La Coparmex considera los cambios en despidos y contrataciones un riesgo para las empresas

En opinión de la Confederación Patronal de la República Mexicana, la propuesta sobre la reforma laboral que se va a presentar en el Congreso de la Unión no le da a los patrones la oportunidad de presentar los argumentos por los que dio de baja a un trabajador.
María Del Pilar Martínez
06 de noviembre de 2018, 00:09
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Lorenzo Roel, presidente del comité laboral de la Coparmex – Foto: Claroscuro
La iniciativa privada está analizando las propuestas sobre la reforma laboral que pretenden presentarse como iniciativa en el Congreso de la Unión. Sin embargo, ya expresó su preocupación de que “la impartición de justicia se convierta en un problema muy complejo en su aplicación”, dijo Lorenzo Roel, presidente del Comité Laboral de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex).
El representante en materia laboral de la organización de empresario dio como ejemplo la rescisión de contrato, en la que  “se revierte la carga probatoria del despido”, lo que significa que no se da oportunidad al patrón de presentar los argumentos por los que dio de baja a un trabajador, y eso “afectará sobre todo a  los pequeños y micro empresarios”, apuntó.
Sostuvo que el aviso del término de la relación laboral “así como está redactado es muy complejo, porque hay ocasiones que se tiene que reinstalar al trabajador y ahí es donde se presentan los argumentos por los que se dio de baja. Sin embargo, ahora se está cambiando y entendemos que es con el fin de que no haya mas de dos juicios y eso está bien, pero hay que ajustarlo a las necesidades de la dinámica laboral”.
Roel detalló que para la iniciativa privada es importante participar ahora en la discusión de las leyes secundarias relacionadas con los cambios a la Ley Federal del Trabajo “si no lo hacemos ahora, cuando llegue al Congreso será mucho más complicado hacer cambios, y lo que buscamos es que se pueda tener una buena legislación, que no afecte a los mayores empleadores del país, que no son las grandes empresas, sino, las micro y pequeñas”.
La propuesta cumple con las nuevas obligaciones de México
El especialista laboral, Ricardo Martínez Rojas, detalló que el borrador de las leyes secundarias es perfectible pero que cumple con lo que ordena la Constitución -reforma realizada en febrero de 2017- y permite cumplir al país con varias obligaciones.
“Cumple con la Constitución, luego con el Convenio Internacional del TPP, también con Convenio 98 e incluso con el Anexo 23A del Tratado México-Estados Unidos-Canadá (TMEC), y que en todos te lleva a la negociación colectiva efectiva”, explicó el socio de la firma De la Vega & Martínez.
Agregó que el modelo que se pretende utilizar en México es muy similar al norteamericano, “que consiste en que el sindicato para poder presentar un Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) y para poder empezar a huelga por firma de un CCT o tener la titularidad del un CCT de otro sindicato, necesita sacar un documento que se llama Certificado de Representatividad que exige que el 30 por ciento de los trabajadores que quieran el contrato colectivo”.
Asimismo dijo que la propuesta que se analiza en los diferentes sectores “puede ayudar a eliminar la extorsión para la firma de un CCT y ayuda a eliminar la simulación de un contrato colectivo de protección. Además de que ayuda a que no haya titularidades de mentiras, que no sean sindicatos simulados que en muchas ocasiones dan pauta a mucha corrupción”.
pmartinez@eleconomista.com.mx

https://www.eleconomista.com.mx/capitalhumano/La-Coparmex-considera-los-cambios-en-despidos-y-contrataciones-un-riesgo-para-las-empresas-20181106-0004.html

Ver también:

http://www.elpulsolaboral.com.mx/mercado-laboral/16207/coparmex-considera-los-cambios-en-despidos-y-contrataciones-un-riesgo-para-las-empresas

Convenio 98 estará vigente a partir de octubre del 2019

La OIT ya fue informada de la decisión que tomó México de ratificar dicho convenio que protegerá la libertad sindical.
 
Convenio 98 estará vigente a partir de octubre del 2019

 
El presidente Enrique Peña Nieto publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto que aprueba el Convenio 98, de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), relativo a la Aplicación de los Principios del Derecho de Sindicación y de Negociación Colectiva. Con ello, en octubre de 2019 México debe cumplir con las nuevas obligaciones en la materia.
“Una vez publicado en el Diario Oficial, los compromisos adquiridos entran en vigor en un año, así el 30 de octubre de 2019 se debe dar cumplimiento a la libertad sindical y a la contratación colectiva en el país”, comentó Hugo Ítalo Morales, especialista laboral.
Explicó que por el momento lo publicado es para dar a conocer cuándo inicia la vigencia, “asimismo, significa que la OIT ya fue informada de la decisión que tomó México de ratificar el Convenio 98, y está claro que su vigencia inicia en una año”.
Al respecto, Germán de la Garza, abogado laboral de la firma Mowat, dijo que este convenio consiste en que los trabajadores deberán gozar de una adecuada protección contra todo acto de discriminación tendiente a menoscabar la libertad sindical en relación con su empleo.
Añadió que es momento de que las organizaciones y los sindicatos lleguen a acuerdos necesarios para mantener la paz laboral en el país y dar cumplimiento a una contratación colectiva transparente; independientemente del trabajo pendiente en el Congreso para avanzar en la aprobación de las leyes secundarias.
El compromiso de México ante la OIT contempla además, en el caso de la protección, ir contra todo acto que tenga por objeto: sujetar el empleo de un trabajador a la condición de que no se afilie a un sindicato o a la de dejar de ser miembro de un sindicato; despedir a un trabajador o perjudicarlo en cualquier otra forma a causa de su afiliación sindical o de su participación en actividades sindicales fuera de las horas de trabajo, o con el consentimiento del empleador, durante las horas de trabajo.
Con la entrada en vigor del Convenio 98 nuestro país contará con el marco completo de los ocho convenios fundamentales de la OIT. Lo anterior, explicó en su momento Gerardina González Marroquín, directora de la Oficina para México y Cuba de la OIT, permite tener un marco legal para la protección de los derechos de los trabajadores, y para cumplir condiciones en materia laboral en acuerdos internacionales, especialmente el T-MEC.
pmartinez@eleconomista.com.mx

https://www.eleconomista.com.mx/gestion/Convenio-98-estara-vigente-a-partir-de-octubre-del-2019-20181030-0154.html

