Firman convenio de colaboración en cumplimiento a la Reforma Laboral en GTO

El Gobierno del Estado de Guanajuato a través de la Subsecretaría del Trabajo y Previsión Social, firmó un convenio de colaboración con la Fundación Panamericana para el Desarrollo (PADF).
El objetivo de dicho convenio será impulsar la generación, recopilación, homologación, consulta e intercambio de información relativa al cumplimiento en materia de derechos laborales.

Lo anterior contribuye al trabajo conjunto entre autoridades del estado de Guanajuato y cámaras empresariales en actividades de investigación y capacitación a empleadores en materia laboral en los temas de democracia sindical, legitimación de contratos colectivos, prevención de violencia de género y discriminación en el lugar de trabajo.

Esta firma se llevó a cabo en las instalaciones del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Guanajuato con la presencia de Marco Antonio Rodríguez Vázquez, Subsecretario de Trabajo y Previsión Social; Valeria Uribe Robles, Directora Nacional de PADF en México y como testigo de honor Ing. Rolando Alaniz Rosales, Presidente del Consejo de Administración de la empresa Grupo León del clúster automotriz Guanajuato.

Se realizó también la entrega de reconocimientos a las y los egresados que cursaron el diplomado “Sistema de Justica Laboral y Derechos Laborales en el T-MEC para la Industria Automotriz”, impartido por la Universidad Iberoamericana, campus León.

El sector automotriz de México genera más de $52 mil millones de pesos anuales, más del 3% del producto interno bruto del país y sustenta más de 900,000 empleos; Guanajuato es uno de los tres estados que agrupa al mayor número de empresas de este sector a nivel nacional.

La Fundación Panamericana para el Desarrollo (PADF) en México promueve la participación de los empleadores en la implementación de la Reforma Laboral Mexicana y el Capítulo 23 del T-MEC, a través de capacitaciones, diplomados, talleres, entre potras acciones dirigidas a empleadores del sector automotriz con la finalidad de contribuir a su profesionalización en el ámbito de esta reforma y promover el intercambio intersectorial de mejores prácticas laborales.

Por: Cluster Industrial

¿Qué papel tiene un tribunal laboral ante ejecución de convenio pactado en centro de conciliación?

La competencia de los Tribunales Laborales para conocer de la ejecución de un convenio celebrado ante un centro de conciliación, debe fijarse conforme a las reglas previstas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Ley Federal del Trabajo, con independencia del fuero del centro que haya sustanciado el procedimiento conciliatorio, señala el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Décimo Circuito.

Explica que esto es así ya que de los artículos 123, apartado A, fracción XXXI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 527, 528 y 529 de la Ley Federal del Trabajo, se advierte que la aplicación de las normas de trabajo corresponde a las autoridades locales, pero excepcionalmente y de manera exclusiva, a las federales en los casos expresamente indicados en la citada fracción XXXI y en el señalado precepto 527, de manera que cualquier otro supuesto no previsto en esta fracción y artículo será de la competencia local.

En ese sentido, dice, para fijar la competencia de los Tribunales Laborales resulta irrelevante el centro de conciliación que haya sustanciado el procedimiento conciliatorio –hayan llegado a un convenio o no–, pues dicha circunstancia no fue regulada por el Constituyente ni por el legislador ordinario como determinante para establecerla; máxime que la competencia asumida por el centro de conciliación, expresa o tácita, al sustanciar el procedimiento conciliatorio, no es vinculante para los Tribunales Laborales, que en ejercicio de su autonomía y potestad determinan su competencia en atención a las reglas aludidas.

«En otras palabras, la circunstancia de que el procedimiento de conciliación prejudicial se sustancie ante la autoridad conciliadora local, no implica necesariamente que sea un tribunal local el competente para dirimir el conflicto en caso de no llegar a un convenio en esa etapa, o para ejecutar el convenio celebrado y, a la inversa, si el procedimiento de conciliación se tramita ante la autoridad conciliadora federal, tampoco puede afirmarse que será el Tribunal Laboral Federal a quien corresponda conocer del asunto, por las razones indicadas», explica.

