La Secretaría del Trabajo y Previsión Social buscan prevenir la violencia laboral

Con la elaboración del Protocolo para la prevención, atención y erradicación

Para que patrones, personal de recursos humanos y trabajadores de los centros de trabajo en Tlaxcala conozcan y ejecuten los protocolos para prevenir la violencia laboral, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STyPS) los orienta para resolver los casos.

Y es que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía expuso que en Tlaxcala las mujeres sufren violencia en el ámbito laboral. Tan solo en el 2006 fue de 27.9 y para el 2016 descendió a 23.9, cifras establecidas en la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares 2016.

En tanto, la Reforma Laboral publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado uno de mayo de 2019, modificó distintos artículos de la Ley Federal del Trabajo (LFT), dentro de ellos la incorporación de la fracción XXXI al artículo 132, para incluir la obligación patronal de implementaren acuerdo con los trabajadores, un protocolo para prevenir la discriminación por razones de género y atención de casos de violencia y acoso u hostigamiento sexual, así como erradicar el trabajo forzoso e infantil.

La STyPS refirió que desarrolló un esquema conceptual para la elaboración del Protocolo para la prevención, atención y erradicación de la violencia laboral, que incluye el acoso laboral, el acoso sexual y hostigamiento sexual en los centros de trabajo.

Expuso que en los centros de trabajo debieron integrarse y estar en funcionamiento un Comité de Atención y Seguimiento, que atenderá los casos,tendrá un plan de trabajo para la sensibilización y capacitación, así como analizar los casos de violencia laboral y determinar medidas de protección en caso de que lo considere necesario.

Por: Nadia Mendoza / El Sol de Tlaxcala

Fuente: https://www.elsoldetlaxcala.com.mx/local/la-secretaria-del-trabajo-y-prevision-social-buscan-prevenir-la-violencia-laboral-7981593.html

Todo lo que debes saber sobre las inspecciones de trabajo y cómo prepararte para una

Foto: Especial

La Ley Federal del Trabajo establece que los empleadores están obligados a permitir una inspección de trabajo, tanto en casos de verificaciones ordinarias como extraordinaras. En caso de no hacerlo, pueden recibir una multa de hasta 448,100 pesos.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) tiene la facultad de visitar las empresas para inspeccionar el cumplimiento de las normas laborales. Las inspecciones pueden ser de condiciones generales de trabajo, de capacitación y adiestramiento, de salud y seguridad en el trabajo o de cualquier otra regulación.

De acuerdo con el Reglamento General de Inspección del Trabajo, las inspecciones que realiza la STPS pueden ser ordinarias y extraordinarias, estas últimas sólo se realizan cuando la autoridad ha recibido alguna queja o denuncia de un trabajador, si la dependencia se entera de un incumplimiento o accidentes de trabajo o bien, en caso de haber detectado en alguna documentación posibles irregularidades imputables al patrón, entre otras situaciones.

La diferencia entre una y otra, es que las ordinarias deben ser notificadas al centro de trabajo con al menos 24 horas previas a la fecha en la que se realizará la visita y ésta debe desahogarse en días y horas hábiles. En el caso de las extraordinarias, como las que se usaron para verificar el cumplimiento de las medidas sanitarias, la autoridad puede realizar la verificación sin previo aviso y puede ejecutarse en el momento en el que el inspector acude a la empresa.

La notificación que reciben los empleadores para el desahogo de una inspección ordinaria debe especificar “el nombre del patrón, domicilio del Centro de Trabajo, día y hora en que se practicará la diligencia, el tipo de Inspección, el número y fecha de la orden de Inspección correspondiente, acompañando un listado de documentos que deberá exhibir el patrón, los aspectos a revisar y las disposiciones legales en que se fundamenten”, refiere el reglamento.

