“La Sección 731 de la Ley de Implementación del T-MEC, el Congreso (de EU) creó la Junta Laboral de Expertos Independientes para México (…) con el propósito de monitorear y evaluar la implementación de la reforma laboral de México y el cumplimiento de sus obligaciones laborales…”.
Lo anterior es parte del primer párrafo con el que la mencionada Junta justifica estatutariamente el Reporte Provisional que emitió el lunes pasado, el cual “se centra en la aplicación de las leyes mexicanas que protegen la libertad de asociación y la negociación colectiva, derechos laborales fundamentales que son elementos esenciales de las reformas de la legislación laboral de 2019”.
El Capítulo III del reporte –Seguimiento y Evaluación de la Implementación de la Reforma Laboral de México y el Cumplimiento de sus Obligaciones Laborales– analiza en su primera parte “la manera y el grado en que las leyes laborales generalmente se aplican en México” y concluye que el sector empresarial ha suprimido los derechos de los trabajadores y contribuido a mantener sumamente bajos sus salarios.
Algo de lo que señala el reporte: “La población económicamente activa de México en el tercer trimestre de 2020 era de 53.8 millones. De esta población, 35 millones son trabajadores asalariados, pero sólo unos 23 millones se definen como empleados formales (…) Sólo alrededor de 4.4 millones de trabajadores están sindicalizados (según datos de 2018), y aproximadamente la mitad de ellos en el sector privado. Un gran porcentaje de trabajadores del sector privado sindicalizados están cubiertos por ‘contratos de protección’ –‘convenios colectivos’– firmados entre empleadores y sindicatos de ‘protección’ dominados por empleadores sin la participación o incluso el conocimiento de los trabajadores que el sindicato pretende representar (…) El propósito del contrato de protección es asegurar salarios bajos y malas condiciones y ‘proteger’ al empleador de tener que negociar con un sindicato independiente y democrático, que insistiría en mejores salarios y condiciones de trabajo (…) la mayoría de los contratos de protección dan a los empleadores una amplia discreción para fijar salarios, horarios de trabajo y otras condiciones laborales. Esto ha significado que millones de trabajadores mexicanos hayan trabajado horas extremadamente largas (las más largas entre los países de la OCDE) por salarios muy bajos (el salario promedio más bajo entre los países de la OCDE), a menudo en condiciones de trabajo peligrosas y sin medios efectivos para reivindicar sus derechos. Combinado con las políticas de anteriores gobiernos mexicanos para mantener bajos los salarios mínimos, el resultado fue que no hubo convergencia con los salarios estadounidenses en sectores como el manufacturero (…) al menos el 75% de los convenios colectivos actuales son contratos de protección (…) Los trabajadores y líderes sindicales independientes que desafían este sistema han enfrentado repetidas veces vigilancia, hostigamiento, amenazas, arrestos, violencia física y asesinatos”.
Después de lo que señala en su reporte la Junta Laboral de Expertos Independientes, no tienen autoridad moral los supuestos líderes del sector empresarial que han arremetido contra el más reciente aumento al salario mínimo.
El informe «T-MEC, Reforma Laboral e Igualdad de Género. Apuesta por el adelanto de las trabajadoras”, elaborado por la especialista Aleida Hernández, destaca que persistente brecha salarial entre mujeres y hombres, la falta de reconocimiento del trabajo del hogar y de cuidados, entre otros factores del mismo orden que requieren ser visibilizados y que van más allá de lo que estipuló el tratado comercial.
Si bien en el Tratado comercial entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) se incorporaron -dentro del Capítulo 23-, lo relativo a los derechos laborales y entre ellos, los derechos de las trabajadoras; aún no se han desarrollado en nuestro país los mecanismos que permitan garantizar su cumplimiento.
Así lo muestra el análisis de la especialista Aleida Hernández, en el informe “T-MEC, Reforma Laboral e Igualdad de Género. Apuesta por el adelanto de las trabajadoras” que presentará este jueves en el marco de las conferencias que desarrolla la Red de Mujeres Sindicalistas.
En ese sentido destaca que es persistente brecha salarial entre mujeres y hombres, la falta de reconocimiento del trabajo del hogar y de cuidados, entre otros factores del mismo orden que requieren ser visibilizados y que van más allá de lo que estipuló el T-MEC y que se pronuncia, fundamentalmente, en dos sentidos: la no discriminación y la atención de los casos de violencia en los centros de trabajo.
