Ratificación del convenio, inicio del cambio


 29 septiembre, 2018|  
Para el especialista en asuntos laborales, José Alfonso Bouzas, investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, la ratificación del Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo permitirá a los trabajadores mexicanos “que se reivindiquen a sí mismos y busquen sus auténticas representaciones”.
Asegura que una vez que se demuestre que muchos de los miembros de sindicatos corporativos no saben ni quién es su líder y menos conocen su contrato colectivo, las autoridades podrán declarar que ese contrato es nulo, entonces se vendrán cambios en cascada en los sindicatos, quienes optarán por una auténtica representación.
“Qué implica la suscripción del convenio en confrontación con la serie de disposiciones de ley federal del trabajo que garantizan el corporativismo y que le dan al gobierno la posibilidad de manipular a los trabajadores según las necesidades del sector y, sobre todo, lo más grave, según los intereses de los gobernadores”.
Asevera que la suscripción del convenio es la gran conquista, consecuencia de una serie de cambios, “en primer lugar, la denuncia internacional respecto de que en México operan contratos colectivos de protección patronal”.
Denuncias, apunta, que se hicieron desde los años ochenta y fue necesario que la Central Sindical Internacional la llevara al Tribunal de Libertad Sindical de la OIT para que fueran citados el gobierno de México, empresarios, sindicatos corporativos y los sindicatos independientes.
De ahí vino una primera recomendación, señala, en relación a que en México se tenía que respetar la democracia y la libertad.
“Luego vinieron más recomendaciones y fue en 2017 cuando el presidente Peña Nieto decide reformar la Constitución y la Ley Federal del Trabajo, “casi diría que hizo una reforma con lo que nosotros los independientes, académicos y sindicatos habíamos venido trabajando. Cuando leí la iniciativa, juré que había párrafos míos”.
Bouza destaca que con “la aprobación del convenio, de la reforma constitucional y una nueva ley laboral que termine con el voto cantado, con la aprobación de los sindicatos corporativos, será el camino a seguir. Pienso que hay un ambiente en donde vamos a componer muchas cosas. No soy morenista pero creo que el morenismo va a dar la oportunidad de que se compongan muchas cosas”, asegura el especialista laboral.
Se puede construir un corporativismo con la presencia y participación de auténticas direcciones sindicales comprometidas con los trabajadores y que estos les puedan dar una patada en el momento en que olviden su compromiso.
Pasos a seguir
Bouza Ortiz considera que el paso a seguir es una reforma laboral democrática y después vendrán otras reformas “porque esta lo único es que da paso a la libertad y la democracia, pero el mundo del trabajo se recompone, hay paradigmas históricos como el salario mínimo, la jornada máxima que hoy se ven cuestionados. Hay nuevas formas de trabajo, nuevos escenarios tecnológicos, está presente el creciente ejército de desempleados a escala mundial pero eso no quiere decir que los sindicatos de manera automática tiendan a desaparecer, tendrán que recomponerse e internacionalizarse.
Un salario universal es fundamental, y eso, cada sindicato en nuestro país hará lo que le corresponda, pero los pisos generales en la globalidad tienen que darse, y eso solo lo puede plantear una organización sindical. A lo mejor es diferente o se llama distinto, pero una organización de un sector, de una clase, sigo hablando de clases. No creo que el marxismo haya pasado a la historia como lo decía el extinto Carlos Abascal.

http://www.siempre.mx/2018/09/ratificacion-del-convenio-inicio-del-cambio/

Unión Nacional de Trabajadores celebra ratificación de convenio sobre libertad sindical


