Cuestionan CTM y CATEM reforma laboral

Dicen que esto permite que los patrones otorgen bajos aumentos

La CTM y CATEM cuestionaron ayer la reforma a la Ley Federal del Trabajo que establece que el incremento al salario mínimo no podrá ser menor al índice inflacionario, ya que, así como los empleadores pueden aprovechar eso para otorgar bajos aumentos, también los puede sacar de competitividad por el esperado alto incremento inflacionario este 2021.

El secretario general de la Confederación de Trabajadores de México, Jorge Doroteo Zapata dijo que es real el riesgo que, en un escenario de control inflacionario, los empresarios opten por cumplir solo con lo que la ley indica de no dar un aumento por debajo de la inflación, solo otorgar una cantidad igual o marginalmente mayor.

Pero también no se puede dejar de lado el hecho de que este año, se tiene un importante crecimiento del índice inflacionario el cual a mediados de marzo ya andaba arriba del cuatro por ciento.

Dijo que las políticas públicas del actual gobierno son similares a países como Venezuela donde la inflación ya supera por mucho el 100 por ciento, por lo que de continuar con esta tendencia es posible que México vuelva a una inflación de más de dos dígitos.

En un caso, así y dada la adversa situación económica a causa de la pandemia del Covid-19, muchas empresas no podrían estar en condición de dar aumentos salariales por arriba de dos dígitos.

Observó que, por muchos años, los gobiernos federales mantuvieron un control estricto de los incrementos a los salarios equiparándolos al índice inflacionario y hasta por debajo, lo que llevó a una pérdida importante del poder adquisitivo.

Con la reforma a la Ley, ahora se corren riesgos tanto para los trabajadores como para los mismos empleadores.

En tanto, el secretario general de la Confederación Autónoma de Trabajadores y Empleados de México, Francisco Salcido Lozoya, apuntó que es real el riesgo de que, con la modificación a la ley, si se corre el riesgo de que los próximos incrementos al salario sean marginales, iguales o medio punto porcentual de la inflación, ya que, de esa forma, los empresarios estuvieran cumpliendo con el precepto.

Agregó que también se puede ver como algo positivo, porque por muchos años, los incrementos salariales no se daban con base a la inflación, sino que se tomaba el índice de precios, que mucha de las veces es menor.

Salcido Lozoya apuntó que al menos los últimos tres incrementos salariales estuvieron muy por arriba de los que aprobaron en su momento los gobiernos federales del PRI y PAN, se dieron muy debajo con la idea de atraer inversión extranjera directa y para competir en su momento con China, que tenía una de las manos de obra más baratas del mundo.

Indicó que se buscó abaratar demasiado la mano de obra, se precarizo en forma excesiva la mano de obra mexicana y el salario mínimo se fue hacia abajo cada vez más.

El dirigente sindical apuntó que, por otro lado, no se puede dejar de ver que México no está solo en el mercado mundial y es necesario ser cuidadoso para seguir siendo atractivo a la inversión, pero no apostando a bajos salarios, sino más bien a más y mejores empleos con gente más preparada.

Se debe buscar atraer empresas de alta tecnología que ofrezcan mejores salarios y no apostar a los salarios mínimos, aunque el aumento que se le dé cada año sea mayor a la inflación.

Por último, el secretario general de CATEM, indicó que, con los últimos incrementos porcentuales otorgados a los salarios mínimos en los últimos años, sí puede poner en riesgo a muchas empresas con contratos contractuales ya que no podrían hacer frente a nuevos ajustes en esa cantidad porcentual.

Por: Manuel Quezada Barrón/El Diario 04/04/2021

Fuente: https://www.eldiariodechihuahua.mx/local/cuestionan-ctm-y-catem-reforma-laboral-20210403-1779976.html

En dos años, sólo 611 de 500 mil contratos colectivos han sido legitimados por trabajadores

A casi dos años de la puesta en marcha de la reforma laboral que obliga a que los contratos colectivos sean avalados por los trabajadores, sólo 611 de 500 mil se han legitimado a nivel federal, conforme a lo estipulado por la Ley Federal del Trabajo, según cifras de la secretaría del ramo.

De acuerdo con la dependencia, se han realizado mil 430 consultas para la legitimación de 611 contratos colectivos (CCT), en las que 194 mil trabajadores ratificaron sus condiciones de trabajo, mediante el voto personal, libre, directo y secreto.