“Hacen falta mecanismos y desarrollo de garantías para hacerlos efectivos. Pero sobre todo, se necesita un cambio profundo en el orden social de género, basado en la división sexual del trabajo (los hombres en la producción de bienes, las mujeres para y en la reproducción humana), la persistente brecha salarial entre mujeres y hombres”, comentó Hernández.
“Sólo el 44% de las mujeres en edad de trabajar están empleadas: Menos de la mitad de las mujeres mexicanas en edad de trabajar participan en el mercado laboral. Esta es la segunda tasa más baja de todos los países de la OCDE, y muy inferior a la tasa de hombres mexicanos activos en el mercado laboral, que es del 82%. De las mujeres que sí trabajan, casi el 60% tienen trabajos informales, con baja protección social, alta inseguridad y baja remuneración”, indicó.
Añadió que las madres y las mujeres jóvenes mexicanas se enfrentan a grandes obstáculos para realizar trabajo remunerado; incluso, cuando se tiene que cambiar los derechos de las mujeres sindicalizadas, pues pese a que es mayor la tasa 16%, contra 12% de los hombres, no tienen los mismos derechos y prestaciones.
“En materia de igualdad de género y derechos de las mujeres, implica una obligación explícita de que los Estados tendrán que garantizar a las mujeres trabajadoras el derecho a la no discriminación, esto es, que en las condiciones de empleo y ocupación no existan distinciones, exclusiones o preferencias que anulen su derecho a las mismas oportunidades y trato; como también están obligados a formular y llevar a cabo una política nacional que promueva, por métodos adecuados a las condiciones y a la práctica nacionales, la igualdad de oportunidades y de trato en materia de empleo y ocupación”, indicó.
El salario mínimo pasa de $123.22 a $141.70; mientras que en la Zona Libre de la Frontera Norte pasa de $185.56 a $213.39.
Se integran dos profesiones a la lista de salarios mínimos profesionales: trabajadoras del hogar, con un incremento de 25%; y jornaleros agrícolas, que reciben un incremento de 30% respecto al salario mínimo vigente.
La Comisión Nacional de Salarios Mínimos (Conasami) aprobó por mayoría un incremento salarial para el próximo año del 15% general, y del 15% para la Zona Libre de la Frontera Norte.
De esta manera, por votación mayoritaria de los integrantes de la Comisión, se determinó que para el 2021 el salario mínimo suba de $123.22 a $141.70; mientras que en la Zona Libre de la Frontera Norte pasa de $185.56 a $213.39.
Con este aumento, México remonta ocho posiciones a nivel internacional en cuanto al salario mínimo, colocándose en el lugar 76 de 135 países. La aspiración en la presente administración es alcanzar una posición entre los primeros 60 países con mayores percepciones salariales.
Asimismo, se integran dos profesiones a la lista de salarios mínimos profesionales. Trabajadoras del hogar, que tienen un incremento de 25% respecto al salario mínimo vigente, llegando a los 154.03 pesos; y jornaleros agrícolas, que reciben un incremento de 30% respecto al salario mínimo vigente, alcanzando el monto de 160.19 pesos.
Este aumento se suma a los que se otorgaron en 2019, del 16% y de 2020, del 20% que han permitido continuar con la recuperación del poder adquisitivo de los trabajadores, reducido la desigualdad de ingresos con relación a las mujeres y el fortalecimiento del mercado interno, sin afectar la inflación y el empleo.
Por: Comisión Nacional de los Salarios Mínimos 16/12/2020
Sostiene reunión Secretaria del Trabajo, Martha Hilda González Calderón, con Pablo Solorio, representante de la Oficina Laboral de Estados Unidos.
• Presenta avances de la reforma laboral y el funcionamiento del Centro de Conciliación Laboral del Estado de México.
Toluca, Estado de México, .- La Secretaria del Trabajo, Martha Hilda González Calderón, se reunió con Pablo Solorio, representante de la Oficina Laboral de Estados Unidos, con quien dialogó sobre los avances de la reforma laboral y el funcionamiento del Centro de Conciliación Laboral del Estado de México, el cual ha llevado a cabo más de 470 convenios.
Acompañada por el Director del Centro de Conciliación Laboral del Estado de México, Julio César Vanegas Guzmán, la funcionaria estatal expresó que se cuenta con oficinas en Ecatepec, Tlalnepantla y Texcoco, las cuales ya se encuentran dando atención a las y los trabajadores y empleadores que así lo soliciten.
