Tomará un año hacer aplicable el Convenio 98


Hecha la ratificación, México debe notificar al organismo internacional y los patrones expresarán sus observaciones.
Pilar Martínez
25 de septiembre de 2018, 00:04
La aplicación en México del Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) tomará un año, que es el tiempo que tardará el organismo en validar la reciente ratificación mexicana de dicho instrumento, de acuerdo con especialistas laborales.
El Convenio 98, que garantiza la protección del derecho a la libre sindicación y a la negociación colectiva, fue ratificado por el Senado mexicano el pasado jueves 20 de septiembre, pero varias actuaciones faltan antes de que la OIT reconozca a México como firmante del Convenio.
De acuerdo con Luis Monsalvo Valderrama, abogado laboral, quien participó en el Foro IDC 2018 con la ponencia “Recomendaciones para evitar sindicatos fantasmas”, una vez que se dio el aval legislativo, la ratificación deberá ser notificada a la OIT y, a su vez, el sector patronal podrá manifestarse respecto del Convenio, “y todo ello llevará más de un año”.
Salvador Pasquel Villegas, de la firma Baker & Mckenzie, comentó en la misma línea que “conforme con los términos del Artículo 8, el gobierno mexicano tiene que acudir a la dirección general de la OIT para registrar la ratificación y de ahí entra en vigor 12 meses después”.
Añadió que es probable que “en ese transcurso veamos modificaciones a la Ley Federal del Trabajo, no sólo constreñidas al artículo 395 de la Ley Federal del Trabajo, que habla de la cláusula de exclusión —que obliga a los trabajadores a estar dentro de una organización sindical— sino que se deberían revisar otros aspectos como el emplazamiento a huelga o el registro de verdaderos sindicatos”.
Monsalvo Valderrama se refirió al desarrollo de la vida sindical y la relación con las empresas en el país, la cual “no tiene mecanismos efectivos para evitar la existencia de sindicatos blancos, ni la legislación; pues en México hay sindicatos fantasmas y sindicatos blancos. La diferencia entre uno y otro es que estos últimos existen, pero sin actividad sindical, y los primeros, no existan más que en el membrete”.
En febrero del 2017 se aprobó una reforma constitucional en materia de justicia laboral, que según la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) ya se adapta a los preceptos del Convenio 98. Sin embargo, la legislación secundaria correspondiente no se ha promulgado, cuando debería haberse hecho desde febrero pasado.
¿Pertenecer o no a un sindicato?
Para los especialistas laborales, la firma del Convenio 98, que mantiene inquietas a muchas empresas mexicanas, tiene tres vertientes de importancia, pues de una verdadera representación sindical se pueden derivar o no los contratos colectivos de trabajo y terminar con los contratos de protección, las extorsiones y los sindicatos blancos.
“Una de las principales vertientes que trae el Convenio es que se respete la libertad sindical, es decir, que haya uno o dos sindicatos; pero también la posibilidad de que los trabajadores decidan si quieren estar representados en un sindicato o no. Para ello se requiere la modificación de todas las normas que llevan al inicio de la contratación colectiva”, afirmó Monsalvo Valderrama.
Un segundo punto consiste en el hecho de que “no se fomente la afiliación a uno u otro sindicato, e incluso no fomentar la creación de sindicatos, desde el punto de vista patronal, o al revés, que las organizaciones sindicales sean quienes lo promueven”.
Y el tercer aspecto es la existencia de los organismos adecuados para el fomento del pleno desarrollo de las negociaciones colectivas, ahí se refiere a la creación del Instituto de Conciliación, que se encuentra en la legislación secundaria pendiente.
Este Convenio 98 tiene muchas implicaciones, “por eso México tardó muchos años en ratificarlo, porque hay que cambiar radicalmente la forma como se llevan a cabo las relaciones laborales colectivas y la forma como se entienden estos procedimientos”, destacó Salvador Pasquel Villegas.

pmartinez@eleconomista.mx
https://www.eleconomista.com.mx/gestion/Tomara-un-ano-hacer-aplicable-el-Convenio-98-20180925-0001.html

