Sobreviviría 2% de los contratos colectivos previos a reforma laboral

“La tendencia en la legitimación de contratos colectivos de trabajo indica que no serán más de 10,000 los que se sometan al voto de los trabajadores. Es natural, la inmensa mayoría fueron firmados, en el pasado, sin representatividad de los sindicatos”, afirmó el presidente de la Unión Nacional de Juristas de México, Pablo Franco.

A nivel nacional serán cancelados 490,000 contratos colectivos de trabajo, ya que al ser de protección, no cumplirán con el proceso de legitimación que concluye en mayo de 2023, quedando únicamente como legítimos 10,000, estimaron especialistas.

“La tendencia en la legitimación de contratos colectivos de trabajo indica que no serán más de 10,000 los que se sometan al voto de los trabajadores. Es natural, la inmensa mayoría fueron firmados, en el pasado, sin representatividad de los sindicatos”, afirmó el presidente de la Unión Nacional de Juristas de México, Pablo Franco.

Destacó que sería un grave error si las autoridades laborales buscan ampliar el plazo para dar cumplimiento a esta obligación sindical, la cual forma parte del Capítulo 23 del T-MEC, pues se establecieron 4 años para llevarla a cabo, a través del voto libre secreto y directo de los trabajadores.

En ese sentido, “el 2 de mayo de 2023 se tendrán que declarar como terminados alrededor de 400,000 contratos colectivos por mandato de ley, al no ser expuestos a votación”.

Datos del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) indican que sólo 3,300 contratos colectivos de trabajo ya cumplieron con el proceso de legitimación, en donde se consultó a 1.2 millones de trabajadores y 30 contratos fueron cancelados.

Un análisis de la Labor Business School prevé que las organizaciones sindicales no realizarán las legitimaciones de sus contratos, “lo que pone en riesgo a las empresas, quienes en sus áreas de relaciones laborales o recursos humanos, tendrán que estar atentos en los nuevos procesos, y en la organización que asuman los trabajadores a partir de que se den por terminados los contratos colectivos”, expuso Óscar de la Vega.

De la Vega afirmó que no se llegará ni al 10% de la legitimación de contratos para mayo de 2023; así que alrededor de 490,000 quedarán cancelados, e incluso, aquellos que se han votado por la “No” legitimación, dijo, “no ha sido por falta de planeación de los sindicatos quienes tienen la titularidad; lo que hemos visto es un voto de castigo; la situación que vino operante en 20 o 30 años, en los que no hubo rendición de cuenta. El sindicalismo independiente es una realidad”.

Destacó que mientras en Estados Unidos la tasa de sindicación va a la baja, esas organizaciones sindicales que ahora tienen presencia en México, “han visto con mucho interés algunos sectores en nuestro país, como el automotriz; además de una beta extraordinaria para ese sindicalismo americano, que no vienen a mejorar las condiciones de los obreros mexicanos, sino tienen como fin último desincentivar la inversión americana en el país”.

La mayor parte de la empresas tienen sindicatos de “chocolate”, son sindicatos que han vivido a la sombra del empleador, “recibe sus cuotas anuales o mensuales, tienen cero estructura, el único rol era sentarse una vez al año a firmar una revisión, pero esto se acabó; ahora la gran duda es, y vamos tarde, si tienes sindicato que sea democrático o mejor mantente en un ambiente sin sindicato”.

Por: Pilar Martínez / El Economista

Fuente: https://www.eleconomista.com.mx/empresas/En-Mexico-se-cancelaran-490000-contratos-colectivos-de-trabajo-al-no-cumplir-con-proceso-de-legitimacion-especialistas-20220313-0010.html

Presentan capítulo para adicionar a Ley del Trabajo regulación de plataformas digitales

A fin de regular las relaciones de trabajo surgidas de una plataforma de tecnología digital, la diputada Lidia Pérez Bárcenas (Morena) planteó adicionar la Ley Federal del Trabajo, un capítulo en donde se reconozca y establezcan las condiciones laborales y obligaciones de empresas y empleados.

«La inclusión del capítulo denominado “Personas trabajadoras de plataformas digitales” se busca dotarlas de derechos laborales y de seguridad social mínimos, así como concretar una reforma legal en beneficio de este sector de personas trabajadoras en constante aumento, que han prestado importantes servicios a la sociedad durante la pandemia por Covid-19», destaca.