González Calderón indicó que en las acciones implementadas se privilegia la conciliación entre las partes, a fin de que las controversias se diriman en un plazo no mayor a 45 días.
Además del Centro Estatal de Conciliación Laboral, agregó, también la Procuraduría de la Defensa del Trabajo brinda representación jurídica gratuita a los trabajadores que lo requieran.
Indicó que, con la implementación de la reforma laboral, el Estado de México contribuye a la construcción de una nueva etapa en la historia laboral de nuestro país, como lo instruyó el Gobernador Alfredo Del Mazo Maza.
Con ello, subrayó, se respalda el nuevo sistema de justicia laboral, que equilibrará la relación entre las partes al resolver las diferencias laborales con el apoyo de conciliadores, quienes mediarán para lograr acuerdos justos por vías alternas.
Por su parte, el Director General del Centro de Conciliación Laboral del Estado de México, Julio César Vanegas Guzmán, dio a conocer que, de los 100 conciliadores capacitados y certificados en materia laboral, 37 se encuentran en la sede de Tlalnepantla y 26 en Ecatepec, quienes se encargarán de llevar a cabo una conciliación efectiva, así como justicia ágil y expedita, el resto están en Toluca y Texcoco.
Informó que este organismo de la Secretaría del Trabajo estatal ofrece y presta el servicio público de conciliación laboral para la solución de los asuntos de competencia local, en una instancia previa a un juicio ante los Tribunales Laborales del Poder Judicial.
Vanegas Guzmán resaltó que la conciliación se posiciona como uno de los medios más eficaces para solucionar las controversias laborales, no sólo por la proclividad a encontrar la mejor solución para todos, sino porque permite a los involucrados responsabilizarse y poner fin a sus conflictos dentro del marco de la ley.
El Centro de Conciliación Laboral cuenta con oficinas en los municipios de Toluca, Tlalnepantla, Ecatepec y una Subdirección en Texcoco. Para información de los servicios y ubicación, se puede consultar el sitio web http://cclaboral.edomex.gob.mx/, así como sus redes sociales de Facebook y Twitter, @CCL.edomex y @CCL_edomex, respectivamente.
Este año el Congreso inició el periodo ordinario con una pandemia pisándole los talones. De febrero a abril los asuntos en materia laboral fueron pospuestos y fue hasta finales de 2020 cuando, principalmente, la Cámara de Diputados aceleró los trabajos. Pero reformas fundamentales, como la de subcontratación o la de los salarios de la burocracia, siguen pendientes porque su discusión fue pospuesta para el próximo año.
En opinión de Alfonso Bouzas Ortíz, coordinador del Observatorio de la Reforma Laboral, también urge legislar el empleo en plataformas y mejorar la regulación del teletrabajo. También es necesario proteger a las personas que laboran como demostradoras en una tienda de autoservicio.
“Nos enfrentamos a un escenario global con nuevas reglas de administración del trabajo. Pero con viejos problemas laborales que deben verse con los ojos de la modernidad”, señala en entrevista. No sólo el Congreso, sino empleadores y trabajadores tendrán “que ser receptivos a los cambios”.
Este 2020 significó el inicio de la segunda etapa de la reforma laboral, considera el reconocido laboralista. La primera se desarrolló de 2017 a 2019. “Este periodo fue fructífero, menos de lo que hubiéramos querido, pero se tocaron temas básicos que había que reformar”. Entre ellos, el teletrabajo y la reforma de pensiones.
También “se incorporaron temas que no eran viables en la primera etapa, como la subcontratación”. Sobre este asunto existen varias propuestas. Pero la que tiene el mayor peso es la del presidente Andrés Manuel López Obrador.
Gobierno gana primer round
La dictaminación de la iniciativa de López Obrador en materia de terciarización fue pospuesta en la Cámara de Diputados hasta febrero de 2021. Pero el primer round lo ganó el gobierno federal, dice el doctor Bouzas.
El Ejecutivo federal “no pretende suprimir toda la subcontratación, pues comprende que hay una que se justifica y tiene una razón de existir, que es la de bienes y servicios”. Lo que sucede es que luego que el gobierno de Felipe Calderón permitiera ese esquema “se abusó y se abrió un mercado de subcontratación de fuerza de trabajo”.