Esta determinación se derivó cuando un trabajador solicitó a un Tribunal Laboral Federal la ejecución de un convenio celebrado en un procedimiento conciliatorio sustanciado ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral. El tribunal se declaró incompetente para conocer del asunto, al considerar que la empresa contra la que se solicitó la ejecución no se ubicaba en alguna de las hipótesis de procedencia del fuero federal, por lo que ordenó remitir el expediente a su homólogo del fuero común.

Éste no aceptó la competencia declinada, bajo la consideración de que la ejecución del convenio era competencia federal, por haberse celebrado ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.

Por: Arturo Rivero / El Pulso Laboral

Fuente: https://elpulsolaboral.com.mx/mercado-laboral/27618/que-papel-tiene-un-tribunal-laboral-ante-ejecucion-de-convenio-pactado-en-centro-de-conciliacion

Rechazan una treintena de contratos colectivos

La CROC ha perdido contratos como el que tenía con la empresa de seguridad SEPSA, en donde 56.7% de los trabajadores votó en contra.

Trabajadores de sectores automotriz, industria química, hotelera y alimentos, entre otras, han decidido poner fin a 30 contratos colectivos de trabajo en los últimos tres años, tiempo en el que entró en vigor la reforma laboral y que obligó a los sindicatos a poner bajo votación el contrato firmado con las empresas y cuyo contenido era desconocido por los trabajadores.

No sólo el contrato de General Motors en su planta de Silao ha sido cancelado; de acuerdo con el reporte del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL), desde el primero de mayo de 2019 y hasta la fecha se han dado por terminados una treintena de contratos.

En la lista se encuentran sindicatos afiliados al Congreso del Trabajo (CT) también conocidos como corporativos, tal es el caso del Sindicato de Trabajadores de Establecimientos Comerciales y de Servicios Similares y Conexos del Estado de Michoacán, C.T.M. que realizó la votación en centros de trabajo de Soriana y con 57.3% de votos en contra, este contrato ya fue cancelado.

La Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC) tampoco ha logrado el voto a favor de algunas de las legitimaciones que ha realizado, pues ha perdido contratos como el que tenía con la empresa de seguridad SEPSA, en donde 56.7% de los trabajadores votó en contra.

Otro caso en el que se dio por terminado el acuerdo laboral es el del sindicato que llevaba el mismo nombre que la empresa; se trata de Sindicato Único de Trabajadores de la Empresa 3M Purification de la C.T.M; pues en el momento de la votación, de los 1,929 trabajadores en el padrón verificado, votaron 1,315, de los cuales el 51.6% decidieron votar en contra de la legitimación del contrato colectivo.

Cabe resaltar que una vez que se da por concluido el contrato, los trabajadores mantienen sus derechos laborales intactos; no obstante, puede presentarse otra organización sindical y presentar la demanda de contrato ante la empresa, a fin de representar a los trabajadores, y  para ello debe contar con el 30% de la representatividad.

pilar.martinez@eleconomista.mx

Por: Pilar Martínez/ El Economista

Fuente: https://www.eleconomista.com.mx/empresas/Rechazan-una-treintena-de-contratos-colectivos-20220316-0019.html

Presentan al Congreso de Nuevo León iniciativa para implementar el Centro de Conciliación Laboral

Los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, declararon que Nuevo León será el único estado que cumplirá con la fecha prevista para la implementación del Centro de Conciliación Laboral estatal y la Ley Orgánica para los tribunales laborales, el próximo 3 de mayo, mientras que otros estados solicitaron una prórroga para iniciar en el mes de octubre.

Monterrey, NL. La Secretaría del Trabajo estatal entregó al Congreso local la iniciativa de ley para implementar el nuevo Centro de Conciliación Laboral de Nuevo León.

El secretario del Trabajo estatal, Federico Rojas Veloquio, acompañado por la presidenta del Congreso del estado, diputada del PRI, Ivonne Álvarez García, y el presidente magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Nuevo León, Arturo Salinas Garza, presentaron la iniciativa de ley para implementar el nuevo Centro de Conciliación Laboral estatal.