Justicia laboral en México. Inicio del fin al sindicalismo corporativo


Jesús Cantú (*)
Finalmente el pasado jueves se votó en el Senado la adhesión de México al Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo, que había sido adoptado desde 1949 y que garantiza la libertad de asociación y la libertad sindical de los trabajadores, además de establecer la eliminación de todas formas de trabajo infantil, la discriminación en materia de empleo y ocupación y de cualquier forma de trabajo forzoso u obligatorio.
México fue el último de los países de América Latina y el Caribe en ratificar el convenio, que previamente fue adoptado por 165 países del mundo.
Durante muchos años el convenio estuvo archivado en la Presidencia de la República porque la legislación laboral mexicana incluía desde 1931 la llamada cláusula de exclusión, que permitía a líderes sindicales y patrones separar a un trabajador que se negara a afiliarse al sindicato que detentaba el contrato colectivo de trabajo.
Dicha disposición se encontraba en el artículo 236 de la ley expedida en 1931 y se trasladó al artículo 395 de la Ley Federal del Trabajo promulgada en 1970, con lo cual se mantuvo vigente hasta el 17 de abril de 2001, cuando el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional dicha norma. Sin embargo, fue hasta el 2015 cuando el actual presidente Enrique Peña Nieto envió el convenio para su ratificación al Senado, sin embargo, el dictamen nunca se había elevado al pleno del mismo.
Y fue hasta el 17 de febrero de 2017 que se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que sienta las bases para un nuevo modelo de impartición de justicia laboral y de relaciones obrero-patronales. Otro paso para el desmantelamiento de esta protección se dio en el proyecto de Tratado de Libre Comercio que acordaron México y Estados Unidos hace algunas semanas, pues se incluyó un capítulo especial que garantiza, entre otros, estos mismos derechos laborales.
La cláusula de exclusión era la columna que soportaba al sindicalismo corporativo mexicano, sea aquel que tenía como principal soporte al gobierno federal, llamado el sindicalismo charro, con la Confederación de Trabajadores Mexicanos (CTM) como su más conspicuo representante, pero que se extendía a muchos otros sindicatos que respaldaron al PRI, otrora partido hegemónico.
Pero también era el sostén del llamado sindicalismo blanco, que respaldado por los distintos grupos empresariales mexicanos se convertía en el instrumento que les permitía mantener deprimidos los salarios e imponer sus condiciones a cambio de ciertas prebendas a los líderes sindicales.
La llamada cláusula de exclusión es la que abría la puerta a los llamados contratos de protección (todavía vigentes el día de hoy) mediante los cuales el patrón firmaba el contrato colectivo de trabajo con una central sindical a espaldas de los trabajadores, en muchos casos dicho documento se tenía desde antes de iniciar operaciones. Los líderes del sindicalismo charro y del blanco, por igual, se prestaban a dicha simulación a cambio de pingües ganancias económicas o posiciones políticas y demás prebendas.
Y, desde luego, esto les permitía a los empresarios mantener los bajos niveles salariales que ya han sido ampliamente tratados en este espacio en colaboraciones previas, además de limitar las prestaciones que les otorgaban. Entre otras, esta es una de las razones de la creciente desigualdad en México, pues es una de las razones de que los beneficios del crecimiento económico —de por sí bajo para un país emergente— se concentraran en los dueños de las empresas y no se derramara hacia empleados y trabajadores.
Había razones de peso (y de pesos) para que los gobiernos emanados del PRI y el PAN no ratificaran el citado convenio y mantuvieran vigente —en los hechos— la llamada cláusula de exclusión, incluso una vez que la Corte declaró su inconstitucionalidad y que ya se había promulgado una reforma constitucional que pretendía precisamente desarrollar un nuevo modelo sindical y de relaciones obrero-patronales.
Influencia
Seguramente por la influencia política que todavía mantienen los líderes sindicales y los empresarios, los senadores de la pasada legislatura habían eludido dictaminar el citado convenio y fue hasta el pasado martes, cuando el senador Napoleón Gómez Urrutia publicó en la Gaceta Parlamentaria una excitativa para que las Comisiones de Relaciones Exteriores, Organismos Internacionales y Trabajo (que todavía no se han conformado y, mucho menos, instalado) emitieran un dictamen sobre el convenio que ya llevaba más de tres años en dicha Cámara, que el tema cobró relevancia en la opinión pública.
La Mesa Directiva de la Cámara Alta decidió convertir dicha excitativa en dictamen y lo elevó al pleno el pasado jueves 20 de septiembre para su inmediata discusión y aprobación. El dictamen fue avalado por legisladores de todos los partidos políticos representados en el Senado, excepto del PAN. Los legisladores blanquiazules hicieron suyas las preocupaciones de los empresarios, que pedían ser consultados previamente, pues temen que la adopción del mismo impulse la creación de cientos de sindicatos que afecten la productividad de sus empresas.
La adopción del Convenio 98 es un paso más en la dirección correcta, sin embargo, todavía falta emitir la legislación secundaria en el que se norme el nuevo modelo de impartición de justicia laboral y defina las nuevas reglas que regularán la vida de los sindicatos mexicanos. Y, una vez que eso se logre, la mesa estará servida para que gobierno, trabajadores y empresarios empiecen a construir una nueva era en el sindicalismo mexicano y las relaciones obrero-patronales, en beneficio de la clase trabajadora y de México.— Ciudad de México.
jecantue@gmail.com
Periodista
http://www.yucatan.com.mx/editorial/justicia-laboral-en-mexico

