Cómo verificar que quién dice ser inspector laboral realmente lo sea

La STPS a través de la realización de inspecciones de trabajo verifica que los patrones cumplan con las normas laborales (art. 540, LFT).

Es común que los empresarios objeto de estas inspecciones se pregunte si las personas que se presentan en su puerta realmente son funcionarios públicos autorizados para llevar a cabo dichas diligencias.

Al inicio de este tipo de visitas, el inspector del trabajo de que se trate debe exhibir su credencial vigente, expedida por la autoridad competente que lo acredite para desempeñar sus funciones, la cual debe contener clara y visiblemente, la leyenda: “Esta credencial no autoriza a su portador a realizar Inspección alguna, sin la orden correspondiente” (art. 29, último párrafo, Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones).

De dicho documento, los empresarios pueden verificar que la fotografía coincida con los rasgos físicos del inspector, su vigencia, el número de la credencial y la firma.

Por otro lado, las autoridades laborales, a fin de brindar certeza y legalidad de quienes realizan las inspecciones en los centros de trabajo, tienen implementados mecanismos para que se confirme si realmente se trata de un inspector laboral, por ejemplo:

  • la STPS habilitó el portal “Conoce a tu inspector” en el cual se puede obtener la información por nombre o número de credencial del funcionario, desde su adscripción hasta la última inspección realizada; asimismo, se puede corroborar la orden de inspección asignada, y
  • en la CDMX, la Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo, tiene a disposición el teléfono 5550380200, extensiones 4053, 4054 o 4050, y el correo electrónico denuncias.inspeccion@cdmx.gob.mx.
    Además, en esta página se encuentra el listado de los inspectores adscritos a dicha dependencia

Con lo anterior, se dan más herramientas para evitar que falsos funcionarios acudan al domicilio de los particulares e intenten cometer delitos en su contra.

Para conocer qué papeles deben tener listos las empresas en una revisión laboral, le recomendamos la lectura del tema “Documentación indispensable ante inspección de trabajo”, disponible en la revista digital número 528, del 15 de marzo de 2023.

Por: Idc online

Fuente: https://idconline.mx/laboral/2023/03/09/como-verificar-que-quien-dice-ser-inspector-laboral-realmente-lo-sea

 

Aprueban multas de hasta 260,000 pesos para empresas que paguen menos a las mujeres

La Cámara de Diputados dio luz verde a una reforma a la LFT para garantizar que mujeres y hombres ganen lo mismo por el mismo trabajo, pero no consideró dentro de estos cambios el proyecto avalado desde 2021 por el Senado para abatir de manera amplia la brecha salarial de género en empresas y gobierno.

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad reformar la Ley Federal del Trabajo (LFT) para garantizar la igualdad salarial entre hombres y mujeres. Las empresas que la incumplan pagarán una multa de entre 50 a 2,500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir, de entre 5,187 y 259,350 pesos.

El dictamen de la Comisión del Trabajo y Previsión Social no incluyó una minuta del Senado sobre el mismo tema, pero que más profunda y amplia, pues incluye cambios a 14 leyes para garantizar la igualdad salarial por cuestión de género en los sectores público y privado. Tampoco incorporó otras propuestas que aludían a las mujeres deportistas y a los contratos colectivos.

“En México tenemos una condición verdaderamente grave e inaceptable. El Instituto Nacional de las Mujeres señala que las mujeres ganan 32% menos que los hombres”, señaló la diputada Amalia García (PRI).

Una de las modificaciones aprobadas por el pleno fue al artículo 86 de la LFT, el cual ya indica que a trabajo igual corresponde salario igual. Las diputadas y los diputados le agregaron un párrafo que dice: “Los patrones garantizarán la igualdad sustantiva y la no discriminación motivada por el género”.

En tanto, en el artículo 132 del marco legal, espacio en donde se señalan las obligaciones de las empresas, agregaron una más: “Fomentar la igualdad sustantiva entre hombres y mujeres mediante el pago del salario igual por trabajo igual”.

También establecieron la prohibición a despedir o coaccionar a la renuncia por razones de origen étnico, género, edad, discapacidad y condiciones de salud, entre otras. Ese impedimento se integró a la fracción I del artículo 133, el cual actualmente señala que las empresas no pueden rechazar a las personas trabajadoras por los anteriores motivos.

El dictamen agrega además otra prohibición dentro del artículo 133 con consecuencias económicas para las empresas que incumplan la nueva ordenanza. Una nueva fracción, la XVIII, establece que los centros laborales no podrán violar la igualdad sustantiva.

La reforma fue enviada a la Cámara Alta para su revisión.

Reforma laboral sin dientes

El Senado aprobó en 2021 un paquete de reformas a la LFT y a otras leyes para garantizar la igualdad salarial entre hombres y mujeres. La minuta fue remitida a San Lázaro también para su revisión, pero sigue congelada en la Comisión del Trabajo y Previsión Social.