Con ello se cumplió con los requisitos que estipula la implementación de la Reforma Laboral, destacando que Nuevo León está listo para su implementación el próximo 3 de mayo.

“Estamos presentando la iniciativa de Ley del nuevo Centro de Conciliación, así como la división del sistema de justicia, a partir de la creación del nuevo centro, donde la conciliación queda a cargo del Ejecutivo estatal y el arbitraje del Poder Judicial, por lo que venimos a presentar a este órgano que sustituirá a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje y que será el encargado de dirimir las controversias (laborales) vía conciliación”, indicó Rojas Veloquio.

Con esta iniciativa se establecen los criterios de organización y dirección, así como la Ley Orgánica del nuevo Centro, apuntó.

A su vez, el magistrado presidente del TSJNL, Arturo Salinas destacó que el estado se encuentra listo para iniciar con este proceso para la implementación en tiempo y forma.

“Nuevo León será el único estado, de esta última ronda, que está en tiempo y forma, la fecha legal que teníamos para implementar este cambio es el 3 de mayo, los demás estados están solicitando una prórroga para irse hasta octubre, en el caso de Nuevo León no será así, el poder Ejecutivo, el Congreso del Estado y el Poder Judicial estamos listos para iniciar”, enfatizó Salinas Garza.

En una siguiente fase se espera que el Congreso local apruebe la iniciativa para efecto de la creación del nuevo Centro de Conciliación Laboral, y una vez que sea aprobado, deberá certificarse la Ley Orgánica de los nuevos juzgados laborales por parte del Congreso del estado y asignar la fecha de arranque para iniciar formalmente con el proceso.

La presidenta del Congreso local, Ivonne Álvarez, manifestó: “Nuestro compromiso es terminar todo, en este periodo legislativo, para que en mayo esté listo todo lo que nos compete a nosotros y así emitir la declaratoria correspondiente por parte del Congreso del estado para que arranque la nueva justicia laboral en Nuevo León”.

Los centros de Conciliación Laboral son la nueva instancia donde los trabajadores tendrán que acudir para conciliar previo a un juicio laboral, en tanto, la Junta de Conciliación y Arbitraje continuará trabajando, atendiendo los asuntos pendientes a la fecha que se asigne como arranque en el próximo mes de mayo.

Por: Lourdes Flores /El Economista

Fuente: https://www.eleconomista.com.mx/estados/Presentan-al-Congreso-de-Nuevo-Leon-iniciativa-para-implementar-el-Centro-de-Conciliacion-Laboral-20220314-0085.html

Sobreviviría 2% de los contratos colectivos previos a reforma laboral

“La tendencia en la legitimación de contratos colectivos de trabajo indica que no serán más de 10,000 los que se sometan al voto de los trabajadores. Es natural, la inmensa mayoría fueron firmados, en el pasado, sin representatividad de los sindicatos”, afirmó el presidente de la Unión Nacional de Juristas de México, Pablo Franco.

A nivel nacional serán cancelados 490,000 contratos colectivos de trabajo, ya que al ser de protección, no cumplirán con el proceso de legitimación que concluye en mayo de 2023, quedando únicamente como legítimos 10,000, estimaron especialistas.

“La tendencia en la legitimación de contratos colectivos de trabajo indica que no serán más de 10,000 los que se sometan al voto de los trabajadores. Es natural, la inmensa mayoría fueron firmados, en el pasado, sin representatividad de los sindicatos”, afirmó el presidente de la Unión Nacional de Juristas de México, Pablo Franco.

Destacó que sería un grave error si las autoridades laborales buscan ampliar el plazo para dar cumplimiento a esta obligación sindical, la cual forma parte del Capítulo 23 del T-MEC, pues se establecieron 4 años para llevarla a cabo, a través del voto libre secreto y directo de los trabajadores.

En ese sentido, “el 2 de mayo de 2023 se tendrán que declarar como terminados alrededor de 400,000 contratos colectivos por mandato de ley, al no ser expuestos a votación”.