Por su parte, la Confederación de Trabajadores de México (CTM) consideró que podría crear incertidumbre en inversiones, acrecentando los conflictos y poniendo en riesgo la generación de empleos.
La Unión Nacional de Trabajadores (UNT) celebró que el jueves, el Senadores de la República haya ratificado por unanimidad el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre el derecho de sindicalización y negociación colectiva.
Apoyamos su ratificación pues gracias a ello se generarán las condiciones para acabar con un modelo laboral caduco, que beneficia sólo a empleadores y gobiernos, y que está orientado al control férreo de los trabajadores mediante la práctica negativa de los contratos colectivos de protección patronal y la utilización de juntas de conciliación y arbitraje”, expresó en un desplegado.
La UNT recordó que en 2013 presentó una iniciativa de reforma laboral en la LVIII Legislatura, misma que fue actualizada en 2010 en la Legislatura LXI, y en este mes llevaron al Senado una agenda legislativa con un apartado laboral, en el cual exhortaron a la ratificación del convenio, “en el sentido de que fortalecerá la organización democrática de los trabajadores, la libre sindicalización, la firma de contratos colectivos auténticos que permitan una negociación colectiva, el acceso a derechos laborales plenos y que responda los verdaderos intereses de nuestro país, como son salarios y empleos dignos”.
De acuerdo con el sindicato, “con estas propuestas quiere construir un nuevo modelo laboral transparente que beneficie a los factores de la producción y ayude al fortalecimiento y democratización del mundo del trabajo“.

https://aristeguinoticias.com/2109/mexico/union-nacional-de-trabajadores-celebra-ratificacion-de-convenio-sobre-libertad-sindical/

 

TLCAN 2.0 pone presión a México para que concluya reforma laboral


Las empresas mexicanas deberán cumplir con leyes en justicia laboral, pero requiere que se desatore su aprobación en el Congreso.
20 septiembre, 2018
CIUDAD DE MÉXICO (Expansión) – El acuerdo bilateral al que han llegado México y Estados Unidos en materia laboral para la nueva versión del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) requiere que el Congreso apruebe leyes para mejorar la relación entre empresas y trabajadores.
Información de la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR), detalla que el capítulo de Trabajo incluye un anexo en el que México se compromete a adoptar medidas legislativas a favor de la libertad sindical, celebrar contratos colectivos y eliminar la figura de contratos de protección.
“El acuerdo se ve positivo, pero ponerlo en el texto del Tratado, significa un riesgo para el comercio con Estados Unidos, desde el punto de vista empresarial, ya que hay leyes secundarias pendientes de aprobarse para que se pueda cumplir este compromiso”, explicó Juan Pablo Castañón, presidente del Consejo Coordinador Empresarial (CCE).
“Sí hay un compromiso en este sentido y esperamos que lo podamos sacar en este periodo ordinario de sesiones”, detalló el empresario.
En específico se trata de l a reforma al Sistema de Justicia Laboral , misma que está pendiente de ser aprobada, desde finales de 2017, cuando la iniciativa fue presentada por el grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (PRI), refiere información de la agencia Thomson Reuters.
Aprobar esta reforma es importante porque con ella se lograría la implementación de los tribunales dependientes del poder judicial en materia laboral, además de la ley para que opere el Instituto Federal de Conciliación y Registro Laborales, el cual se encargará de la administración y registro de contratos colectivos de trabajo, explicó Germán de la Garza, socio del despacho de abogados Mowat.
También permitiría que se eliminen los contratos colectivos de protección, aquellos entre una empresa y un sindicato, los trabajadores no se enteran de éste y sirven para un trato discrecional y reducen la posibilidad de negociaciones colectivas o el derecho a huelga.
Este tipo de prácticas son las que Estados Unidos busca eliminar con el acuerdo, algo positivo para los trabajadores, pero que los empresarios no podrán cumplir si de entrada no se cuenta con una estructura jurisdiccional para la solución de conflictos laborales y adoptar mejores prácticas, consideró De la Garza.
De acuerdo con Castañón, el riesgo de que se incluya en el TLCAN es que si las empresas mexicanas no cumplen con esas condiciones se da pauta a que Estados Unidos imponga prohibicioneso vetos o que incluso, puedan parar ciertas exportaciones de México a EU, bajo el argumento de que no cumplen con lo establecido en el nuevo TLCAN.
Cabe destacar que la reforma al Sistema de Justicia Laboral, incluye una iniciativa para expedir la Ley del Instituto Federal de Conciliación y Registro Laborales, entre otras cosas.
El líder empresarial agregó que hay disposición para trabajar con el equipo de la futura secretaria del Trabajo, Luisa María Alcalde para que el sector empresarial participe en el análisis y propuesta que tenga esta dependencia en este tema.

http://mexicoxport.com/tlcan-2-0-pone-presion-a-mexico-para-que-concluya-reforma-laboral/