De esta manera, los cambios legales para que las mujeres tengan mayor garantía de obtener salarios justos son hasta el momento sólo buenas intenciones en el papel, no son reformas aplicables todavía.

El proyecto avalado por las senadoras y los senadores obliga a las empresas a identificar y hacer del conocimiento de las autoridades las acciones que afecten el principio de igualdad salarial.

También ordena que para eliminar la brecha de género, las empresas, instituciones públicas y sociales deberán tramitar el Certificado de Igualdad Laboral de Género y No Discriminación y acreditar que cuentan con prácticas que favorezcan el desarrollo integral de todas las personas trabajadoras.

Esta minuta modifica 14 leyes y señala como violencia laboral preguntar el historial salarial en el proceso de contratación o de la relación laboral.

Durante la discusión en el pleno, la diputada Amalia García (MC) lamentó que la minuta del Senado no haya sido integrada al proyecto de la Comisión de Trabajo porque, al igual que su iniciativa, le pone “dientes a la reforma”.

Las deportistas sí pueden ganar menos

En tanto, la Comisión del Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados rechazó incluir en el dictamen aprobado este jueves una propuesta para incluir en el artículo 294 de la LFT que “las y los deportistas profesionales deberán recibir un salario justo y acorde con la realidad económica que se vive en los deportes”.

En 2017, la Liga MX Femenil estableció un tope salarial de 2,000 pesos al mes para las futbolistas de más de 23 años, y de 500 pesos para las menores de esa edad. Si bien los dueños de la liga tuvieron que eliminar dicho tabulador, la mayoría sigue ganando salarios bajos, de acuerdo con la comunicadora y académica Adrianelly Hernández.

Sin embargo, la comisión consideró que la propuesta se contraponía con el artículo 297 de la LFT, el cual establece que en los eventos o funciones deportivas sí se pueden pagar salarios distintos por trabajos iguales.

Tampoco admitieron una propuesta para que el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) verifique los contratos colectivos de trabajo (CCT) y reglamentos interiores “contemplen medidas objetivas para eliminar la brecha salarial de género”.

Desecharon también una iniciativa para obligar a una coordinación entre la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para velar por el pago salarial igualitario hacia hombres y mujeres en las empresas.

¿Cuál es el salario mínimo de las trabajadoras del hogar en México 2023?

Las labores realizadas por las trabajadoras del hogar han sido, con el paso del tiempo, una de las más invisibilizadas y menos valoradas en todos los ámbitos del mundo laboral. Sin embargo, los trabajos domésticos y de cuidados, al igual que cualquier empleo, merecen condiciones favorables y una retribución económica justa.

Si tú, o alguna persona cercana a ti se dedican a ello, es muy importante que conozcan lo estipulado por la Ley Federal del Trabajo (LFT) en la materia, pues, desde 2019, se incorporaron, en el capítulo XIII, los lineamientos para garantizar un trabajo digno a este sector.

A continuación, te dejamos los datos más relevantes para que los consultes y hagas valer tus derechos laborales.

¿Cuánto debe ganar una trabajadora del hogar en el 2023?

La retribución salarial a las trabajadoras del hogar se determina bajo el esquema de salarios mínimos profesionales, el cual contempla a otras 60 actividades laborales. Con la entrada en vigor de los incrementos del 2023, las trabajadoras del hogar pasaron a recibir un salario mínimo de $312.41 en la Zona Libre de la Frontera Norte y de $225.50 diarios en el resto del país.

¿Qué es una trabajadora del hogar?

Una persona trabajadora del hogar es aquella que realiza actividades de cuidados, aseo, asistencia o cualquier otra actividad inherente al hogar”. Esto implica que, dentro de este sector, se agrupan no sólo las mujeres que se dedican a realizar labores de limpieza en uno o diversos hogares, sino también las que prodigan labores de asistencia, como las cuidadoras personales de adultos mayores, enfermos, o infancias, por ejemplo.

Al respecto, cabe destacar que estas labores, de acuerdo con la LFT, se reconocen como trabajo del hogar siempre y cuando se realicen de manera remunerada, es decir, en el marco de una relación laboral, y la realización de estas tareas no impliquen para el empleador algún beneficio económico directo conforme a las horas trabajadas o jornadas establecidas en la ley.

De esta manera, no se consideran como personas trabajadoras del hogar a quienes:

Realicen estas tareas de forma ocasional o esporádica.
Presten servicios de aseo, asistencia o atención de clientes en establecimientos como hoteles, restaurantes, fondas, bares, hospitales, colegios, etcétera.
¿A qué prestaciones tienen derecho las trabajadoras del hogar?