Datos del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) indican que sólo 3,300 contratos colectivos de trabajo ya cumplieron con el proceso de legitimación, en donde se consultó a 1.2 millones de trabajadores y 30 contratos fueron cancelados.

Un análisis de la Labor Business School prevé que las organizaciones sindicales no realizarán las legitimaciones de sus contratos, “lo que pone en riesgo a las empresas, quienes en sus áreas de relaciones laborales o recursos humanos, tendrán que estar atentos en los nuevos procesos, y en la organización que asuman los trabajadores a partir de que se den por terminados los contratos colectivos”, expuso Óscar de la Vega.

De la Vega afirmó que no se llegará ni al 10% de la legitimación de contratos para mayo de 2023; así que alrededor de 490,000 quedarán cancelados, e incluso, aquellos que se han votado por la “No” legitimación, dijo, “no ha sido por falta de planeación de los sindicatos quienes tienen la titularidad; lo que hemos visto es un voto de castigo; la situación que vino operante en 20 o 30 años, en los que no hubo rendición de cuenta. El sindicalismo independiente es una realidad”.

Destacó que mientras en Estados Unidos la tasa de sindicación va a la baja, esas organizaciones sindicales que ahora tienen presencia en México, “han visto con mucho interés algunos sectores en nuestro país, como el automotriz; además de una beta extraordinaria para ese sindicalismo americano, que no vienen a mejorar las condiciones de los obreros mexicanos, sino tienen como fin último desincentivar la inversión americana en el país”.

La mayor parte de la empresas tienen sindicatos de “chocolate”, son sindicatos que han vivido a la sombra del empleador, “recibe sus cuotas anuales o mensuales, tienen cero estructura, el único rol era sentarse una vez al año a firmar una revisión, pero esto se acabó; ahora la gran duda es, y vamos tarde, si tienes sindicato que sea democrático o mejor mantente en un ambiente sin sindicato”.

Por: Pilar Martínez / El Economista

Fuente: https://www.eleconomista.com.mx/empresas/En-Mexico-se-cancelaran-490000-contratos-colectivos-de-trabajo-al-no-cumplir-con-proceso-de-legitimacion-especialistas-20220313-0010.html

Capacita Sedeco a personal que atiende temas laborales

Para fortalecer la atención que brinda a la población y de esa forma estar mejor preparados para las tareas que establece la reforma laboral, la Secretaría de Desarrollo Económico (Sedeco), ofreció capacitación a personal de la Dirección de Previsión Social.

De acuerdo con un comunicado de prensa, como expositora del tema “Servicio al cliente”, la directora de esa área, Yunuén Mejía Béjar recalcó que las personas que acuden a una dependencia u organismo gubernamental necesitan servidores públicos empáticos, amables, eficientes y con un gran sentido de la ética.

La funcionaria recordó que la Subsecretaría del Trabajo y Previsión Social, recientemente integrada a la estructura de la Sedeco, emprenderá en breve visitas de inspección a centros de trabajo, labor que realizará en coordinación con el gobierno federal, a través de la Secretaría del mismo nombre. Lo anterior, en cumplimiento a lo establecido en la reforma laboral y al Tratado comercial entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

Respecto a la charla, definió al servidor público como aquella persona que se encarga de realizar una tarea con el fin de generar un bienestar entre la sociedad. Respecto a lo que llamó servicio al cliente o usuario de servicios públicos, dijo que son todas las acciones y esfuerzos orientados a generar una excelente experiencia de manera dinámica y proactiva.

Refirió que esa tarea no concierne solo a un área de la institución, sino que cada proceso debe estar enfocado en la satisfacción de las necesidades del cliente. En relación a las características de un buen Servicio, Mejía Béjar explicó que debe ser ágil y, sobre todo, resolutivo; anticiparse a los posibles problemas que puedan surgir; generar una comunicación clara, fluida y concisa; ofrecer una experiencia personalizada.

También debe crear experiencias memorables para el usuario, superar las expectativas: ser proactivo, anticiparse a las necesidades y proporcionar experiencias atractivas en el momento correcto, en el canal correcto.