Refiere que en el país, tanto las autoridades laborales como las encargadas de la seguridad social, carecen de una estadística precisa sobre cuántas personas trabajan para plataformas digitales “como Uber, Didi, Eats, Rappi, Sin Delantal, Postmates, Cornershop”, o cualquier otra aplicación digital a través de teléfonos inteligentes, aun cuando es evidente el auge de este tipo de empleos en las principales ciudades del país.

Conocer el número y las características de estas personas trabajadoras, argumenta, es crucial para el diseño de una regulación laboral y de política pública. Menciona que las empresas no consideran como sus empleados a quienes trabajan en las plataformas digitales y, por tanto, según éstas, no están obligadas a proporcionar ninguna prestación de seguridad social, ni siquiera en caso de accidente durante la jornada de trabajo.

Por ello, indica que es vital adicionar un Capítulo XVIII al Título Sexto, Trabajos Especiales y los artículos 353 Bis, 353 Ter, 353 Quáter, 353 Quintus, 353 Sextus, 353 Septies y 353 Octies, de la Ley Federal del Trabajo.

El documento, remitido a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, señala que el trabajo en plataformas digitales es el que presta una persona física a otra física o moral que proporciona, organiza, dirige o controla servicios de transporte, reparto de bienes, servicios, mercancías o similares, utilizando algún dispositivo electrónico y/o aplicaciones móviles.

Reconoce como personas trabajadoras de plataformas digitales a los choferes, repartidores, mensajeros y cualquier otra que, con ayuda de plataformas tecnológicas, realizan actividades para uno o varios empleadores.

Menciona que los trabajadores sujetos a este capítulo, gozarán de todos los derechos consagrados en el apartado A del artículo 123 de la Constitución Política. Además, las condiciones de trabajo entre los empleadores y los trabajadores, se establecerán en un contrato de trabajo por escrito.

Señala entre las obligaciones de las empresas: registrar el contrato ante la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, inscribir a las personas trabajadoras al régimen obligatorio del Seguro Social, respetar el derecho a la desconexión de las personas trabajadoras al término de la jornada laboral, y contar con un seguro de vida y otro contra accidentes que garantice, al menos, la atención médica urgente de las personas trabajadoras de las plataformas digitales, y daños a terceros.

Indica que los trabajadores de las plataformas digitales podrán organizarse en sindicatos para la mejor defensa de sus derechos laborales y celebrar un contrato colectivo de trabajo con los empleadores, conforme a lo establecido en la Constitución Política y la Ley Federal del Trabajo.

Por: Arturo Rivero / El Pulso Laboral

Fuente: https://elpulsolaboral.com.mx/mercado-laboral/27591/presentan-capitulo-para-adicionar-a-ley-del-trabajo-regulacion-de-plataformas-digitales

Confederación de Empleados y Trabajadores de México, pone en marcha Sindicato Rosa

La Confederación de Empleados y Trabajadores de México (CETM) puso en marcha un Sindicato Rosa nacional y otro del Estado de México, ambos liderados completamente por mujeres, con el objetivo aumentar y hacer notar la participación del sector femenino en este rubro.

El nuevo gremio se ha propuestodar voz, salvaguardar los derechos de las mujeres trabajadoras en sus áreas laborales, y brindarles un espacio de equidad, lo que adquiere mayor relevancia en un país como México, donde diariamente los derechos laborales de las trabajadoras son violentados.

El Sindicato Rosa aspira a ser un parteaguas en el desarrollo laboral, empresarial y sindical, conforme lo advirtió Eloísa Mancera Rangel, quien fue designada secretaria general.

Alejandro Quiroz, director general de Inspección e Inclusión Laboral, destacó la necesidad de promover la incorporación de cláusulas de materia de igualdad y no discriminación en los contratos colectivos de trabajo, la conciliación de la vida laboral, la instalación de unidades de igualdad de género y la erradicación de la violencia desde los centros de trabajo.

El nacimiento de este esfuerzo, fue atestiguado por Pablo Peralta, secretario de Desarrollo Económico del Estado de México; Jessica Oceguera, vicepresidenta de la CONCAEM; Quirino Ahumada, subdirector de Desarrollo Empresarial del Valle de México; Lourdes Medina, presidenta del Patronato del Consejo de Cámaras y Asociaciones Empresariales del Estado de México; y por el secretario general de la CETM, Eduardo Sierra.