Las personas trabajadoras del hogar están comprendidas en el régimen obligatorio de seguro social y tienen derecho a recibir las siguientes prestaciones:

Vacaciones.
Prima vacacional.
Pago de días de descanso.
Seguridad social.
Aguinaldo.
Debido a que estas son las prestaciones mínimas y obligatorias que se le deben garantizar a las personas trabajadoras del hogar, de manera adicional, puede agregarse cualquier otra que sea pactada por las partes.

¿Cuáles tipos de trabajo del hogar existen?

De acuerdo con la ley, se reconocen como trabajadoras del hogar las personas que se dediquen a la realización de las labores antes mencionadas en cualquiera las siguientes modalidades:

Personas trabajadoras del hogar que trabajan para una persona empleadora y residen en el domicilio donde realizan sus actividades.
Personas trabajadoras del hogar que trabajan para una persona empleadora y no residen en el domicilio donde realizan sus actividades.
Personas trabajadoras del hogar que trabajan para diferentes personas empleadoras y no residen en el domicilio de ninguna de ellas.
Sin embargo, está prohibido que para realizar estas labores, en cualquiera de estas tres modalidades, se contrate a menores de 15 años de edad.

¿Cuáles son los requisitos que se deben cumplir para contratar trabajadoras del hogar?

Para la contratación de una adolescente mayor de 15 años con el objeto de realizar trabajos del hogar, el patrón deberá:

Solicitar un certificado médico expedido por una institución pública de salud, por lo menos, dos veces al año (sin embargo, está prohibido solicitar constancias o pruebas de no gravidez).
Fijar jornadas laborales que no superen las 6 horas diarias y 36 horas semanales de trabajo.
Evitar contratar adolescentes mayores de 15 años que no hayan concluido, como mínimo, la secundaria. En caso de hacerlo, es obligación del patrón encargarse de que la concluya.
Por otra parte, todas las condiciones deben fijarse con un contrato por escrito que incluya, como mínimo, los siguientes datos.

Nombre completo del empleador y de la persona trabajadora del hogar.
Dirección del lugar de trabajo.
Fecha de inicio del contrato y, en su caso, su duración.
Tipo de trabajo a realizar.
Cantidad de la remuneración, cálculo de la misma y periodicidad de los pagos.
Horas de trabajo.
Vacaciones anuales pagadas y periodos de descanso diario y semanal.
Suministro de alimentos, en todos los casos, y alojamiento, cuando corresponda.
Condiciones relativas a la terminación de la relación de trabajo.
Herramientas de trabajo que deberán ser brindadas por el empleador.
Adicionalmente, en caso de que se requiera que la persona trabajadora del hogar utilice uniforme o ropa de trabajo, el costo de la misma deberá ser cubierto por la parte empleadora.

¿Cuándo es el Día de las Trabajadoras del Hogar?

El 30 de marzo se instituyó como la fecha para conmemorar el Día Internacional de las Trabajadoras del Hogar en honor al primer Congreso de Trabajadoras del Hogar que tuvo lugar en Bogotá, Colombia, en 1988. Así, desde hace casi 35 años, esta fecha ha servido como una plataforma para exigir y reivindicar los derechos de este sector compuesto, en su mayoría, por mujeres.

Así que, ya lo sabes. Ahora que cuenta con esta información, puedes exigir a tu empleador el cumplimiento de todas las condiciones que te corresponden para garantizarte un trabajo digno. /// Data Noticias

Por: El Pulso Laboral

Fuente: https://elpulsolaboral.com.mx/mercado-laboral/29466/cual-es-el-salario-minimo-de-las-trabajadoras-del-hogar-en-mexico-2023

Reiniciarán rescate de mineros atrapados en Pasta de Conchos en abril

La titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), Luisa María Alcalde Luján aseguró que no se dará marcha atrás en el rescate de los cuerpos de los trabajadores atrapados en la mina de Pasta de Conchos, en Coahuila.

“Queremos recuperar el tiempo perdido y materializar el rescate. El presidente Andrés Manuel López Obrador se comprometió. No cesará y se llevará a cabo en el presente sexenio”, expresó Alcalde Luján en conferencia de prensa.

A la responsable de la política laboral, acompañaron en esa visita de trabajo, el director general de la Comisión Federal de Electricidad, Manuel Bartlett Díaz y Laura Velázquez, coordinadora nacional de Protección Civil.

“Venimos por instrucción del Presidente, convocamos a la comunidad a participar para hacer realidad el rescate de los mineros atrapados», agregó la secretaria.

La Comisión Federal de Electricidad (CFE), sostendrá reuniones quincenales con los deudos para mantenerlos informados sobre los avances y, de manera paralela, se incorporará una Mesa Técnica con profesionistas que reconozca la comunidad, se comprometió Bartlett Díaz.

El ingeniero César Fuentes, de la CFE, en presencia de las familias, anunció las fechas tentativas para reiniciar los trabajos de rescate.

“Las lumbreras se retomarán el 14 de abril y la construcción de túneles, el primero de mayo”, adelantó.