Por: Quatratín

Fuente: https://www.quadratin.com.mx/economia/capacita-sedeco-a-personal-que-atiende-temas-laborales/

Caen casi 90% emplazamientos a huelga que buscan la firma de un contrato colectivo

Los emplazamientos a huelga, cuyo fin es lograr la firma de un contrato colectivo de trabajo con las empresas, cayó 88.9% comparado con los dos primeros meses de 2019, fecha en la que se presentó la reforma laboral que integra un nuevo modelo laboral para establecer la firma de contrato.

Los emplazamientos a huelga, cuyo fin es lograr la firma de un contrato colectivo de trabajo con las empresas, cayó 88.9% comparado con los dos primeros meses de 2019, fecha en la que se presentó la reforma laboral que integra un nuevo modelo laboral para establecer la firma de contrato.

De acuerdo con datos de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) en los dos primeros meses de este año, sólo se habían presentado 50 emplazamientos a huelga en donde se tiene como motivo la firma de un contrato.

Cabe señalar que el nuevo modelo laboral ya entró en vigor y su implementación ya se realizó en 21 entidades federativas; mientras la última etapa, que incluye las entidades de mayor conflictividad laboral como la Ciudad de México y Nuevo León, entrará en vigor hasta octubre de este año.

En comparación anual, en febrero de 2021 los emplazamientos a huelga fueron 86% mayores, respecto a lo que se reportó en este año; pues sólo 27 sindicatos presentaron sus emplazamientos por esta razón en 2022.

El desarrollo de los contratos de protección, recordó Óscar de la Vega, socio de De la Vega & Martinez Rojas, se dio porque “había una serie chantajes y sobornos por parte de organizaciones sindicales, miles de veces sucedió que ya teníamos un emplazamiento a huelga por firma de contrato, cuando todavía no conocíamos a los trabajadores. A esos sindicatos lo que menos les interesaba era la protección de los trabajadores de la industria de la construcción, pero eran canonjías que existían en un sistema corporativo en donde todo el sindicalismo corporativo era un pilar del partido del poder que durante 60 años fue el PRI”.

Actualmente, para lograr la firma de un CCT, al menos en las 21 entidades que ya entró en vigor la reforma laboral, es indispensable que la organización sindical cuente con la Constancia de Representatividad, la cual da fe de que al menos cuenta con 30% de la aprobación de los trabajadores.

No obstante, los sindicatos que tengan operaciones en las entidades: Ciudad de México, Coahuila, Chihuahua, Guerrero, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas y Yucatán; aún pueden presentar emplazamientos a huelga para firmar un contrato colectivo de trabajo, sin que tengan que presentar su Constancia de Representatividad.

Otras de las razones por las que las organizaciones sindicales presentan emplazamientos a huelga es por revisión -ya sea salarial o contractual- pero también se puede presentar por el argumento de que se han presentado violaciones en el cumplimiento del mismo.

De las organizaciones sindicales que conforman el Congreso del Trabajo (CT), es la Confederación de Trabajadores de México (CTM) la central obrera que ha presentado el mayor número de emplazamientos en los últimos tres años; no obstante, se ha venido disminuyendo, hasta febrero de 2022 hay reportados 55 emplazamientos a huelga por diversas causas.

Por: Pilar Martínez / El Economista

Fuente:

Reforma laboral acabará con falsas organizaciones sindicales: sindicato hotelero

Reforma laboral acabará con falsas organizaciones sindicales: sindicato hotelero

El dirigente del Sindicato de Trabajadores de la Industria Hotelera, Gastronómica y Conexos de la República Mexicana (SITIHG), Fernando Martínez Gallegos, advirtió que la reforma laboral y la legitimación de los contratos colectivos van acabar con las falsas organizaciones sindicales, en las que simulaban ser líderes y decían tener la representación de la base trabajadora.

Durante la inauguración del “Seminario de Capacitación de Formadores para el Cumplimiento de las Disposiciones de la LFT”, destacó que existían representantes sindicales que engañaban al decir que tenían contratos y utilizaban falsos emplazamientos a huelga, que obtenían mediante la violencia, pero dijo que ahora es el trabajador quien decide con quién está.