Multisindicatos enfrenta a CCE y Trabajo de AMLO


20 sep, 2018
Activo empresarial
JOSÉ YUSTE
El trabajador debería tener la libertad para elegir el sindicato al que debe pertenecer, y de ahí viene el concepto de multisindicatos que se plasmó en el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
El problema para México, argumentan los empresarios, y también con razón, es que se puede prestar a extorsiones: sindicatos que no pertenecen al ramo de la empresa y llamados a huelga sólo para sacar dinero a las administraciones. Hay un galimatías laboral. De seguir las cosas como están, el sindicalismo sólo beneficiará a una dirigencia laboral, en contra del trabajador. Pero el multisindicalismo propuesto también podría caer en extorsiones de varios sindicatos a empresas. La solución que se ha encontrado en México para nada es la mejor: los contratos de protección patronal, que han terminado como un mecanismo de control sobre los trabajadores, donde las empresas acuerdan y negocian con la dirigencia sindical a espalda de los trabajadores. Ya conoce los resultados, dirigentes sindicales ricos y poderosos frente a trabajadores pobres y sin derechos laborales.
EL CONVENIO 98 DE LA OIT
Luisa María Alcalde, quien será la próxima secretaria del Trabajo, quiere resolver el tema del multisindicalismo en México despertando el Convenio 98 que México tendría con la OIT. El problema es cómo adoptar el multisindicalismo con filtros que lo hagan genuino, es decir, que traiga sindicatos que sí pertenezcan a la empresa, pero también que no se conviertan sólo en un mecanismo para canonjías y que en los hechos pueden no terminar ayudando al trabajador, sino extorsionando a la empresa. Esta es la preocupación de Juan Pablo Castañón, presidente del Consejo Coordinador Empresarial.
POCOS EJEMPLOS DE SINDICATO QUE GANE CON PRODUCTIVIDAD
El sindicalismo en México, con honrosas excepciones, ha estado plagado de sindicatos charros, vendidos sólo a favor de la dirigencia y sin metas productivas. Cierto. Pero también lo es que los derechos laborales de los trabajadores deben reivindicarse con representaciones genuinas y que sí vean, junto con la empresa, los temas de productividad y competitividad.
Hace décadas un sindicato que llevó la batuta en temas de productividad junto con su empresa, fue el Sindicato de Telefonistas, por allá de inicios de los años noventa, donde Hernández Juárez, junto con Slim Helú, veían capacitación y derechos para los trabajadores, pero también metas de productividad.
“PYMES NO SOPORTARÍAN VARIOS SINDICATOS”
En 2015, el gobierno de Peña Nieto envió al Senado una iniciativa para ratificar el Convenio 98 de la OIT. Hasta cierto punto con lógica internacional: hay varios países con los que México tiene convenios comerciales que están adheridos al Convenio 98. Sin ir más lejos, en el TPP-12. Sin embargo, en 2015 y 2016, el CCE advirtió que, de aprobarse el Convenio 98, la paz laboral se pondría en riesgo, que habría una simulación en la firma de contratos colectivos. A los empresarios les preocupa que se obligue a las compañías a firmar con sindicatos que no tienen jurisdicción de actividad, que no son representativos y que busquen participar en la administración de la empresa, causando un caos laboral. Que emplacen a huelga sin representatividad, pero sólo para exigir ganancias. Las empresas grandes podrían soportarlo, no las pequeñas y medianas. Para el CCE, las pequeñas y medianas empresas no podrán soportar tales presiones sindicales. Los costos serían elevados y originarían un caos laboral que terminaría todo el tiempo en tribunales, argumentan los empresarios.
STPS: NO PUEDEN SEGUIRSE CONTRATOS DE PROTECCIÓN PATRONAL
También es cierto lo que argumentan en la nueva Secretaría del Trabajo (Alcalde): no pueden seguir los contratos colectivos de protección patronal, pues se negocia, a espaldas del trabajador, sólo a favor de una dirigencia sindical. Es imposible que los trabajadores puedan organizarse democráticamente para poder influir en las negociaciones colectivas o para poderse cambiar de sindicato o crear uno nuevo.
Algunos abogados sindicalistas han propuesto que los trabajadores puedan ser consultados por voto libre y secreto sobre el contrato colectivo que van a firmar, pues las dirigencias sindicales no dan a conocer el contrato colectivo, sino versiones públicas, muy a modo de la dirigencia y la parte patronal.
AMLO, PUNTO CLAVE PARA PRODUCTIVIDAD
Hay un choque de trenes. Ambos tienen sus razones. Por un lado, Luisa María Alcalde y su equipo pidiendo mayor libertad sindical, tratando de terminar con los contratos patronales de protección que sólo benefician a dirigencias sindicales en detrimento del resto de los trabajadores. Pero, por el otro lado, los empresarios están apanicados al poder ser presa de extorsiones sindicales, de sindicatos que no pertenezcan a su empresa o rama y de costos elevados por tener que dar a cada sindicato el mismo trato del anterior más una ganancia. Este es un buen rompecabezas para López Obrador, quien lo deberá responder razonablemente para tener una economía con mayor crecimiento, donde el sindicalismo sí obtenga ganancias reales para todos los trabajadores, pero con productividad y competitividad para las empresas.
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Convenio 98 de la OIT sobre negociación colectiva requiere debate amplio: analistas