De acuerdo al informe de avances sobre el estatus del rescate de Febrero reciente, la CFE estima que “el inicio de la segunda etapa de las actividades de rescate será a finales de marzo de 2023, para cumplir con el objetivo de llegar a los puntos donde se encontraban los mineros según las bitácoras, en el primer cuatrimestre de 2024”.

Por: La Prensa

Fuente: https://www.la-prensa.com.mx/mexico/sociedad/reiniciaran-rescate-de-mineros-atrapados-en-pasta-de-conchos-en-abril-9740706.html

Nacional 9M Día sin mujeres: ¿Te pueden descontar de tu salario o despedir si faltas al trabajo?

La Ley Federal del Trabajo explica si un patrón o una empresa puede despedir o descontar el salario de las personas que participen en el paro del 9M Un día sin mujeres.

¿Quieres participar en el paro Un día sin mujeres 2023? Toma nota. Aquí te vamos a explicar si te pueden despedir o descontar de tu salario si no acudes a tu trabajo.

Este jueves es el 9 de marzo o 9M, Un día sin mujeres. Se trata de una convocatoria para que ellas realicen un paro de labores —lo cual no significa un asueto o feriado— luego de la conmemoración del 8 de Marzo, Día Internacional de la Mujer.

Entre los objetivos de la convocatoria Un día sin nosotras están el rechazo a la violencia machista y las brechas de género.

Desde su primera conmemoración, realizada en 2020, el lema del Día sin mujeres ha sido: “El nueve ninguna se mueve”, con lo que se busca que ellas no asistan a actividades laborales o escolares, así como evitar, en la medida de lo posible, la compra de productos con el fin de que se note su ausencia.

De acuerdo con estimaciones de BBVA, el impacto estimado por el paro del 9M podría ser de 34 mil 571 millones de pesos. De ese total,  23 mil 200 millones de pesos corresponden a actividades económicas remuneradas, mientras que el resto es por trabajo no remunerado, es decir, labores domésticas y de cuidados.

¿Te pueden despedir por participar en el paro Un día sin mujeres 2023?

Empecemos por lo básico. Tu decisión de ser parte del paro del 9M puede tener consecuencias simples o mayores, dependiendo tu situación laboral.

De acuerdo con el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, una de las causas por las que el patrón puede rescindir el contrato sin incurrir en responsabilidad es cuando un trabajador acumula tres faltas sin permiso o sin causa justificada en un periodo de 30 días.

Lo que explica la Ley es que un patrón no puede despedir a una empleada que participe en Un día sin mujeres 2023, siempre y cuando ella no tenga dos o más faltas en menos del periodo de 30 días.

Aunque hay empresas que se han sumado a la iniciativa del paro del 9M, se recomienda avisar a tu jefe, empresa o institución en la que trabajas que no te presentarás el 9 de marzo.

Durante la plática, se sugiere exponer los motivos por los que piensas unirte al paro Un día sin mujeres 2023. Incluso, en caso de que varias mujeres deseen unirse, pueden platicarlo al mismo tiempo.

Al final, aunque tu empresa no esté de acuerdo, solo se tomará como una falta injustificada y, repetimos, no es motivo de despido.

Sin embargo, eso nos lleva de inmediato a la siguiente pregunta.

¿Te pueden descontar el día por participar en el paro del 9M?

No acudir a tus labores este jueves 9 de marzo para ser parte de Un día sin mujeres 2023 sí se puede considerar como una falta injustificada, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo.

Las faltas injustificadas se pueden descontar del salario de un trabajador, siempre y cuando se realicen bajo los términos que la ley predispone.

¿Cómo unirte al paro sin faltar a tus actividades?

Si deseas ser parte de la protesta Un día sin mujeres 2023, pero no quieres faltar a tu trabajo o correr el riesgo de que te descuenten una parte de tu salario, toma en cuenta las siguientes ideas:

  • Porta una prenda en señal de protesta.
  • Acuerda con tus compañeras una hora y lugar para realizar un acto simbólico.
  • Promueve las razones por las que se realiza el paro Un día sin mujeres.

También es importante que si conoces o sabes de una mujer que decide no formar parte del paro de mujeres, respetes su decisión.

¿En qué condiciones de participación laboral viven las mujeres en México?

Cifras de la organización México ¿Cómo vamos? establecen que la participación laboral de las mujeres en México no sólo se encuentra por debajo del nivel mundial, sino que es una de las más bajas en el continente americano, con 45.1 por ciento.

Los estados con la menor participación laboral de mujeres son Chiapas, con 34.5 por ciento; Veracruz, con 36.1 por ciento y Tabasco, con 39por ciento.

En contraparte, las entidades con mayor participación laboral de mujeres son:

  • Baja California Sur, con 55.8por ciento
  • Colima, con 54.2por ciento
  • Nayarit, con 52.7por ciento
  • Yucatán, con 51.8por ciento, y
  • Ciudad de México, con 50.4por ciento.