Entonces, la iniciativa presidencial permite que las empresas subcontraten los bienes y servicios que requiere su compañía. Lo que prohíbe y sanciona es que la transacción sea de la fuerza de trabajo de las personas, reitera.
“Los empresarios dicen que va a bajar el empleo y eso no es cierto. Si dejan de emplear, quién les va a poner a funcionar sus empresas. No pueden prescindir del trabajo. Pero ahora simplemente tendrán que ser responsables”.
Tampoco se incumple con el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), subraya. Al contrario, dice, a los otros países les convendrá que éste dejó de ser una competencia desleal. “Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto salieron al extranjero a venderlo como un paraíso laboral y fiscales. Y ni es ni uno ni otro, se tienen que pagar salarios dignos y prestaciones como en cualquier otro lugar del mundo”.
Otra de las quejas de la iniciativa privada es que necesitaban más tiempo para hacer las nuevas adecuaciones y el gobierno se los concedió. Y en ello va la confesión de que, si necesitan un espacio para regularizarse, es porque “llevan relaciones laborales irregulares”.
Salarios de burócratas subcontratados
La nueva reforma de subcontratación será discutida en la Cámara de Diputados hasta el próximo periodo ordinario de sesiones. Pero en el periodo ordinario de sesiones que concluyó este martes en San Lázaro avanzaron en la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, un tema que ha generado descontento porque nadie podría ganar más que el presidente del país. Eso implica que a muchas personas les reducirán el sueldo, como ya ocurrió con su aguinaldo.
“En esto todavía no se define una política laboral, porque hay contradicciones”, comenta el académico. El gobierno es uno de los principales subcontratadores e inició su administración recortando personal por porcentaje, lo cual fue “un error tremendo”.
Posiblemente, derivado del tema de subcontratación se tenga un acuerdo sobre este tema, opina. “Me atrevería a decir que todavía no está perfilado el tratamiento que se va a dar al ejército de subcontratados”. Y la posible solución, o sea, otorgarles plazas definitivas, costaría millones.
Bajarles los salarios no es del todo adecuado, dice. “Porque deben tener garantías de que no van a ser corruptibles y eso se relaciona con un salario decoroso. No creo que en esta segunda etapa se legisle al respecto.
Congreso pide prórroga
La Cámara de Diputados ha aprobado tres veces la legislación para regular los salarios de los funcionarios públicos, pero la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la ha rechazado en dos ocasiones. Esta vez, previo a que el Senado diga la última palabra, nuevamente el máximo tribunal debe pronunciarse.
El Senado solicitó una prórroga a la Corte para aprobar las modificaciones a la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos a más tardar el 30 de abril del 2021, último día del siguiente periodo ordinario de sesiones.
Los senadores argumentaron que la minuta enviada por la Cámara de Diputados, con la cual se atiende la sentencia de inconstitucionalidad emitida por la Corte sobre la nueva Ley, no ha logrado los consensos políticos necesarios para ser discutida y aprobada por el pleno y, además, la emergencia sanitaria ha complicado los procesos legislativos.
La SCJN ya había otorgado una prórroga al Congreso de la Unión para modificar los artículos 6 y 7 de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos a más tardar el 15 de diciembre de 2020.
En un comunicado, la Cámara Alta reconoció que las Comisiones Unidas de Hacienda y de Estudios Legislativos Segunda ya “aprobaron el dictamen correspondiente, el cual atiende puntualmente las consideraciones esgrimidas en la sentencia de mérito, con el objeto de superar el problema de inconstitucionalidad”. Pero las dificultades para lograr los consensos han dificultado su votación el pleno.
La nueva Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos fue promulgada en noviembre de 2018 y abrogó una legislación con el mismo nombre. Uno de los objetivos, fue fijar un tope salarial para los funcionarios con base en el sueldo del presidente, enfatizando que nadie podría ganar más que el titular del Poder Ejecutivo.
La Suprema Corte declaró inconstitucionales los artículos 6 y 7 de la nueva Ley, después de que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y senadores de oposición promovieran esta acción.
En su análisis, la Corte reconoció que los artículos vinculados a los topes salariales “permiten fijar las remuneraciones de los servidores públicos de manera discrecional, cuando uno de los objetivos de la reforma constitucional de 24 de agosto de 2009, fue la de evitar la discrecionalidad en la determinación del sueldo burocrático ya sea a la alza o a la baja”.
La reforma a los organismos de vivienda más relevante en tres décadas quedó concretada.