Inicio del fin al sindicalismo corporativo


Jesús Cantú
Domingo 23 de sep 2018
Finalmente el pasado jueves se votó en el Senado la adhesión de México al Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo, que había sido adoptado desde 1949, y que garantiza la libertad de asociación y la libertad sindical de los trabajadores, además de establecer la eliminación de todas formas de trabajo infantil, la discriminación en materia de empleo y ocupación y de cualquier forma de trabajo forzoso u obligatorio.
México fue el último de los países de América Latina y el Caribe en ratificar el convenio, que previamente fue adoptado por 165 países del mundo. 
Durante muchos años el convenio estuvo archivado en la Presidencia de la República porque la legislación laboral mexicana incluía desde 1931 la llamada cláusula de exclusión, que permitía a líderes sindicales y patrones separar a un trabajador que se negara a afiliarse al sindicato que detentaba el contrato colectivo de trabajo.
Dicha disposición se encontraba en el artículo 236 de la ley expedida en 1931 y se trasladó al artículo 395 de la Ley Federal del Trabajo promulgada en 1970, con lo cual se mantuvo vigente hasta el 17 de abril de 2001, cuando el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, declaró inconstitucional dicha norma. Sin embargo, fue hasta el 2015, cuando el actual presidente Enrique Peña Nieto envió el convenio para su ratificación al Senado, sin embargo, el dictamen nunca se había elevado al Pleno del mismo.
Y fue hasta el 17 de febrero del 2017 que se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que sienta las bases para un nuevo modelo de impartición de justicia laboral y de relaciones obrero-patronales. Otro paso para el desmantelamiento de esta protección se dio en el proyecto de Tratado de Libre Comercio, que acordaron México y Estados Unidos hace algunas semanas, pues se incluyó un capítulo especial que garantiza, entre otros, estos mismos derechos laborales. 
La cláusula de exclusión era la columna que soportaba al sindicalismo corporativo mexicano, sea aquel que tenía como principal soporte al gobierno federal, llamado el sindicalismo charro, con la Confederación de Trabajadores Mexicanos (CTM) como su más conspicuo representante; pero que se extendía a muchos otros sindicatos que respaldaron al Partido Revolucionario Institucional, otrora partido hegemónico.
Pero también era el sostén del llamado sindicalismo blanco, que respaldado por los distintos grupos empresariales mexicanos, se convertían en el instrumento que les permitía mantener deprimidos los salarios e imponer sus condiciones a cambio de ciertas prebendas a los líderes sindicales.
La llamada cláusula de exclusión es la que abría la puerta a los llamados contratos de protección (todavía vigentes el día de hoy), mediante los cuales el patrón firmaba el contrato colectivo de trabajo con una central sindical a espaldas de los trabajadores, en muchos casos dicho documento se tenía desde antes de iniciar operaciones. Los líderes del sindicalismo charro y del blanco, por igual, se prestaban a dicha simulación a cambio de pingües ganancias económicas o posiciones políticas y demás prebendas.
Y, desde luego, esto les permitía a los empresarios mantener los bajos niveles salariales, que ya han sido ampliamente tratados en este espacio en colaboraciones previas, además de limitar las prestaciones que les otorgaban. Entre otras, ésta es una de las razones de la creciente desigualdad en México, pues es una de las razones de que los beneficios del crecimiento económico -de por sí bajo para un país emergente- se concentraran en los dueños de las empresas y no se derramara hacia empleados y trabajadores.
Había razones de peso (y de pesos) para que los gobiernos emanados del PRI y el PAN no ratificaran el citado convenio y mantuvieran vigente -en los hechos- la llamada cláusula de exclusión, incluso una vez que la Corte declaró su inconstitucionalidad y que ya se había promulgado una reforma constitucional que pretendía precisamente desarrollar un nuevo modelo sindical y de relaciones obrero-patronales.
Seguramente por la influencia política que todavía mantienen los líderes sindicales y los empresarios, los senadores de la pasada legislatura habían eludido dictaminar el citado convenio y fue hasta el pasado martes, cuando el Senador Napoleón Gómez Urrutia publicó en la Gaceta Parlamentaria una excitativa para que las Comisiones de Relaciones Exteriores, Organismos Internacionales y Trabajo (que todavía no se han conformado y, mucho menos, instalado) emitieran un dictamen sobre el convenio que ya llevaba más de tres años en dicha Cámara, que el tema cobró relevancia en la opinión pública.
La Mesa Directiva de la Cámara Alta decidió convertir dicha excitativa en dictamen y lo elevó al Pleno el pasado jueves 20 de septiembre para su inmediata discusión y aprobación. El dictamen fue avalado por legisladores de todos los partidos políticos representados en el Senado, excepto del PAN. Los legisladores blanquiazules hicieron suyas las preocupaciones de los empresarios, que pedían ser consultados previamente, pues temen que la adopción del mismo impulse la creación de cientos de sindicatos que afecten la productividad de sus empresas.
La adopción del Convenio 98 es un paso más en la dirección correcta, sin embargo, todavía falta emitir la legislación secundaria en el que se norme el nuevo modelo de impartición de justicia laboral y defina las nuevas reglas que regularán la vida de los sindicatos mexicanos. Y, una vez que eso se logre, la mesa estará servida para que gobierno, trabajadores y empresarios empiecen a construir una nueva era en el sindicalismo mexicano y las relaciones obrero-patronales, en beneficio de la clase trabajadora y de México.

https://www.elsiglodetorreon.com.mx/noticia/1501724.inicio-del-fin-al-sindicalismo-corporativo.html