Morena le pega al charrismo sindical

28 de octubre de 2018

El nuevo gobierno traza un camino en el que eliminará el charrismo que ha prevalecido en las últimas décadas

El nuevo gobierno federal tiene en su poder el Acuerdo Estados Unidos, México y Canadá (USMCA), así como con el Convenio 98 de la Conferencia Internacional del Trabajo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)para determinar el futuro de los organismos sindicales en México y alejarlos del charrismo sindical que ha predominado en estos grupos los últimos años.

“Con la aprobación del USMCA y todo el trabajo realizado por Morena en el Senado de la República para crear democracia sindical se le dará un golpe al PRI”, asegura Alfonso Bouzas, investigador de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

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Las centrales obreras, como la Confederación de Trabajadores de México (CTM) y Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), nacieron en la cuna del PRI en los años 30 y son una parte importante de la vida política del partido, pues sus agremiados forman parte de sus filas.

Este acercamiento con el gobierno en turno permitió que líderes como el ahora senador Carlos Aceves del Olmo, tejieran una red para quedarse con las dirigencias de los sindicatos mexicanos, asegura el investigador.

Ahora, con las reformas que propone Morena para democratizar estos organismos se va a terminar el poder que amasaron estos secretarios generales.

Los cambios legales aprobados en el Senado son únicos, irrevocables y tiene como fundamento las recomendaciones que se hicieron para echar el TLCAN”, expresa Bouzas.

La ruta para acabar con los súper poderes de los líderes sindicales ya está trazada, quienes ya no serán nunca más apoyados por el Presidente electo en cuanto llegue al poder.

Adiós líderes vitalicios

“Se acaba el charrismo sindical para quede claro y no le vamos a quitar el derecho a nadie”, ha repetido Andrés Manuel López Obrador durante las giras que tiene en el país.

El presidente electo también ha reiterado que los líderes sindicales no pueden representar los intereses del gobierno y prometió que habrá democracia en estos organismos, misma que se garantizará con la prohibición de que los partidos políticos interfieran en las elecciones de los dirigentes.

Y es que los secretarios generales de distintos organismos sindicales se aferran al poder que han amasado dentro de estos grupos.

El líder con más años como secretario general es Francisco Hernández Juárez, quien  llegó en 1976 a la dirigencia del Sindicato de Telefonistas de la República Mexicana (STRM) cubriendo el interinato del entonces líder, Salustio Salgado. A pesar de que la persona que debía ocupar el cargo era Rosina Salinas, Hernández Juárez logró quedarse con él y desde entonces se mantiene como dirigente de este organismo sindical.

Fernando Espino Arévalo  es otro que tiene 40 años al frente del Sindicato de Nacional de Trabajadores del Sistema Colectivo Metro. Llegó a la secretaría general en 1977, pero perdió el cargo unos años; fue hasta 1981 cuando su grupo recuperó el poder y destituyeron a Ariel Macías Valadez.

A partir de entonces se ha reelegido en diversas ocasiones, gracias a los mecanismos de presión que ejercen sobre los trabajadores, quienes han denunciado que si dan su firma de apoyo a los candidatos de las planillas opositoras a Espino, les retiran algunos derechos que tienen como sindicalizados.

En el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, la ex lideresa magisterial Elba Esther Gordillo busca regresar a la dirigencia del organismo que encabezó durante más de dos décadas y que le arrebataron cuando la detuvieron, en febrero de 2013. Gordillo se proclamó presidente vitalicia del sindicato en 2012 y ya no había manera de removerla de la cúpula que ella misma había construido.

En tanto, Carlos Romero Deschamps ha sido líder del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM) por más de 22 años y se reúsa a dejar el poder.

Sin embargo, en este sindicato ya se plantea la alternancia. Lula Díaz Cruz es la candidata a la secretaría general de los trabajadores petroleros y está realizando una gira por los estados del sur del país, para buscar más simpatizantes que apoyen su causa, y así retirar del cargo a Romero Deschamps. Pero no es la única, Carlos Morales Quintana es el otro candidato que está dando la pelea para remover al viejo dirigente del cargo.

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En el caso del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Seguridad Social (SNTSS), el líder se elige cada seis años, como está establecido en los estatutos. No obstante, el ganador ha sido el “delfín” del dirigente en turno y que está alineado al PRI, como lo han sido Valdemar Gutiérrez y Manuel Vallejo, quien incluso está afiliado al partido.

El fundador de Morena aseguró que los trabajadores van a elegir al secretario general de su sindicato a través del voto libre y secreto, promesa que hizo durante su campaña, en la que no fue respaldado por los sindicatos afines a la CTM y a la CROC.

En cambio, estas confederaciones apoyaron al candidato del partido tricolor, José Antonio Meade, a cambio de favores políticos: Aceves del Olmo obtuvo un lugar en el Senado, e Isaías González, dirigente de la CROC, pasó a la Cámara de Diputados, después de haber sido senador.

  “Que quede claro habrá libertad y democracia sindical, ya el gobierno no va a proteger a ningún dirigente sindical”, expresó en días anteriores López Obrador, quien tiene el respaldo y apoyo de los senadores de Morena, partido que controla el Senado.