Entre las inspecciones ordinarias se encuentran:

  • Iniciales. Se realizan por primera vez a un centro de trabajo o por ampliación de este.
  • Periódicas. Se efectúan con intervalos de doce meses, plazo que podrá ampliarse o disminuirse de acuerdo con la evaluación de los resultados que se obtengan derivados de Inspecciones anteriores.
  • Comprobación. Se llevan a cabo cuando se requiere constatar el cumplimiento de las medidas emplazadas u ordenadas previamente por las autoridades en materia de seguridad y salud en el trabajo.

La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece la obligación de los empleadores de permitir la inspección en las empresas. Con la reforma de subcontratación, se estableció un nuevo procedimiento para las empresas que no permitan el desahogo de la visita de las autoridades, además de hacerse acreedora a una multa de hasta 448,100 pesos, el empleador deberá acudir a la STPS a exhibir la información requerida, apercibido que, de no hacerlo, se presumirá que no cuenta con ella.

En ese sentido, Carlos Ferran Martínez, socio director de la firma Ferran Martínez Abogados, puntualiza que ante una visita de la autoridad laboral lo primero que debe tener en cuenta todo empleador es que no puede negarle el acceso al inspector.

«En definitiva, no es una buena idea no dejar entrar a un inspector o inspectora del trabajo. El hecho de no dejar pasar al inspector simplemente tiene la consecuencia de que la empresa consienta de manera tácita todo lo que venía en el acta de inspección. Es como decir: pues todo lo que me van a revisar, resulta que no lo tengo. Y evidentemente las multas y la responsabilidad pueden ser verdaderamente importante», expone el especialista.

Paso a paso para las inspecciones de trabajo

Las inspecciones de trabajo cuentan con un procedimiento definido en el reglamento al que deben apegarse tanto funcionarios de la STPS como empleadores. Estos son los pasos del proceso:

  1. El inspector presentará al empleador o su representante la orden original de inspección, con la firma del servidor público autorizado y una guía con los derechos y obligaciones de los patrones.
  2. El inspector mostrará su credencial vigente con fotografía, expedida por la autoridad laboral.
  3. El empleador o su representante debe otorgar todo tipo de facilidades, apoyos y auxilios, incluyendo los administrativos, al servidor público para desahogar la visita.
  4. Los inspectores pueden hacer preguntas en sentido positivo a trabajadores y empleadores por separado; las visitas también contemplan revisiones de documentos.
  5. Se elaborará un acta circunstanciada, con la intervención del patrón o su representante, así como la de los trabajadores, en presencia de dos testigos propuestos por la parte patronal, o bien, designados por el propio Inspector del Trabajo si aquélla se hubiere negado a proponerlos.
  6. Durante la inspección, el patrón podrá subsanar algún hecho o situación detectada, quedando asentado en el acta.
  7. En el acta se detallarán los hallazgos de la visita.
  8. Antes de concluir el levantamiento del acta correspondiente, el Inspector del Trabajo permitirá que las personas que hayan intervenido en la diligencia revisen el acta para formular las observaciones u ofrecer pruebas.

Por ahora, el reglamento de inspección establece que en cualquier visita los inspectores pueden imponer un plazo de 30 a 90 días hábiles a los empleadores “para corregir las deficiencias e incumplimientos que se identifiquen” o presentar la documentación que acredite el cumplimiento, salvo en los casos de peligro o riesgo inminente.

“Los plazos otorgados podrán prorrogarse, en una sola ocasión, hasta por un plazo igual al originalmente concedido, siempre y cuando no se ponga en riesgo la vida, seguridad y salud de los trabajadores, y medie petición mediante escrito libre de la parte interesada antes del vencimiento del plazo otorgado”, se indica en el reglamento.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social tiene un proyecto para modificar el marco regulatorio y reducir a cinco días el plazo máximo para corregir deficiencias detectadas.

¿Cómo identificar a un inspector de la STPS?