Durante las mesas de trabajo con los sectores obrero-patronal que se han llevado a cabo en algunos estados para tratar la implementación de la reforma laboral, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) han advertido que no habrá prórroga para que los sindicatos cumplan con la legitimación de los contratos colectivos, cuya fecha límite es el 1º de mayo de 2023.

Las reglas del nuevo modelo laboral –producto de la reforma constitucional y del T-MEC– establecen que para legitimar un CCT, la organización sindical tiene que acreditar ante las autoridades laborales que al menos 30 por ciento de los trabajadores está de acuerdo con que los represente.

Posteriormente, el sindicato debe solicitar una constancia de representatividad ante el CFCRL que acreditará la autenticidad de las firmas y hará un llamado para saber si existe otra organización que tenga ésta o mayor representación.

El Centro Federal de Conciliación podrá organizar una consulta a los trabajadores para determinar qué sindicato cuenta con el respaldo de la mayoría, ya que únicamente una organización sindical puede obtener la constancia de representatividad.

El titular del CFCRL, Alfredo Domínguez Marrufo, sostuvo que todas las legitimaciones que sean efectuadas por la Secretaría del Trabajo tendrán “plenos efectos legales” y no volverán a realizar el proceso cuando el Centro Federal asuma tal responsabilidad, a partir del 1º de mayo próximo.

Por su parte, la STPS explicó que si en el procedimiento de legitimación de un contrato colectivo la mayoría de los trabajadores deciden que no están de acuerdo con su contenido, éste deja de tener “vida jurídica, pero todos los derechos que se tienen se respetarán a través de contratos individuales”.

Jared Laureles 03/04/2021

Fuente: https://www.jornada.com.mx/notas/2021/04/03/politica/en-dos-anos-solo-611-de-500-mil-contratos-colectivos-han-sido-legitimados-por-trabajadores/

Conciliación ha recuperado casi 17 mdp en favor de duranguenses

El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) informó que, en Durango, uno de los ocho estados en forman parte de la primera etapa de implementación de la Reforma Laboral, ofrece el servicio de conciliación remota desde el 22 de marzo y, hasta el momento, como resultado de este proceso se han recuperado en esta entidad 16 millones 971 mil 307 pesos en favor de los trabajadores duranguenses.

Este organismo público, que inició operaciones en noviembre del 2020, cuenta con las plataformas tecnológicas adecuadas y personal especializado para brindar este servicio, que ya opera en los estados de México, Hidalgo, San Luis Potosí y Campeche.

La conciliación se puede realizar de manera presencial o vía remota, según lo determinen las partes involucradas, ambos se realizan mediante procesos de organización y conciliación.

El CFCRL recordó que la conciliación vía remota se podrá solicitar ingresando a la página del organismo, https://centrolaboral.gob.mx, en la que deberá de capturar diversos datos como nombre, CURP, motivo del conflicto, nombre de la parte citada y aceptar llevar el procedimiento vía remota.

Una vez generada la solicitud de conciliación, se le expide un acuse en el que se establece un buzón electrónico, la liga única con la que podrá tener comunicación con personal del Centro, el teléfono de la oficina del Centro responsable a fin de que se comunique en un plazo de tres días hábiles para confirmar la solicitud de conciliación.

Asimismo, señalan que las audiencias de conciliación se realizan de manera virtual, con la finalidad de llegar a un convenio, el cual puede ser firmado a través de la firma FIEL o bien pueden acudir ambas partes de manera presencial, según lo determinen.

Es de mencionar que las oficinas del CFCRL en Durango se ubican en Elorreaga 262, colonia Centro, C.P. 34000, Durango, Durango. Para los interesados los datos de contacto son: 6186883005, y durango@centrolaboral.gob.mx

Por: Daniel Estrada El siglo de Durango 02/04/2021

Fuente: https://www.elsiglodedurango.com.mx/2021/04/1299551.conciliacion-ha-recuperado-casi-17-mdp-en-favor-de-duranguenses.html

Reforma a ley laboral cumple anhelos de trabajadores: especialista

Ciudad de México. Con la entrada en vigor de la reforma al artículo 90 de la Ley Federal del Trabajo que garantiza el aumento anual del salario mínimo por arriba del índice de inflación, se cumple con un “añejo anhelo” en favor de los trabajadores y se tendrán garantías de que este indicador “no va a ser incrementado de forma ficticia”, señaló Alberto Ramírez García, especialista en derecho laboral en la Universidad Obrera de México.