Al respecto, José Jesús Bautista, especialista en temas laborales y sindicales, asegura que desde años se venía frenando cualquier iniciativa que fortalecieran la libertad y la democracia sindical.

“El Estado y los gobiernos priistas y panistas, a pesar de que ya existe jurisprudencia sobre la libertad sindical, se han opuesto siempre a reconocer este derecho porque el gobierno federal o los gobiernos estatales han visto en la libertad y democracia sindical un riesgo que podría facilitar la pérdida del control político que aún ejercen sobre los trabajadores de base”, dice el también consultor.

Esta situación está a punto de cambiar con la llegada del nuevo gobierno.

El camino a un nuevo sindicalismo

El primer golpe a la CTM y CROC ocurrió con la aprobación del Convenio 98 de la Conferencia Internacional del Trabajo, que protege a los trabajadores de cualquier acto de discriminación que menoscabe la libertad sindical en relación con su empleo.

“Dicha protección deberá ejercerse especialmente contra todo acto que tenga por objeto sujetar el empleo de un trabajador a la condición de que no se afilie a un sindicato o a la de dejar de ser miembro del mismo”, dice el acuerdo aprobado en el Senado en septiembre pasado.

El Convenio también busca regular que las organizaciones de trabajadores y de empleadores gocen de una adecuada protección contra todo acto de injerencia de unas respecto de las otras, ya sea que se realice directamente o por medio de sus miembros, en su constitución, funcionamiento o administración.

“El Convenio señala que los estados parte deberán crearse organismos adecuados a las condiciones nacionales, con el fin de estimular y fomentar entre los empleadores y las organizaciones de trabajadores el pleno desarrollo y uso de procedimientos de negociación, así como garantizar el respeto al derecho de sindicación”, continua el acuerdo.

Este documento no había sido ratificado por el Senado, pese a que en 2015 el presidente Enrique Peña Nieto aprobó su firma y lo envió a la Cámara Alta para que se aprobara.

Napoleón Gómez Urrutia, senador de Morena, fue uno de los impulsores de la firma del Convenio, con el que se busca garantizar los derechos de los trabajadores. De hecho, el líder del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana trabajó activamente en este rubro durante la renegociación del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN).

El legislador estuvo en contacto con los sindicatos en Estados Unidos y Canadá, quienes presionaron a los negociadores para que se le exija a México dejar atrás todas las centrales obreras que cobijaron al PRI y garantizar la libertad de los empleados dentro de los sindicatos.

Justo ese fue el segundo golpe que el gobierno de Morena asestó a las organizaciones sindicales. A través del Acuerdo Estados Unidos, México y Canadá (USMCA) se prohíbe la injerencia de las empresas en las actividades sindicales y se exige al gobierno crear tribunales independientes que vigilen la vida sindical.

México también está obligado a garantizar el derecho de los trabajadores a participar en actividades de negociación colectiva y a formar o afiliarse al sindicato de su elección, así como establecer requisitos para el registro de contratos colectivos y garantizar la transparencia de los contratos colectivos negociados.

El tercer golpe fue dado por Cecilia Margarita Sánchez García, senadora de Morena, quien propuso una iniciativa para modificar la Ley Federal del Trabajo en materia de democracia sindical que garantice el derecho de los trabajadores de todo sindicato a elegir a sus representantes mediante voto universal, libre, secreto y directo, por lo menos cada seis años.

“Esta iniciativa tiene por objetivo garantizar el derecho de los trabajadores de todo sindicato a elegir a sus representantes mediante el voto universal, libre, secreto y directo, para lo cual deberá establecerse dicha prerrogativa con carácter de obligatoria en los estatutos y documentos constitutivos de los sindicatos”, dice el documento.

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Allí se propone modificar los artículos 371 y 373 de la ley, en los que queden claramente especificadas las condiciones para que los agremiados puedan votar a los secretarios generales, y éstos estén obligados a rendir cuentas cada seis meses.

Con esta modificación a la ley se pretende armonizar la legislación mexicana con el Convenio internacional y con el nuevo tratado comercial, que se firmará en noviembre próximo.

José Jesús Bautista celebra los cambios que se han planteado en la vida sindical del país. No obstante, pidió tener cuidado con la apertura para la elección de los dirigentes.

“Sería conveniente que se valore con toda seriedad la figura de la elección de dirigencias por medio del voto universal, directo y secreto. Mi reserva en este caso específico tiene que ver con el imperativo de reducir cualquier posibilidad de que algún poder fáctico con grandes recursos financieros e importantes conexiones políticas busque incidir en los procesos de renovación sindical”, dice el especialista.

Se avizoran los cambios

Luego de que su propio partido plantee la obligatoriedad de la renovación sindical, Gómez Urrutia ya se pronunció a favor de apoyar la decisión de los trabajadores.

“Eso es una decisión libre de los trabajadores, como en cualquier otro caso, es parte de la autonomía sindical y ellos decidirán, los trabajadores son muy inteligentes, ellos saben lo que quieren y lo que buscan, ellos saben por qué eligen a sus dirigentes. Estaremos todos sujetos a lo que la mayoría de los trabajadores decidan con apego al derecho, al voto libre secreto y personal”, dijo a principios de octubre en una conferencia de presa.

El líder minero es uno de los dirigentes que más años tiene al frente de un sindicato: asumió el cargo en 2002, luego de que su padre —quien fuera líder vitalicio del organismo—, muriera y lo dejara al frente de los trabajadores. Los mineros han ido a elecciones, pero en cada votación Gómez Urrutia ha ganado en las urnas, lo que le ha permitido extender su mandato durante 16 años.

El legislador señaló que después de la ratificación del Convenio 98, el Congreso de la Unión está actualizando los reglamentos y las leyes en temas laborales para respetar los derechos laborales y la libertad sindical de los agremiados, sobre todo al momento de elegir a sus líderes y al sindicato al que quieran pertenecer.