Hora cero para sindicatos blancos


􏰆 La sorpresiva descongelación en el Senado de una iniciativa para incorporar al país al Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo, lo que se aprobó ayer, provocó la ira del Consejo Coordinador Empresarial, bajo el argumento de no haberse realizado consultas previas con las partes afectadas.
Concretamente, la cúpula de cúpulas habla de haberse violado otro Convenio, el 144, de la propi a OIT, relativo a la exigencia de instrumentar consultas cuando se toquen cuestiones relativas a las normas internacionales del trabajo.
Lo cierto es que en su momento el Senado abrió debatesy mesas redondas sobre el tema, tras habérsele enviado como una exigencia de la negociación del frustrado Acuerdo Transpacífico de Asociación Económica (TPP).
La cuña se había planteado como alternativa para equilibrar la principal ventaja competitiva de Vietnam en el concierto, es decir, miserables salarios de trabajadores de maquiladoras textiles y del calzado.
El convenio le abriría la puerta a éstos para su posible sindicalización independiente.
Y lo cierto, por lo demás, es que el documento lleva 62 años en discusión ante la inconformidad ya de las otrora poderosas centrales obreras y los organismos patronales.
La primera vez que se intentó su ratificación fue en 1956, oponiéndose la representación obrera en el Senado a uno de sus capítulos que impedía la llamada cláusula de exclusión prevista en la Ley Federal del Trabajo, vía la cual se cancela la plaza laboral a los trabajadores que sean expulsados del sindicato. La OIT no aceptó que México tuviera la excepción.
El documento fue confeccionado por el organismo multilateral en 1949 como Convenio de Sindicalización y Negociación Colectiva, colocándose como punto toral en la exposición de motivos que los trabajadores gocen de protección adecuada contra todo acto de discriminación tendiente a coartar la libertad sindical con relación a su empleo.
En la ruta se prohíben los llamados “contratos de protección” de sindicatos blancos que aceptan atenuar el peso de los convenios laborales para favorecer la causa patronal, a cambio de mordidas.
En paralelo, se plantea el compromiso de los países signantes de garantizar la aplicación efectiva de las leyes laborales internas sin intervenir en la vida de los sindicatos.
El texto habla de “mejorar las condiciones de trabajo y los niveles de vida, además de proteger, fortalecer y hacer valer los derechos básicos de los trabajadores”.
Aunque las Juntas de Conciliación avalan la posibilidad de recuento cuando una parte de sindicalistas está en desacuerdo con la representación, el trámite tarda años y, en ocasiones, resulta manipulado el ejercicio por la parte en el banquillo.
De hecho, en el pasado había muertos.
El Convenio le abre la puerta a la posibilidad de enfrentar añejos cacicazgos ya en el sindicato petrolero, el ferrocarrilero y el de telefonistas.
En paralelo, coloca de espaldas al callejón a las maquiladoras, tradicionalmente ayunas de representación sindical, colocándoles de pasadita un jaque a los abusos laborales de las empresas outsourcing o tercerías.
Paréntesis de 62 años.

http://www.eluniversal.com.mx/columna/alberto-barranco/cartera/hora-cero-para-sindicatos-blancos

Fin a sindicatos blancos o de protección con ratificación de Convenio OIT


jueves 20 de septiembre de 2018
Patricia Carrasco
Con la ratificación del convenio 98 nuestro país se comprometerá formalmente ante la ONU a garantizar el derecho a la negociación salarial colectiva y se pretende terminar con los llamados “contratos de protección” que han manejado a discreción dirigentes empresariales junto con algunos sindicatos. El tema generó confrontación entre el sector empresarial y sindical.
En entrevistas por separado, abogados laborales y especialistas en el tema laboral manifestaron sus puntos de vista sobre esta ratificación.
El abogado Oscar de La Vega, socio director de La Vega & Martínez explicó que a consecuencia de la ratificación de este Convenio será necesario modificar la Ley Federal del Trabajo eliminando su artículo 395 que actualmente reglamenta la Cláusula de Exclusión por Ingreso y modernizando el proceso de Huelga.
Recordó que los trabajadores deberán gozar de una absoluta libertad para adherirse o no a un sindicato, o dejar de pertenecer al mismo, pues no podrá ser condición para su empleo el estar afiliados a una organización sindical.
Por ello, los sindicatos enfrentarán un reto de reinventarse para convencer a los trabajadores de su libre decisión de afiliación.
Asimismo, deberán estar libres de cualquier injerencia de los patrones en sus actividades, incluyendo el pago de cuotas sindicales.
Además, destacó que los patrones no podrán organizar a los sindicatos y se considera injerencia, el que los patrones sostengan económicamente a los sindicatos. Estos solo deberán sostenerse con las cuotas de sus agremiados.
Este convenio es un tratado internacional por lo que sus disposiciones son de carácter vinculatorio para los Estados que los han ratificado y de acuerdo con nuestra Constitución son parte de nuestro Derecho Positivo.
México firmó su adhesión al Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), relativo al derecho de sindicación y contratación colectiva, pero estaba pendiente su ratificación por el Senado.
El Convenio se refiere al derecho a la libre sindicación y al derecho a la libre contratación colectiva; data de 1949,
Tanto la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC) como la CTM
están de acuerdo con su ratificación. Ya es necesario modernizar al sindicalismo y las relaciones laborales.
El dirigente de la cetemista, Carlos Aceves del Olmo dijo estar de acuerdo con su ratificación siempre y cuando se hiciera conforme a la ley.
Pues la iniciativa presentada ante el senado conllevó omisiones fundamentales para la ratificación.
Pues debió realizarse una consulta previa tripartita a esta discusión.

https://www.la-prensa.com.mx/mexico/349686-fin-a-sindicatos-blancos-o-de-proteccion-con-ratificacion-de-convenio-oit

¿El fin de las lacras de la CTM?