Ayer entró en vigor la reforma que fue aprobada por el Congreso federal a principios de marzo, la cual establece que el “salario mínimo es la cantidad menor que debe recibir en efectivo la persona trabajadora por los servicios prestados en una jornada de trabajo”.

Este indicador deberá ser suficiente para satisfacer las necesidades normales de una o un jefe de familia en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos.

Para Ramírez García a partir de 2018-2019 han ocurrido tres incrementos al salario mínimo “significativos”, con lo cual “se echa por tierra el argumento” de administraciones anteriores respecto a que un aumento mayor a ese indicador, provocaría inflación.

Esta negativa, afirmó, “ha llevado a la miseria a millones de trabajadores”, quienes veían “mermado su poder adquisitivo, porque la inflación anulaba el incremento”.

La reforma a la LFT indica que también de que se considera de utilidad social el establecimiento de instituciones y medidas que protejan la capacidad adquisitiva del salario y faciliten el acceso de toda persona trabajadora a la obtención de satisfactores.

Por: Jared Laureles 01/04/2021

Fuente: https://www.jornada.com.mx/notas/2021/04/01/sociedad/reforma-a-ley-laboral-cumple-anhelos-de-trabajadores-especialista/

ST atiende dudas de empresarios de COPARMEX sobre Reforma Laboral

El secretario del Trabajo (ST), Mario Ramírez Retolaza, sostuvo un encuentro virtual con miembros de la Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX), a quienes presentó las oportunidades y retos para el sector productivo, con la implementación del nuevo modelo de justicia laboral.

En este marco, Ramírez Retolaza, subrayó que en Querétaro se debe seguir garantizando el legado de paz social y paz laboral que distingue a la entidad, y destacó a la COPARMEX como un bastión de opinión para conservarla.

En el marco de la implementación de la reforma laboral, se comprometió a mantener canales de comunicación abiertos de la Secretaría del Trabajo con sectores, organizaciones, empresarios y la sociedad, a fin de socializarla y que haya conocimiento de los beneficios al sector productivo de la entidad.

En su intervención, el encargado de la política laboral de la entidad dio una breve reseña de la Reforma Laboral, centrada en sus tres principales ejes: el nuevo sistema de justicia (creación de juzgados); democracia sindical y conciliación pre judicial (creación del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Querétaro).

También explicó los pormenores de la justicia expedita e imparcial, democracia sindical y la creación del Centro de Conciliación del estado de Querétaro y de los Juzgados Laborales dependientes del Poder Judicial.

Destacó la importancia de que en Querétaro se avance en la legitimación de los contratos colectivos, con la finalidad de que tengan representatividad de al menos el 30% de las y los trabajadores.

Ramírez Retolaza, fue claro al mencionar que los sindicatos que no legitimen sus contratos colectivos, se darán por concluidos; sin embargo, puntualizó que los derechos de las y los trabajadores quedarán a salvo en lo correspondiente a sus contratos individuales.

La participación de las y los trabajadores, así como los acuerdos con empleadores en la aplicación de la reforma laboral, será indispensable para continuar con la productividad, destacó el secretario del Trabajo.

Por otro lado, informó a las y los empresarios de COPARMEX que en Querétaro se ha cumplimentado la armonización legislativa, para que este nuevo modelo de justicia laboral continúe su avance.

Las preguntas de las y los empresarios fueron referentes a la forma en que se aplicará esta reforma laboral y cómo impactará en la práctica del mundo del trabajo.

Asimismo, pidieron al secretario del Trabajo, mantener comunicación constante, para que desde la COPARMEX se sigan las recomendaciones para iniciar con el proceso de los cambios que se deberán realizar.

Por: El Queretano 31/03/2021

Fuente: https://elqueretano.info/trafico/st-atiende-dudas-de-empresarios-de-coparmex-sobre-reforma-laboral/

CFCRL amplía servicios de conciliación remota en Durango

Foto:CFCRL

En Durango, uno de los 8 estados que forman parte de la primera etapa de implementación de la Reforma Laboral, ya se ofrece el servicio de conciliación remota desde esta última semana de marzo, con lo que ya son 5 entidades donde opera el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) esta facilidad a los trabajadores.