Las modificaciones legales, así como la insistencia de López Obrador por respetar la autonomía de los sindicatos serán la puerta para transformar estos organismos a partir del próximo año.

No obstante, deberán ser los trabajadores quienes se hagan responsables de garantizar que estos derechos se ejecuten y no solo queden en un papel firmado por el gobierno.

“Ambos principios deben ser obra de los propios trabajadores y no de una imposición de la elite política o gubernamental. De ahí que en el análisis y debate de la modificación de la legislación secundaria, o de una eventual reforma constitucional, la participación de la base trabajadora y los sindicalistas, es un requisito imprescindible”, puntualiza José Jesús Bautista. 

http://www.rssindical.mx/2018/10/28/morena-le-pega-al-charrismo-sindical/?fbclid=IwAR3EYRf0vdd4YxtnCT4u4p0trGDp7xQYehqKxZVIP1wb3Nl5Je25fv6lPIk

DECRETO por el que se aprueba el Convenio 98 relativo a la Aplicación de los Principios del Derecho de Sindicación y de Negociación Colectiva


DOF: 30/10/2018
DECRETO por el que se aprueba el Convenio 98 relativo a la Aplicación de los Principios del Derecho de Sindicación y de Negociación Colectiva, adoptado en Ginebra el primero de julio de mil novecientos cuarenta y nueve.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. 
ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
«LA CÁMARA DE SENADORES DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 76, FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se aprueba el Convenio 98 relativo a la Aplicación de los Principios del Derecho de Sindicación y de Negociación Colectiva, adoptado en Ginebra el primero de julio de mil novecientos cuarenta y nueve.
Ciudad de México, a 20 de septiembre de 2018.- Sen. Martí Batres Guadarrama, Presidente.- Sen. Antares G. Vázquez Alatorre, Secretaria.- Rúbricas.«
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a veintinueve de octubre de dos mil dieciocho.- Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Dr. Jesús Alfonso Navarrete Prida.- Rúbrica.

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5542385&fecha=30/10/2018&print=true

Evidencian a sindicatos

Reforma | Lunes 29 Octubre 2018

Reforma / Reforma /
Ciudad de México— La simulación sobre la vida sindical al interior de las empresas que operan en México ha salido a flote.
Lo anterior se derivó de la inclusión de un capítulo laboral en el nuevo Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) y la aprobación del Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Bajo la figura de contrato de protección operan los llamados sindicatos blancos, que son aquellos que supuestamente se encuentran inscritos, pero no representan a los trabajadores ni presentan actividad.
También propician que asociaciones que se dicen sindicatos hallen una forma de negocio a través de la extorsión, como ocurre en la construcción, donde amenazan con huelgas si se niega una contribución.
«Se está rompiendo el paradigma y la opinión casi generalizada de que cómo estábamos, estábamos muy bien. Que la paz social se garantiza con el tipo de sindicalismo que tenemos, por un lado un sindicalismo tradicional cada vez más débil, lo que se llamaba sindicalismo corporativo, que cada vez agrupa a menos gente, y otro sindicalismo de papel que tiene muchos contratos colectivos de trabajo y no tiene trabajadores, que son los de protección», describió Pablo Franco.
El secretario general de Asuntos Colectivos de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA) dijo que se calcula que más del 90 por ciento de los contratos en el País son de protección.
Advirtió que no se tiene certeza de cuántos de ellos existen, ya que se encuentran dispersos en las Juntas Locales de Conciliación.
Además que el sindicato de protección es un modelo de negocio controlado cada vez más por abogados patronales.
Según el capítulo laboral del T-MEC, hay disposiciones específicas para México como garantizar el derecho de los trabajadores a participar en actividades de negociación colectiva y a formar o afiliarse al sindicato que elijan.
También establecer órganos independientes e imparciales para registrar elecciones sindicales y resolver disputas relacionadas con contratos colectivos y garantizar la transparencia de los mismos, entre otros.
Abogados advierten que el capítulo laboral del T-MEC reproduce el contenido incluido en el TPP, el cual es acorde con los cambios constitucionales hechos en México, pero aún falta cambiar la legislación secundaria.
Ricardo Martínez, abogado laboral, consideró necesario que las empresas mexicanas lleven a cabo un análisis de su estrategia sindical, sobre todo aquellas que cuentan con un contrato colectivo de trabajo «no activo» o de protección.
https://diario.mx/Economia/2018-10-29_5eefe0e8/evidencian-a-sindicatos/?fbclid=IwAR1vsAiC-R-jDKeXOLkWlXUhOxcgzRqdrrLNPPcaxYvWF5EvJmJeH6gYVDI

Capacitación, fundamental para el éxito de la nueva justicia laboral: José Ramón Cossío Díaz