Alberto Rojas
21 SEPTIEMBRE 2018 

 BUEN DÍA …¿EL FIN DE las lacras de la CTM?, preguntan los verdaderos trabajadores y es que se crearon generaciones de directivos sindicales corruptos, ineptos, ladrones, buenos para nada y muy, muy ricos, pero eso sí, muy leales al PRI Gobierno al cual decían que los obreros estaban alegres, contentos y solidarios absolutamente. 
Y ES QUE AYER EN una jornada histórica en el Senado de la República se discutió y aprobó por unanimidad la aplicación de los principios del derecho de sindicatos y negociación colectiva a que desde hace varias décadas la Organización Internacional del Trabajo, pero que estaba en la ‘congeladora’. 
DICEN QUE ESO IMPLICARÁ UNA reforma a la Ley Federal del Trabajo y la eliminación de los contratos de protección como el caso de las maquiladoras por ejemplo, y las compañías externas las que tanto impulsó TERESO MEDINA en la legislatura anterior en su intento corrupto de desaparecer gradualmente los contratos colectivos de trabajo.- 
SE TRATA DE QUE NO haya más contratos de protección, no más explotación de los trabajadores, bajos salarios y corrupción; a cambio la democratización y reivindicación de la clase trabajadora, al menos en teoría se escucha muy bonito. 
EL DOCUMENTO DICE QUE TIENE como propósito dotar a los trabajadores de una adecuada protección contra todo acto de discriminación tendiente a menoscabar la libertad sindical en relación con su empleo. 
DICHA PROTECCIÓN DEBERÁ EJERCERSE ESPECIALMENTE contra todo acto que tenga por objeto sujetar el empleo de un trabajador a la condición de que no se afilie a un sindicato o a la de dejar de ser miembro del mismo. 
BUSCA REGULAR QUE LAS ORGANIZACIONES de trabajadores y de empleadores gocen de una adecuada protección contra todo acto de injerencia de unas respecto de las otras, ya sea que se realice directamente o por medio de sus miembros, en su constitución, funcionamiento o administración. 
“SE CONSIDERAN ACTOS DE INJERENCIA, las medidas que tiendan a fomentar la constitución de organizaciones de trabajadores dominadas por un empleador o una organización de empleadores, o a sostener económicamente, o en otra forma, organizaciones de trabajadores, con objeto de colocar estas bajo el control de un empleador o de una organización de empleadores”. 
DICEN QUE AHORA SERÁ INTERESANTE conocer en su momento el contenido de la Iniciativa de reforma a la Ley Federal del Trabajo que presentará la mayoría en el Poder Legislativo Federal, por lo pronto en síntesis se trata de la libre sindicación, eliminación de los contratos de protección y contra las compañías externas, o sea que se fortalecería el verdadero sindicalismo y los contratos colectivos de trabajo. 
HAY QUIENES DICEN QUE SI se permitiese a los trabajadores de los diversos sectores de la industria abstenerse de afiliarse a un sindicato, la inmensa mayoría se acogería a esa opción por considerar que los representantes no les dejan absolutamente ningún beneficio. 
SE FRUCTIFICAN LAS REFORMAS A la Ley Federal del Trabajo a ver cómo le hace el PRI Gobierno de Coahuila para evitar el alud de demandas de sindicatos para pelear la titularidad de los contratos colectivos de trabajo en Coahuila donde siempre aplasta cualquier señal de democracia. 
EN PROBLEMAS EL LICENCIADO CARLOS Tamez porque hizo destrozos en una propiedad ajena y hasta destruyó una puerta por donde quería ingresar sin autorización y dicen que presumía de influencias por lo que no había riesgo de ser detenido. 
TAMEZ, FUE DIRECTOR DE RELACIONES Industriales de AHMSA hasta el año 2000 y enseguida fue candidato a diputado federal pero perdió y luego se fue de diputado local pero también ejerció el cargo de presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje y ya está retirado de la actividad pública. 
HASTA MAÑANA 

http://www.zocalo.com.mx/opinion/opi-interna//el-fin-de-las-lacras-de-la-ctm
 
 