Los cambios a los fondos de vivienda para los trabajadores del sector privado y público, a través de los cuales se busca fomentar esquemas de autoconstrucción, entrega directa de créditos, así como refinanciamiento y flexibilidad de la subcuenta de vivienda, fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Entre los ajustes que se concretan para el caso del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) está la incorporación de créditos para la adquisición de suelo con fines habitacionales, y recibir «directamente y sin intermediarios» el financiamiento solicitado.
Sin embargo, quedan pendientes los requisitos que debe cumplir el derechohabiente sin una relación laboral activa, así como los esquemas específicos a los que tendrá acceso y cualidades de los terrenos financiados.
El Consejo de Administración del Infonavit determinará los montos máximos de los créditos que otorgue el Instituto, en función de, entre otros factores, los ingresos de los trabajadores acreditados, así como el precio máximo de venta del suelo y habitaciones cuya adquisición o construcción pueda ser objeto de los créditos citados.
Además, los derechohabientes tendrán acceso a líneas de crédito para autoconstrucción, que si bien actualmente ya hay programas para esta modalidad, con la reforma estos productos quedan fijos en el Infonavit y ya no sujetos a una determinada administración.
Con los cambios, los derechohabientes también tendrán acceso a esquemas de crédito para el refinanciamiento de un préstamo adquirido con el propio Instituto o alguna otra entidad financiera para temas habitacionales.
Por otra parte, queda decretado que, de adquirir un crédito para vivienda con alguna otra entidad financiera, el trabajador derechohabiente podrá dejar en garantía el saldo de su subcuenta de vivienda, que sólo podrá cubrir la falta de pagos en caso de desempleo.
«En el evento de que dicha garantía se haga efectiva, se efectuarán los retiros anticipados del saldo de la subcuenta de vivienda que corresponda para cubrir el monto de los incumplimientos de que se trate», se detalla en el DOF.
Además, queda establecido que, una vez liquidado un primer crédito, los trabajadores podrán acceder a un segundo financiamiento con el Infonavit, algo posible hasta ahora únicamente por medio de coparticipación con la banca.
En lo que corresponde al Fondo de la Vivienda del ISSSTE (Fovissste), destaca que los trabajadores también podrán emplear los recursos de su subcuenta de vivienda, pero en este caso como pago inicial en créditos para construcción de vivienda o adquisición de suelo, mientras que las aportaciones subsecuentes cubrirán el saldo insoluto de dichos financiamientos.
Al igual que el consejo de administración de Infonavit, la comisión ejecutiva de Fovissste cuenta con 120 días para establecer reglas de operación puntuales.
A partir de mañana arranca el plazo de 120 días para concretar las reglas de operación pendientes para determinar particularidades, condiciones y requisitos contenidos en los cambios al Infonavit y al Fovissste.
El pasado 6 de octubre fue cuando el Ejecutivo mandó a la Cámara de Diputados la iniciativa para reformar 8 artículos de las leyes del Infonavit y 6 más de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) en materia de vivienda. Con ello, en menos de 3 meses quedó concretada la reforma al sector vivienda.
Playa del Carmen, Solidaridad, Q. Roo. Conforme lo estable el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), las empresas, los patrones tienen que cumplir con el pago el aguinaldos a las y los trabajadores antes del 20 del presente mes, afirmó el secretario general de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC) en Quintana Roo, Martín de la Cruz Gómez.
Subrayó que no existe ningún fundamento legal para no cumplir con esa obligación que debe considerar un mínimo de 15 días de salario. Pretender descontar el aguinaldo a los trabajadores es ilegal; como lo es también querer algunas empresas descontarle al trabajador los apoyos que les otorgaron durante los meses del cofinamiento.
Martín de la Cruz dejó claro que los trabajadores han sido solidarios durante muchos años y han contribuido a la riqueza que hoy ostentan y “han contribuido con su trabajo y es lo único que hoy tienen su trabajo; “No permitan que les mutilen su aguinaldo, es su derecho”, si algún trabajador hoy tiene la necesidad de apoyo y asesoría puede acudir a la CROC, en la CROC estamos pugnando porque se cumpla, además destacó, “donde tenemos relación obrero-patronal se está cumpliendo el pago de los aguinaldos a todas y todos los trabajadores”.