La  ventaja del nuevo sistema es que racionaliza los conflictos como de derecho y no de equilibrio entre los factores de la producción, plantea el ministro de la Suprema corte de justicia de la nación.
Capacitación, fundamental para el éxito de la nueva justicia laboral: José Ramón Cossío Díaz
En el nuevo sistema de justicia laboral, el Poder Judicial tratará los conflictos laborales como conflictos de derecho y no como el sistema actual, donde el Estado desempeña un papel tutelar en lo que originalmente se consideraban conflictos de producción. El análisis es del ministro José Ramón Cossío Díaz, a quien le quedan apenas algunas semanas como miembro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
La visión del ministro sobre el nuevo sistema de justicia laboral es moderadamente optimista, aunque advierte que el cambio enfrenta grandes retos: medición de capacidad, planificación de medios materiales y humanos, capacitación de jueces, personal y abogados y, quizás lo más importante, una gran labor de divulgación.
“Si se hace una adecuada depuración de los casos que hoy están en las juntas de conciliación y arbitraje, si se migran bien estos casos a los nuevos tribunales, si la transformación se planea bien, si se capacita muy bien a abogados y jueces, puede ser un sistema ventajoso. Si no, puede generar más conflictividad social”, manifestó.
Según el ministro, la ventaja del nuevo sistema es que racionaliza los conflictos como de derecho y no de equilibrio entre los factores de la producción.
“El razonamiento será: si usted tiene derecho a que le paguen las horas extras, pues se le pagan, usted tiene derecho a despedir a un trabajador por determinado motivo, pues lo ejerce”.
Para Cossío Díaz, uno de los principales defectos del sistema actual es su incapacidad de conciliar, que acabó por generar toda una industria de litigio laboral donde los abogados laborales tenían todo el interés de alargar los procesos durante años.
Otro desafío es explicar muy bien a toda la sociedad en qué consisten los cambios, crear una cultura jurídica. Cossío Díaz traza un paralelo con la reforma de la justicia penal: “A nadie se le explicó que una persona acusada de cometer un delito iba a enfrentar el proceso en libertad”. La gente dice de repente: “¿Por qué el tipo que me agredió y me causó un daño está en libertad? Esto nunca se explicó y esta falta de educación y de cultura jurídica ha generado mucha oposición”.
El ministro de la Suprema Corte considera que con la implementación del nuevo sistema de justicia laboral puede ocurrir algo semejante y pone como ejemplo la aplicación del principio de suplencia de la queja.
“Parte de la racionalidad del nuevo sistema es que el trabajador ya no es este sujeto desprotegido históricamente, sino un sujeto con derechos y obligaciones que se planta en un juicio. Si esto no se explica bien, si no se hace cultura jurídica, a los trabajadores les resultará difícil entender por qué han perdido la protección que tenían antes”, dijo.

Necesaria, una amplia labor de capacitación

Después de casi 15 años en la Corte, Cossío Díaz cree que, a veces, los factores culturales generan más problemas que las cuestiones técnicas.
En la misma línea, está por ver cómo se van a definir las cargas probatorias en el nuevo código. En el derecho ordinario, la máxima es que el que afirma algo está obligado a probarlo. Sin embargo, en el derecho laboral actual existe una diferencia considerable a favor del trabajador.
Cossío Díaz se pregunta: “Ahora, en el nuevo sistema, ¿yo afirmo simplemente que trabajé 1,000 horas extras y mi patrón tiene que acreditar que no las trabajé o tendré que demostrar que las trabajé? Esto será uno de los elementos más importantes de la discusión”.
Sobre la independencia del nuevo organismo federal descentralizado encargado del registro de contratos colectivos y sindicatos, Cossío Díaz señala que desconoce cómo el nuevo gobierno piensa garantizar su independencia: “Con la ratificación del Convenio 98 de la OIT y todos los anuncios a favor de la libertad sindical, me parece que si el órgano no queda bien integrado y no asume estrictamente una posición técnica y no política a favor de una u otra parte, puede generarse conflictividad”.
Para que el proceso de implementación del nuevo sistema de justicia laboral se haga bien, se necesitarán, según el ministro Cossío Díaz, unos cuatro años, porque la tarea del gobierno federal y de los estados es inmensa, sobre todo en materia de capacitación.
“La migración al sistema oral es un cambio importante y habrá que hacer un enorme esfuerzo para capacitar a jueces, abogados y los trabajadores de los nuevos órganos de justicia. Si disminuye el sentido de la suplencia y de las cargas probatorias, los abogados de los trabajadores van a tener que estar muy bien preparados, si no los van a machacar en los tribunales”, explicó.
La preparación y motivación de los jueces de los órganos de conciliación también serán fundamentales en el éxito del nuevo sistema.
“Necesitamos jueces asertivos que realmente propongan soluciones y que rompan con las dinámicas de abogados que todos estos años se han arreglado entre ellos para alargar los procesos. De esta manera, se pueden evitar muchos litigios y esto quitaría mucha presión al sistema”.
Lo mismo aplica para los jueces de los tribunales laborales. El ministro afirma: “Para las audiencias orales hacen falta jueces bien preparados, que no sean jugadores pasivos sino que disciplinen a las partes si presentan demandas absurdas o argumentos irrelevantes”.
Aún no se sabe cómo y en qué medida los trabajadores y cuadros de las juntas serán incorporados al poder judicial, tanto desde una perspectiva organizacional como financiera, ya que los sueldos del personal del poder judicial son bastante más altos que los de sus contrapartes en las juntas.
Este punto lleva a Cossío Díaz a insistir en la importancia de medir y hacer proyecciones de las necesidades materiales y de capital humano de los nuevos juzgados. “Habrá que tener en cuenta que el sistema oral es más lento, porque la preparación y la celebración de las audiencias toman mucho más tiempo. Habrá que calcular muy bien y más cuando este gobierno quiere reducir la burocracia y los sueldos de los funcionarios”.

Morelos: Podrían los sindicatos quedar en la ilegalidad


Jueves 25 de octubre de 2018

Comenzó en el segundo semestre la actualización de los padrones de todas las organizaciones