TLCAN 2.0 pone presión a México para que concluya reforma laboral


Las empresas mexicanas deberán cumplir con leyes en justicia laboral, pero requiere que se desatore su aprobación en el Congreso. 
septiembre 20, 2018 05:30 AM
Dainzú Patiño 
 @DainzuP 
CIUDAD DE MÉXICO (Expansión) – El acuerdo bilateral al que han llegado México y Estados Unidos en materia laboral para la nueva versión del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) requiere que el Congreso apruebe leyes para mejorar la relación entre empresas y trabajadores. 
Información de la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR), detalla que el capítulo de Trabajo incluye un anexo en el que México se compromete a adoptar medidas legislativas a favor de la libertad sindical, celebrar contratos colectivos y eliminar la figura de contratos de protección. 
“El acuerdo se ve positivo, pero ponerlo en el texto del Tratado, significa un riesgo para el comercio con Estados Unidos, desde el punto de vista empresarial, ya que hay leyes secundarias pendientes de aprobarse para que se pueda cumplir este compromiso”, explicó Juan Pablo Castañón, presidente del Consejo Coordinador Empresarial (CCE). 
“Sí hay un compromiso en este sentido y esperamos que lo podamos sacar en este periodo ordinario de sesiones”, detalló el empresario.
En específico se trata del a reforma al Sistema de Justicia Laboral , misma que está pendiente de ser aprobada, desde finales de 2017, cuando la iniciativa fue presentada por el grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (PRI), refiere información de la agencia Thomson Reuters. 
Aprobar esta reforma es importante porque con ella se lograría la implementación de los tribunales dependientes del poder judicial en materia laboral, además de la ley para que opere el Instituto Federal de Conciliación y Registro Laborales, el cual se encargará de la administración y registro de contratos colectivos de trabajo, explicó Germán de la Garza, socio del despacho de abogados Mowat. 
También permitiría que se eliminen los contratos colectivos de protección, aquellos entre una empresa y un sindicato, los trabajadores no se enteran de éste y sirven para un trato discrecional y reducen la posibilidad de negociaciones colectivas o el derecho a huelga.
Este tipo de prácticas son las que Estados Unidos busca eliminar con el acuerdo, algo positivo para los trabajadores, pero que los empresarios no podrán cumplir si de entrada no se cuenta con una estructura jurisdiccional para la solución de conflictos laborales y adoptar mejores prácticas, consideró De la Garza. 
De acuerdo con Castañón, el riesgo de que se incluya en el TLCAN es que si las empresas mexicanas no cumplen con esas condiciones se da pauta a que Estados Unidos imponga prohibiciones o vetos o que incluso, puedan parar ciertas exportaciones de México a EU, bajo el argumento de que no cumplen con lo establecido en el nuevo TLCAN. 
Cabe destacar que la reforma al Sistema de Justicia Laboral, incluye una iniciativa para expedir la Ley del Instituto Federal de Conciliación y Registro Laborales, entre otras cosas. 
El líder empresarial agregó que hay disposición para trabajar con el equipo de la futura secretaria del Trabajo, Luisa María Alcalde para que el sector empresarial participe en el análisis y propuesta que tenga esta dependencia en este tema.

https://expansion.mx/economia/2018/09/20/tlcan-2-0-pone-presion-a-mexico-para-que-concluya-reforma-laboral

Tratan ruta para leyes de reforma laboral


Reforma
El presidente del Senado se reunió con futura Secretaria del Trabajo para tratar ruta de leyes laborales, entre ellas democracia sindical.
El presidente del Senado, Martí Batres, se reunió con la próxima titular de la Secretaría de Trabajo, Luisa María Alcalde, con abogados y dirigentes de la Asociación Nacional de Actores (ANDA).
El encuentro fue para analizar una ruta que descongele las leyes secundarias de la reforma laboral, principalmente lo relacionado a la democracia sindical.
«Coincidimos en la necesidad de combatir los llamados contratos de protección«, publicó Batres en Twitter.
Alcalde añadió en entrevista que esperan reactivar la discusión de las leyes secundarias que debieron entrar en vigor en febrero pasado, pero que se encuentran congeladas en el Senado ante la falta de acuerdos.
«Garantizar la libertad, la democracia y la transparencia sindical es la vía idónea para ir terminando con los contratos de protección, que son los contratos que se firman a espaldas de los trabajadores, sin consulta previa», dijo la próxima funcionaria federal.
La reforma laboral que, entre otros aspectos, busca agilizar la resolución de conflictos laborales y crear un nuevo órgano independiente que pueda encargarse del registro de los sindicatos, entró en vigor en febrero de 2017 y la Constitución previó un año para las leyes secundarias, que aún no se han aprobado.
La futura Secretaria del Trabajo comentó que aún no se tiene una fecha para destrabar la discusión, ahora que Morena es mayoría tanto en el Senado como en la Cámara de Diputados, pero que ya se analiza su discusión.
Indicó que las nuevas reglas de democracia sindical deberán impactar en sindicatos como el de Pemex.
«La libertad, la democracia y la transparencia tienen que aplicarse para todos, no es selectiva», advirtió.
A la reunión de hoy asistieron los abogados laborales Arturo Alcalde y Bertha Luján, además de los dirigentes de la ANDA Elizabeth Aguilar, Marco Treviño y Felipe Nájera.
Batres también informó que este sábado tuvo un encuentro con académicos de la UNAM, el Instituto Mora, la Ibero y la BUAP, como Gloria Vázquez, Simón Lucatello, Irasema Alcántara, Mario Garza, Daniel Rodríguez, Alejandra López y Ricardo Tena para hablar sobre la creación de la Secretaría de Seguridad.
«Plantearon la inconveniencia de trasladar el tema de Protección Civil a la SSP», tuiteó.

http://www.zocalo.com.mx/reforma/detail/tratan-ruta-para-leyes-de-reforma-laboral