Resaltó la importancia de este tipo de eventos que tienen el propósito de formar los líderes del presente y del futuro, con una nueva visión social, pero, sobre todo, que responda a los intereses de los obreros y no como antaño cuando los dirigentes ponían por delante sus intereses personales.

“Ojalá que salgan verdaderos liderazgos, es obligación de todos formar líderes y capacitadores para sacar adelante la reforma laboral y la legitimación de los contratos que tiene como fecha de vencimiento el 1 de mayo del 2023”, agregó Martínez Gallegos en el auditorio Vicente Lombardo Toledano, al que acudieron líderes seccionales de todo el país e integrantes del CEN de la CTM.

Señaló que el SITIHG, que agrupa a 40 mil trabajadores, ha logrado obtener la legitimación de 50 contratos, con la aceptación de más del 90 por ciento de votos a favor, lo que pone de manifiesto la confianza en esta agrupación.

En la apertura del seminario, el secretario general adjunto de la CTM, Fernando Salgado, dijo que los sindicatos están obligados a cumplir no sólo con lo mínimo que marca la ley, sino que se debe ir más allá para buscar mejores salarios y prestaciones.

Sin embargo, consideró que con este nuevo esquema están retando a las organizaciones, particularmente a la CTM, “para demostrar nuestra legitimidad y representatividad”.

“Hoy vamos a asumir ese reto, primero, discutiendo por mejores condiciones de trabajo, y tendremos que organizar a más trabajadores que hasta hoy lo habían tenido prohibido por las trabas que imponía la ley y la burocracia, que estaba poco capacitada y sin recursos”, subrayó.

Por: El Universal

Fuente: https://www.eluniversal.com.mx/nacion/reforma-laboral-acabara-con-falsas-organizaciones-sindicales-sindicato-hotelero?utm_source=web&utm_medium=social_buttons&utm_campaign=social_sharing&utm_content=facebook&fbclid=IwAR0RozWPv66r2Yj0UAAbGkWPTpDh-58Y1NnGAWtn-N19JCpqQKpsTHpj0RU

De juntas a centros de conciliación: ¿Cómo presentar una demanda laboral?

La reforma laboral cambió la forma de procesar las demandas laborales, desapareció las Juntas de Conciliación y Arbitraje y creó nuevas autoridades.

En octubre de este año la reforma laboral de 2019 concluirá su implementación en el territorio nacional, con ello habrán bajado su cortina todas las Juntas de Conciliación y Arbitraje en todos los estados y las demandas laborales se resolverán a través del nuevo modelo de justicia: ante centros de conciliación y tribunales laborales.

La reforma laboral de 2019, que ya opera a plenitud en 21 estados del país, contempló la creación de nuevas instituciones para resolver conflictos entre patrones y trabajadores: el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL), centros de conciliación locales y tribunales laborales locales y federales.

De esta manera, la solución de problemas entre trabajadores y empleadores pasa por un nuevo mecanismo con una apuesta importante en la conciliación y las Juntas de Conciliación y Arbitraje seguirán abiertas únicamente para concluir con los asuntos pendientes, pero no recibirán nuevos casos.

Para iniciar una demanda laboral se debe tomar en cuenta que el nuevo modelo de justicia establece dos fases —salvo algunas excepciones— para resolver los conflictos laborales. La primera etapa es la de conciliación y se desahoga ante una oficina de un centro federal o local, la cual no debe durar más de 45 días y es considerada un requisito prejudicial, es decir, se requiere agotar antes de iniciar un juicio ante un tribunal laboral.

La segunda etapa es la del juicio, en caso de no alcanzarse la conciliación entre ambas partes, se podrá iniciar el juicio ante un tribunal laboral federal o local, autoridad encargada de resolver en un plazo no mayor a los seis meses el conflicto.

Los servicios de los centros de conciliación y los tribunales laborales son gratuitos y, por lo tanto, las demandas laborales no tienen costo, salvo que se busque representación legal particular, aunque esta no es requerida en la etapa de conciliación.