Por: TresPM

Fuente: https://www.trespm.mx/edomex/confederacion-de-empleados-y-trabajadores-de-mexico-pone-en-marcha-sindicato-rosa

Obligarían a patrones a capacitar a sus empleados en trabajo a distancia

Una reforma a la Ley de Desarrollo Económico obligaría a los patrones a capacitar a sus trabajadores en materia de trabajo a distancia.

“Esta iniciativa surgió porque un compañero de trabajo, uno de sus hermanos que tiene un hijo con autismo ya no pudo seguir trabajando de manera presencial y entró Amazon, con trabajo a distancia y desde ahí puede seguir cuidando a su hijo y con ingresos para su familia”, señaló el diputado local Alejandro Mojica Narváez.

El legislador local admitió que a pesar de que la pandemia obligó a la implementación del “teletrabajo” y las clases de manera virtual, Durango presenta un rezago en este sentido en plena era digital.

“Aparte cada vez es más común este tipo de mecanismos. O nos actualizamos o nos morimos, es una buena oportunidad desde el Congreso del Estado de que las reformas estén acordes a las necesidades que estamos viviendo actualmente”, añadió.

Las instituciones de educación media superior y superior también estarían obligadas a considerar las oportunidades laborales en teletrabajo y trabajo a distancia dentro de sus programas de estudio.

Por: El Siglo Durango

Fuente: https://www.elsiglodedurango.com.mx/2022/03/1373854.obligarian-a-patrones-a-capacitar-a-sus-empleados-en-trabajo-a-distancia.html

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social buscan prevenir la violencia laboral

Con la elaboración del Protocolo para la prevención, atención y erradicación

Para que patrones, personal de recursos humanos y trabajadores de los centros de trabajo en Tlaxcala conozcan y ejecuten los protocolos para prevenir la violencia laboral, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STyPS) los orienta para resolver los casos.

Y es que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía expuso que en Tlaxcala las mujeres sufren violencia en el ámbito laboral. Tan solo en el 2006 fue de 27.9 y para el 2016 descendió a 23.9, cifras establecidas en la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares 2016.

En tanto, la Reforma Laboral publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado uno de mayo de 2019, modificó distintos artículos de la Ley Federal del Trabajo (LFT), dentro de ellos la incorporación de la fracción XXXI al artículo 132, para incluir la obligación patronal de implementaren acuerdo con los trabajadores, un protocolo para prevenir la discriminación por razones de género y atención de casos de violencia y acoso u hostigamiento sexual, así como erradicar el trabajo forzoso e infantil.

La STyPS refirió que desarrolló un esquema conceptual para la elaboración del Protocolo para la prevención, atención y erradicación de la violencia laboral, que incluye el acoso laboral, el acoso sexual y hostigamiento sexual en los centros de trabajo.

Expuso que en los centros de trabajo debieron integrarse y estar en funcionamiento un Comité de Atención y Seguimiento, que atenderá los casos,tendrá un plan de trabajo para la sensibilización y capacitación, así como analizar los casos de violencia laboral y determinar medidas de protección en caso de que lo considere necesario.

Por: Nadia Mendoza / El Sol de Tlaxcala

Fuente: https://www.elsoldetlaxcala.com.mx/local/la-secretaria-del-trabajo-y-prevision-social-buscan-prevenir-la-violencia-laboral-7981593.html

Todo lo que debes saber sobre las inspecciones de trabajo y cómo prepararte para una

Foto: Especial

La Ley Federal del Trabajo establece que los empleadores están obligados a permitir una inspección de trabajo, tanto en casos de verificaciones ordinarias como extraordinaras. En caso de no hacerlo, pueden recibir una multa de hasta 448,100 pesos.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) tiene la facultad de visitar las empresas para inspeccionar el cumplimiento de las normas laborales. Las inspecciones pueden ser de condiciones generales de trabajo, de capacitación y adiestramiento, de salud y seguridad en el trabajo o de cualquier otra regulación.

De acuerdo con el Reglamento General de Inspección del Trabajo, las inspecciones que realiza la STPS pueden ser ordinarias y extraordinarias, estas últimas sólo se realizan cuando la autoridad ha recibido alguna queja o denuncia de un trabajador, si la dependencia se entera de un incumplimiento o accidentes de trabajo o bien, en caso de haber detectado en alguna documentación posibles irregularidades imputables al patrón, entre otras situaciones.