La legislación actual no está adaptada para los compromisos y regulaciones que implica, afirma especialista de Hogan Lovells.
María Del Pilar Martínez Y Octavio Amador
12 de septiembre de 2018, 01:07
Antes de que se pida al Senado de la República aprobar el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) —que contempla la libre negociación colectiva— especialistas laborales piden que se analicen los pros y contras.
En diciembre del 2015, el presiente Enrique Peña Nieto mandó la propuesta al Senado para que se llevara a cabo dicha discusión, sin que hasta la fecha se haya aprobado. Este convenio forma parte de los cinco convenios fundamentales de la OIT.
El Convenio 98 tiene la tarea específica degarantizar la negociación colectiva y es complementario del Convenio 87, que protege la libre sindicación laboral. “Ambos datan de siete décadas atrás; sin embargo, nuestro gobierno sólo ratificó el 87 y por lo que se refiere al 98, el Senado ha suspendido su ratificación por los intereses del añejo corporativismo y la intención de mantener los contratos colectivos de protección patronal firmados a espaldas de los trabajadores”, afirmó Arturo Alcalde, abogado laboral.
Ricardo Martínez Rojas, de la firma De la Vega & Martínez, expuso que lo que se busca es que se discuta si verdaderamente se requiere la ratificación del Convenio 98, sobre todo porque con la reforma constitucional en materia de justicia laboral que se realizó en febrero del 2017, “ya contempla la garantía de una contratación colectiva real y efectiva”. Destacó que a México se le ha presionado mucho para que ratifique todos los convenios de la OIT, cuando en Estados Unidos “tiene un sistema más represivo”. Añadió que nuestro país se adhirió al Acuerdo Integral y Progresista de Asociación Transpacífico, el cual “ya incluye esa norma (contratación colectiva efectiva)”.
Sin embargo, para Hugo Hernández-Ojeda, socio de la práctica de Trabajo, Empleo, Pensiones y Seguridad Social del despacho Hogan Lovells, no está claro que la legislación laboral mexicana esté adaptada a los lineamientos que marca el Convenio 98 de la OIT.
“Al entrar en ese tipo de aplicaciones de regulaciones tendría que modificarse totalmente la Ley Federal del Trabajo (LFT), porque no sería aplicable (el convenio) y necesitaríamos una reforma sustancial a las leyes laborales, lo cual afectaría la vida laboral de las empresas”.
Pero al margen de ello, México ha adquiridocompromisos internacionales para proteger los derechos laborales de los trabajadores, lo cual es de interés para sus socios comerciales en el afán de que nuestro país no compita “deslealmente” por inversiones globales por sus bajos salarios, asociados a un deficiente ejercicio de los derechos laborales.
En el principio del acuerdo logrado por México y Estados Unidos para reformar su relación comercialhace un par de semanas, nuestro país se comprometió a realizar acciones legislativas específicas para garantizar el derecho a la negociación salarial colectiva y aceptó ser sujeto de sanciones en tribunales supranacionales si incumple con este punto.
“Habría que analizar si conviene o no al país el convenio para evitar una sobrerregulación o para aprobar un convenio que, si no se modifican las leyes locales, difícilmente se podría aplicar a cabalidad, la LFT y todos los reglamentos”, afirmó Hernández-Ojeda.
Actualmente, el Convenio 98 ha sido firmado por 164 países de los 187 que forman parte de la OIT. En diversas oportunidades, el Consejo Coordinador Empresarial se ha mostrado reacio a respaldar que México firme este protocolo, porque en su opinón,  permitiría que sindicatos sin representatividad entre los trabajadores interfieran en la administración de las empresas.
En un encuentro con la próxima secretaria de Trabajo, Luisa Alcalde, varios abogados y especialistas laborales le solicitaron que se realice un foro en donde se analice la iniciativa de incorporar a México a dicho acuerdo.