Vinicio Limón, secretario general de la CTM en Morelos

Israel Mariano
Al final de este año las organizaciones sindicales que no presenten la documentación que los acredite con padrones de afiliados, tomas de nota, y que no cuenten con la fiscalización de la Secretaria de Hacienda, quedarán en la ilegalidad, advirtió Vinicio Limón Rivera secretario general de la CTM en Morelos, según el convenio 98 de la OIT, y como parte de las reformas a la ley federal del trabajo. Con esto muchas de las supuestas representaciones gremiales de protección en Morelos desaparecerán, anticipó.
Por eso la CTM en la entidad, avala estos requisitos que deben cumplir los sindicatos y así sea el inicio para «limpiar» de una vez por todos aquellos contratos de protección donde los únicos que gana son algunas familias y vividores».
La federación a su cargo, observó, se ha estado adelantando, y comenzó desde la mitad de este año la actualización de los padrones de todas las organizaciones y regularización tomas de nota con el fin de tener dentro de la legalidad a toda la estructura de la organización, con todo esto, hay una segunda fase que es la transparencia y la rendición de cuentas».
Es decir, que desde el orden institucional debe gestionarse ante la SHyCP los registros federales de causantes de cada uno de los sindicatos, y que la base trabajadora se le pueda entregar cuentas claras, y la misma autoridad pueda sancionar esto por medio del INAI. Adicionalmente existirá como obligación que se garantice el voto secreto y directo de los trabajadores para elegir a sus dirigentes.
Lo decimos sin dudar, la CTM va adelante de todos, porque todo esto lo venimos haciendo durante muchos años y fuimos la primera federación del país que se dio de alta en la SHyCP, aquí lo interesante es que otros sindicatos en Morelos están de alta en hacienda, quién tiene sus padrones, y como saben los trabajadores que están representados por un sindicato, entonces la mayoría de los que tengan contrato de protección van a desaparecer
Y va ocurrir no porque lo diga la CTM, sino porque la autoridad va a realizar una revisión si están legalmente constituidos, toda vez que para firmar un contrato colectivo de trabajo una organización debe tener el 60 por ciento de firmas de los trabajadores que sean parte de ese contrato.
Finalmente, auguró, Limón Rivera que probablemente aquellos que se hacen llamar sindicatos no sabrán como comprobar ante la autoridad ni cumplir con los requisitos, mientras que la CTM esta ya certificada ante el INAI en los temas de competencia y transparencia; pero otras se han organizado de forma rudimentaria y por su desconocimiento de la ley y la legislación laboral serán exhibidos como vividores.

https://www.elsoldecuernavaca.com.mx/finanzas/podrian-los-sindicatos-quedar-en-la-ilegalidad-2303255.html?fbclid=IwAR0Y1gLn9XpEmai52IWj15BArvajHlFBhTS1qg9DoEdcoTX4qNpUWQDEASY

Los caciques sindicales caminan felices por la vida

24/10/2018
MANUEL FUENTES
Las reformas que vienen deben considerar normar los procesos electorales para que impere la equidad y transparencia entre los contendientes. | Manuel Fuentes
MANUEL FUENTES

Las recientes elecciones en 11 de las 36 secciones sindicales del Sindicato Petrolerodejan al desnudo el débil andamiaje que tienen las estructuras de la democracia sindical en México, además de evidenciarse que el voto secreto, por sí solo, no es suficiente para lograr la participación libre de los trabajadores sindicalizados en los procesos de cambio de dirigentes.
¿Qué hace falta para lograrlo?  No basta la buena voluntad de ratificar el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que protege la libertad de sindicación y de negociación colectiva.  Tampoco la ratificación del Convenio 87 del OIT (incorporado a nuestra legislación desde el 1º de abril de 1950) que se enfoca en proteger la libertad sindical en todas sus formas.
Tampoco es suficiente la reforma al artículo 123 Constitucional del febrero 24 de 2017 que reconoció por primera vez, después de 100 años de existencia el voto secreto. ¿Qué hace falta entonces?

Los caciques como un fenómeno sindical

Las direcciones sindicales, que tienen caciques a la cabeza, desdeñan la voluntad de los trabajadores, para ellos son masas y objetos como cualquiera
Son camarillas que controlan a su antojo los bienes y dineros sindicales, los procesos electorales y hasta las voluntades de los trabajadores, bajo la amenaza de mandarlos a la calle, con una simple petición al patrón para que no se les recontrate o se les separe con cualquier pretexto o se les suspende en sus derechos sindicales o se les destituyesin juicio previo. A la par se valen de amenazas, golpes y hasta de asesinatos.
En ocasiones los caciques sindicales llegan a controlar las instituciones en las que mantienen relaciones laborales sus agremiados. El patrón o los funcionarios actúan como empleados del cacique, acatan sus órdenes y hasta solapan todas sus fechorías.  Se llegan a convertir en socios y uno y otro se encubre. Controlan con personal de confianza del cacique las áreas de Recursos Humanos, Finanzas compras, vigilancia y otras donde les genere recursos y control. 
Los caciques sindicales son seres felices. Tienen amigos por doquier por los favores que reparte.  Son o se sienten dueños de plazas de trabajo, de mejoras salariales y de jugosas licencias de tiempo completo con sueldo y prestaciones sin límite. Tienen cientos de compadres y reciben muchos abrazos día a día por el poder que comparten.
Cuando vienen las elecciones un equipo de confianza pone todo a su servicio.  Se preparan firmas con anticipación, se simulan asambleas y se presentan las notificaciones a las autoridades laborales para que todo transite sin problema. Obtienen la Toma de Nota, hasta con muchos meses de anticipación de su proceso electoral. Es el mundo feliz.
En los procesos electorales preparan con toda anticipación, con la planilla a modo del cacique, todos los requisitos que puedan cumplir sus incondicionales para presentar su documentación apenas se inicie el registro sin problema alguno. 
Por el contrario, a sus opositores les ponen sin fin de requisitos para obstruir su registro.  Les dan pocas horas para que cumplan con todos ellos. Les exigen papeles, constancias certificadas o notariadas, cientos o miles de firmas que sólo se pueden recabar en varios días, que sean presentadas en tamaño oficio o carta y otras sandeces.
En el periodo siguiente, los representantes del cacique cambian las reglas para siempre tener el control, con facultades plenipotenciarias, para que a su antojo registre o no a las planillas opositoras.
En el caso del sindicato petrolero en nueve secciones, de las once, quedaron inscritas planillas únicas, las del cacique por supuesto.