De acuerdo con la Secretaría del Trabajo, los inspectores deben portar un gafete que acredite su cargo. Los elementos que deben verificar las empresas para comprobar la autenticidad de los servidores públicos como funcionarios de la dependencia son:

  1. Fotografía
  2. Nombre
  3. Código QR (recomendable escanearlo)
  4. Número de credencia y adscripción
  5. Vigencia de la credencial
  6. Firma del inspector

Además, la STPS tiene activa la plataforma “Conoce a tu inspector”, una herramienta para que las empresas corroboren que los funcionarios son inspectores de la dependencia. Los centros de trabajo pueden verificar también la identidad de los inspectores al teléfono (55) 3000-2700 en las extensiones 65338, 65388 y 65394.

Por reglamento, los inspectores de trabajo son asignados de manera aleatoria, salvo en los casos en que se trate de Inspecciones que requieran un cierto grado de especialización.

 

Por: Gerardo Hernández / El Economista

Fuente: https://www.eleconomista.com.mx/capitalhumano/Todo-lo-que-debes-saber-sobre-las-inspecciones-de-trabajo-y-como-prepararte-para-una-20220311-0074.html

Proponen dar permiso de 5 días con goce de sueldo tras fallecimiento de familiares

Otorgar al trabajador el permiso especial de luto de cinco días con goce de sueldo, cuando se trate del fallecimiento del cónyuge, hijos, hermanos o padres. Y de dos días para los demás familiares hasta el cuarto grado de parentesco, es una propuesta que se encuentra en la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados en análisis.

Para lograr lo anterior se propone adicionar una fracción al artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo con estas disposiciones.

Además, se establece que el trabajador, tras recibir este permiso especial, en los diez días siguientes a los otorgados, copia del Certificado de Defunción, así como un algún documento probatorio de la relación de parentesco del trabajador con el finado.

La iniciativa asegura que hay pendientes en la agenda progresista de los derechos sociales, uno de ellos y que pretende cambiar, con ayuda de la presente iniciativa, es la falta de sensibilidad con la que suelen ser tratados los trabajadores al momento del deceso de un familiar.

«La muerte de un ser querido nos afecta a todos los seres humanos de formas distintas, el impacto puede llegar a tal grado que muchos trabajadores se verán imposibilitados a continuar con normalidad en el desempeño de sus actividades laborales, causándole muchas veces problemas en el centro de trabajo, tanto a él como al propio patrón», señala.

Desde esta visión, la iniciativa propuesta busca otorgar a los trabajadores un permiso que otorgue la posibilidad de ausentarse de sus actividades laborales sin causar ninguna afectación a su relación laboral, eliminando, de esta manera, la práctica que conlleva a restar días de vacaciones que por ley le correspondan con motivo de ésta desgracia tan desafortunada.

Asimismo, se ve al trabajador desde una perspectiva humana y no como parte de un gran engranaje de producción en el que su papel es entregar horas laborales a cambio de una remuneración, el trabajador es un ser con emociones, mismas que se afectan positiva o negativamente el trabajo, como ya se dijo antes.

Además de colocar al derecho laboral mexicano a la vanguardia del derecho social internacional, como ha sucedido con Chile, Colombia, Perú, Ecuador, entre otros, que ya regulan este permiso especial.

Por: Arturo Rivero / El Pulso Laboral

Fuente: https://elpulsolaboral.com.mx/mercado-laboral/27600/proponen-dar-permiso-de-5-dias-con-goce-de-sueldo-tras-fallecimiento-de-familiares

Otorga AHMSA 8% de incremento salarial

La empresa Altos Hornos de México, otorgó el aumento de un 8%, en el tabulador salarial de los obreros de la siderúrgica 1, siendo este aceptado por los trabajadores presentes en la asamblea convocada por el sindicato de  la Sección 147.

Pese a la situación complicada en la que se encuentra la empresa, la Comisión Reguladora de Tabulador Salarial, el Secretario del Sindicato 147 y el líder sindical del Democrático Nacional, lograron obtener una excelente respuesta, dando la cara dignamente a los trabajadores para informar el resultado.