empresas@eleconomista.mx
https://www.eleconomista.com.mx/gestion/Convenio-98-de-la-OIT-sobre-negociacion-colectiva-requiere-debate-amplio-analistas-20180912-0023.html

Petición al Senado: ratificar el Convenio 98 OIT


Arturo Alcalde Justiniani
El triunfo popular de julio pasado abre posibilidades para lograr cambios en la agenda nacional, no sólo en el ámbito del Poder Ejecutivo Federal; es extensivo a los distintos niveles de gobierno y de manera particular al Poder Legislativo.
El Congreso de la Unión inicia hoy una nueva etapa de trabajo. Se cierne sobre su quehacer muchas expectativas que buscan ser atendidas. La lluvia de peticiones es amplia y buena parte de ellas no pueden esperar. Una de esas decisiones está relacionada con un tema clave para reconstruir el mundo del trabajo: se trata de la ratificación por parte del Senado de la República del Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), relativo a la libertad sindical y al fortalecimiento de la contratación colectiva.
El convenio 98 forma parte de los cinco convenios fundamentales de la OIT, referidos a la eliminación del trabajo forzoso, la abolición del trabajo infantil, la prohibición de la discriminación en materia de empleo y ocupación y a la libertad de asociación. El convenio 98 tiene la tarea específica de impulsar la negociación colectiva y es hermano complementario del convenio 87. Ambos datan de siete décadas atrás, sin embargo, nuestro gobierno sólo ratificó el 87 y por lo que se refiere al 98 el Senado ha suspendido su ratificación por los intereses del añejo corporativismo y la intención de mantener los contratos colectivos de protección patronal firmados a espaldas de los trabajadores.
Finalmente, en diciembre de 2015, el presidente Enrique Peña Nieto decidió firmar el convenio 98. Su aceptación fue ampliamente celebrada ya que colocaba a México, al menos en el plano legal, en la ruta de otros países democráticos del mundo. En la actualidad lo han firmado ya 164 países de los 187 que forman parte de esta organización internacional.
En un momento se pensó que la ratificación por parte del Senado, condición constitucional para que tenga plena vigencia, sería inmediata, sin embargo, la gestión de un grupo de abogados beneficiarios de los contratos de protección patronal, temerosos de que el fortalecimiento de la negociación colectiva auténtica pusiera en riesgo su negocio, lograron retrasar esta ratificación. Argumentaron con falsedad que ratificarlo podría alterar ¨la paz social¨, ya que al suprimirse los controles a la negociación colectiva se facilitaría la multiplicación de sindicatos. Ninguno de sus argumentos encuentran sustento en el texto del convenio ni en las interpretaciones que la OIT ha llevado a cabo sobre el mismo.
En los cuatro artículos básicos del convenio 98 se plantea en esencia proteger la negociación colectiva frente a todo acto de discriminación tendiente a controlar la libertad sindical, a garantizar la vigencia de este derecho frente a los intentos de controlarlo por parte de los patrones y los gobiernos. Se señala que deberán crearse mecanismos adecuados para que este derecho sea respetado y en particular se hace referencia al fomento de un plan de desarrollo para impulsar la negociación colectiva ya que es el instrumento fundamental por medio del cual patrones y trabajadores dialogan y acuerdan sobre las condiciones de trabajo en una lógica de beneficio mutuo.
Este histórico Senado tiene ahora en sus manos la posibilidad de concluir este proceso de ratificación por las múltiples razones que justifican esta añeja petición. Entre ellas tres: la primera, es su congruencia e íntima vinculación con la reforma al artículo 123 de nuestra Carta Magna de febrero de 2017, en donde se elevó a rango constitucional la negociación colectiva y se establecieron reglas para su fortalecimiento, entre ellas, que su creación inicial o firma debería ser apoyada por los trabajadores mediante el voto personal, libre y secreto. La segunda razón encuentra su justificación en los beneficios del diálogo entre trabajadores y empleadores; nada mejor que la información recíproca, compartir objetivos comunes y compromisos y convenir sobre las reglas de trabajo necesarias para unos y otros. Por ello es la institución central en el derecho laboral. La tercer razón es consecuencia de los compromisos contraídos con la comunidad internacional, tanto con la OIT como en los diversos convenios y tratados de derechos humanos y más recientemente en el Capítulo Laboral de la nueva versión del TLCAN, que contiene el compromiso de nuestro país de garantizar la libertad sindical y la negociación colectiva auténtica.
Confiamos plenamente en que el nuevo Senado de la República, ajeno a ataduras corporativas e intereses malsanos, culmine esta ratificación largamente esperada.
Pd. Es de reconocer la apertura y sensibilidad de Claudia Sheinbaum próxima jefa de Gobierno de Ciudad de México al mantener la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo. Su decisión después de escuchar a distintos sectores da muestra de la política de diálogo que tanto necesitamos.