La diferencia entre una y otra, es que las ordinarias deben ser notificadas al centro de trabajo con al menos 24 horas previas a la fecha en la que se realizará la visita y ésta debe desahogarse en días y horas hábiles. En el caso de las extraordinarias, como las que se usaron para verificar el cumplimiento de las medidas sanitarias, la autoridad puede realizar la verificación sin previo aviso y puede ejecutarse en el momento en el que el inspector acude a la empresa.

La notificación que reciben los empleadores para el desahogo de una inspección ordinaria debe especificar “el nombre del patrón, domicilio del Centro de Trabajo, día y hora en que se practicará la diligencia, el tipo de Inspección, el número y fecha de la orden de Inspección correspondiente, acompañando un listado de documentos que deberá exhibir el patrón, los aspectos a revisar y las disposiciones legales en que se fundamenten”, refiere el reglamento.

Entre las inspecciones ordinarias se encuentran:

  • Iniciales. Se realizan por primera vez a un centro de trabajo o por ampliación de este.
  • Periódicas. Se efectúan con intervalos de doce meses, plazo que podrá ampliarse o disminuirse de acuerdo con la evaluación de los resultados que se obtengan derivados de Inspecciones anteriores.
  • Comprobación. Se llevan a cabo cuando se requiere constatar el cumplimiento de las medidas emplazadas u ordenadas previamente por las autoridades en materia de seguridad y salud en el trabajo.

La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece la obligación de los empleadores de permitir la inspección en las empresas. Con la reforma de subcontratación, se estableció un nuevo procedimiento para las empresas que no permitan el desahogo de la visita de las autoridades, además de hacerse acreedora a una multa de hasta 448,100 pesos, el empleador deberá acudir a la STPS a exhibir la información requerida, apercibido que, de no hacerlo, se presumirá que no cuenta con ella.

En ese sentido, Carlos Ferran Martínez, socio director de la firma Ferran Martínez Abogados, puntualiza que ante una visita de la autoridad laboral lo primero que debe tener en cuenta todo empleador es que no puede negarle el acceso al inspector.

«En definitiva, no es una buena idea no dejar entrar a un inspector o inspectora del trabajo. El hecho de no dejar pasar al inspector simplemente tiene la consecuencia de que la empresa consienta de manera tácita todo lo que venía en el acta de inspección. Es como decir: pues todo lo que me van a revisar, resulta que no lo tengo. Y evidentemente las multas y la responsabilidad pueden ser verdaderamente importante», expone el especialista.

Paso a paso para las inspecciones de trabajo

Las inspecciones de trabajo cuentan con un procedimiento definido en el reglamento al que deben apegarse tanto funcionarios de la STPS como empleadores. Estos son los pasos del proceso:

  1. El inspector presentará al empleador o su representante la orden original de inspección, con la firma del servidor público autorizado y una guía con los derechos y obligaciones de los patrones.
  2. El inspector mostrará su credencial vigente con fotografía, expedida por la autoridad laboral.
  3. El empleador o su representante debe otorgar todo tipo de facilidades, apoyos y auxilios, incluyendo los administrativos, al servidor público para desahogar la visita.
  4. Los inspectores pueden hacer preguntas en sentido positivo a trabajadores y empleadores por separado; las visitas también contemplan revisiones de documentos.
  5. Se elaborará un acta circunstanciada, con la intervención del patrón o su representante, así como la de los trabajadores, en presencia de dos testigos propuestos por la parte patronal, o bien, designados por el propio Inspector del Trabajo si aquélla se hubiere negado a proponerlos.
  6. Durante la inspección, el patrón podrá subsanar algún hecho o situación detectada, quedando asentado en el acta.
  7. En el acta se detallarán los hallazgos de la visita.
  8. Antes de concluir el levantamiento del acta correspondiente, el Inspector del Trabajo permitirá que las personas que hayan intervenido en la diligencia revisen el acta para formular las observaciones u ofrecer pruebas.

Por ahora, el reglamento de inspección establece que en cualquier visita los inspectores pueden imponer un plazo de 30 a 90 días hábiles a los empleadores “para corregir las deficiencias e incumplimientos que se identifiquen” o presentar la documentación que acredite el cumplimiento, salvo en los casos de peligro o riesgo inminente.