Por: El Financiero

Fuente: https://www.elfinanciero.com.mx/nacional/2023/03/08/9m-dia-sin-mujeres-te-pueden-descontar-de-tu-salario-o-despedir-si-faltas-al-trabajo/

Promueven reformas para impulsar mayor participación laboral de mujeres y personas jóvenes

Con 101 votos a favor, el Pleno del Senado aprobó un dictamen que plantea que el Comité Nacional de Productividad impulse la participación laboral de las mujeres y personas jóvenes, en términos del Programa Especial para la Productividad y la Competitividad.

La reforma a los artículos 11 y 12 de la Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional, también busca que los sectores económicos y regiones específicas del territorio nacional, utilicen un enfoque de derechos humanos, de género, de interseccionalidad e interculturalidad, para comprender la diversidad de realidades de las poblaciones y espacios en el país.

De acuerdo con información aportada por el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO), el aumento laboral de las mujeres ha sido muy lento, pues a pesar de que en 2022 la mayoría de la generación de empleos fue en beneficio de las mujeres, esta población solo representa el 39.9 por ciento de la población ocupada, mientras que la población masculina representa el 60.1 por ciento restante.

Puntualiza que las mujeres aún enfrentan una serie de obstáculos dentro y fuera del mercado laboral, que impiden acceder a este, como desigualdad salarial, acoso y hostigamiento laboral, y diversas dificultades para empatar sus actividades de cuidado, así como la inseguridad que afecta especialmente a esta población, la violencia contra las mujeres, el acceso a la educación, entre otros.

La presidenta de la Comisión Para la Igualdad de Género, Martha Lucía Micher Camarena, aseguró que es fundamental impulsar el incremento sostenido de la productividad y la competitividad de la economía nacional, con un enfoque de género, derechos humanos, interseccionalidad e interculturalidad.

Por su parte, el presidente de la Comisión de Estudios Legislativos Segunda, Rafael Espino de la Peña, dijo que con esta reforma el Comité Nacional de Productividad promoverá la participación laboral de las mujeres, además de que se homologan las denominaciones para utilizar un lenguaje inclusivo, que ayude a mejorar la forma en que se dirigen las personas entre sí.

El dictamen fue enviado a la Cámara de Diputados.
AM.MX/fm

Por: Almomento.mx

Fuente: https://almomento.mx/promueven-reformas-para-impulsar-mayor-participacion-laboral-de-mujeres-y-personas-jovenes/

T-MEC: ¿Quiénes protagonizan la séptima queja laboral?

El Comité Inter-Agencia Laboral de EU recibió una queja contra la empresa del sector automotriz, Unique Fabricating, en Santiago de Querétaro por negarse a otorgar el derecho de libre asociación y negociación colectiva.

La organización sindical que interpuso la séptima queja laboral ante el gobierno de Estados Unidos es el Sindicato Industrial de Trabajadores de la Transformación, Construcción Automotriz Agropecuaria, Plásticos y de la Industria en General, del Comercio y Servicios, Similares, Anexos y Conexos del Estado de Querétaro “Ángel Castillo Reséndiz”; que busca representar a los trabajadores de la empresa del sector automotriz, Unique Fabricating en Santiago de Querétaro.

Ayer el gobierno de EU solicitó a México iniciar una investigación en dicha planta debido a una presunta negación de los derechos de libre asociación y negociación colectiva, anunció la oficina de la Representación Comercial de Estados Unidos (USTR, por su sigla en inglés).

La firma del contrato actualmente la tiene el Sindicato Nacional Presidente Adolfo López Mateos de Trabajadores y Empleados del Comercio en General y Escuelas Particulares, Similares y Conexos de la República Mexicana; afiliado a la Federación Autónoma del Sindicalismo Independiente en México (FASIM) y, según la información difundida, recibe beneficios de parte de la empresa.

El pasado 2 de febrero, el Comité Inter-Agencia Laboral de EU (ILC por sus siglas en inglés) recibió una petición del Mecanismo de Respuesta Rápida en la que denuncia que la empresa que fabrica componentes automotrices se ha negado a otorgar el derecho de libre asociación y negociación colectiva.

En la queja el sindicato, que representa el abogado Humberto Huitrón, destaca que se les ha impedido llevar a cabo actividades de orientación laboral y defensa de los derechos humanos laborales.

De acuerdo con la queja destaca que México tiene 10 días para admitir la queja, y en caso de nuestro país admita que Unique Fabricating ha negado los derechos laborales de los trabajadores, debe presentar una propuesta para remediar la situación dentro de 45 días, una vez admitida la queja.

Asimismo, destaca que durante 30 el ILC realizó trabajos de investigación para admitir la queja interpuesta por los trabajadores.