Explicó que desde el inicio de la pandemia del COVID-19, la Presidencia de la República y la STPS establecieron claramente mediante los medios de comuicación que no existe una declaratoria de contingencia sanitaria, por lo que no es aplicable la fracción VII del Artículo 427 de la Ley Federal del Trabajo que, en su caso, hubiera permitido a los patrones suspender las relaciones de trabajo sin requerir autorización o aprobación de la Junta de Conciliación y Arbitraje.
De hecho, en su momento, las autoridades federales señalaron que aquellos patrones que pretendieran llevar a cabo una suspensión temporal de las relaciones de trabajo, deben sujetarse a los procedimientos que marca la fracción I del Artículo 429 de la LFT, que los obliga a dar aviso de la suspensión temporal de labores a la Junta de Conciliación y Arbitraje para que esta previo desahogo del procedimiento previsto en el Artículo 892, la apruebe o desapruebe.
Por lo anterior, Martín de la Cruz, precisó que, los patrones que no siguieron este procedimiento marcado en la LFT no están autorizados para llevar a cabo una suspensión temporal de labores pues para ello es necesaria la intervención de la Junta de Conciliación y Arbitraje, autoridad en la que recae la responsabilidad de vigilar que no se vulneren los derechos de los trabajadores que pudieran ser afectados por el paro de labores.
Los patrones que suspendieron labores sin haber obtenido la aprobación de la autoridad laboral están actuando al margen de la ley pues lo hicieron de manera unilateral y, todos los cobros o descuentos que ahora pretendan realizar a los salarios y prestaciones de los trabajadores, una vez que se han reanudado las actividades, son ilegales y violan las normas protectoras y privilegios del salario previstas en el Artículo 98 y siguientes de la LFT.
Por último, el dirigente sindical, reiteró que pretender descontar el aguinaldo de los trabajadores es ilegal porque eso debió haberse sometido a consideración de la Junta de Conciliación y Arbitraje para aprobación o desaprobación o debió ser expresamente pactado ante dicha autoridad laboral y no determinado unilateralmente por el patrón.
La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami) aprobó este miércoles un incremento global del 15% en el salario mínimo con el apoyo del Gobierno de México y el sector obrero, pero el voto en contra de todas las organizaciones empresariales.
Con la subida, el salario mínimo a nivel nacional pasa de 123.22 pesos diarios a 141.70 pesos, mientras que en la zona especial de la frontera norte crece de 185.56 pesos a 213.39 pesos al día.
La Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) reveló en un comunicado la aprobación de los aumentos, a los que tachó de «irracionales» y «aprobados sin consenso».
«Se arroja a millones de microempresarios toda la carga del incremento, lo que combinado con la aceleración de los contagios por la pandemia covid-19 y el consecuente cierre de operaciones de más empresas, es inminente la quiebra de miles de negocios», argumentó la Coparmex.
Los empresarios reprocharon que el aumento ocurra en un momento en el que la crisis de covid-19, además de 115,000 muertos y casi 1.3 millones de contagios, ha provocado una contracción anual del 9.6 % del PIB en los primeros nueve meses del año.
El sector privado ha criticado la falta de apoyos económicos del presidente, Andrés Manuel López Obrador, quien ha rechazado endeudarse para «rescatar a los de arriba» como en el «periodo neoliberal».
Por ello, el Consejo Coordinador Empresarial (CCE), que representa a la cúpula empresarial mexicana, defendió que su «voto fue razonado», al considerar que las metas que se trazó el gobierno de incremento al salario mínimo no pueden persistir.
«(Los objetivos) no pueden permanecer intactos en las circunstancias actuales de la economía, gravemente afectadas por la pandemia. Más aún, cuando las empresas han sido llamadas por la autoridad a proteger el empleo, objetivo que han asumido en todo el año», lamentó el CCE.
Sin embargo, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) defendió el incremento al señalar que permite que México suba ocho posiciones a nivel internacional en el salario mínimo, al llegar al sitio 76 de 135 países.
La meta del actual gobierno es llegar a los primeros 60 lugares, indicó Luisa María Alcalde, titular de la STPS.
«De forma progresiva y responsable se recupera el poder adquisitivo en favor de los que menos tienen», comentó la secretaria, al detallar que por primera vez incluyen a trabajadoras del hogar y jornaleros.
Al anunciar su propuesta la semana pasada, el presidente López Obrador presumió que su administración ha incrementado en 30% el salario mínimo en términos reales en dos años y que «no ha habido inflación».