https://www.jornada.com.mx/2018/09/01/opinion/015a2pol

Obligaría el TLC a abrir sindicatos


En las leyes secundarias se establece la eliminación de juntas locales de conciliación y arbitraje para dar lugar a los tribunales laborales. Foto: Miguel Fuantos
Karla Omaña
Cd. de México  (29 agosto 2018).– El capítulo laboral convenido en la renegociación del acuerdo bilateral, entre México con Estados Unidos, obligaría al País a cumplir con los compromisos firmados con la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en materia de libertad de asociación sindical y justicia laboral.
«El capítulo laboral incluye un anexo sobre la representación de los trabajadores en la negociación colectiva en México, en virtud del cual México se compromete a adoptar medidas legislativas específicas para prever el reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva«, señala el documento de la Oficina de Representación Comercial de EU (USTR, por sus siglas en inglés).
Se trata del cumplimiento del convenio 98 de la OIT, previsto en el artículo 395 de la Ley Federal del Trabajo, donde se terminaría con los contratos colectivos de protección, lo que significa abrir los contratos colectivos y el registro de sindicatos para que los trabajadores puedan decidir libremente en cuál sindicato quieren estar.
«Mediante los contratos colectivos de protección lo que se hace es evitar una negociación colectiva verdadera, los trabajadores se ven obligados a pertenecer a un sindicato y se les impide que puedan elegir» , dijo de Óscar De Buen, experto en materia laboral.
Además, estos contratos impiden la negociación colectiva, ya que se abaratan las condiciones de trabajo en el mercado laboral mexicano, por lo que Estados Unidos queda en un escenario de competitividad desfavorable, de acuerdo con el experto.
Con esta medida, establecida ahora entre ambos países, se garantizará la protección de los trabajadores a la libre afiliación sindical, sin condicionar el empleo del trabajador a la afiliación a un sindicato o que se deje der ser miembro de alguno.
El cumplimiento de este convenio ya estaba previsto en las leyes secundarias de la reforma laboral, las cuales se aprobarían en febrero pasado, sin embargo, legisladores se opusieron a su discusión.
En las leyes secundarias se establece la eliminación de juntas locales de conciliación y arbitraje para dar lugar a los tribunales laborales, lo cual significa que la justicia laboral pasaría al sector judicial, quitándole a los gobernadores el control de estos acuerdos.
«Es un convenio que obliga al Gobierno a fomentar la negociación colectiva dentro de las empresas y los propios organismos gubernamentales».

https://www.reforma.com/aplicacioneslibre/articulo/default.aspx?id=1477870&md5=ebf8c733b2836010f313675c590da45c&ta=0dfdbac11765226904c16cb9ad1b2efe&lcmd5=b171502eebe27ae3a85a697112a5d44b