Como resultado de este proceso, hasta el momento se recuperar en Durango 16 millones 971 mil 307 pesos en favor de los trabajadores de la entidad.

Este organismo público que inició operaciones en noviembre de 2020 cuenta con las plataformas tecnológicas adecuadas y personal especializado para brindar este servicio que ya opera en los Estados de México, Hidalgo, San Luis Potosí y Campeche.

La conciliación se puede realizar de manera presencial o remota según determinen las partes involucradas. La remota se podrá solicitar al ingresar a la página https://centrolaboral.gob.mx en la que deberá capturar diversos datos: nombre, CURP, motivo del conflicto, nombre de la parte citada y aceptar llevar el procedimiento vía remota.

Una vez generada la solicitud de conciliación se expide un acuse en el que se establece un buzón electrónico, la liga única con la que podrá tener comunicación con personal del CFCRL, el teléfono de la oficina del responsable a fin de comunicarse en un plazo de 3 días hábiles para confirmar la solicitud de conciliación.

Asimismo, señala que las audiencias de conciliación se realizan de manera virtual, con la finalidad de llegar a un convenio, el cual puede suscribirse a través de la firma FIEL o bien pueden acudir ambas partes de manera presencial, según lo determinen.

Las oficinas del CFCRL se ubican en la calle Elorreaga #262, colonia Centro, CP 34000, Durango, Durango.

Para los interesados los datos de contacto son 6186883005 y durango@centrolaboral.gob.mx

Por: Bertha Becerra El Sol de México 31/03/2021

Fuente: https://www.elsoldemexico.com.mx/republica/justicia/cfcrl-amplia-servicios-de-conciliacion-remota-en-durango-6544409.html

Hay avance ínfimo en legitimación de contratos

El hecho de que no se hayan constituido todos los centros de registro estatales no es pretexto, pues la STPS puede fungir como ente de validación, recalcó el director del Centro Federal de Conciliación y Registro Sindical, Alfredo Domínguez Marrufo.

A un año 10 meses de iniciado el proceso de transición que marca la nueva ley laboral, el número de contratos colectivos de trabajo que han sido legitimados apenas es de 611, de un universo de 500,000; no obstante, las autoridades laborales han informado que no hay prórrogas para llevar a cabo este proceso y han ajustado mecanismos para que las organizaciones sindicatos no tengan pretexto para dar cumplimiento a este mandato de ley.

Para ello, informó la dependencia que aun cuando no exista en todos los estados el Centro de Conciliación y Registro Laboral -nuevo ente encargado de validar el proceso- es posible que lo hagan a través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y esa validez se mantendrá.

«Todas las legitimaciones que hayan sido realizadas bajo el protocolo hoy vigente (de la Secretaría) tendrán plenos efectos legales, de ninguna forma pueden desconocerse todas las legitimaciones ya realizadas. Debe estar claro que éstas son por única vez y para siempre. Por ello, todos los organismos sindicales que cuentan con su constancia de legitimación de Contrato Colectivo ya no deberán realizar nuevamente el trámite”, dijo Alfredo Domínguez Marrufo, director del Centro Federal de Conciliación y Registro Sindical.

Por otro lado, las organizaciones sindicales que buscaban ampararse ante tales decisiones que mandata la Ley, ya la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió 12 jurisprudencias en las que avala por completo la reforma laboral de 2019 que tiene como principio impulsar la democracia sindical, transparencia, rendición de cuentas y negociación colectiva.

Además, se integró en el protocolo del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral el derecho de las y los trabajadores para inconformarse sobre este proceso y recurrir a este organismo para verificar que los procesos de consulta con la base trabajadora se realicen conforme a las nuevas reglas del modelo laboral.

Cabe resaltar que la STPS y el CFCL han realizado cinco mesas de trabajo con el fin de avanzar en el proceso de implementación de la reforma laboral, así como llamar a las organizaciones a realizar la legitimación de los contratos colectivos de trabajo vigentes.

Ahí la titular del Trabajo, Luisa María Alcalde Luján, dijo que si durante el procedimiento de legitimación de un Contrato Colectivo “la mayoría de los trabajadores deciden que no están de acuerdo con su contenido, éste deja de tener vida jurídica, pero todos los derechos que se tienen se respetarán a través de contratos individuales”.