El incremento que entrará en vigor en 2021 se suma al de 20% de 2020 y de 16% en 2019, recordó la STPS.
La Junta Independiente de Expertos Laborales de México entregó este 15 de diciembre al gobierno entrante de Joe Biden el primer reporte sobre los avances de la reforma laboral, que entró en vigor en mayo de 2019 y los desafíos que significan aspectos como el cumplimiento de los derechos laborales, pues “hay preocupaciones serias”.
La Junta Independiente de Expertos Laborales de México tiene 10 integrantes; cuatro nombrados por los sindicatos, cuatro por legisladores demócratas en el Congreso de los Estados Unidos y dos nombrados por los republicanos (aún pueden nombrar a dos más).
Ben Davis, director de asuntos internacionales del sindicato United Steelworkers y presidente de la Junta Independiente, comentó a El Economista que el primer informe se entregó al Representante Comercial, al Secretario de Trabajo, y a los líderes de las Comisiones del Senado y la Cámara de Representantes responsables del tema de comercio; para que tengan un panorama sobre la reforma laboral de México.
Cabe señalar que en la Sección 731 de la Ley de Implementación del Tratado México, Estados Unidos, Canadá (T-MEC) el Congreso de Estados Unidos estableció una Junta de Expertos Laborales de México (IMLEB), con el propósito de monitorear y evaluar la implementación de la reforma laboral y el cumplimiento de sus obligaciones.
La Junta proporciona este informe sobre los esfuerzos de México para implementar la reforma laboral, y la forma y grado en que las leyes se aplican y destacó que si bien la primera fase de implementación de las nuevas instituciones laborales, es decir el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, se retrasó hasta el 18 de noviembre de 2020 (debido a la pandemia de Covid-19), “la Junta ha identificado una serie de preocupaciones serias con proceso de aplicación de la ley laboral que creemos debe abordarse con prontitud”.
Parte de las dificultades que tienen identificadas son los “contratos de protección”, que se firman con sindicatos controlados por las empresas sin que los trabajadores conozcan su contenido, enfrentándose a bajos salarios.
Lo anterior, pone de manifiesto que “los trabajadores aún están lejos de poder elegir, de manera democrática, a su líder sindical, pues aún se mantiene intacto el sistema de protección de los contratos colectivos, aun cuando se tienen que legitimar antes del primer de mayo de 2023, y los trabajadores no puedan denunciar estos hechos”.
El reporte de 39 páginas también aborda el tema la subcontratación que desató un importante debate, pues “tiene un impacto directo en la capacidad de hacer cumplir la legislación laboral”; entre otras razones porque en sectores como el de autopartes se reportó en el 2014 que 24% de los trabajadores fueron subcontratados, mientras que en la industria aeroespacial en Tijuana ese porcentaje llega a 50%; “estas prácticas hacen que sea cada vez más difícil para los trabajadores determinar quién tiene responsabilidad por sus salarios, beneficios y condiciones de trabajo y en caso de violación de sus derechos”.
Otra dificultad observada es que, al iniciar operaciones con un mes de retraso el Centro Federal de Conciliación de Registro Laboral, “los nuevos contratos sólo se depositarán a medida que se negocien, lo que puede tardar dos años”, a pesar de ser un requisito para antes del primero de mayo de 2023.
Asimismo, revela que hay cerca de 559,969 contratos que deben legitimarse; de los cuales la STPS ha estimado que hasta el 85% pueden no ser legítimos y que solo el 10 o el 15% de los contratos existentes se aprobarán bajo las nuevas reglas. Mientras que los contratos de protección simplemente desaparecerán después de la fecha límite de mayo de 2023, pues no se llevarán a votación. “En cualquier caso, al ritmo actual no se alcanzaría la legitimación de hasta el 10% de los acuerdos existentes”.
Entre otros aspectos, los expertos sugieren que la nueva administración de Estados Unidos promueva una reorganización del calendario de implementación de la reforma laboral en los estados de la República Mexicana en donde aún deben ponerse en marcha los nuevos tribunales laborales y los centros de conciliación locales, de modo que el cronograma se alinee mejor con el Anexo 23-A (del T-MEC)
La Junta de Expertos Laborales de México, quienes están autorizados para determinar si México incumple los acuerdos en el marco del T-MEC –lo que podría desatar paneles laborales–, informó que en esta ocasión no emitirá una resolución de incumplimiento porque “las nuevas instituciones laborales -el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral- empezaron a operar hace menos de un mes, no obstante, listó varias recomendaciones.