Reformas laborales

Las reformas que vienen deben considerar normar los procesos electorales para que impere la equidad y transparencia entre los contendientes, los tiempos de registros; requisitos que sean los previstos en los estatutos únicamente y no los que saquen del sombrero del mago cada año los comités electorales.
Que impere y se reconozca el voto directo (aún no previsto) y secreto en todos los procesos sindicales y que éste sea intransferible. 
No basta, como se impuso en la última reforma al artículo 123 constitucional de febrero de 2017, el voto personal, libre y secreto, en una democracia sindical que aún no llega.
Por lo pronto los caciques sindicales caminan felices por la vida.
Los ministros de la Corte no usan escoba
@Manuel_FuentesM | @OpinionLSR | @lasillarota

https://lasillarota.com/opinion/columnas/los-caciques-sindicales-caminan-felices-por-la-vida/253808?fbclid=IwAR0LvO4z2bt-etrYxVKJDZp5x1A2LxQ9nPlG9YrQ7UYU1Q2IbZ2E1hofC2U#.W8_-pf3TUK8.whatsapp

 

Los caciques sindicales caminan felices por la vida

24/10/2018
MANUEL FUENTES
Las reformas que vienen deben considerar normar los procesos electorales para que impere la equidad y transparencia entre los contendientes. | Manuel Fuentes
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PERFIL
Las recientes elecciones en 11 de las 36 secciones sindicales del Sindicato Petrolero dejan al desnudo el débil andamiaje que tienen las estructuras de la democracia sindical en México, además de evidenciarse que el voto secreto, por sí solo, no es suficiente para lograr la participación libre de los trabajadores sindicalizados en los procesos de cambio de dirigentes.
¿Qué hace falta para lograrlo?  No basta la buena voluntad de ratificar el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que protege la libertad de sindicación y de negociación colectiva.  Tampoco la ratificación del Convenio 87 del OIT (incorporado a nuestra legislación desde el 1º de abril de 1950) que se enfoca en proteger la libertad sindical en todas sus formas.
Tampoco es suficiente la reforma al artículo 123 Constitucional del febrero 24 de 2017 que reconoció por primera vez, después de 100 años de existencia el voto secreto. ¿Qué hace falta entonces?
Los caciques como un fenómeno sindical
Las direcciones sindicales, que tienen caciques a la cabeza, desdeñan la voluntad de los trabajadores, para ellos son masas y objetos como cualquiera
Son camarillas que controlan a su antojo los bienes y dineros sindicales, los procesos electorales y hasta las voluntades de los trabajadores, bajo la amenaza de mandarlos a la calle, con una simple petición al patrón para que no se les recontrate o se les separe con cualquier pretexto o se les suspende en sus derechos sindicales o se les destituye sin juicio previo. A la par se valen de amenazas, golpes y hasta de asesinatos.
En ocasiones los caciques sindicales llegan a controlar las instituciones en las que mantienen relaciones laborales sus agremiados. El patrón o los funcionarios actúan como empleados del cacique, acatan sus órdenes y hasta solapan todas sus fechorías.  Se llegan a convertir en socios y uno y otro se encubre. Controlan con personal de confianza del cacique las áreas de Recursos Humanos, Finanzas compras, vigilancia y otras donde les genere recursos y control. 
Los caciques sindicales son seres felices. Tienen amigos por doquier por los favores que reparte.  Son o se sienten dueños de plazas de trabajo, de mejoras salariales y de jugosas licencias de tiempo completo con sueldo y prestaciones sin límite. Tienen cientos de compadres y reciben muchos abrazos día a día por el poder que comparten.
Cuando vienen las elecciones un equipo de confianza pone todo a su servicio.  Se preparan firmas con anticipación, se simulan asambleas y se presentan las notificaciones a las autoridades laborales para que todo transite sin problema. Obtienen la Toma de Nota, hasta con muchos meses de anticipación de su proceso electoral. Es el mundo feliz.
En los procesos electorales preparan con toda anticipación, con la planilla a modo del cacique, todos los requisitos que puedan cumplir sus incondicionales para presentar su documentación apenas se inicie el registro sin problema alguno. 
Por el contrario, a sus opositores les ponen sin fin de requisitos para obstruir su registro.  Les dan pocas horas para que cumplan con todos ellos. Les exigen papeles, constancias certificadas o notariadas, cientos o miles de firmas que sólo se pueden recabar en varios días, que sean presentadas en tamaño oficio o carta y otras sandeces.
En el periodo siguiente, los representantes del cacique cambian las reglas para siempre tener el control, con facultades plenipotenciarias, para que a su antojo registre o no a las planillas opositoras.
En el caso del sindicato petrolero en nueve secciones, de las once, quedaron inscritas planillas únicas, las del cacique por supuesto.
Reformas laborales
Las reformas que vienen deben considerar normar los procesos electorales para que impere la equidad y transparencia entre los contendientes, los tiempos de registros; requisitos que sean los previstos en los estatutos únicamente y no los que saquen del sombrero del mago cada año los comités electorales.
Que impere y se reconozca el voto directo (aún no previsto) y secreto en todos los procesos sindicales y que éste sea intransferible. 
No basta, como se impuso en la última reforma al artículo 123 constitucional de febrero de 2017, el voto personal, libre y secreto, en una democracia sindical que aún no llega.
Por lo pronto los caciques sindicales caminan felices por la vida.