Abundó que la organización sindical que era titular del Contrato rechazado por la mayoría de los trabajadores podrá firmar uno nuevo, siempre y cuando siga las reglas del nuevo modelo laboral, por lo que tendrá que acreditar ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFRCL), que al menos el 30% de los trabajadores está de acuerdo con que los represente.

pilar.martinez@eleconomista.mx

Por: María del Pilar Martínez 30/03/2021

Fuente: https://www.eleconomista.com.mx/empresas/No-habra-prorrogas-para-llevar-a-cabo-legitimacion-de-contratos-colectivos-STPS-20210330-0058.html

T-MEC impide abuso de mecanismo sobre quejas laborales

Si alguna de las partes considera que la otra no ha actuado de buena fe “con respecto a una invocación del mecanismo en sí mismo”, puede recurrir a la solución de controversias.

El Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) permite evitar el abuso del mecanismo de respuesta rápida relacionado con las quejas laborales.

El Anexo 23 A del T-MEC dispone que México deberá incluir en su legislación disposiciones respecto al derecho de los trabajadores a participar en la negociación colectiva y a organizar, formar y unirse al sindicato de su elección sin la interferencia de los patrones en las actividades sindicales. Uno de los riesgos de la inclusión de este mecanismo en el T-MEC es que las partes abusen de éste.

Por ello, el acuerdo incluye una cláusula sobre el uso de “buena fe del mecanismo”, la cual determina que si alguna de las partes considera que la otra parte no ha actuado de buena fe “con respecto a una invocación del mecanismo en sí mismo”, esta última parte puede recurrir al capítulo de solución de controversias del acuerdo.

Lo mismo es cierto en caso de que alguna de las partes considere que la otra parte ha impuesto medidas de reparación “que sean excesivas a la luz” de la denegación de derechos encontradas por un panel.

En cualquiera de estos casos, si el panel determina que una parte no actuó de buena fe en el uso del mecanismo, las partes “se esforzarán” por acordar una resolución de la controversia.

En caso de que esto no sea posible, la parte reclamante puede “optar por evitar” que la parte demandada use el mecanismo “por un periodo de dos años” o recurrir a algún otro recurso conforme al capítulo de solución de controversias. Desde el punto de vista de Gustavo Vega Cánovas y Francisco Campos Ortiz, investigadores del Colegio de México, la inclusión de la cláusula sobre buena fe es bienvenida, pero México recibirá “un amplio número” de solicitudes de revisión bajo este mecanismo.

La Federación Americana del Trabajo y Congreso de Organizaciones Industriales (AFL-CIO, por sus siglas en inglés) ya ha dicho que está preparando las primeras solicitudes de revisión.

El Departamento del Trabajo de Estados Unidos ha confirmado que ya ha recibido una solicitud de revisión bajo el mecanismo de acción rápida; pero a la fecha no se ha levantado ningún caso.

En un análisis tanto para el Senado como para la Secretaría de Economía de México, ambos investigadores concluyen que la implementación del acuerdo será compleja lo mismo para las autoridades gubernamentales que para las instalaciones productivas que en su momento puedan ser sujetas de una revisión.

“Pese a ello, el T-MEC ofrece una oportunidad para acelerar la implementación de la reforma laboral y asegurar su cumplimiento con mayor transparencia, lo que tiene el potencial de mejorar las condiciones laborales en el país”, dijeron. Este mecanismo es una respuesta a las preocupaciones en Estados Unidos sobre las condiciones laborales en México.

Asimismo, es un reflejo del acercamiento que la administración del presidente Donald Trump tuvo sobre el comercio, con mayor disposición de incluir medidas sin precedentes y dirigidas a asegurar que las prescripciones en el acuerdo sean ejecutables, incluyendo la posibilidad de la imposición de sanciones.

El mecanismo de respuesta rápida se aplicará en sectores prioritarios, que se definieron como aquellos que producen bienes manufacturados, suministran servicios o involucran a la minería.

Por: Roberto Morelos 31/03/2021

Fuente: https://www.eleconomista.com.mx/mercados/T-MEC-impide-abuso-de-mecanismo-sobre-quejas-laborales-20210331-0033.html

De 500,000 CCT que deben ser legitimados, apenas van 611

Las cifras sobre la legitimación de los contratos colectivos de trabajo en un año 10 meses apenas es de 611, de un universo de 500,000; no obstante, las autoridades laborales han informado que no hay prórrogas para llevar a cabo este proceso y ha ajustado mecanismos para que las organizaciones sindicales no tengan pretexto para dar cumplimiento a este mandato de ley.