Por: María Del Pilar Martínez / El Economista

Fuente: https://www.eleconomista.com.mx/empresas/T-MEC-Quienes-protagonizan-la-septima-queja-laboral-20230307-0093.html

STPS aprueba versión final de NOM de Teletrabajo, éstos son los principales cambios

El equipo que colaboró en el diseño de la NOM-037 validó los cambios al borrador publicado en julio. En el nuevo esquema destaca el rol activo de las comisiones de seguridad e higiene de las empresas en la supervisión de esta modalidad y mayor flexibilidad para que los empleados propongan el lugar donde desean trabajar.

Las autoridades laborales tienen lista la Norma de Teletrabajo (NOM-037) que regulará esta modalidad de empleo en el país. El Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo aprobó el viernes pasado los cambios al proyecto publicado en julio del año pasado tras el periodo de consulta pública al que fue sometido.

Entre las adecuaciones que avaló el grupo de trabajo que colaboró con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) en el diseño de la norma, destacan:

  • La Comisión de Seguridad e Higiene de las empresas adquiere un rol más activo al ser la encargada de verificar que el aspirante o teletrabajador cuenta con las condiciones adecuadas para esta modalidad.
  • Se reconoce que los empleados pueden proponer los lugares donde teletrabajará y convenirlos con el empleador, siempre y cuando sean espacios fijos y cuenten con condiciones básicas.
  • Se establece la obligación de contar con una segunda lista de verificación para aplicarla periódicamente y garantizar la continuidad de las condiciones de salud y seguridad en las que se realiza el teletrabajo.
  • Se amplian las medidas para prevenir riesgos psicosociales en la modalidad incorporando pausas y tiempos de descanso durante la jornada laboral.
  • Dentro de las medidas de perspectiva de género, se anexa en la política de teletrabajo como elemento básico que las mujeres cuenten con tiempo para la lactancia.
  • Se incorpora en las obligaciones patronales garantizar la confidencialidad de la lista de las personas trabajadoras que estarán bajo la modalidad de trabajo remoto.
  • Se mantiene la obligación del trabajador de informar con antelación al empleador sobre cualquier cambio de domicilio temporal o permanente al espacio de trabajo acordado, pero ahora se establecen los elementos básicos del escrito: “Fecha de elaboración; el nombre de la persona trabajadora en la modalidad de Teletrabajo que elabora el escrito; la fecha de ocurrencia, y la descripción del cambio de domicilio”.
  • Se amplía el concepto de accidente de trabajo para incluir aquellos que se produzcan durante los trayectos a/entre los espacios acordados o al centro laboral durante o con motivo del trabajo.

La NOM-037 conservará el mecanismo de verificación para corroborar las condiciones de seguridad y salud del espacio donde se realizará el trabajo remoto, así como la obligación de los empleadores de contar con una política de teletrabajo. Aunque las modificaciones flexibilizan la implementación al cambiar conceptos y la redacción de algunos puntos.

La NOM de Teletrabajo es el instrumento que regulará las condiciones de seguridad y salud laborales en esta modalidad de empleo, su objetivo es evitar enfermedades y accidentes entre las personas que realizan sus actividades bajo esta figura.

“Se contemplaron las condiciones elementales y las medidas específicas de prevención que deberán adoptarse en los lugares de trabajo que determinen de común acuerdo los patrones y las personas teletrabajadoras, ello con el fin de prevenir eventos que pongan en peligro su integridad física, su vida y su salud a través de una normatividad en materia de seguridad y salud en el trabajo acorde con los avances tecnológicos y con enfoque preventivo de las enfermedades laborales y accidentes de trabajo”, señaló la STPS en el proyecto que sometió a consulta pública en julio del año pasado.

La versión final de la NOM-037 mantiene la posibilidad de que la Comisión de Seguridad e Higiene realice una visita al espacio de trabajo propuesto por el trabajador para verificar las condiciones, siempre que se cuente con el consentimiento del empleado. De lo contrario, se tendrá como alternativa la autoevaluación que puede hacer el trabajador remoto.

La ruta de la NOM-037

El Congreso de la Unión reformó la Ley Federal del Trabajo en diciembre de 2020 para reconocer esta modalidad de empleo y definir obligaciones de las empresas y los empleados; el decreto correspondiente fue promulgado en enero de 2021. La reforma fijó un plazo de 180 días para que la STPS elaborara una Norma Oficial Mexicana para regular las condiciones de seguridad y salud en esta figura.

En colaboración con especialistas, representantes de cámaras empresariales y sindicatos, la autoridad laboral desarrolló el proyecto que sometió a consulta pública a partir de 15 de julio del 2022 tras su publicación en el Diario Oficial de la Federación, proceso en el que la STPS recibió observaciones y recomendaciones de diferentes organizaciones.