Sin embargo, la representación legal puede ser gratuita a través de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) y puede solicitarse a teléfono (800) 911-7877, a través de WhatsApp en la línea (55) 1484-8737 o al correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx

La Profedet también es la autoridad encargada de brindar asesoría a los trabajadores para las soluciones mediante el proceso de conciliación.

Entre los servicios gratuitos de representación legal a los que pueden acceder los trabajadores se encuentra la del Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP), autoridad que puede representar a las personas trabajadoras en un juicio ante un tribunal laboral. Se puede solicitar este servicio en el número (800) 224-2426 o a través del correo defensoria.laboral@correo.cjf.gob.mx

En el nuevo modelo de solución de conflictos, también hay que considerar que hay al menos nueve situaciones en las que no se debe agotar la etapa de conciliación y se puede iniciar directamente el juicio ante un tribunal laboral. Esto ocurre cuando se presenta:

  1. Discriminación en el empleo y ocupación por embarazo, así como por razones de sexo, orientación sexual, raza, religión, origen étnico o condición social
  2. Acoso u hostigamiento laboral
  3. Designación de beneficiarios por muerte
  4. Prestaciones de seguridad social por riesgos de trabajo, maternidad, enfermedades, invalidez, vida, guarderías y prestaciones en especie y accidentes de trabajo
  5. Vulneración a la libertad de asociación, libertad sindical y el reconocimiento efectivo de la negociación colectiva
  6. Trata laboral o trabajo forzoso
  7. Trabajo infantil
  8. Disputa de la titularidad de contratos colectivos o contratos ley
  9. Impugnación de los estatus de los sindicatos o su modificación

Demanda laboral, ¿federal o local?

Como ya se mencionó anteriormente, antes de presentar la demanda laboral contra un empleador, primero se debe agotar la etapa de conciliación. Este proceso se inicia en una de las oficinas del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral o a través de la página de internet del órgano o en los centros de conciliación locales.

En caso de no alcanzarse un acuerdo en esta etapa, la autoridad emitirá una carta de “no conciliación”, con la cual se debe acudir a un tribunal laboral federal o local para presentar la demanda laboral e iniciar con un juicio.

¿Cómo definir si es una instancia federal o local? Esto dependerá de la industria a la que pertenezca el empleador.

El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral es la autoridad responsable de atender los asuntos que se generen en un centro de trabajo de una de las 22 industrias de la rama federal, como:

  1. Textil
  2. Eléctrica
  3. Cinematográfica
  4. Hulera
  5. Azucarera
  6. Minera
  7. Metalúrgica y siderúrgica, abarcando la explotación de los minerales básicos, el beneficio y la fundición de los mismos, así como la obtención de hierro metálico y acero a todas sus formas y ligas y los productos laminados de los mismos.
  8. Hidrocarburos
  9. Petroquímica
  10. Cementera
  11. Calera
  12. Automotriz, incluyendo autopartes eléctricas
  13. Química, contemplando también la farmacéutica y de medicamentos
  14. Celulosa y papel
  15. Aceites y grasas vegetales
  16. Productora de alimentos, abarcando exclusivamente la fabricación de los que sean empacados, enlatados o envasados o que se destinen a ello
  17. Elaboradora de bebidas que sean envasadas o enlatadas o que se destinen a ello
  18. Ferrocarrilera
  19. Maderera básica, que comprende la producción de aserradero y la fabricación de triplay o aglutinados de madera
  20. Vidriera, exclusivamente por lo que toca a la fabricación de vidrio plano, liso o labrado, o de envases de vidrio
  21. Tabacalera, que comprende el beneficio o fabricación de productos de tabaco
  22. Servicio de banca y crédito

En ese sentido, si no se alcanza una solución en la etapa de conciliación, la persona trabajadora debe iniciar un juicio ante un tribunal laboral federal.