Obligaría el TLC a abrir sindicatos


En las leyes secundarias se establece la eliminación de juntas locales de conciliación y arbitraje para dar lugar a los tribunales laborales. Foto: Miguel Fuantos
Karla Omaña
Cd. de México  (29 agosto 2018).- El capítulo laboral convenido en la renegociación del acuerdo bilateral, entre México con Estados Unidos, obligaría al País a cumplir con los compromisos firmados con la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en materia de libertad de asociación sindical y justicia laboral.
«El capítulo laboral incluye un anexo sobre la representación de los trabajadores en la negociación colectiva en México, en virtud del cual México se compromete a adoptar medidas legislativas específicas para prever el reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva«, señala el documento de la Oficina de Representación Comercial de EU (USTR, por sus siglas en inglés).
Se trata del cumplimiento del convenio 98 de la OIT, previsto en el artículo 395 de la Ley Federal del Trabajo, donde se terminaría con los contratos colectivos de protección, lo que significa abrir los contratos colectivos y el registro de sindicatos para que los trabajadores puedan decidir libremente en cuál sindicato quieren estar.
«Mediante los contratos colectivos de protección lo que se hace es evitar una negociación colectiva verdadera, los trabajadores se ven obligados a pertenecer a un sindicato y se les impide que puedan elegir» , dijo de Óscar De Buen, experto en materia laboral.
Además, estos contratos impiden la negociación colectiva, ya que se abaratan las condiciones de trabajo en el mercado laboral mexicano, por lo que Estados Unidos queda en un escenario de competitividad desfavorable, de acuerdo con el experto.
Con esta medida, establecida ahora entre ambos países, se garantizará la protección de los trabajadores a la libre afiliación sindical, sin condicionar el empleo del trabajador a la afiliación a un sindicato o que se deje der ser miembro de alguno.
El cumplimiento de este convenio ya estaba previsto en las leyes secundarias de la reforma laboral, las cuales se aprobarían en febrero pasado, sin embargo, legisladores se opusieron a su discusión.
En las leyes secundarias se establece la eliminación de juntas locales de conciliación y arbitraje para dar lugar a los tribunales laborales, lo cual significa que la justicia laboral pasaría al sector judicial, quitándole a los gobernadores el control de estos acuerdos.
«Es un convenio que obliga al Gobierno a fomentar la negociación colectiva dentro de las empresas y los propios organismos gubernamentales».

https://www.reforma.com/aplicacioneslibre/articulo/default.aspx?id=1477870&md5=ebf8c733b2836010f313675c590da45c&ta=0dfdbac11765226904c16cb9ad1b2efe&lcmd5=b171502eebe27ae3a85a697112a5d44b

Outsourcing será prioridad en nueva agenda laboral


Otros temas de atención serán los contratos de protección y la PTU, afirmaron analistas que han tenido acercamientos con quienes serán las nuevas autoridades laborales en el gobierno de AMLO.
María Del Pilar Martínez
19 de agosto de 2018, 23:23
En los primeros acercamientos que han realizado especialistas laborales con el nuevo gobierno se vislumbra la revisión de tres temas que podrían impactar a las organizaciones. Se trata de la revisión de los contratos de protección, el uso del outsourcing, mismo que ha llevado a la existencia de empresas sin trabajadores, y la Participación de los Trabajadores de las Utilidades (PTU).
Entrevistados por separado, especialistas señalan que “ha existido simulación en las formas de contratación, por varias razones, entre ellas las extorsiones; pero, también el alto porcentaje que se paga a los trabajadores sobre las utilidades, porcentaje que tiene cuatro décadas sin revisarse y que se ubica en 10%, lo que ha provocado que las empresas tengan, ya sea un outsourcing o insourcing, que no es más que otra razón social con la que mantienen la relación laboral con sus trabajadores”, comentó Oscar de la Vega, socio de la firma De la Vega & Martínez.
Al respecto, Arturo Alcalde, representante legal de organizaciones sindicales independientes y miembro del Observatorio para la Reforma Laboral, expuso que se ha utilizado el outsourcing con un abuso que ha llevado a los trabajadores a una precarización en el trabajo, y se refirió al sector financiero, “tenemos ejemplos claros empresas como Bancomer, los grandes bancos, no tienen a ningún trabajador registrado, cómo pueden existir empresas sin trabajadores, eso se debe terminar”, dijo.
De acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía hay en el país 5 millones 664,000 colaboradores que no dependen de la razón social de la empresa para la que trabajan. Cabe destacar que en el país, aun siendo una industria regulada, recibe el impacto de la informalidad en este mercado. De las 900 empresas registradas bajo esta actividad, sólo 100 cuentan con registro ante el IMSS y de éstas 40% paga impuestos.
Sobre el particular, Lorenzo Roel, presidente del Comité Laboral de la Coparmex, dijo que el outsourcing provoca competencia desleal, e hizo también referencia de los Contratos Colectivos de Protección Patronal “se han denostado mucho, pero hay que revisar qué es lo que lo motiva o porqué nacieron, y son mal llamados de protección y más bien son inactivos, y no son para proteger al patrón, si no la fuente de trabajo, por los emplazamientos de extorsión”.
Indicó que no hay que confundir el derecho la sindicación como la obligación a la sindicalización; “es un derecho, no una obligación”, depende de ellos pertenecer o no un sindicato. En el mundo ha ido bajando la representación y representatividad de los sindicatos, “y hay que echarle la culpa a malas prácticas”.
Bajar a la simulación contractual
En las notas de información que abogados laborales entregan a las empresas, reconocen que las políticas que emprenderá el nuevo gobierno serán con reglas “muy estrictas para el registro de contratos colectivos a fin de comprobarse la existencia y la voluntad de los trabajadores para otorgar al sindicato el mandato para la firma de los contratos”, comentó el especialistas Ricardo Martínez.
Asimismo, “se establecerán reglas para que los sindicatos que emplacen a huelga por firma de contrato colectivo acrediten que cuentan con la representación de los trabajadores”. Se espera además que se reforme la ley para que los estatutos de los sindicatos establezcan elecciones para sus dirigentes bajo los principios de voto directo, individual y secreto.
Lo anterior considerando que la mayoría en ambas cámaras “contará con los votos suficientes para llevar a cabo los cambios necesarios en materia laboral, incluidas las leyes secundarias que se encuentran en análisis en el Senado”.

