cerca del 47% de los trabajadores temporales eran y seguirán siendo necesarios, ya que su industria requiere flexibilidad debido a la demanda por temporalidad, e incluso para cubrir la escasez de habilidades especializadas.

¿Externalización de servicios especializados y subcontratación de personal?

Para las empresas aún existen muchas dudas respecto a la diferencia entre la externalización de servicios especializados y la subcontratación de personal. Dentro de los encuestados, un 22.31% aún desconoce la diferencia entre los dos esquemas y un 23.88% solamente lo puede hacer parcialmente.

“Hay que tener cuidado, ya que se han descubierto algunas empresas que, aprovechando la reforma laboral, han ofrecido diversas soluciones para que las compañías usuarias del servicio de subcontratación de personal, que ahora está prohibido, puedan seguir obteniendo beneficios que llevan consigo la evasión y elusión de las obligaciones obrero-patronales”, concluyó Lorena Amador.

Por: María Del Pilar Martínez/ El Economista

Fuente: https://www.eleconomista.com.mx/empresas/A-un-ano-de-la-reforma-en-subcontratacion-hay-tres-desafios-que-enfrentan-las-empresas-AMECH-20220802-0066.html

Empuja STPS con NOM 037 cultura de lactancia en México

En México existe un área de oportunidad para fomentar la cultura de lactancia plena con la publicación de la Norma Oficial Mexicana 037 en materia de teletrabajo, al configurar el trabajo a distancia como una alternativa para las mujeres que se encuentran en periodo de lactancia dispongan de una flexibilidad de parte del centro de trabajo para laborar desde casa en condiciones inmejorables, afirmó Omar Estefan Fuentes, director de la Unidad de Trabajo Digno en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Lo anterior lo expresó el funcionario federal en el 7° Foro Nacional de la Lactancia Materna 2002, realizado en el marco de la Semana Mundial de la Lactancia Materna donde explicó que “se trabaja con Unicef para fortalecer el componente de lactancia en esta Norma Oficial Mexicana que se espera se publique a finales de septiembre próximo”.

Destacó que el fomento a una cultura de lactancia materna plena y en condiciones dignas en los centros de laborales se trabaja de manera interinstitucional con Unicef, el IMSS y la Secretaría de Salud a través de la “Guía para la instalación y funcionamiento de salas de lactancia”, elaborada para orientar a las personas empleadoras y brindarles recomendaciones, herramientas y buenas prácticas.

La Guía, destacó, se compone de tres apartados: I) La importancia de promover y proteger una cultura de la lactancia materna; II) Instalación y funcionamiento de una sala de lactancia y III) Uso de la sala de lactancia, además cuenta con anexos que contienen números de instituciones, recomendaciones y ejemplos. Se encuentra disponible para su consulta en: https://www.gob.mx/stps/documentos/guia-para-la-instalacion-y-funcionamiento-de-salas-de-lactancia?idiom=e

Instalar una sala de lactancia permite lograr la sostenibilidad de la misma en el entorno laboral, al promover la corresponsabilidad de las mujeres embarazadas, madres lactando y comunidad empresarial. Además, permiten ejercer el derecho a la lactancia materna, en condiciones de calidad y calidez en el centro de trabajo, al tiempo de aminorar el riesgo para el empleador de prescindir de una empleada calificada, reducir la deserción laboral o el ausentismo por lactancia, concluyó.

Por: Arturo Rivero / El Pulso Laboral

Fuente: https://elpulsolaboral.com.mx/mercado-laboral/28285/empuja-stps-con-nom-037-cultura-de-lactancia-en-mexico

JFCA está imposibilitada para valorar documento anexo a demanda laboral

La Junta de Conciliación y Arbitraje está imposibilitada para valorar un documento anexo a la demanda, cuando no fue ofrecido como prueba en ésta ni en la audiencia de ofrecimiento y admisión de pruebas, señala el Tribunal Colegiado de Circuito de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

La Ley Federal del Trabajo, en su texto anterior a la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de mayo de 2019, en sus artículos 873, 875, 878, fracción VIII y 880, fracción I, dispone que una vez admitida la demanda y agotada la audiencia de conciliación, demanda y excepciones, se citará a la siguiente de ofrecimiento y admisión de pruebas, en donde el actor ofrecerá sus pruebas e inmediatamente después el demandado las suyas, pudiendo objetar cada quien las de su contraparte, y conforme al artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en todo procedimiento jurisdiccional deben respetarse las formalidades esenciales del procedimiento.

Por tanto, si a la demanda se adjunta un documento sin ser ofrecido como prueba en el propio escrito inicial o en la etapa probatoria, es claro que no cumple con las formalidades esenciales que los preceptos citados prevén para el ofrecimiento, admisión, desahogo y objeción de pruebas; por ello, aun cuando el documento obra en autos, la Junta no está obligada e, incluso, está imposibilitada a tomarlo en consideración al valorar las pruebas legalmente ofrecidas pues, de lo contrario, dejaría en estado de indefensión a la contraparte del interesado, en virtud de que no tendría oportunidad de conocer formalmente su contenido ni de realizar alguna objeción en su contra.

En un juicio laboral, la parte actora anexó copia de un documento al escrito inicial de demanda, sin ofrecerlo como prueba dentro del mismo, ni al celebrarse la audiencia de ofrecimiento y admisión de pruebas. La Junta de Conciliación y Arbitraje emitió el laudo donde valoró las pruebas formalmente ofrecidas por la actora, para concluir que no favorecían a sus pretensiones y, en consecuencia, absolvió a la demandada de las prestaciones extralegales reclamadas. Inconforme con lo anterior, aquélla promovió juicio de amparo directo donde hizo valer, como concepto de violación, que la autoridad responsable no dio valor a la copia del documento anexo al escrito inicial de demanda.

Por: Arturo Rivero / El Pulso Laboral

Fuente: https://elpulsolaboral.com.mx/mercado-laboral/28287/jfca-esta-imposibilitada-para-valorar-documento-anexo-a-demanda-laboral