“Los plazos otorgados podrán prorrogarse, en una sola ocasión, hasta por un plazo igual al originalmente concedido, siempre y cuando no se ponga en riesgo la vida, seguridad y salud de los trabajadores, y medie petición mediante escrito libre de la parte interesada antes del vencimiento del plazo otorgado”, se indica en el reglamento.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social tiene un proyecto para modificar el marco regulatorio y reducir a cinco días el plazo máximo para corregir deficiencias detectadas.

¿Cómo identificar a un inspector de la STPS?

De acuerdo con la Secretaría del Trabajo, los inspectores deben portar un gafete que acredite su cargo. Los elementos que deben verificar las empresas para comprobar la autenticidad de los servidores públicos como funcionarios de la dependencia son:

  1. Fotografía
  2. Nombre
  3. Código QR (recomendable escanearlo)
  4. Número de credencia y adscripción
  5. Vigencia de la credencial
  6. Firma del inspector

Además, la STPS tiene activa la plataforma “Conoce a tu inspector”, una herramienta para que las empresas corroboren que los funcionarios son inspectores de la dependencia. Los centros de trabajo pueden verificar también la identidad de los inspectores al teléfono (55) 3000-2700 en las extensiones 65338, 65388 y 65394.

Por reglamento, los inspectores de trabajo son asignados de manera aleatoria, salvo en los casos en que se trate de Inspecciones que requieran un cierto grado de especialización.

 

Por: Gerardo Hernández / El Economista

Fuente: https://www.eleconomista.com.mx/capitalhumano/Todo-lo-que-debes-saber-sobre-las-inspecciones-de-trabajo-y-como-prepararte-para-una-20220311-0074.html

Proponen dar permiso de 5 días con goce de sueldo tras fallecimiento de familiares

Otorgar al trabajador el permiso especial de luto de cinco días con goce de sueldo, cuando se trate del fallecimiento del cónyuge, hijos, hermanos o padres. Y de dos días para los demás familiares hasta el cuarto grado de parentesco, es una propuesta que se encuentra en la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados en análisis.

Para lograr lo anterior se propone adicionar una fracción al artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo con estas disposiciones.

Además, se establece que el trabajador, tras recibir este permiso especial, en los diez días siguientes a los otorgados, copia del Certificado de Defunción, así como un algún documento probatorio de la relación de parentesco del trabajador con el finado.

La iniciativa asegura que hay pendientes en la agenda progresista de los derechos sociales, uno de ellos y que pretende cambiar, con ayuda de la presente iniciativa, es la falta de sensibilidad con la que suelen ser tratados los trabajadores al momento del deceso de un familiar.

«La muerte de un ser querido nos afecta a todos los seres humanos de formas distintas, el impacto puede llegar a tal grado que muchos trabajadores se verán imposibilitados a continuar con normalidad en el desempeño de sus actividades laborales, causándole muchas veces problemas en el centro de trabajo, tanto a él como al propio patrón», señala.

Desde esta visión, la iniciativa propuesta busca otorgar a los trabajadores un permiso que otorgue la posibilidad de ausentarse de sus actividades laborales sin causar ninguna afectación a su relación laboral, eliminando, de esta manera, la práctica que conlleva a restar días de vacaciones que por ley le correspondan con motivo de ésta desgracia tan desafortunada.

Asimismo, se ve al trabajador desde una perspectiva humana y no como parte de un gran engranaje de producción en el que su papel es entregar horas laborales a cambio de una remuneración, el trabajador es un ser con emociones, mismas que se afectan positiva o negativamente el trabajo, como ya se dijo antes.

Además de colocar al derecho laboral mexicano a la vanguardia del derecho social internacional, como ha sucedido con Chile, Colombia, Perú, Ecuador, entre otros, que ya regulan este permiso especial.

Por: Arturo Rivero / El Pulso Laboral

Fuente: https://elpulsolaboral.com.mx/mercado-laboral/27600/proponen-dar-permiso-de-5-dias-con-goce-de-sueldo-tras-fallecimiento-de-familiares

Otorga AHMSA 8% de incremento salarial

La empresa Altos Hornos de México, otorgó el aumento de un 8%, en el tabulador salarial de los obreros de la siderúrgica 1, siendo este aceptado por los trabajadores presentes en la asamblea convocada por el sindicato de  la Sección 147.

Pese a la situación complicada en la que se encuentra la empresa, la Comisión Reguladora de Tabulador Salarial, el Secretario del Sindicato 147 y el líder sindical del Democrático Nacional, lograron obtener una excelente respuesta, dando la cara dignamente a los trabajadores para informar el resultado.