Ismael Leija Escalnte, reconoció que la negociación del aumento de tabulador fue complicado, pero finalmente se logró un acuerdo que favorece a los obreros, quienes han logrado mantener estable la empresa pese a las problemáticas que la agobian.

El líder sindical, expresó que este aumento no fuera posible sin la aprobación del Presidente de Consejo, Alonso Ancira Elizondo, a quien hizo un reconocimiento y total agradecimiento por apoyar a la base trabajadora.

En la asamblea informativa, una vez que se dio a conocer el aumento aprobado por la empresa, uno de los obreros propuso también un aumento de 20 pesos en el fondo de pro huelga, siendo estos puntos puesto a votación por los trabajadores quienes aceptaron dichos planteamientos y renciendo posteriormente el pago de pro huelga./La prensa de Monclova

Por : El Pulso Laboral

Fuente: https://elpulsolaboral.com.mx/sindicatos/27599/otorga-ahmsa-8-de-incremento-salarial

Aumenta pobreza 34% en América Latina

Un análisis del Instituto Belisario Domínguez del Senado de la República  indicó que el alza de la pobreza es la principal consecuencia más de dos años de la crisis sanitaria por el nuevo coronavirus Covid-19.

Asegura que la principal consecuencia de esta problemática es el incremento en las brechas de desigualdad en salud, ingresos laborales y educación.

Con base en su estudio “Aspectos de la desigualdad por la pandemia”, elaborado por la investigadora María Cristina Sánchez Ramírez, esta situación aumentó las diferencias entre los países y las personas, además de mostrar las debilidades de los sistemas de salud.

En ese sentido, resaltó las cifras dadas a conocer por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal), que refieren que en esta región la pobreza y la pobreza extrema podrían haber aumentado en 33.7 y 12.5%, respectivamente, lo que equivaldría a 209 millones y 78 millones de personas.

Del mismo modo, el texto señaló que los evidentes desniveles muestran que persisten carestías de los sistemas de salud y de protección social a los vulnerables como pobres, mujeres, niños, adolescentes, jóvenes y los trabajadores informales, que en México representan más del 55% de la población trabajadora.

INFLACIÓN HISTÓRICA Pero el Instituto Belisario Domínguez indicó que en el desarrollo de la emergencia sanitaria surgieron riesgos y daños a la salud mental, rezagos educativos, violencia familiar, pérdida de empleos, entre otros fenómenos que han afectado a los grupos más endebles, al tiempo que enfatizó que uno de los elementos más perjudiciales ha sido la alta inflación que se tiene en más de 20 años en nuestro territorio.

Al respecto, dicho análisis dado a conocer ayer, recordó que de acuerdo con el Banco Mundial, el repunte de los precios al consumidor en América Latina inciden en que suba la desigualdad económica, que es reflejo de la demanda asociada con la reapertura económica; aumento de los precios mundiales de los alimentos y la energía; interrupciones en la producción de electricidad en parte de la región y traspaso de la depreciación de la moneda./Diario de Mexico

Por: Redacción/ El Pulso Laboral

Fuente: https://elpulsolaboral.com.mx/mercado-laboral/27606/aumenta-pobreza-34-en-america-latina

Ganan más de 400,000 mujeres en Puebla menos de un salario mínimo

Más de 400 mil mujeres en Puebla ganan menos de un salario mínimo o no perciben ingresos económicos, reportó la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS).

De acuerdo con la dependencia federal, al cierre del cuarto trimestre de 2021, sumaron 406 mil 254 mujeres que ganaban menos de un salario mínimo, mientras que 187 mil 633 poblanas no recibían ingresos por el trabajo realizado en la última parte del año pasado y en ambos casos superaron la cifra de hombres en la misma situación.

Las cifras de la STPS revelaron que 3 mil 298 hombres, en el periodo de referencia, obtuvieron ingresos por arriba de diez salarios mínimos y 22 mil 407 entre cinco y diez salarios.