El nuevo TLCAN y la revalorización del trabajador


Por Jesús Cantú , 5 septiembre, 2018
Negociación del TLCAN. El representante de Comercio de EU, Robert Lighthizer (EU) estrecha la mano a la ministra de Asuntos Exteriores de Canadá, Chrystia Freeland, junto con el secretario de Economía de México, Ildefonso Guajardo. Foto: AP / Jacquelyn Martin
CIUDAD DE MÉXICO (Proceso).- Los 24 años de Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) ayudaron a estabilizar la economía mexicana y contribuyeron a mantener una tasa de crecimiento baja, pero constante; sin embargo, también fueron decisivos para precarizar el trabajo, aumentar la concentración de la riqueza y ensanchar las desigualdades. 
En la renegociación del mismo, de acuerdo con la información que hasta hoy está disponible en los medios de comunicación masiva, se incorporó un capítulo dedicado a las cuestiones laborales, además de la disposición, en el capítulo de la industria automotriz, de que 40% de las autopartes de contenido regional de los vehículos tendrán que producirse en zonas con salarios de al menos 16 dólares la hora. 
Estas dos nuevas reglas, en las que insistió Canadá y que ahora que se ha reincorporado a las pláticas ha ponderado muy positivamente, pueden ser un catalizador para impulsar la revalorización del trabajador mexicano, pese a las resistencias del empresariado del país.
En los 24 años de vigencia del TLCAN la economía mexicana ha crecido a un promedio anual de 2.2%, muy bajo pero constante. Sin embargo, lo más crítico es que ese crecimiento se ha basado en 90% de incremento del número de empleos, es decir, simplemente porque ha crecido la disponibilidad de mano de obra, aunque a la par ha disminuido el ingreso medio que reciben los trabajadores. México ha crecido gracias a la mano de obra barata y eso ha hecho que los dividendos del raquítico crecimiento económico lo concentren los inversionistas a costa de la pauperización del trabajador.
En el último trimestre del año pasado 41% de la población mexicana recibía un ingreso laboral inferior al costo de la canasta alimentaria; en los últimos 12 años (de 2005 a 2017), la mitad de la vigencia del TLCAN, el ingreso laboral per cápita perdió 29% de su valor. Hay más empleos, pero muy mal pagados: el salario mínimo actual es de 2 mil 686 pesos mensuales y la línea de bienestar se ubica en 2 mil 985.48 pesos, por lo cual el salario mínimo vigente no basta para alcanzarla. En los primeros cinco años del gobierno que está a punto de concluir, el número de personas que ganan entre uno y dos salarios mínimos se incrementó en más de 3 millones.
La posibilidad de producir autopartes en regiones de México donde el obrero de la industria automotriz reciba un salario de más de 16 dólares por hora es prácticamente una utopía, pues al actual tipo de cambio implicaría aproximadamente un ingreso mensual de 73 mil pesos, que representa más de 27 veces el salario mínimo vigente.
Este requisito, aunado al incremento de 62.5 a 75% de los componentes de los vehículos de contenido regional, impactará en el volumen de las exportaciones de automotores mexicanos y hará disminuir sustancialmente el déficit comercial entre México y Estados Unidos, tal como buscaba el presidente Donald Trump; pero también obligará a las empresas automotrices instaladas en territorio nacional a replantearse su modelo de negocio, ya no podrán seguir impulsando la lógica de la cuasi maquila, en la que se importaba un muy alto porcentaje de autopartes y aquí únicamente se ensamblaba, aprovechando el bajo costo de la mano de obra mexicana.
Los grandes corporativos trasnacionales además se aprovechaban de la legislación laboral mexicana para sujetar su relación obrero-patronal a los llamados contratos de protección. El crecimiento de la industria automotriz mexicana estaba apoyado en los bajos salarios y los contratos colectivos simulados, permitiendo a las grandes automotrices obtener pingües ganancias a costa del sacrificio del trabajador mexicano.
Todavía el 7 de diciembre del año pasado un par de senadores priistas, con el respaldo del gobierno de Enrique Peña Nieto, presentaron una iniciativa de ley que pretendía revertir los avances logrados con la reforma al artículo 123 constitucional (Proceso 2153 y 2154) de febrero del mismo año. La denuncia oportuna de sus intenciones y el momento político electoral que se vivía permitieron frenar dicho intento.
La incorporación del capítulo laboral en el TLCAN obliga a México a cumplir los compromisos firmados con la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en materia de libertad de asociación sindical y justicia laboral, con lo cual ya no hay más alternativa que adaptar la legislación laboral a los principios establecidos en los convenios con la OIT y en el artículo 123 constitucional. Así, las nuevas disposiciones incorporadas en la renegociación del TLCAN propiciarán un avance en el mismo sentido que ha manifestado el próximo gobierno de contribuir a la revalorización del trabajador mexicano.   
El nuevo clausulado del TLCAN impulsará también la materialización de los avances legislativos en las condiciones laborales reales de los trabajadores mexicanos –particularmente en casos como la industria automotriz–,  salvo que las empresas establecidas en territorio mexicano se resignen a pagar un arancel por no cumplir con los nuevos requerimientos de componentes regionales. 
Según la información publicada el pasado jueves 30 en el periódico Reforma, “de los 56 modelos de vehículos ligeros y sus versiones que se ensamblan en el país para el mercado de exportación, 32 no cumplen la nueva regla de contenido regional que convinieron México y Estados Unidos”. Y esto es considerando únicamente 75% del contenido regional, sin incorporar la regla de que de 40 a 45% del mismo corresponda a zonas con salarios de 16 dólares la hora.
Al menos en el ramo automotriz, las nuevas reglas obligan a transitar de la cuasi maquila a la manufactura, lo cual sin duda contribuirá a pagar mejores salarios, aunque no se llegue a los mínimos establecidos en dicho apartado.
De esa forma, aunque a Trump únicamente le interesaba disminuir su déficit comercial con México y a Peña Nieto salvar el acuerdo, uno de los efectos no buscados en la renegociación del TLCAN (al menos por los gobiernos en ejercicio) puede ser la revalorización del trabajador mexicano, que ciertamente requiere de un plazo prudente y la implementación de otras políticas públicas para materializarse.