Para ello, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) informó que aún cuando no exista en todos los estados el Centro de Conciliación y Registro Laboral —nuevo ente encargado de validar el proceso— es posible que lo hagan a través de la dicha dependencia y esa validez se mantendrá.

«Todas las legitimaciones que hayan sido realizadas bajo el protocolo hoy vigente (de la Secretaría) tendrán plenos efectos legales, de ninguna forma pueden desconocerse todas las legitimaciones ya realizadas. Debe estar claro que éstas son por única vez y para siempre. Por ello, todos los organismos sindicales que cuentan con su constancia de legitimación de Contrato Colectivo ya no deberán realizar nuevamente el trámite”, dijo Alfredo Domínguez Marrufo, director del Centro Federal de Conciliación y Registro Sindical.

Por otro lado, las organizaciones sindicales que buscaban ampararse ante tales decisiones que mandata la Ley, ya la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió 12 jurisprudencias en las que avala por completo la reforma laboral de 2019 que tiene como principio impulsar la democracia sindical, transparencia, rendición de cuentas y negociación colectiva.

Además, se integró en el protocolo del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral el derecho de las y los trabajadores para inconformarse sobre este proceso y recurrir a este organismo para verificar que los procesos de consulta con la base trabajadora se realicen conforme a las nuevas reglas del modelo laboral.

Germán de la Garza de Vecchi, especialista laboral, expuso que todas los sindicatos deben cumplir con este proceso, eso permite a las empresas mantener estabilidad en las relaciones laborales, sobre todo porque se cumple con la reforma laboral y a la vez al acuerdo comercial con Estados Unidos y Canadá.

Por: María del Pilar Martínez 30/03/2021

Fuente: https://elpulsolaboral.com.mx/mercado-laboral/25410/de-500000-cct-que-deben-ser-legitimados-apenas-van-611

Avala Corte constitucionalidad de varios artículos de reforma laboral

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió 12 tesis de jurisprudencia que avalan la constitucionalidad de diversos artículos de la reforma laboral de 2019, concernientes a la libertad de los trabajadores para que sus cuotas sindicales no les sean descontadas del salario, a la obligación de los sindicatos a transparentar el manejo de sus recursos y al voto libre y secreto.

Se trata de jurisprudencias por reiteración, es decir, que surgieron luego de que las salas del máximo tribunal emitieron cuando menos cinco fallos similares en juicios de amparo que impugnaban la misma norma.

Entre las tesis aprobadas destacan la 2ª-/J.8/2021, que establece: “Cuotas sindicales. La negativa de los trabajadores al descuento en su salario no contraviene los principios de libertad y autonomía sindical”.

Otra de las jurisprudencias, la 2ª./J.9/2021, avala la obligación de las directivas de los sindicatos para “rendir cuenta completa y detallada de l administración de su patrimonio”. La SCJN señaló que este ejercicio de transparencia fortalece la democracia sindical en beneficio de los trabajadores.

Las tesis de jurisprudencia también avalan la obligación de que la elección de los dirigentes de un sindicato se efectúe siempre mediante voto directo, personal y secreto.

Estos puntos de las reformas al artículo 123 constitucional y a la Ley Federal del Trabajo, promulgadas el 1º de mayor de 2019, fueron impugnadas vía amparo por diversos sindicatos que alegaban que contravenían su autonomía e independencia.

Sin embargo, las salas de la SCJN determinaron que no era así, y más aún, las nuevas normas van dirigida a fortalecer la participación de los trabajadores en su organización, al permitirles ejercer libremente su voluntad sobre el pago de cuotas o la elección de sus dirigentes.

Todas estas jurisprudencias entraron en vigor a partir de este lunes 29 de marzo, por lo que los juzgados y tribunales del país que tengan casos pendientes relacionados con los temas de las tesis publicadas, deberán fallar en el mismo sentido que lo ha hecho la SCJN.

Por: Eduardo Murillo 30/03/2021

Fuente: https://www.jornada.com.mx/notas/2021/03/30/sociedad/avala-corte-constitucionalidad-de-varios-articulos-de-reforma-laboral/