Omar Nacib Estefan Fuentes, director de Previsión Social de la dependencia, explicó en entrevista previa con este medio que las reglas contempladas en el proyecto de NOM no contempla “candados o restricciones que no sean objetivos con los riesgos a los que pueden estar expuestos los trabajadores” bajo esta modalidad de empleo.

La última versión de la NOM-037 aprobada por el comité el viernes 3 de marzo establece que la regulación entrará en vigor después de 180 días naturales de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Por: Gerardo Hernández / El Economista

Fuente: https://www.eleconomista.com.mx/capitalhumano/STPS-aprueba-version-final-de-NOM-de-Teletrabajo-estos-son-los-principales-cambios-20230308-0040.html

Feria Nacional de Empleo de las Mujeres: Fechas y estados donde se realizará en marzo 2023

Si eres mujer y estás buscando trabajo, conoce Feria Nacional de Empleo de las Mujeres: Fechas y estados donde se realizará en marzo 2023, un evento con enfoque de género que se realiza en el marco del Día Internacional de la Mujer que se conmemora el 8 de marzo.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) ha dado a conocer que en total se espera promover 25 mil vacantes en los 60 eventos que se harán en todo el país con 2 mil empresas participantes; esta estrategia está pensada en fomentar la inclusión de todas las mujeres en el trabajo formal y sensibilizar a las empresas para erradicar la discriminación laboral por género.

Fechas y estados:

La STPS ha dado a conocer que además de la Feria Nacional de Empleo de las Mujeres, se realizarán 400 Talleres para Buscadores de Empleo; más de 50 Sesiones de Atención y Talleres para Empleadores; 10 webinars a nivel nacional y un Panel de Especialistas sobre políticas de inclusión laboral en favor de las mujeres.

Se espera que se ofrezcan vacantes con perfil operativo y profesional; si se tiene alguna duda, se puede consultar la página Ferias de Empleo aquí o llamar al teléfono: 800 841 2020; los eventos disponibles en marzo son:

9 de marzo: Morelia, Michoacán, el evento se realizará en la Avenida del Estudiante No. 178; en horario de 9 de la mañana a 3 de la tarde.

10 de marzo: Municipio Benito Juárez, Cancún, Quintana Roo, en horario de 9 de la mañana a 3 de la tarde.

10 de marzo: Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, la feria se instalará en la calle Adolfo López Mateos #91, entre calle Montesol e Ignacio López Rayón, Colonia. El Potrero; en horario de 9 de la mañana a 3 de la tarde.

10 de marzo: La sede es la Costera Miguel Alemán #4455, en Acapulco, Guerrero; el horario será de 9 de la mañana a 6 de la tarde.

10 de marzo: En Hidalgo se realizará en la calle Independencia, en el Municipio de Cuautepec de Hinojosa, Centro; de 9 de la mañana a 4 de la tarde.

10 de marzo: La feria se realizará en el municipio de San Pedro Garza García, en la calle 16 de septiembre No. 10, entre calle Guerrero y calle Benito Juárez, Colonia San Pedro de las Colonias; el horario es de 9 de la mañana a 3 de la tarde.

14 de marzo: En el municipio de Irapuato, Guanajuato.

15 de marzo: En el municipio de Aguascalientes.

16 de marzo: En Tlaquepaque, Jalisco; en horario de atención de 10 de la mañana a 3 de la tarde.

17 de marzo: En el Municipio Altamira, Tamaulipas, la feria estará en la Calle Hidalgo #408; en horario de 9 de la mañana a 2 de la tarde.

18 del mismo: La feria se realizará en Valle de Santiago, Guanajuato; el horario de atención será de 9 de la mañana a 4 de la tarde.

18 de marzo: La feria se hará en Zacatepec, Morelos; el horario es de 9 de la mañana a 2 de la tarde.

22 y 23 de marzo: Municipio de Chihuahua, de 8 de la mañana en adelante.

23 de marzo: La feria será en Tepic, Nayarit, en la calle Rey Nayar.

24 de marzo: El evento será en la Alcaldía Iztapalapa; en horario de atención de 10 de la mañana a 5 de la tarde.

24 de marzo: En esta fecha se realizará el evento de forma simultánea en Gómez Palacio, Durango; Acapulco de Juárez, Guerrero; Guadalajara, Jalisco; Toluca, Estado de México.

 

Por: El Pulso Laboral

Fuente: https://elpulsolaboral.com.mx/mercado-laboral/29461/feria-nacional-de-empleo-de-las-mujeres-fechas-y-estados-donde-se-realizara-en-marzo-2023

STPS aprueba versión final de NOM de Teletrabajo, éstos son los principales cambios

El equipo que colaboró en el diseño de la NOM-037 validó los cambios al borrador publicado en julio. En el nuevo esquema destaca el rol activo de las comisiones de seguridad e higiene de las empresas en la supervisión de esta modalidad y mayor flexibilidad para que los empleados propongan el lugar donde desean trabajar.