https://www.proceso.com.mx/549711/el-nuevo-tlcan-y-la-revalorizacion-del-trabajador

 

Terminar con la simulación en sindicatos, contratos y salarios, prioridad de la política laboral


En una reunión privada con los integrantes de la Barra Mexicana de Abogados, la próxima STPS, Luisa Alcalde Luján, presentó las 5 líneas de acción que impulsará el nuevo gobierno en materia laboral.
María Del Pilar Martínez
30 de agosto de 2018, 20:13
En una reunión privada con los integrantes de la Barra Mexicana de Abogados, la próximasecretaria de Trabajo y Previsión Social (STPS), Luisa Alcalde Luján, presentó las 5 líneas de acción que impulsará el nuevo gobierno en materia laboral y en el que destaca atención especial a la extorsión sindical; el sub registro el IMSS (reporte de salarios menores a los reales); la subcontratación; la transparencia sindical y la erradicación de los contratos de protección patronal.
‪Reunidos en la ciudad de México, dijo que las 5 prioridades en las que se enfocarán en la política laboral, forman parte de del proyecto de nación que impulsa el presidente electo Andrés Manuel López Obrador “para el fortalecimiento del mercado interno que tiene como finalidad integrar los aspectos sociales, laborales y económicos”.
Ante los abogados, Alcalde Lujan presentó como el gran proyecto el programa “Jóvenes Construyendo el Futuro”, que pretende romper las inercias sociales de pobreza, violencia y desempleo en el mediano plazo; con impacto en 2 millones 300,000 jóvenes en el país; y quienes se verían beneficiados con una beca para  estudiar la Universidad y otros, desean se incorporen a las empresas.
Como siguiente punto plateó llevar adelante la “Recuperación Salarial”, que sería de manera responsable, paulatina y evitando generar inflación. El fin, dijo, es  elevar los salarios de los trabajadores, por lo que ya han tenido reuniones con el Banco de México y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para determinar, una estrategia de mediano plazo.
Impulso a las Leyes Secundarias
De acuerdo con el proyecto del próximo gobierno, se presentará la iniciativa sobre las leyes secundarias a la reforma constitucional que se realizó en febrero de 2017, entre los temas que destacó Alcalde Luján se encuentran: Libertad sindical autentica; voto libre y secreto para elegir sindicato; eliminación de CCT de protección; contratación colectiva auténtica; transparencia de los sindicatos y de sus líderes; y sólo “será en relación con la justicia laboral”.
En este mismo tenor ya se está elaborando un plan para que, Poder Judicial cuente con los recursos para recibir los juicios laborales nuevos, mientras que las actuales Juntas de Conciliación y Arbitraje, terminen con los juicios que se encuentran en proceso, en ese sentido, reconoció que será una tarea complicada.
Asimismo, dejó de manifiesto que el nuevo órgano que habrá de crearse pare el registro de sindicatos y de Contratos Colectivos, “será autónomo, la STPS no será juez y parte, se respetará su autonomía para evitar corrupción como sucede actualmente”.
 Asimismo, se buscará el “Fortalecimiento de la Inspección Federal a Empresas”, y será el instrumento principal para combatir la simulación de las relaciones de trabajo. “Ahora las inspecciones serán más exhaustivas, más a detalle”.
Añadió, que como se ha realizado en los últimos años, las inspecciones se harán de manera coordinada con el SAT y el IMSS para cruzar información de la empresa a revisar y evitar los engaños en pago de cuotas, salarios y pagos reportados, tipo de contratación y permanencia de trabajadores.
Con el fortalecimiento de la Inspección a empresas, se busca combatir, dijo ante los abogados, el subregistro” ante el IMSS, (pago al trabajador superior al reportado al IMSS para pagar menos cuotas); la informalidad dentro de la empresa formal; la subcontratación (outsourcing); la contratación temporal no justificada y los esquemas ilegales de contratación que disfrazan una relación de trabajo.
En la última acción de gobierno, quien ocupará el cargo de la STPS, dijo que habrá “Diálogo Social”, con diferentes audiencias desde jornaleros, grupos vulnerables y minorías, hasta con ONG’s.
En este punto, se refirió a los cuestionamientos de OIT y de la Asociación Sindical Internacional por las prácticas sindicales que prevalecen al margen de la ley; es decir, la simulación sindical y los contratos de proyección; por lo que buscarán ratificar el Convenio 98 de OIT.

https://www.eleconomista.com.mx/sectorfinanciero/Terminar-con-la-simulacion-en-sindicatos-contratos-y-salarios-prioridad-de-la-politica-laboral–20180830-0101.html