Los ministros de la Corte no usan escoba
@Manuel_FuentesM | @OpinionLSR | @lasillarota
https://lasillarota.com/opinion/columnas/los-caciques-sindicales-caminan-felices-por-la-vida/253808#.W8_-pf3TUK8.whatsapp

La aprobación del convenio 98 en materia laboral

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¿Qué va a cambiar? ¿Cómo va a cambiar? ¿A partir de cuándo? ¿Es sólo para empleados sindicalizados?
OCTUBRE 17, 2018
Raúl Maillard*
 
¿Qué pasó?
El 20 de septiembre de 2018 el senado de la República aprobó el Convenio 98 de la Organización Mundial del Trabajo, que se refiere a la libertad sindical, que MODIFICARÁ la relación laboral entre trabajadores y patrones.
¿Qué es el convenio 98?
Es un convenio que pretende la NO discriminación con respecto a la libertad sindical.
La libertad sindical es un derecho de los trabajadores para agruparse y defender sus intereses comunes.
¿Cómo funciona?
Convenio 87: Garantiza a los trabajadores el derecho de constituir sindicatos y afiliarse a ellos.
Convenio 98: Establece garantías y medidas de protección para que los sindicatos funcionen libre e independientemente de los gobiernos y los empleadores.
¿Para qué sirve?
Todos los trabajadores y empleadores tienen el derecho de construir o afiliarse a las organizaciones que crean convenientes para promover y defender sus intereses.
Se vulneran estos derechos cuando no se permite afiliar, pertenecer o crear un sindicato o se exige dejar de ser miembro de alguno.
¿Qué implicaciones tiene su ratificación en México?
Es un cambio en el sindicalismo en México
La OIT considera como fundamentales 8 acuerdos en materia de empleo divididos en 4 categorías:
Eliminación del trabajo forzoso
Abolición del trabajo infantil
Eliminación de la discriminación
Libertad de Asociación y libertad sindical
México ya tenía firmados 7 de estos 8 acuerdos, PERO el convenio 98 no había sido ratificado en el congreso del país a pesar de que fue adoptado por la OIT desde 1949 y aprobado por 165 naciones.
Los empresarios reclamaron que la ratificación de este convenio se hiciera SIN consultarlos pero la adopción de este texto fue una CONDICIÓN impuesta por los socios comerciales de México en el acuerdo de Asociación Transpacífico y el TLCAN.
El convenido va a renovar la dinámica laboral al interior de las empresas, los trabajadores tendrán derecho a decidir si quieren formar parte o no de un sindicato, los patrones tendrán prohibido intervenir en los mismos.
Con esto se busca eliminar los sindicatos de protección, o sea, los que no representan a los trabajadores y simulan una vida sindical al interior de las empresas.
La protección debe ejercerse contra cualquier acto que tenga por objeto:
Sujetar el empleo de un trabajador a la condición de que no se afilie a un sindicato o que deje de ser miembro de un sindicato. (Esto va en contra de lo que establece el artículo 395 de la Ley Federal del Trabajo, “Cláusula de exclusión por admisión”)
Despedir a un trabajador a causa de su afiliación sindical o de su participación en actividades sindicales.
Perjudicar al trabajador en cualquier forma a causa de su afiliación sindical o de su participación en actividades sindicales.
Las organizaciones de trabajadores (sindicatos) y de empleadores (sindicatos patronales o cámaras de industria) deben gozar de adecuada protección contra todo acto de injerencia de unas respecto de otras ya se realice directamente o por terceras personas.
Deben crearse organismos adecuados a las condiciones nacionales para garantizar el respeto al derecho de sindicación definido en el convenio. Para ello se está creando un organismo de conciliación federal que cumple con este requisito.
Deben adoptarse medidas adecuadas a las condiciones nacionales para estimular y fomentar el desarrollo y uso de procedimientos de negociación voluntaria, para reglamentar por medio de contratos colectivos las condiciones de empleo.
La legislación nacional debe determinar el alcance de las garantías previstas en el presente convenio en lo que se refiere a su aplicación a las fuerzas armadas y a la policía.
Excluye a los funcionarios públicos en la administración del estado.
Entra en vigor 12 meses posteriores a su ratificación, se ratificó el 20 de septiembre de 2018.
Si al año posterior a la expiración del periodo de 10 años posteriores a la fecha en que entró en vigor el convenio no se denuncia su expiración se prorroga otros 10 años.
Los puntos más relevantes
El convenio es “el que”, falta “el cómo”. Se requiere una eficiente legislación laboral que la pueda aplicar, y aún no se tiene.
Se requiere prohibir el outsourcing para hacer operable el Convenio.
Se requiere acabar con los contratos colectivos de protección actuales; para ello deberá exigirse el aval de los trabajadores para que tengan validez estos documentos.
Para su entrada en vigor no basta su publicación en el Diario Oficial, que aún no ocurre.
Se requiere que la ratificación del Convenio quede registrada por el Director General de la OIT, lo que aún no sucede.
Aporta nuevas obligaciones al Estado para que adopte todas las medidas necesarias para evitar se afecte la estabilidad en el empleo en el ejercicio de la libertad sindical.
Le da una connotación especial a las medidas de protección contra la discriminación ligadas al ejercicio de la libertad sindical y la conservación del empleo.
Da una protección especial a quién ejerza actividades sindicales fuera o dentro de los centros de trabajo.
Considera inadmisible los actos de injerencia patronal que lleven a formar sindicatos bajo su control. Este punto es esencial para terminar con esa práctica que afecta a la mayor parte de los sindicatos en el país, pero depende de una adecuada legislación laboral.
Considera indispensable el Convenio que haya Instituciones u organismos públicos (inexistentes en la actualidad) que garanticen el pleno respeto al derecho de sindicalización.
Fomenta la negociación voluntaria, que requiere de organizaciones sindicales fuertes para reglamentar condiciones de trabajo dignas mediante la contratación colectiva.
El Convenio 98 será aplicable en todo tipo de empresas privadas, organismos descentralizados y organismos autónomos de la administración pública

Abogado laboral TW:@RMaillard Tel: 56629882
https://www.marthadebayle.com/v3/radiov3/sosv3/la-aprobacion-del-convenio-98-en-material-laboral/