Las autoridades laborales tienen lista la Norma de Teletrabajo (NOM-037) que regulará esta modalidad de empleo en el país. El Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo aprobó el viernes pasado los cambios al proyecto publicado en julio del año pasado tras el periodo de consulta pública al que fue sometido.

Entre las adecuaciones que avaló el grupo de trabajo que colaboró con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) en el diseño de la norma, destacan:

  • La Comisión de Seguridad e Higiene de las empresas adquiere un rol más activo al ser la encargada de verificar que el aspirante o teletrabajador cuenta con las condiciones adecuadas para esta modalidad.
  • Se reconoce que los empleados pueden proponer los lugares donde teletrabajará y convenirlos con el empleador, siempre y cuando sean espacios fijos y cuenten con condiciones básicas.
  • Se establece la obligación de contar con una segunda lista de verificación para aplicarla periódicamente y garantizar la continuidad de las condiciones de salud y seguridad en las que se realiza el teletrabajo.
  • Se amplian las medidas para prevenir riesgos psicosociales en la modalidad incorporando pausas y tiempos de descanso durante la jornada laboral.
  • Dentro de las medidas de perspectiva de género, se anexa en la política de teletrabajo como elemento básico que las mujeres cuenten con tiempo para la lactancia.
  • Se incorpora en las obligaciones patronales garantizar la confidencialidad de la lista de las personas trabajadoras que estarán bajo la modalidad de trabajo remoto.
  • Se mantiene la obligación del trabajador de informar con antelación al empleador sobre cualquier cambio de domicilio temporal o permanente al espacio de trabajo acordado, pero ahora se establecen los elementos básicos del escrito: “Fecha de elaboración; el nombre de la persona trabajadora en la modalidad de Teletrabajo que elabora el escrito; la fecha de ocurrencia, y la descripción del cambio de domicilio”.
  • Se amplía el concepto de accidente de trabajo para incluir aquellos que se produzcan durante los trayectos a/entre los espacios acordados o al centro laboral durante o con motivo del trabajo.

La NOM-037 conservará el mecanismo de verificación para corroborar las condiciones de seguridad y salud del espacio donde se realizará el trabajo remoto, así como la obligación de los empleadores de contar con una política de teletrabajo. Aunque las modificaciones flexibilizan la implementación al cambiar conceptos y la redacción de algunos puntos.

La NOM de Teletrabajo es el instrumento que regulará las condiciones de seguridad y salud laborales en esta modalidad de empleo, su objetivo es evitar enfermedades y accidentes entre las personas que realizan sus actividades bajo esta figura

“Se contemplaron las condiciones elementales y las medidas específicas de prevención que deberán adoptarse en los lugares de trabajo que determinen de común acuerdo los patrones y las personas teletrabajadoras, ello con el fin de prevenir eventos que pongan en peligro su integridad física, su vida y su salud a través de una normatividad en materia de seguridad y salud en el trabajo acorde con los avances tecnológicos y con enfoque preventivo de las enfermedades laborales y accidentes de trabajo”, señaló la STPS en el proyecto que sometió a consulta pública en julio del año pasado.

La versión final de la NOM-037 mantiene la posibilidad de que la Comisión de Seguridad e Higiene realice una visita al espacio de trabajo propuesto por el trabajador para verificar las condiciones, siempre que se cuente con el consentimiento del empleado. De lo contrario, se tendrá como alternativa la autoevaluación que puede hacer el trabajador remoto.

La ruta de la NOM-037

El Congreso de la Unión reformó la Ley Federal del Trabajo en diciembre de 2020 para reconocer esta modalidad de empleo y definir obligaciones de las empresas y los empleados; el decreto correspondiente fue promulgado en enero de 2021. La reforma fijó un plazo de 180 días para que la STPS elaborara una Norma Oficial Mexicana para regular las condiciones de seguridad y salud en esta figura.

En colaboración con especialistas, representantes de cámaras empresariales y sindicatos, la autoridad laboral desarrolló el proyecto que sometió a consulta pública a partir de 15 de julio del 2022 tras su publicación en el Diario Oficial de la Federación, proceso en el que la STPS recibió observaciones y recomendaciones de diferentes organizaciones.

Omar Nacib Estefan Fuentes, director de Previsión Social de la dependencia, explicó en entrevista previa con este medio que las reglas contempladas en el proyecto de NOM no contempla “candados o restricciones que no sean objetivos con los riesgos a los que pueden estar expuestos los trabajadores” bajo esta modalidad de empleo.

La última versión de la NOM-037 aprobada por el comité el viernes 3 de marzo establece que la regulación entrará en vigor después de 180 días naturales de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Por: Gerardo Hernández / El Economista

Fuente: https://www.eleconomista.com.mx/capitalhumano/STPS-aprueba-version-final-de-NOM-de-Teletrabajo-estos-son-los-principales-cambios-20230308-0040.html