En tanto, la fuerza laboral del resto de las ramas industriales debe acudir a los centros de conciliación locales, algunos ejemplos de estas actividades económicas son:

  • Restaurantes
  • Hoteles
  • Tiendas de autoservicio
  • Seguridad privada
  • Servicios de limpieza

Al igual que en la competencia federal, en caso de no alcanzar la conciliación, los asuntos se dirimirán en los tribunales laborales locales.

La conciliación tiene un plazo máximo de 45 días para alcanzar una solución y los tribunales cuentan con seis meses para resolver los juicios. De esta manera, la nueva justicia promete reducir de 4 años a 8 meses el promedio de tiempo para resolver los conflictos laborales.

Por: Gerardo Hernández / El Economista

Fuente: https://www.eleconomista.com.mx/capitalhumano/De-juntas-a-centros-de-conciliacion-Como-presentar-una-demanda-laboral-20220306-0011.html

Congreso de EU ve debilidad en monitor de reforma laboral

La legislación de implementación del T-MEC incluyó 210 millones de dólares para gastarse en la Oficina de Asuntos Laborales Internacionales (ILAB) del Departamento de Trabajo.

El Consejo Independiente de Expertos Laborales de México (IMLEB, por su sigla en inglés), creado por Estados Unidos para evaluar la implementación de la reforma laboral mexicana, está limitado para hacer recomendaciones, indica un informe del Congreso estadounidense. Algunos de los miembros del Consejo afirman que éste no tiene la autoridad legal para hacer recomendaciones de “amplio alcance”.

En la Sección 731 de la Ley de Implementación del T-MEC, el Congreso estadounidense estableció el IMLEB, integrado por 12 miembros designados por la dirigencia del Congreso y el Comité Asesor Laboral, con el propósito de monitorear y evaluar la implementación de la reforma laboral mexicana y el cumplimiento de sus obligaciones laborales.

También el Consejo asesorará al Comité Laboral Interinstitucional con respecto a las actividades de creación de capacidad necesarias para apoyar dicha implementación y cumplimiento.

Hasta ahora, el IMLEB ha emitido dos informes al Congreso estadounidense y al Comité Laboral Intersecretarial, uno el 15 de diciembre de 2020 y el segundo el 7 de julio de 2021.

En ambos informes, el Consejo reconoció que México había logrado avances significativos en la implementación de las medidas de reforma laboral, especialmente al tener en cuenta el impacto de la pandemia de la enfermedad por coronavirus 2019 (Covid-19), pero que quedaban más cambios por implementar.

El informe de 2021 incluye recomendaciones sobre cómo Estados Unidos puede ayudar a reforzar los derechos de los trabajadores en México.

Sin embargo, también incluye una declaración separada con opiniones discrepantes de algunos miembros del Consejo que, aunque están de acuerdo con las conclusiones principales del informe, afirman que el Consejo no tiene la autoridad legal para hacer recomendaciones de amplio alcance.

A la fecha, se han presentado tres quejas laborales bajo el T-MEC. La primera fue interpuesta por mujeres trabajadoras migrantes mexicanas y organizaciones de la sociedad civil contra Estados Unidos. Las otras dos fueron presentadas por Estados Unidos contra instalaciones en México bajo el novedoso mecanismo de respuesta rápida del T-MEC.

Ya se alcanzaron acuerdos de remediación en ambas denuncias estadounidenses, mientras que la denuncia mexicana parece permanecer en la etapa de consulta. La legislación de implementación del T-ME incluyó 210 millones de dólares para gastarse en la Oficina de Asuntos Laborales Internacionales (ILAB) del Departamento de Trabajo, en actividades de implementación del USMCA.

De esta cantidad, 180 millones se utilizarían durante cuatro años para proyectos de asistencia técnica relacionados con el T-MEC y 30 millones durante ocho años para la capacidad de ILAB de monitorear el cumplimiento del T-MEC, incluidos los gastos necesarios de empleados adicionales de tiempo completo para el Comité.

roberto.morales@eleconomista.mx

Por: Roberto Morales

Fuente: https://www.eleconomista.com.mx/empresas/Congreso-de-EU-ve-debilidad-en-monitor-de-reforma-laboral-20220304-0016.html