Estos números de la dependencia federal están basados en los registros del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) de los últimos tres meses del año 2021./El Heraldo de México

Por: Redacción / El Pulso Laboral

Fuente: https://elpulsolaboral.com.mx/mercado-laboral/27603/ganan-mas-de-400000-mujeres-en-puebla-menos-de-un-salario-minimo

Capacita Sedeco a personal que atiende temas laborales

Para fortalecer la atención que brinda a la población y de esa forma estar mejor preparados para las tareas que establece la reforma laboral, la Secretaría de Desarrollo Económico (Sedeco), ofreció capacitación a personal de la Dirección de Previsión Social.

De acuerdo con un comunicado de prensa, como expositora del tema “Servicio al cliente”, la directora de esa área, Yunuén Mejía Béjar recalcó que las personas que acuden a una dependencia u organismo gubernamental necesitan servidores públicos empáticos, amables, eficientes y con un gran sentido de la ética.

La funcionaria recordó que la Subsecretaría del Trabajo y Previsión Social, recientemente integrada a la estructura de la Sedeco, emprenderá en breve visitas de inspección a centros de trabajo, labor que realizará en coordinación con el gobierno federal, a través de la Secretaría del mismo nombre. Lo anterior, en cumplimiento a lo establecido en la reforma laboral y al Tratado comercial entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

Respecto a la charla, definió al servidor público como aquella persona que se encarga de realizar una tarea con el fin de generar un bienestar entre la sociedad. Respecto a lo que llamó servicio al cliente o usuario de servicios públicos, dijo que son todas las acciones y esfuerzos orientados a generar una excelente experiencia de manera dinámica y proactiva.

Refirió que esa tarea no concierne solo a un área de la institución, sino que cada proceso debe estar enfocado en la satisfacción de las necesidades del cliente. En relación a las características de un buen Servicio, Mejía Béjar explicó que debe ser ágil y, sobre todo, resolutivo; anticiparse a los posibles problemas que puedan surgir; generar una comunicación clara, fluida y concisa; ofrecer una experiencia personalizada.

También debe crear experiencias memorables para el usuario, superar las expectativas: ser proactivo, anticiparse a las necesidades y proporcionar experiencias atractivas en el momento correcto, en el canal correcto.

Por: Quatratín

Fuente: https://www.quadratin.com.mx/economia/capacita-sedeco-a-personal-que-atiende-temas-laborales/

Controversias laborales pasarán a instancia conciliatoria, decide SCJN

Ciudad de México. Los litigios laborales en los que se demandan prestaciones de seguridad social, como son la pensión por cesantía en edad avanzada y vejez, la devolución y pago de aportaciones de seguridad social correspondientes al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) y los relativos al Sistema de Ahorro para el Retiro (Afore), deben pasar primero por la instancia de conciliación, así lo determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Al resolver una contradicción de tesis, la Segunda Sala del máximo tribunal señaló que la más reciente reforma laboral constitucional incluyó la vía conciliatoria como medio alternativo para la solución de controversias laborales, etapa que estará a cargo de centros de conciliación especializados, autónomos e imparciales.

De esta manera, se garantiza el derecho de acceso a la justicia eliminando elementos que la hagan lenta, costosa y de difícil acceso.

Como la resolución fue emitida al resolver una contradicción de tesis, esta decisión de la SCJN sentará jurisprudencia, es decir, será obligatorio que todas las autoridades jurisdiccionales se apeguen a esta directriz.

Por: La Jornada

Fuente: https://www.jornada.com.mx/notas/2022/03/10/politica/controversias-laborales-pasaran-a-instancia-conciliatoria-decide-scjn/

Lanzan en Acapulco, Nuevo Laredo e Iztacalco Ferias de Empleo para mujeres

Los municipios de Acapulco y Nuevo Laredo, así como la Alcaldía Iztacalco, instalaron de 9 a 17 horas la Feria Nacional de Empleo con enfoque de género, donde se ofertan más de 3 mil 800 vacantes y la participación 123 empresas, así lo informó el titular del Servicio Nacional del Empleo (SNE), Rodrigo Ramírez Quintana.