Ismael Leija Escalnte, reconoció que la negociación del aumento de tabulador fue complicado, pero finalmente se logró un acuerdo que favorece a los obreros, quienes han logrado mantener estable la empresa pese a las problemáticas que la agobian.

El líder sindical, expresó que este aumento no fuera posible sin la aprobación del Presidente de Consejo, Alonso Ancira Elizondo, a quien hizo un reconocimiento y total agradecimiento por apoyar a la base trabajadora.

En la asamblea informativa, una vez que se dio a conocer el aumento aprobado por la empresa, uno de los obreros propuso también un aumento de 20 pesos en el fondo de pro huelga, siendo estos puntos puesto a votación por los trabajadores quienes aceptaron dichos planteamientos y renciendo posteriormente el pago de pro huelga./La prensa de Monclova

Por : El Pulso Laboral

Fuente: https://elpulsolaboral.com.mx/sindicatos/27599/otorga-ahmsa-8-de-incremento-salarial

Aumenta pobreza 34% en América Latina

Un análisis del Instituto Belisario Domínguez del Senado de la República  indicó que el alza de la pobreza es la principal consecuencia más de dos años de la crisis sanitaria por el nuevo coronavirus Covid-19.

Asegura que la principal consecuencia de esta problemática es el incremento en las brechas de desigualdad en salud, ingresos laborales y educación.

Con base en su estudio “Aspectos de la desigualdad por la pandemia”, elaborado por la investigadora María Cristina Sánchez Ramírez, esta situación aumentó las diferencias entre los países y las personas, además de mostrar las debilidades de los sistemas de salud.

En ese sentido, resaltó las cifras dadas a conocer por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal), que refieren que en esta región la pobreza y la pobreza extrema podrían haber aumentado en 33.7 y 12.5%, respectivamente, lo que equivaldría a 209 millones y 78 millones de personas.

Del mismo modo, el texto señaló que los evidentes desniveles muestran que persisten carestías de los sistemas de salud y de protección social a los vulnerables como pobres, mujeres, niños, adolescentes, jóvenes y los trabajadores informales, que en México representan más del 55% de la población trabajadora.

INFLACIÓN HISTÓRICA Pero el Instituto Belisario Domínguez indicó que en el desarrollo de la emergencia sanitaria surgieron riesgos y daños a la salud mental, rezagos educativos, violencia familiar, pérdida de empleos, entre otros fenómenos que han afectado a los grupos más endebles, al tiempo que enfatizó que uno de los elementos más perjudiciales ha sido la alta inflación que se tiene en más de 20 años en nuestro territorio.

Al respecto, dicho análisis dado a conocer ayer, recordó que de acuerdo con el Banco Mundial, el repunte de los precios al consumidor en América Latina inciden en que suba la desigualdad económica, que es reflejo de la demanda asociada con la reapertura económica; aumento de los precios mundiales de los alimentos y la energía; interrupciones en la producción de electricidad en parte de la región y traspaso de la depreciación de la moneda./Diario de Mexico

Por: Redacción/ El Pulso Laboral

Fuente: https://elpulsolaboral.com.mx/mercado-laboral/27606/aumenta-pobreza-34-en-america-latina

Ganan más de 400,000 mujeres en Puebla menos de un salario mínimo

Más de 400 mil mujeres en Puebla ganan menos de un salario mínimo o no perciben ingresos económicos, reportó la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS).

De acuerdo con la dependencia federal, al cierre del cuarto trimestre de 2021, sumaron 406 mil 254 mujeres que ganaban menos de un salario mínimo, mientras que 187 mil 633 poblanas no recibían ingresos por el trabajo realizado en la última parte del año pasado y en ambos casos superaron la cifra de hombres en la misma situación.

Las cifras de la STPS revelaron que 3 mil 298 hombres, en el periodo de referencia, obtuvieron ingresos por arriba de diez salarios mínimos y 22 mil 407 entre cinco y diez salarios.

Estos números de la dependencia federal están basados en los registros del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) de los últimos tres meses del año 2021./El Heraldo de México

Por: Redacción / El Pulso Laboral

Fuente: https://elpulsolaboral.com.mx/mercado-laboral/27603/ganan-mas-de-400000-mujeres-en-puebla-menos-de-un-salario-minimo