pmartinez@eleconomista.com.mx
https://www.eleconomista.com.mx/empresas/Outsourcing-sera-prioridad-en-nueva-agenda-laboral-20180819-0089.html

Reforma laboral aprobada en 2012 «incumplió» con los objetivos planteados: expertos


Pocos avances en el mercado de trabajo; impostergable impulsar la reforma laboral
La reforma laboral aprobada en 2012 “incumplió” con los objetivos planteados, pues lejos de reducir la precariedad en el empleo, así como la informalidad y disminuir la duración de los juicios laborales, las cifras muestran un escenario negativo.
María Del Pilar Martínez
16 de agosto de 2018, 15:20
La reforma laboral aprobada en 2012“incumplió” con los objetivos planteados, pues lejos de reducir la precariedad en el empleo, así como la informalidad y disminuir la duración de los juicios laborales, las cifras muestran un escenario negativo en donde, incluso, organismos internacionales evalúan a México como el país de menor calidad en el empleo.
Reunidos en el Senado de la República, expertos en materia laboral expusieron los pendientes que dejó la reforma aprobada en el arranque de la presente administración y platearon los retos que debería enfrentar el nuevo gobiernoal dar cumplimiento a la aplicación de las leyes reglamentarias que se encuentran en proceso de análisis -con cuatro iniciativas- en el Senado de la República.
David Kaplan, especialista Sénior en la División de Mercados Laborales y Seguridad Social del Banco Interamericano de Desarrollo, dijo que en diversas mediciones se ven los pocos avances que se tienen en el mercado laboral; “reducir tres puntos porcentuales la informalidad es poco, tenemos que aspirar a algo más ambicioso”, y mucho de ello se explica también porque no hay atracción a la formalidad, ya sea para el empleador o para el trabajador; e incluso “la mayoría de los sindicatos son de protección patronal”.
Añadió que está comprobado que el avance de la productividad se da en mayor medida en las organizaciones que tienen trabajadores subordinados, por lo que para ello se requiere ofrecer buenos salarios y seguridad social.
En su momento, Arturo Alcalde Justiniani, abogado laboral y asesor sindical, comentó que hay un difícil panorama, pues hay 60% de informalidad, la mayoría con ingreso de 1 a 3 salarios mínimos y 92% de los contratos colectivos son de protección patronal.

https://www.eleconomista.com.mx/empresas/Reforma-laboral-aprobada-en-2012-incumplio-con-los-objetivos-planteados-expertos–20180816-0072.html