Durante marzo realizamos la Feria Nacional de Empleo para las mujeres que se encuentran buscando chamba a través de más de 52 eventos alrededor del territorio nacional, en dónde se ofertarán 70 mil vacantes, con la participación de dos mil empresas, detalló Ramírez Quintana, durante el acto inaugural de la feria en la alcaldía Iztacalco.

Afirmó que la reactivación económica es un hecho y con estas oportunidades de intermediación laboral, más las ofertas muy competitivas para todo tipo de perfiles laborales, con y sin experiencia, la contratación de personal será elevada.
Cómo saben -explicó- el SNE tiene la vocación y la función de acercar a los buscadores empleo con las distintas empresas, priorizamos la atención a mujeres para brindarles la oportunidad de conseguir un empleo digno, legal, seguro que cumpla con todas las prestaciones de ley.

Adicionalmente, el Portal del Empleo cuenta con más de 80 mil vacantes y funciona a través de mecanismos de inteligencia artificial para orientar las ofertas laborales, de acuerdo al perfil de cada aspirante, puntualizó.

Las actividades de la feria continúan este 11 de marzo, en la colonia Centro del Municipio de Veracruz, así como en la calle Revolución Mexicana, del Municipio de Monclova, Coahuila.

Para conocer la calendarización de las ferias y su ubicación en cada estado del país, se invita a las buscadoras de empleo consultar e inscribirse a través de la liga https://ferias.empleo.gob.mx o si lo prefieren, llamar al SNE, en el número telefónico 800 841 2020.

Quien no logre asistir de manera presencial, tiene la opción de participar y consultar las vacantes, mediante el Portal del Empleo en la dirección www.empleo.gob.mx

Por: Arturo Rivero / El Pulso Laboral

Fuente: https://elpulsolaboral.com.mx/mercado-laboral/27586/lanzan-en-acapulco-nuevo-laredo-e-iztacalco-ferias-de-empleo-para-mujeres

Corresponde al trabajador acreditar el derecho a recibir prestaciones extralegales

Al trabajador le corresponde  acreditar el derecho a recibir las prestaciones extralegales que reclama, sin que sea suficiente la comprobación de un hecho o hechos que puedan resultar aislados, de los que se advierta que aquéllas se pagaron por algún periodo específico, pero no continua y permanentemente, señala Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito.

«Cuando se reclama el pago de conceptos extralegales debe acreditarse la procedencia u origen de esas prestaciones, o el derecho a recibir el beneficio invocado, lo cual no deriva de pruebas como comprobantes de pago u otras semejantes, por lo que no podría considerarse cumplida la carga probatoria relativa con medios de convicción que sólo demuestran un hecho o hechos que pueden ser aislados, o que sólo comprueban que se cubrieron por un periodo específico, pero no de manera continua y permanente.

Consecuentemente, el trabajador debe acreditar el fundamento específico y justificar el derecho a la integración o recepción de aspectos excedentes a los previstos legalmente como puede ser, por ejemplo, con el contrato colectivo de trabajo, con el contrato individual de trabajo, o con la derivación de su génesis de algún reglamento o acuerdo, de los que se adviertan esos beneficios», destaca.

Esta análisis se deriva tras un juicio laboral burocrático donde la actora reclamó el pago de diversas prestaciones o conceptos que adujo se le cubrían como parte del salario integrado; en el laudo, el Tribunal de Arbitraje y Escalafón analizó las pruebas ofrecidas por aquélla y, con base en varios recibos de pago que presentó, tuvo por acreditada su carga procesal y, por ende, por comprobados los conceptos reclamados. Contra esa determinación la demandada promovió juicio de amparo directo.

Por: Arturo Rivero / El Pulso Laboral

Fuente: https://elpulsolaboral.com.mx/mercado-laboral/27577/corresponde-al-trabajador-acreditar-el-derecho-a-recibir-prestaciones-extralegales