Entre ellas: poner fin a la violencia contra los trabajadores, promover la transparencia de los contratos colectivos de trabajo y adelantar el cumplimiento de la reforma laboral en estados donde hay sectores económicos prioritarios para el T-MEC, como Tamaulipas y Nuevo León –para que los cambios queden listos en octubre del 2021.
Se exhortó a reformar el proceso de legitimación de contratos laborales para haya un cronograma por sectores, se garantice la supervisión gubernamental de las votaciones y se constituya un procedimiento seguro para que los trabajadores reporten irregularidades.
Finalmente, se menciona que Estados Unidos debe trabajar con México para construir un programa robusto de cooperación para fortalecer y expandir grupos de inspectores profesionales con la capacidad de identificar, reportar y sancionar violaciones a la libertad de asociación y negociación colectiva.
Tarea por hacer:
La Junta Independiente de Expertos Laborales de México hizo una serie de recomendaciones para la correcta implementación de la reforma laboral en nuestro país:
Poner fin a la violencia contra los trabajadores
Promover la transparencia de los contratos colectivos de trabajo
Enfocar la implementación de la reforma en sectores prioritarios para el T-MEC
Reformar el proceso de legitimación de contratos colectivos de trabajo
Fortalecer la inspección laboral
Incrementar y enfocar los fondos para fortalecer la capacidad de los trabajadores
Mejorar la rendición de cuentas de los empleadores
Guanajuato.- El Poder Judicial del Estado avanza a fin de lograr la implementación de la justicia laboral en la entidad que arrancará durante el segundo semestre del próximo año. Ante esto, continúa la construcción de los Juzgados Laborales en las sedes de León, Irapuato, Celaya y Guanajuato, para los que se destinaron 235 millones 950 mil 060 pesos.
Así se informó durante el informe de actividades de Héctor Tinajero Muñoz, presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE), en donde se destacó que, en materia de infraestructura, se busca que las personas puedan contar con espacios dignos y accesibles en donde resolver los conflictos obrero- patronales.
Avance en obras
Por lo que respecta al Juzgado Laboral de Celaya, que tiene un avance del 38%, se destinaron 37 millones 602 mil 657 pesos, consta de un nivel, cuatro salas, oficinas administrativas y estacionamiento. Se espera que la edificación concluya en marzo del 2021.
El Juzgado Laboral de León tiene un costo de 116 millones 850 mil 359 pesos y un avance físico del 26%. La obra contará con tres niveles, 12 salas, oficinas administrativas se proyecta su conclusión en septiembre de 2021.
Para el edificio de Irapuato, se destinaron 46 millones 611 mil 614 pesos y contará con dos niveles, cuatro salas, oficinas administrativas y estacionamiento, tiene un avance físico del 55% y se espera que esté listo en febrero del 2021.
Y finalmente con un costo de 38 millones 885 mil 428 pesos se construye el Juzgado Laboral de Guanajuato, el cual tendrá dos niveles, 4 salas, oficinas administrativas y estacionamiento. Se pretende que esté terminado en marzo del próximo año pues actualmente tiene un avance del 59%.
Por otra parte, se informó que para la adquisición de equipamiento y mobiliario de oficina se destinarán 10 millones 084 mil 500 pesos; así como más de 16 millones 295 mil 336 pesos en la adquisición de equipo tecnológico para los juzgados laborales. Esto, a través de la realización de dos procesos de licitación pública nacional.
Alistan ‘Concursos de oposición’
A través de un video, se dio a conocer que para lograr los objetivos propuestos en materia de selección de personal y su capacitación, el Consejo del Poder Judicial se encuentra preparando los ‘Concursos de oposición’ para las categorías de los juzgadores, secretarios y actuarios, en materia laboral, los cuales serán abiertos.
Es decir, que podrán participar quienes trabajan en el Poder Judicial, pero también todos aquellos que cumplan con los requisitos establecidos en las convocatorias que se emitirán próximamente, aunque no se especificaron fechas.
“El Poder Judicial redoblará esfuerzos para llevar en tiempo y forma las acciones tendientes a implementar la reforma laboral, que permita la impartición de justicia de manera pronta y expedita y que responda a los principios de legalidad, imparcialidad, transparencia, autonomía e independencia, en la resolución de los conflictos obrero- patronales en la entidad”, se señaló en el informe de actividades.